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HARVARD UN/VERSITY L/BRARY MAR 8 1952 PREFACIO Sería poco cuerdo de nuestra parle preconizar co- mo una obra de interés literario, ó social, la traduc- ción y publicación del Archivo de los antiguos Ca- bildos de Buenos Aires. Más que difíciles, y mejor dicho es imposible hallaren sus sesiones un orden cualquiera de hechos, de aplicaciones, ó de princi- pios, que nos permita formular una síntesis clara y lójica del movimiento interno, y del espíritu propio que pudo animarlos ; hasta que las invasiones in- glesas vinieron á sacudir en Í80H el sopor del vecin- dario, y dieron vida á la entidad pueblo que es la evolución capital del germen vecinal para conquis- tar una vida propia y capaz de producir el interés histórico de los acontecimientos. Antes de que ello tenga lugar, las leves palpitaciones de la aldea son lan tenues y tan informes como las del embrión ; y VI PREFACIO como están desprovistas de conciencia propia, pasan sin dejar elementos con que hacer la exposición si- quiera del proceso natural que ha seguido su creci- miento. Esto es mucho más evidente, cuando se trata, co- mo en nuestro caso, de una aldea colonial reatada por los vínculos administrativos al sistema imperante y exclusivo de una metrópoli por absoluto, donde no hay más elemento gubernativo que el de los funcio- narios á sueldo sometidos, de menor á mayor, ai centralismo monárquico absoluto. Cuidar de los mercados del abasto diario para que los vecinos no se mueran de hambre, es se puede decir la única función importante del común municipal ; pero aún eso mismo se convierte para él en una simple apa- riencia, porque desde que las leyes que rigen el sur- tido, la producción y el consumo, son agenas al go- bierno municipal, y se hallan entregadas al oficia- lismo regio, bien se comprende que las escaceses del surtido, el producto de las cosechas, y los demás su- ministros del trabajo local á las necesidades internas, vienen á depender del intercambio entre los frutos del trabajo ; y que como esle intercambio es anó- malo v acto administrativo en vez de ser acto econó- mico, llegan los daños, las pérdidas y las escaceses PREFACIO VII contra toda prevención y contra toda posibilidad de remediarlos. Bajo este mismo punto de vista, el sistema admi- nistrativo y colonial implantado por España en la América del Sud, y sobre todo en el Rio de la Plata, que fué por dos siglos el punto más menospreciado por los Reyes, y menos atendido por sus favores, es digno de estudio ; sí no por el detalle Ínfimo de cada incidente, al menos por el sentido general que resulta de todos ellos ; y bajo ese punto de vista, el Archivo de los antiguos Cabildos de Buenos Aires merecia, sin duda que fuese sacado á luz y puesto en manos de los que tuvieron interés en estudiarlo. Este estudio será ciertamente interesante, si no en sí mismo, como una pauta de concordancia con los sacudimientos del orden superior en las gobernacio- nes provinciales. Y llama en efecto la atención, que cuando la ciudad primitiva se agitaba con las guer- ras frecuentes contra los portugueses, y de los asal- tos y victorias en la Colonia del Sacramento, no se sientan en las actas del Ayuntamiento ecos bien mar- cados y palpitantes de esos sacudimientos que en su tiempo debieron ser intensos y agitados. Es lamentable por cierto que precisamente én el tiempo en que estos sucesos debieron dejar huellas VIII PREFACIO en la administración municipal, sea del que care- cemos de las acias desde Setiembre de 1621, y de todo los años de 1622 á 1630. * Ha de notarse en este volumen que como en todos los anteriores continúan las plegarias del vecindario por permisiones y ensanche de la navegación ultra- marima. Y en efecto, Buenos Aires era desde enton- ces un fenómeno geográfico, permítasenos decirlo, cuyo organismo vital estaba preparado y nacido para el tráfico ; de manera que todas las ansiedades de su cuerpo, de su constitución, si se quiere convergían á pedir trafico como elemento de vida, como el árbol potente que nacido entre viejos edificios, se levanta derrumbando techos y muros hasta desplegar su fo- llage en medio déla luz y del aire libre donde en- cuentra su robustez. Véase la nota inserta en la página 247 de este Tolümen. ACUERDOS DE 1620 CABILDO DEL V DE ENERO DE 1620 {Foja 289 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en pri- Eiecdon afioda mero dia de el mes de Henero de rail y ceygientQs y beynte años la Justicia y Regimiento de esta ssiudad se juntaron en las cassas donde acostunbra a ha^er su cavíldo para ha^er la elessíon de Alcaldes Hurdinarios y de ]a Santa Armandad y Alferes Real para este presente año de rail y geycientos y beynte es a saber : el Señor Don Diego de Gongora Cavallero de el Abito de Santiago Governador y Capitán General desta Probingia del Rio de la Plata por por Su Magesta y el Capitán Frangisco Garfia Romero y Sebastian de Horduña Alcaldes Hurdinarios desta ssiudad y el contador Luis de Salcedo y el Tesorero Simón de Bal- des Jueses Oficiales Reales y Bernardo de León Depositario General y Francisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernación y el Capitán Juan de Bergara y Miguel de Ri- badeneyra Recetor de Penas de Cámara y Diego de Trigue- ros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores y es- tando juntos y congregados el dicho Señor Governador hizo la platica encargando la dicha elesion para que se 1620. ACT. OIL CIB. M BüBKOB lI&Bi. — T. IT. Z ACTAS DBL CABILDO DR BUENOS AIRKS haga conforme a las leyes y ordenansas reales atendiendo a el serbisio de Dios Nuestro Señor y de Su Magestad y bien de esta república y fecha la dicha platica estando los dichos Capitulares sentados por su borden y antigüedad cada uno de por ssí fue nonbrando y dando su boto a las personas que le pareció para Alcaldes Hurdinarios y como los yban dando los yban escribiendo en un pliego de pa- pell aparte por mi el presente Escrivano de Cavildo en presensia del Señor Governador y del dicho Capitán Fran- cisco Garfia Romero Alcalde Hurdinario de el primer boto y abiendo todos dado ssus botos se regularon por el dicho Señor Governador y Alcalde Francisco Gargia Romero y las personas que tubieron botos para Alcaldes Hurdinarios son las siguientes : botos para al- El Lijenslado Grabiel Sanches de Ojeda tubo para Alcal- ildce Hurdina- de Hurdinario de el primer boto dies botos conformes. El Capitán Mateo de Grado tubo para Alcalde Hurdina- rio de sigundo boto otros dies botos. El Capitán Juan de Tapia tubo un boto. Gerónimo de Medrano tubo un boto. El dicho Contador Luys de Salgedo Alferes Real trujo y esibio en este cavildo el Real Estandarte que como tal Alferes Real a tenido en su poder hasta oy y lo entrego a el dicho Señor Governador v Su Mersed lo resibio en non- bre de Su Magestad para lo entregar a la persona que fuere eletta en el dicho ofigio y pidió el dicho Alferes Real que le alse el pleyto omenage que tiene fecho. Y luego todos los dichos capitulares por la orden y for- ma que botaron los Alcaldes Hurdinarios dieron sus bolos para elegir Alferes Real y se fueron escribiendo en el pliego de la elesion de Alcaldes Urdinariosy se regularon los botos por el dicho Señor Governador y Capitán Frangisco caldes flurdína' 7'Í08. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES ó Garfia Romero Alcalde Hurdinario y las personas que tu- bieron boto para Alferes Real son las siguientes : Juan de Bergara tubo un boto. ¡^^^ ^^^ ^^ Capitán Mateo de Grado que esta eleto por Alcalde Hor- dinario de sigundo boto tubo dies botos para Alferes Real. Y luego los dichos Capitulares por la dicha orden re- ferida fueron dando sus botos para elegir Alcaldes de la Santa Hermandad y se escribieron como los yban diziendo en los dichos pliegos aparte y abiendo botado todos se regularon los dichos botos por el dicho Señor Governador y Alcalde de primer boto y las personas que tubieron bo- tos para Alcaldes de la Hermandad son las siguientes : Antonio Gutierres Barragan tubo onze botos para Alcalde boto» ^ra ai- caUlea de la her- de la Hermandad. mandad. Julián Pabon tubo dies botos. Luis Cordobés tubo un boto Y en la forma dicha se hizo la dicha elesion de Alcaldes Hurdinarios Alferes Real Alcaldes de la Santa Harmandad que como por ella párese es Alcalde Hordinario de primer boto el Ligensiado Grabiel Sanches de Ojeda y el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hordinario de segundo boto y Alferes Real el dicho Capitán Mateo de Grado y Alcaldes de la Hermandad : Antonio Gutierres Barragan y Julián Pabon porque todos los de suso nonbrados son las per- sonas que tubieron mas bolos para los dichos ofizios me- diante lo qual el dicho Señor Governador dixo que confir- maba y confirmo la dicha elesion en nonbre de Su Magestad. Y luego los dichos Capitán Francisco Garfia Romero Entrega de las y Sebastian de Horduña Alcaldes ürdinarios dexaron las baras entregándolas a el dicho Señor Governador que las resibio y se mando llamar a los dichos LÍQensiado Grabiel Sanches de Ojeda y Capitán Mateo de Grado y en- varas. f ^ 4 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES traron en este Gavildo y se les hizo saber como estaban eletos por Alcaldes Hordinarios desta Síudad por este presente año y el dicho Señor Governador en nonbre de Su Magestad entrego a el dicho Ligensiado Grabiel San- ches de Ojeda una bara de la Real Justisia y otra a el di- cho Capitán Mateo de Grado que fueron las que dexaron sus antesesores y ellos las ressibieron y de cada uno de ellos se resibio juramento por Dios Nuestro Señor y por los Santos Ebangelios y por la sseñal de la Crus que jizie- ron cunplidamente so cargo de el qual prometieron de usar y que usaran los dichos cargos y ofisios de Alcaldes Hurdinarios con toda diligensia y cuidado guardando las leyes y ordenansas reales y el secreto de el Cavildo haziendo justisia en todos los cassos y cosas que se ofresieren sin passion ni afision como deben y son obligados y si asi lo hizieren Dios Nuestro Señor les ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusión del dicho juramento cada uno de ellos dixo « si juro y amen » y el dicho Li- (ensiado Grabiel Sanches de Ojeda se asento en el primer lugar y el dicho Capitán Mateo de Grado en sigundo lu- gar y con esto quedaron resibidos por tales Alcaldes Hur- dinarios. Notificación de Y lucgo sc hizo Saber al dicho capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario como estaba eleto por Alferes Real deste presente año y abiendolo oydo lo aseto y agradessio, y el dicho Señor Governador resibio de el pleito omenage al modo y fuero de España puesto de rodillas el dichoCapitan Mateo de Grado y poniendo sus manos entre las del dicho Señor Governador prometiendo de guardar y defender el Real Estandarte en nombre de su Magestad y de acudir con el en todas las ocasiones dello a el serbigio como debe y es obligado so pena de caer e yncurrir en las penas en V ^ ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 5 que caen e yncurren los que quebrantan la fe y pleylo ome- naxe quejaze y el dicho Señor Governador en nonbre de Su Magestad le entrego el Real Estandarte y el loresibio y quedo en su poder con lo qual quedo recibido por tal Al- feres Real para este dicho año. Y luego se mando llamar a Lorenso de Lara y a Diego Ruys Alcaldes de la Santa Harmandad del año prosimo passado y a Antonio Gutierres Barragan y Julián Pabon que a el presente an sido eletos en su lugar para este año y Miguel Geromimo Portero deste Cavildo disse que no paresia ni hallo a el dicho Diego Ruys porque esta ausente desta giudad ni a el dicho Antonio Gutierres porque esta en su chácara y asi entraron en este Cavildo los dichos Lorenso de Lara y Julián Pabon a quien se lejizo saber la dicha ele- sion de Alcalde de la Harmandad y la aseto por lo que le toca y el dicho Lorenso de Lara dexo la bara de la Real Justicia que traya y la entrego al dicho Señor Governador y Su Mer- ged en nonbre de Su Magestad la ressibio y dio a el dicho Julián Pabon el qual la resibio y juro por Dios Nuestro Señor y por los Santos Ebangelios y por la señal de la Crus en for- ma de derecho de usar y ejerser el dicho ofisio de Alcalde de la Harmandad con toda diligensia y cuydado guardando las leyes y ordenansas reales haziendo justicia sin pasión ni afision como debe y es obligado y si asi lo hiziere Dios Nuestro Señor le ayude hu si no se lo demande y a la con- cluzion del dicho juramento dixo « si juro y amen» con lo qual quedo ressibido por tal Alcalde de la Harmandad. Y en la forma dicha se hizieron las dichas elesiones y lo firmaron la dicha Justicia y Capitulares. — Don Diego de Gangora. — El Ligen^iado Gabriel Sunches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Francisco Gargia Romero. — Sebastian de Horduña. — Luis de Salcedo. — Simón de Valdes. — 6 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Frangisco de Mmicanares. — Bernardo de León. — Miguel de Rivadeneyra. — Joan de Vergara. — Diego de Trigue^ ros. — Juan Barragan. — /tmn Baptista Ángel. — Julián Pavón. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrívaiio Pu- blico V Cavildo. CABILDO DEL 2 DE ENERO DE 1620 {Foja i91 vuelta del libro original] Cao*- de 2 de Eii Ja ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en Enero de 1620. Cavildo para dos dias del mes de Dizienbre de mil y gey^ienlos y beynte i^aoiiao parí* • _•- i 'iJl*»*» -rh*** la eiesaion de oliíos se luntdron 8 hazer cavildo la lusticia v Reffimiento procurador ge- ^ u • •/ o añ^de^eTo ¿Te desta siudad en el Fuerte y Cassas Reales conbiene a sa- mayordomo de cUüdSTdf^í ber el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Abito uordotno de el hapitai. (Je Santiago Governador y Capitán General desta Provincia del Rio de la Plata por Su Magestad y el Ligensiado Gra- biel Sanches Ojeda Abogado de la Real Audionsia de la Plata y Alcalde Hurdinario de esta siudad y el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario de ella v Bernardo de León Depossitario General y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Francisco de Mansanares Alguazil Mayor de Go- vernasion y Miguel de Ribadeneyra Ressetor de Penas de Cámara y Diego de Trigueros y Juan Barragan Regidores y Juan Bautista Ángel Regidor y Fiel Executor en el qual se trato y acordó lo siguiente : En este cavildo el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hur- dinario propuso como conbenia nonbrar Procurador Gene- ral desta giudad y Mayordomo de los Propios de este Ca- ACTAS DKL CABILDO DE BUENOS AIBES 7 YÍIdo j Mayordomo del Ospital porque para este efecto se abian juntado y atento que no están en el los juezes ofi- ziales Reales mandaron a Miguel Gerónimo portero deste €avildo los fuese a llamar para el dicho efeto el qual dicho Portero dio fe que llamo al Contador Luys de ílalge- do para que biniese a cavildo y que les respondió que esta- ba ocupado en negossios de la Real Jazienda y que no pe- dia beniry así mismo dio fe que busco al Tesorero Simón de Baldes en sucassa y otras partes y que no lo a hallado atento lo qual la dicha Justísia y Capitulares acordaron se trate de la dicha elesion de Procurador General Mayordo- mo de los Propíos y Mayordomo del Ospital por ser a cargo de este Cavildo el nombrarle como patrón que es el dicho Cavildo y estando sentados por su borden y antigüedad fueron botando para Procurador General a quien les pa- resio en la manera siguiente : El Ligensíado Grabiel Sanchos de Ojeda Alcalde Hurdina- votos para el nombramiento no dixo que su boto es que sea Procurador General desta glneraí.'^'"'*'*°*' siudad el Capitán Mateo Leal de Ayala. El dicho Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y los dichos Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Cro- vernacion y Bernardo de León Miguel Ribadeneyra y el Ca- pitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores unánimes y conformes juntamente con el dicho Ligensiado Grabiel Sanches de Ojeda Alcalde Hurdinario elixieron y nonbra- ron por Procurador General al dicho Capitán Mateo Leal de Ayala para este presente año de geysientos y beynte. Y luego los dichos Alcaldes y Capitulares unánimes y Eiecciondema. yordomo de los conformes elixieron por Mayordomo de los Propios de este p~p»os. Cavildo a el dicho Juan Bautista Ángel Regidor del. Y luego se trato de nonbrar Mayordomo para el Ospital 8 ACTAS DKL CABILDO DE BUENOS AIBES Juramento. Fiel ejecutor. de esta Qiudad y todos unánimes y conformes elixieron y nonbraron por mayordomo de el dicho Ospital a Juan Andrea de León morador en esta siudad. Y fecha la dicha elesion de los dichos Procurador Ge- neral Mayordomo de los Propios y Mayordomo de el Ospi- tal las personas de suso nonbra'das el dicho Señor Go- vernador la confirmo y se mando a Miguel Gerónimo Portero deste Cavildo llamase a los dichos Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Andrea de León. ¥ atento a que el dicho Juan Bautista Ángel Regidor es- taba presente en este Cavildo a^eto el dicho cargo de Ma- yordomo délos Propios del en que esta elexido y juro por Dios Nuestro Señor y por una señal de la Crus y por los Santos Ebangelios en forma de derecho de uzar el dicho cargo con diligensia y cuydado acudiendo con diligensia y cuidado a la administrasion y cobransa de los dichos pro- pios teniendo libro quenta y razón con dia mes y año y no pagando ni gastando cossa alguna si no fuere con libra- miento de este Cavildo y con esto quedo rezibido por tal Mayordomo. En este Cavildo se trato como la bara de Fiel Executor que anda por tumo entre los Regidores del susede en ella Bernardo de León Depositario General y atento que hasta agora a andado entre los Regidores cadañeros prorrata los dias de el año de zuerte que cada uno la ocupaba mes y medio y no se acudia como conbeuia y este es el primer año que los regimientos son en propiedad por aberlos conprado a Su Mageslad todos los dichos Regidores unáni- mes y conformes acordaron que de oy en adelante la di- cha bara de Fiel Executor la trayga y use el dicho ofizio el Regidor a quien tocare por su turno conforme a su an- tigüedad tienpo de cuatro meses que es el que esta seña- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 9 lado en las ordenansas para hazer bísita general de las tiendas y pulperos y de las demás que se acostunbra ha- zer y todos binieron en ello y por su perpetuidad y cun- plimiento lo juraron en forma de derecho y asi quedo asentado y capitulado. En este Cavildo se trato como la bara de Fiel Executor de esta siudad le biene al dicho Bernardo de León Deposi- tario General los qualro meses del primer turno y Juan Bautista Ángel Regidor que la traya la dexo y el dicho Señor Governador la entrego a el dicho Bernardo de León que la resibió y juro por Dios Nuestro Señor y por la señal de la Crus en forma de derecho de usar y que usara el di- cho ofizio de Fiel Executor con toda diligensia y cuydado mirando por el bien de la república y pobres della guar- dando las leyes y ordenansas reales y ios autos y aquerdos Jechos y que se jizieren por la justisia y Cavildo y todo lo demás que es a su cargo como debe y es obligado y si asi lo hiziere Dios le ayude y por el contrario se lo demande y a la concluzion de el juramento dixo « si juro y amen » y con esto quedo resibido. En este Cavildo propuso el Capitán Juan de Bergara Re- Necesidad de * ' '■ ^ nombrar dlputa- gidor que para estos dos primeros meses era nessesario **°®- nonbrar Diputados de este Cavildo para que acudan a el . despacho de las causas que en apelación bienen a este Ca- vildo conforme a las leyes reales para que acudan a el Os- pital como es costunbre y todos los capitulares de contor- midad nonbraron por diputados a el dicho Li^ensiado Grabiel Sanches de Ojeda Alcalde Hurdinario de primer boto y a el dicho Capitán Juan de Bergara los quales que estaban presentes lo asetaron. En este Cavildo se trato como el Ospital es muy pobre Limosnas para el Hospital. y no tiene rentas sino es el nobeno y medio que Su Ma- 10 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES gestad ]e haze inersed de los díesmos por lo qual y no pedirse limosna para el ay falta de muchas cosas para la cura de los enfermos y para que de aquí adelante tenga alguna ayuda se acordó que los diputados nonbrados el Ligensiado Grabiel Sanches de Ojeda Alcalde Hurdinario y el Capitán Juan de Bergara con el Mayordomo que esta eleto asiente de que un dia de el mes se pida limosna para la dicha necesidad y se acuda a el Señor Bicario para lo tratar con Su Mersed para que tenga efeto por ser cossa de el serbisio de Dios Nuestro Señor. Aceptación de En este Cavüdo entro Juan Andrea de León aquien se un cargo. le hizo saber como esta eletto por Mayordomo del Ospital de esta Siudad para este presente año el qual dixo que asetaba y aseto el dicho cargo y juro por Dios Nuestro Se- ñor y por una señal de la crus en forma de derecho de usar el dicho cargo con diligensia y cuidado mirando por el bien de los probes y acudiendo a la administrassion y cobransa de sus limosnas teniendo quenta y rason con libro y dia mes y año para la dar al fín de el dicho tienpo y fecho el dicho juramento quedo ressibido por tal Ma- yordomo y se le dio poder bastante para lo usar y ressi- bir las cossas lue se le entregaren y para tomar quentas . con los diputados nonbrados a Blas de Mora su antessesor y para cobrar el alcanse que se le hiziere. Assi mismo se dio poder a el dicho Juan Bautista Anjel Mayordomo de los Propios para su cobransa y adminis- trassion y tomar quentas con los diputados que están nonbrados a Francisco de Manzanares su antesesor'y para cobrar el alcanse que se le hiziere y ressibir los lybros papeles y otras cossas que se le deben entregar para el uso de el dicho ofizio. Y con esto y otras cossas se acabo serró y firmo este ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES i 4 Cavíldo. — Don Diego de Gongora. — El Lígensíado Ga- briel Sanches de Oooeda. — Mateo de Grado. — Joan de Vergara. — Francisco de Manqanares. — Bernardo de León — Miguel de Rivadeneyra. — Diego de Trigueros. — Jiuin Barragan. — Jttan Andrea de León. — Ju^n Baptista Án- gel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 7 DE ENERO DE 1620 {Foja 394 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao*» de ? de ^ •' Enero de 1620. siete dias de el raes de Enero de mil y gey^ientos y beynte años se juntaron a hazer Cavildo en las Casas Reales la Justissia y Regimiento de esta Qiudad en el qual se halla- ron : el Señor Governador Don Diego de Gongora y el Li- ^enssiado Grabiel Sanches de Ojeda Alcalde Hurdinario desta Siudad y el Capitán Mateo de Grado asi mismo Alcalde Hurdinario y el Tesorero Simón de Baldes Jues Ofissial Real y Francisco de Manzanares Alguazil Mayor de Gobernassion y Bernardo de León Depositario General y Miguel de Ribadeneyra Resetor de Penas de Cámara y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Diego de Trigueros y Juan Barragan Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes en el dicho Cavildo : En este Cavildo se mando llamar a el Capitán Mateo Resibinuentodc ■^ Procurador ge- Leal de Ayala bezino de esta ^iudad a quien este Cavildo 323!' ''''^'''**'*"" tiene eleto por .Procurador della para este presente año de M ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Qeysienlos y beynle y entro en el y se le hizo saber la di- cha elession el qual ageto el dicho ofissio y del se resibio juramento por Dios Nuestro Señor y por una señal de la Cnis en forma de derecho socargo del prometió de usar el dicho ofísio de Procurador General con toda diligenssia y cuydado pidiendo todo lo que a el bien y utilidad desta República y a su aumento y conserbassion conbenga como debe y es obligado y si asi lo hiziere Dios le ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusión de el dicho jura- mento dixo uedan recurrir ifow?de?gobíep.' V^^ P^^ quanto la residencia de Hernando Arias de Sa- Hén<í)*e del /u*- bedra Governador que fue destas Provincias se a dilatado cío de residen- *■ * ''^'^' mas de catorze meses y no ay nueba de que tan presto se le benga a tomar de que resulta mucho perjuicio y daño a el servisio de Su Magestad y a el bien y aumento de esta república y Provingias porque las partes querellosas y demandantes de el gobierno passado no tienen ante quien pedir su Justigía por la brebe forma de la residensia se escriba a el Consexo Real de las Indias y a Su Magestad en el dicho Consexo y a el Señor Birrey Prinsipe de Esqui- lache y a la Real Audiensia de la Plata para que despa- chen la persona que la benga a tomar suplicándolo por las cartas que para ello se deben escribir. Y bisto por los dichos capitulares todos juntos unánimes y conformes di- xeron que se escriba como es propuesto y se cometió el ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 19 escribir las dichas cartas a el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario del primer bolo. En este cavildo propuso el dicho Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario que asi mismo se es- criba a Su Magestad y a su Real Consejo de las Indias que tiene nesesida esta Probinsia de Obispo a lo qual dixo Su Peticionas, m. para que mande Señoría de el Señor Governador que ya tenia escrito a Su ISovmcK.* ''"* Magestad en esta razón. Y bisto por los dichos capitula- res unanymes y conformes dixeron que se escriba a Su Magestad en razón de lo susodicho para la heñida del dicho Obispo y se comete el escribir las dichas cartas a el Li- gensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario y a el Capitán Juan de Bergara. En este cavildo propuso el Capitán Mateo de Grado Al- Encargase ai ■ procurador las calde Hurdinario desta Siudad de sigundo boto propuso saíffs^pirlSSS^ ner permisiones. como esta Siudad y Probinsia tiene nesesidad de permisio- nes para poder sustentarse esta Siudad y Probinsia y guar- da de este Puerto. Y bisto por los dichos capitulares dixeron todos juntos unánimes y conformes que se de la bos a el Procurador General de esta Ciudad para que pida lo que conbenga a esta Siudad y Provincia. Con lo qual se acabo y serró este cavildo. — Don Diego de Góngora. — El LiQcnsiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Francisco de Mansanares. — Diego de Tri- gueros. — JuanBarragan. — Ante mf : Pedro de la Pobeda^ Escrivano Publico y Cavildo. 20 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 3 DE FEBRERO DE 1620 {Foja 298 vuelta del libro original] coü^-deiLuneé Eii Id ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ajres 3 de Febrero de Í620 los cameros. lunes tres dias del mes de Febrero de mil y geysientos y beynte años se juntaron a hazer Cavildo en las Casas Rea- les como acostunbra a hazer por ahora en el qual se hallaron el señor Governador don Diego de Gongora el Lígensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario de esta gíudad y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores en qual Ca- vildo se trataron las cossas siguientes : Precio fijado á En estc Cavildo se propuso y se trato como la benta de los cameros por menudo estaba probeydo se hendiese el quarto a dos reales y medio y porque ay notisia que bueltas se benden borregos de un año a el mismo presio y para que se remedie y se benda a el que fuere justo se cometió a el dicho Bernardo de León Fiel Executor para que lo remedie y ponga presio y por otro cavildo de noti- sia dello porque asi conbiene a el bien de esta república y pobres della. Y con esto y otras cossas que se trataron y propusieron se acabo y serró este dicho cavildo.— í)on Diego de Gongora. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Juan Baptista Ángel. — Ante mf : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 21 CABILDO DEL 10 DE FEBRERO DE 1620 {Foja S99 vuelta del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres cav''deJode * •' Febrero de 1920. en dies días del mes de Febrero de mil y Qeysientos y beynte años lunes por la mañana se juntaron a hazer cavildo la Justisia y Regimiento de esta (iudad en las Casas Reales donde se acostunbra a hazer los cavildos por aora en el qual se hallaron el señor don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago Governador y Ca- pitán General de estas Probinsias de el Rio de la Plata por por Su Magestad el Li^ensiado Grabiel Sanches de Ojeda Alcalde Hurdinario de esta (iudad y el Capitán Mateo de Grado asi mismo Alcalde Hurdinario de ella por Su Magestad y Bernardo de León Depositario General de esta siudad y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Juan Bau- tista Ángel Regidor. En este cavildo propuso Bernardo de León Depositario sobre la venta ■ * * de cameros y General como en el cavildo pasado se le cometió que biese las personas que bendian carneros y a que presios por me- nudo porque se desia que bendian el quarto de carnero y cordero a dos reales y medio para que pusiese postura a cada genero y que lo abia bisto y hallado que se bendia en casa de don Anrrique Enriques y en cassa de Juan Ortis de Mendosa y que abia mandado que el quarto de carnero de año y medio para arriba lo bendan a dos reales y medio y el quarto de borrego de un año arriba a dos reales porque le abia paresido ser presios justos y moderados. Y bisto por los dichos capitulares aprobaron las dichas posturas en el corderos. %% ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES entretanto que otra cossa se manda y para que benga a notissía de todos mandaron se pregone donde ubiese concurso de todos que todas las personas que de aquí en adelante bendieren carneros y borregos no eseda de los dichos presios so pena por la primera bes perdidos los carneros bibos y muertos que tubieren en sus casas y Qeys pezos aplicados por tersias partes Real Cámara y obras pu- blicas y denunsiador y por la segunda la pena doblada. Rendición de En cstc Cavüdo propuso Juan Bautista Ángel que es ne- cuentas* * * o i sesario tomar las quentas a Fransisco de Mansanares su antessesor para que se bea lo que tiene en su poder de los dichos Propios para que los de y se acuda a hazer las obras queseandehazery bistopor los dichos Capitulares man- daron que se le tome los dichas quentas. Pago de una Eu cstc Cavildo sc leyo una petision qua presento el Li- cúenla de hono- rarios de abo- gensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario pi- diendo se le mande pagar por lo que se a ocupado en hazer oíissio de abogado en este Cavildo el año pasado de seysien- tos y dies y nuebe lo que paresiere ser justo y bisto por los Capitulares se mando dar libramiento para que de quales- quier pezos pertenesientes a los Propios de esta Siudad se le den sien pezos corrientes pues asi mismo aunque es el Alcalde Hurdinario este año acude y a de acudir a todos los negocios que se ofresieren en este Cavildo. Y con esto y otras cossas se acabo y serró este Cavildo y firmo. — Don Diego de Gongora. — El Ligensiado Ga- briel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Bernardo de León. — Joan de Ver gara. — Joan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Sl3 CABILDO DEL 17 DE FEBRERO DE 1620 [Foja 300 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao- de ir de * *' Febrero de 1920. dies y siete dias de el mes de Febrero lunes de mil y Qey- sientos y beynte años se juntaron a hazer Cavildo la justis- sia y Regimiento de esta dicha Siudad en el Fuerte y Cassas Reales donde se acostunbra a hazer por aora sigun el de- creto que sobre ello se a fecho en el qual se hallaron el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago Go- vemador y Capitán General de estas Probinsias del Rio de la Plata por Su Magestad y el Licenciado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario de esta Siudad y Bernardo de León Depositario General y Juan de Bergara Regidor y Die- go de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel en el qual se trataron las cossas siguientes : En este Cavildo se trato de la nesesidad y falla queayde sobre ei tngo trigo este año para la república y como se a jecho ynben- lario del que se a cojido y porque los panaderos que de hurdinario tienen por trato amasar y hender pan en sus casas plasas y pulperías no tienen trigo ni los chacareros se lo quieren hender por cuya causa ay gran falta de pan y conbiene poner remedio que se execute con efeto.para lo cual nonbraron por diputado a el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y a Bernardo de León Deposita- río General para que d exando á los chacareros la cantidad de trigo que les paresíere suficiente para su sustento y senbrar se les mande con pena que el demás trigo lo ama- sen y bendancon la orden que les paresiere conbeniry no 24 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES ]o cunpliendo o dando alguno escusa de no lo poder amas- saro teniendo alguna dificultad el hacerlo saquen de su poder la cantidad de trigo que sobrare y la repartan por los panaderos por su justo presioy balorpara que lo ama- sen y bendan con la dicha orden y quenta en las pulperias y plassas y con el presio del dicho trigo se acuda a sus dueños y esto se haga ycunpla sin duda ni dilasion y el dicho Fiel Executorque estaba presente lo aseto y prometió de cunplir lo que le toca. Y con esto y otras cossas que se trataron y una petision que presento Hernán Suares Maldonado fiador de Pedro Lo- pes Maldonado en la qual se probeyo lo que por ella se bera y con esto se acabo y serró este Cavildo y lo firmaron. — Don Diego de Gongora. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Jíian Baplista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 24 DE FEBRERO DE 1620 [Foja 304 del libro original] cai>*> del lunes Eu la Siudad dc la Trinidad Puerto de Buenos Ayres ^4 de Febrero, lunes beynte y quatro días de el mes de Febrero de mil y geysíentos y beynte años se juntaron a hazer Cavildo en las Cassas Reales la Justisia y Regimiento de esta dicha Siudad en el qual se hallaron el Señor Governador Don Diego de Gongora y el Li^ensiado Grabiel Sanches de ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 25 Oxeda Alcalde Hurdínario desta dicha Siudad y el Capi- tán Mateo de Grado asi mismo Alcalde y Fransisco de Mansanares y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Tri- gueros y Juan Bautista Ángel en el qual se trataron las cossas siguientes: En este Cavildo se presentaron unos títulos y despachos presentanseíos y li^ensia de el General Comisario de las Indias con una ^''^p^^^-^- petission de Fray Crisptobal Gomes Palaino lego de la orden de Nuestro Padre San Fransisco que de próximo llego a este Puerto de los Reynos de España por los qua- les párese estar exsaminado de siruxia y medisina y eba- cuasiones por los Protomedicos de la billa de Madrid Cor- Médico especia- *■ lista de evacua- tes de su Magestad y probission de la Real Chansilleria '''°"®''' de Granada y otras ligeiisias en su fabor despachadas por Tribunales y Gobernadores de su Magestad y pidió se le diese li^ensia por este Cavildo husase de los dichos sus títulos. Y abiendosse bisto y leydo en este Cavildo por ser auténticos anpleos y onrrados y tener entera notissia de la sufisiensia y buenas partes del dicho Fray Cristpo- bal Polayno y ser muy esensial su asistensia en esta Siu- dad dyxeron los dichos Capitulares unánimes y conformes use de sus titulos sin que ninguna' persona se lo ynpida so pena de quinientos pesos para la Real Cámara de su Magestad y mandaron se le bolbiese sus titulos y re- caudos. En este Cavildo propuso el Capitán Mateo de Grado convenio con ei padre fray Polai- Alcalde Hurdinario de esta dicha Siudad que conbendria S? entefmosf"''* a el bien de esta República y bezinos y moradores della se tratase con el dicho Padre Fray Cristpobal Polayno que tienpo se podra detener en ella para que cure los enfer- mos y se le busque alguna limosna que fuese considera- ble para las medisinas y se encargo por los Capitula- 26 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES res de hazer esta diligensia y para el primer Cavildo de la respuesta. Sobre la refor- Eii este Cavíldo Fraiisisco de Mansanares Alguazil Ma- ma en los precios del vino. yQp ¿g Governasion propuso como en esta Siudad ay cantidad de bino de Castilla y de la Tierra y que se bende a catorze pezos el arroba el de Castilla y a doze el de el Paraguay y dies el de Chile y Córdoba que son presios exesibos y conbiene se reforme y modere porque es en daño de la República. Y bisto por los dichos Capitula- res unánimes y conformes atento que ay cantidad de bino en esta Siudad mandaron se pregone que de aqui adelante no se benda por ninguna persona bino en esta Siudad si no fuere el de Castilla a razón de dose pezos corrientes el arroba y el bino de el Paraguay a ocho pezos la arroba y el bino de Tucuman y Chile a seys pezos y a Fijación del pre. dc scr cl bifio bucno tto tocado y amadreado a bista de do del vino. •' moxon y no essedan de los dichos presios so pena a los pulperos y pulperas de pribasion de ofissio y de doze pezos corrientes por tersias partes Real Cámara denun- siador y Obras Publicas y las personas que no fueren pul- peros yncurran en pena de sinquenta pezos aplicados según de ssuso. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cavildo.— í)on Diego de Gongora. — El Licenciado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Joan de Ber- gara.— Francisco de Mancanares. — Diego de Trigueros. — JuanBaptista Ángel. — Ante mi: Pedro de, la Pobeda, Es- crivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 27 CABILDO DEL 2 DE MARZO DE 1620 [Foja SOS del libro original] En la Síudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres cat^deiLúnes 2 cíe Marzo de lunes dos dias de el mes de Margo de mil y geygienlos y ^^^''' beynte años se juntaron aCavíldo en el Fuerte y Cassas Reales en el qual se hallaron el Señor Governador Don Diego de Gongora Caballero de el Abito de Santiago y el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinarío y Francisco de Manzanares Alguazil Mayor de Governasion y Bernardo de León Depositario General desta Siudad y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Diego de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual Ca- vildo se trataron las cossas siguientes : En este Cavildo se presento una petission por el Capitán petición de tes tlmonlo de uaa Mateo Leal de Ayala Procurador General desta Siudad por «^otmcacion. la qual pidió se le mandase dar el testimonio de una no- lificassion y respuesta que el año de geygientos y quinze se hizo a el Capitán Juan de Bergara siendo Procurador General de esta Siudad en que alego y protesto algunas cossas tocantes a su bien y utilidad por que dixo aberlo menester para pedir en nonbre della lo que conbenga so- bre la hordenansa quarenta y nuebe de las que el Señor Marques de Montesclaros Bisorrey que fue de estos Reynos hizo para este Puerto y Ofisiales Reales del que trata sobre los negros descaminados se bendan y consuman en estas Provinsias. Y bista por los dichos capitulares se le mando dar el dicho testimonio y se le dio poder y facultad bas- tante para que en nonbre de esta Siudad pida y siga lo 28 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES que le conbenga en ra^on de la dicha Ordenansa en todos Tribunales por ser en daño de esta República y de la Real Hazienda y asi se decreto en la dicha Petision. Nombramiento En esto Cavüdo cl dicho Capitán Mateo de Grado pro- de diputados pa- * ^ ra eiiiospitai. p^g^ coHio el tumo de los dos meses en que estaban non- brados Diputados por este Cavildo para el Ospital y demás cossas de esta República eran passados y que conbenia nonbrar otros como es costunbre por este mes de MarQO y benidero de Abril. Y bista por los dichos Capitulares de conformidad nonbraron por Diputados para estos dos meses a el dicho Alcalde Mateo de Grado y a Diego de Trigueros Regidor los quales que estaban presentes lo asetaron y prometieron de acudir con toda diligensia y cuidado como tales Diputados. Resultado de En estc Cdvüdo se leyó otra petission por el Capitán una visita d los •/ *- i r Milites; ^*'''' ^ Mateo Leal de Ayala Procurador General del con la qual presento la bisita que por comisión de este Cavildo hizo por los caminos passos y puentes de la Juridision a la qual se probeyo lo .que en ella se paresera decretado. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró este Cavildo y lo firmaron los dichos. — Don Diego de Gongora. — Mateo de Grado. — Bernardo de León. — Frangisco de Manganares. — Joan de Bergara. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Juan Baptista Anjel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES S9 CABILDO DEL 9 DE MAR20 DE 1620 [Foja 303 del libro original) En la {;iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres caü<* de 9 de Marxodeí6B0. en nuebe días de el mes de Margo de mil y geysientos y beynte años se juntaron a cavildo en lascassas Reales de su Ayuntamiento la Justisia y Regimiento de esta Siudad en el qual se hallo el Señor Governador Don Diego de Gon- gora y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y el Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinaríos y el contador Luys de Sallsedo y el Tesorero Simón de Baldes y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Miguel de Ribadeneyra Rese- tor de Penas de Cámara y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual se trataron las cosas siguientes : Y en este estado entro Bernardo de León Depositario Ge- neral desta dicha Siudad. En este cavildo se trato como por la falta grande cue Medidas adop- '^ o -» tadas por la falta este año a abido en las cossechas de el trigo mays y en los dSi miz!''**''' ^ binos porque no se a coxido una arroba de bino y muchos bezinos an perdido la ssemilla que an sembrado por cuya causa esta república esta muy falta de mantenimientos y para que se remedie acordaron los dichos capitulares de conformidad que el Procurador General pida a el Señor Governador en esta razón lo que conbenga para que de todas las partes donde se pueden traer los dichos manteni- mientos conseda ligensia para que se traygan por la hur- xente nesessidad y para ello le dieron el poder que es nessesario. Y en esta ocasión entro en este cavildo el Ca- 30 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES pitan Mateo Leal de Ayala Procurador General de esta Siu- dad a el qual se le dio la bos de lo decretado de suso y dixo que lo cumplirá. Sobre el precio En cste cavildo se acordó que la fanecra de trigo se benda del trigo. too a dos pezos corrientes en que se tasa por aora y asi se pre- gone para que no sse eseda de esta tasa so pena de perdido Sobre la tasa el trigo y por cdda fanega de las que bendieren a mas beynte del trigo y como se ha (Te amasar. pg^Qs por torsias partes Real Cámara Juez y denunsiador. Sobre el trigo. Y se mando que las personas que tubieren trigo de sobra dexandole el que a menester para senbrar y comer en su casa lo amasen para bender lo demás por ei orden que los Diputados les señalare sin faltar so pena por la primera bes que faltaren de doze pezos para los pobres de el Ospital y de la Cargel y por la segunda bes demás de la dicha pena que el tal trigo sobrado que abian de amasar se reparta por los dichos Diputados a las panaderas de esta Siudad para que lo amasen y si las personas que tienen el dicho trigo no lo quisieren amassar se saque de su poder y se reparta a las dichas panaderas con consierto y orden para que aya pan hasta la cosecha y este decreto se pregone y se cometió su execusion y cunplimiento a el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario desta Siudad y a Bernardo de León Depositario General los quales que presentes estaban lo asetaron. Y con esto y otras cossas se acabo y serró este cavildo y lo firmaron los dichos capitulares. Ofrecimiento Y querícndolo firmar se trato como Miguel Gerónimo de fiadores jjor , _ Eeíonimo.^'^"*^ pcrsona que esta nonbrada por Alcayde de la Carsel Pu- blica de esta Siudad para el buen uso de su ofissio y dar ressidensia y para todo lo demás de su cargo ofresia por sus fiadores a Diego Pérez Moreno y a Juan Barragan Re- gidor. Y bista por los capitulares mandaron que el dicho ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 31 Alcayde busque mas fiadores para el primer cavildo. En esle cavildo se bio un titulo que el Señor Governador Tituio para la guarda y defensa tiene dado a el Capitán Juan de Tapia bezino de esta Siu- ^«*p*«"°- dad de el Capitán Lixeros Lansas para guarda y defensa de esle Puerto firmado d su mano y refrendado de Juan de Monarris Escribano Mayor de Governasion su fecha en beynte y dos dias de el mes de Abril de el año passado de mil y geysientos y dies y nuebe. Y abiendosse bisto se le mando bolber al dicho Capitán Juan de Tapia poniéndose al pie del la razón de como se bio en este cavildo. Y no se trato de otra cossa y lo firmaron los dichos capi- tulares. Testado: el dicho alcalde, no balga; enmendado: Juan. — Don Diego de Gongora. — El Li^engiado Grabiel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luis de Salcedo. — Simón de Valdes. — Bernardo de León. — Miguel de Riva- denegra. — Joan de Bergara. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. trigo. PRE60NACI0N ' En este dicho dia nuebe de Mar^o estando en la Plassa Pregón sobreei Publica desla dicha Siudad por bos de Diego Ribero Pre- gonero Publico se pregono el auto y decreto desta foxa en que ninguna persona benda fanega de trigo mas de a dos pesos fanega conforme al dicho decreto siendo testigos Mi- guel Mixel de Ateguren y el Capitán Pedro Gutierres y otras personas. Yo dello doy fe : Pedro de la Pobeda, Es- crivano Publico y Cavildo. ^ Este pregón está al margen de la foja 303 del libro original. 32 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 16 DE MARZO DE 1620 (Foja 304 del libro original] Cao*' de 16 de Eii la ?iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dies y seys días del mes de Margo de mil y ceysientos y beynte años se juntaron a hazer cavildo en las Cassas Reales que aora se acostunbra a hazer en el qual se hallo el Señor Governador Don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y el Capitán Matteo de Grado Alcaldes Hurdinarios y el Conta- dor Luys de Salgedo y Bernardo de León Depossitario Ge- neral y el Capitán Joan de Bergara Regidor y Diego de Trigueros Regidores y Juan Bautista Ángel asimismo Regi- dor en el qual se trataron las cossas siguientes : Sobre que Eu osto Cdvildo propuso Bemardo de León Depositario ee pregonen Uta ^Trl^e'^iimatít- General como ya es tienpo que se trayga en pregón el abasto de las carnizerias sobre la postura que en ellas tiene fecha Antonio de Higueras de Santana bezino desta dicha Qiudad para que se remate en quien mas baxa ji- ziere. Y bista por los dichos Capitulares mandaron se pre- gone con termino de nuebe dias continuos y a el ultimo dellos asine el rremate y que se hagan condisiones para el buen cunplimiento de el dicho remate las quales se co- metieron a el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda Al- calde Hurdinario y a el Capitán Joan de Bergara Regidor y que el dicho rremate se haga ante este Cavildo como es costunbre y que se notifique a Blas de Mora que a sido obligado este año dentro de ocho dias adérese el corral de dero. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 33 el Matadero dexandolo sigun y de la manera que lo ressi- bío y pasado el termino y no lo haziendo se adérese a su costa sin otro apersibimiento y esto lo execute Bernardo de León Depossitario General Fiel Executor el qual lo aseto. En este Cavildo se trato de la falta de trigo que este año sobre auesecs- criba a el cabildo a abido en esta ciudad para cuyo remedio se suplico a el ^¡¡'¿ÍSa^art Señor Governador que una real sedula que proybe traer bastimentos a esta (iudad de la Probin^ia de Tucuman y otras partes si no fuere con ocasión nessesaria con ligen- sí a de Su Merced se suspendan en esta ocassion dando li- ^ensia para la ^iudad de Cordova y otras partes se trayga harina trigo y mays pues a Su Merced le consta de la dicha falta. Y el dicho Señor Governador mando que paresca la real sedula y el Procurador General haga la dilixensia que conbenga que Su Merged acudirá a probeer en lo que toca a el desta república. Y los dichos Capitulares acordaron que se escriba a ell Cavildo de la (iudad de Córdoba en esta razón y se cometió a el Capitán Juan de Bergara y a el li- gensiado Grabiel Sanchos de Oxeda para escribir la dicha carta. En este Cavildo propuso como ell ofissio de las pezas y sobr« la per- ■^ ' r t/ Bona encargada medidas desta giudad se trato lo tiene Bacho de Filicayaen ¿IL y"medidar~ el ynterin que este Cavildo nonbra persona en el y porque esto se hizo el año pasado en considerassion que Juan Mendos maestro carpintero que lo usaba era biexo acorda- ron de conformidad los dichos Capitulares de bolber el di- cho oQsio a el dicho Juan Mondes a el qual se le entreguen los padrones que ay con asistensia de el Fiel Executor y se le notiñque que acuda a ussar el dicho oñssio de Fiel con dilixencía y cuydado como debe y jure en forma de dere- cho de lo cunpliry si esediere pague por cada culpa que contra el resultare seys pezos para la Real Cámara y gastos ACT. OIL CAB. DI BVnrOI AUM. — T. IT. 3 Cav*' de 23 de Á/arsode Í620. 34 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIBES de justicia por mitad de mas de que quedara escluydo para. DO ussar del dicho ofisio y esto se probee en el ynterin que este Cavildo probee y manda. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró este Cavildo y lo firmaron. — Don Diego de Qongora. — El Lif^ensiado Grabiel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luys de Salzedo. — Bernardo de León. — Joan de Bergara. — Diego de Trigueros. — Juan Bautista AnjeL — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Ca- vildo. CABILDO DEL 23 DE MARZO DE 1620 {Foja 305 vuelta del libro original) En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Avres en beynte y tres dias de el mes de Margo de mil y jeysien- tos y beynte años se juntaron a hazer Cavildo en el Fuerte y Cassas Reales donde se acostunbra por aora a hazer la Justisia y [Regimiento de esta dicha Siudad en el qual se hallo el Señor Don Diego de Gongora Caballero de el Abito de Santiago Gobernador y Capitán General de estas Probincias de el Rio de la Plata por su Magestad y se alio en el el Ligensiado Grabiel Sánchez de Oxeda y Capi- tán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios de ella y el Contador Luis de Salcedo y Francisco de Mansanares Al- guasil Mayor de Gobernassion y Bernardo de León Depo- sitario General el Capitán Juan de Bergara. Regidor y Miguel de Ribadeneyra Resetor de Penas de Ca;nara y ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 35 Diego de Trigueros y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes : En este Cavildo Juan Bautista Ángel Regidor y Mayor- , Que w preaone domo de los Propios de esta dicha Siudad propuso como la Moxonería y Romana de esta Siudad se a cunplido el tienpo de el arrendamiento y que conbiene se arrienden desde sinco de este presente mes de Mar^ que se cumple el dicho arrendamiento. Y bisto por los Capitulares di- xeron que se trayga en pregón los nuebe dias como es costunbre y en fin de ellos se remate en quien mas diere. T con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró y firmo este Cavildo y lo firmaron los dichos Capitulares y se leyeron algunas petisiones que presento el Procura- dor General de esta Siudad y otra de Miguel Gerónimo Álcayde de la Carsel las quales se leyeron y se decreto lo que por ellas se bera. — Don Diego de Góngora. — El Li^en- siado 6a¿ne/ Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luis de Salqedo. — Francisco de Manganares. — Bernardo de León. — Migiiel de Rivadeneyra. — Joan de Bergara. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 30 DE MARZO DE 1620 {Foja 306 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en caj>^> de so de Marzo de Í620. treynta dias de el mes de Mar^o de mil y gey sien tos y beynle 36 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES años se juntaron a haser cavildo en las cassas de su Ayunta- miento que es a el presente en el Fuerte y Cassas Reales queporautose acostunbra a hazer en elqualse hallo el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago Gobernador y Capitán General de estas Probingias de el Rio de la Plata por Su Magestad y en el cual se hallo el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hordinario de esta Siudad y el Contador Luys de Salgedo jues Ofisial Real y el Teso- rero Simón deValdes yFransiscode Mansanares Alguazil Mayor de Gobernassion y el Capitán Juan de Bergara Regi- dor y Bernardo de León Depositario General y Diego de Tri- gueros Regidor y Miguel de Ribadeneyra Resetor de Penas de Cámara y Juan Bautista Anjel Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes : Venta de ac«ite Eu este cavildo se trato de que en las pulperías se benda y vinagre en las §?da*de*^acueíí¿ por mcnudeo aseyte como esta mandado y pregonado y con un padrón Sr^^^proíSraSS? que se hagau medydas de presio de a real cada una por un padrón que el Capitán Mateo Leal de Ayala Procurador Ge- neral exibio que jizo para el dicho efecto por lo que tiene de hordinario las botijas de azeyte que es un quinto me- nos de ssu basso y diio que los quatro quintos hasen qua- renta medidas de a real de las de el padrón que sale a sinco pezos la botixa y asi lo juro a Dios y a la Crusen forma de derecho y se mando que por el dicho padrón de aqui adelante se benda el azeyte por menudo y así mismo se benda binagre por menudo cada quartyllo a la mitad de el precio a como esta tassado se benda el bino de la parte y lugar donde fuere el tal binagre y que esta se exe- cute ycunplaconpeliendo a los pulperos y pulperas a ello so pena de sseys pezos corrientes por la primera bes por tersias partes Real Cámara y denunsiador y jues y por la sigunda la dicha pena y pribasion de tener pulperías y el ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 37 dicho padrón de la medida de azeyle se entregue a el Fiel délas pezas y medidas para que lo tenga con los demás padrones de esta Siudad para que por el haga las dichas medidas de plata y de oía de lata o de otro baso que sea a propossito que pueda ressibir el sello y marca. En este cavildo propuso Juan Bautista Ángel Regidor proposición «o bre el arrenda- como se trae en pregón para arrendar la Moxoneria y que jSn?ru.'****"°' ay en esta Siudad cantidad de bino de que a de resul- tar mucho aprobechamiento a el Moxon y porque es muy poco el presio que se da de arrendamiento por un año porque este passado se arrendo por treynta pezos conben- dra se cobre en fieldad porque sera de mas utilidad a los Propios de esta siudad. Y bista por los dichos Capitulares dixeron que la dicha Moxoneria se traygaen pregón como esta mandado y se apersiba que se a de rematar hasta fin de Dizienbre de este año porque el arrendamiento pasado se cunplio a sinco de Margo deste mes y año y con la ul- tima postura que se hiziere antes del remate se trayga a este Cavildo para la ber y probeer lo que conbenga sobre la dicha propusision. ¥ con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró y firmo este cavildo. — Don Diego de Gongora. — Mateo de Grado. — Luis de Salgedo. — Simón de Valdes. — Francis- co de Mancanares. — Bernardo de León. — Miguel de Riva- deneyra. — Joan de Ver gara. — Diego de Triguero. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. ¡IDO Di BUENOS AIRES 3B CABILDO DEL 6 DE ABRIL DE lb20 {Foja 307 del libro original) £0 la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en seys días de el mes de Abril de mil y Qeysientos y beynte anos se juntaron a hazer cavildo en las Cassas Reales que por aora se acostunbra a hazer por auto que en razón desto se a fecho la Justicia y Regimiento de esta Siudad con el qual se hallo el Señor Don Gil de Oscarys Teniente de Go- bernador y Justisia Mayor desta Siudad en ausensia de el Señor Gobernador Don Diego de Gongora y se hallo a el el Li^ensiado Grabiel Sanchos deOxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hordinarios desta Siudad y Fransisco de Manzanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Miguel de Ribadeneyra Resetorde Penas de Cámara y el Capitán Juan de Beldara Regidor y Diego de Trigueros Regidor y Juan Bautista Anxel Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes ; Petición de ve- Eu osto cavildo sc Icyo uua petission de Pedro Lopes de Mora, por la qual pidió le resiban por bezino desta siudad ofresiendose a hasery cunplir lo que los demás bezinos y atento a que a dias resside en ella. Y bista por los capi- tulares dixeron que con que dentro de un año tenga en Condiciones proplodad cassa le admiten por bezino y con que sea con que se adml- i i^ » íioi?uÍL^''*°''*°' obligado a tener armas y caballo y acudir a todas las obligasiones y cargos que los demás bezinos y que se asiente en la matricula donde están escritos y asentados ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 39 en esta sáudad mandaron se le notíñque este decreto para que haga el juramento acostunbrado. En este cavildo se leyeron una petision que presento Petición. Alonso Guerrero mercader y se decreto lo que por ella paresera. En este cavildo se trato como la moxonería que se trae Resolución so- * bre el arrenda- en pregón para se arrendar desde sinco de Mar?o passado jSifíru.*** ** °'°" que se cunplío su arrendamiento hasta fín de Dizienbre de este año y que esta puesta en sesenta y sínco pessos por iodo el dicho tienpo y porque otros arrendamientos de año entero no an librado esta cantidad y podra ser que subiese fueron de acuerdo unánimes y conformes que se remate en quien mas diere confiansa y condission que la mitad de el presio sea de contado o dentro de dos meses y la otra mytad quatro meses adelante de manera que en seys meses este pagada la renta guardando las condisio- nes que están puestas para el dicho remate. En este cavildo se leyó y presento un titulo de Alcayde Titulo de aicai. dfi d.6 llL GAITCAI de la Carsel Publica de esta siudad fecho a Miguel Geró- nimo por el señor Governador don Diego dé Gongora fir- mado de su nonbre y refrendado de mi Pedro de la Po- beda Escrivano Publico y Cavildo por el qual manda le ayan y tengan por tal Alcayde atento que tiene dadas fían- sas a contento de mi el dicho Escrivano para su buen uso y dar residensia y bisto por los capitulares dixeron que el dicho Miguel Gerónimo use de la comisión que el dicho se- ñor Governador le da por el dicho titulo atento las fíansas que ante mi el dicho escrivano se dise en el aber dado de Alcayde de la Carsel las quales este Cavildo no a recibido ni son a su cargo y mandaron que un traslado de el dicho titulo se ponga en este libro y se le buelba el orixinal po- niendo yo el dicho escrivano este decreto a la letra para 40 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES que conste de como este Cavildo no corre ningún riesgo en las dichas fíansas porque no esta a su cargo el nonbrar Alcayde de la Carsel y así lo decretaron. Y estando en este estado entro por mandado deste Cavildo Pedro de Mora y se le dio a entender el decreto de oy dicho dia y juro en forma de derecho abiendole leydo el decreto de la forma que se resibe por bezino desta siudad de acudir y que acu- dirá a aser guarda y cunplir todas las cossas de su cargo como los demás bezínos de ella sin falta ni escusa so las penas enque yncurren lo contrario fasiendo con lo qual quedo resibido por tal bezino y se obligo cunplir todo lo contenido en el dicho decreto y que dentro de un año ten- drá casa propia. Y con esto se acabo y cerro este cavildo y lo firmaron los capitulares. Testado : y de, no balga. Resolución so- Y por cstar de prosimo la Semana Santa se repartieron slnti* colf *"%e- las justisias y Regidores para que se hallen el juebes y bíidoí^ ® *" biernes santo a el entierro del santísimo sacramento en esta manera. El señor Governador a la Yglessia Mayor. Diputados Bernardo de León Depositario General y Miguel de Riba- deneyra y el Alguasil Mayor y Mateo Leal de Ayala. Santo Domingo el Contador Luys de Sal<;edo y Juan Bautista Anjel. En San Francisco el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Juan de Bergara. En Nuestra Señora de las Mercedes el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y Diego de Trigueros. En la conpañia de Jezus el General Don Gil de Oscaris y el Tesorero Simón de Baldes y Juan Barragan y que yo el Escrivano de Cavildo baya a la Iglesia Mayor. Y lo firmaron los dichos Capitulares. — Don Gil de 0%- ACTAS DKL CABILDO DE BUENOS AIRES 44 cariz. — í El Ligenciado Gabñel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Joan de Vergara. — Frangisco de Manzanares. — Bernardo de León. — Miguel de Rivadeneyra. — Diego de Trigueros. — Juan Bapíisía Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 24 DE ABRIL DE 1620 {Foja 308 vuelta del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres Repítese ei dia ^ '' 6 de abril de 1620 biernesen la tardóse juntaron a haser Cavildo en beynte otro cabido. y quatro días de el mes de Abril de mil y ^eycientos y beynte años la Jüstisia y Regimiento de esta dicha Siudad como son Don Gil de Oscadis Teniente de Governador y Jüstisia Mayor desta Siudad y el Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario y el Capitán Mateo de Grado asi mismo Alcalde Hurdinario desta dicha Siudad y el Contador Luys de Salcedo Jues Ofisial Real y el Capi- tán Simón de Baldes Tessorero Jues asimismo Ofisial Real y Frangisco de Manzanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anjel Regidores en el qual Cavildo se trataron las cossas siguientes : Notlflcaolon ai lic«nclado Del- En este cavildo se levo una petission que presento gado ñores para J r ir Queexibaelman- el Capitán Mateo Leal de Ayala Procurador General de nSÍ°parVproS" der á prisión y esta Siudad pidiendo que el ligensiado Matías Delgado jf"»»™ <" •"«- tí ACTAS DEL CABILDO DK BUENOS AIRES Flores muestre y presente en el la comisión que tubiere para traer bara y proseder a prission y secresto de bie- nes y otras cossas contra los bezínos y ressídentes en ella atento a que hasta oy no lo a fecho y hizo relassion de las causas que le mobian a pedirlo y se decreto las mostrasse y se enbío a notiGcarselo a su possada a mí el presente Escrívano con dos diputados y se lo notifique y jize saber y respondió que bendria a mostrarlas como párese* todo por la petission decreto y notificassion original. Sobre u neee- En cstc caviMo sc trato como por no tener propios esta Bidad de detpa- ^ r r d^Gene/^'ante Siudad ño puedo despachar Procurador General ante Su Magestad y que.conbendría se despache ynstrusion a los solisitadores que están en Corte para que pidan lo que conbenga 8 el bien de esta república y se les enbie poder y se escriban cartas sobre ello lo qual se cometió a los Alcaldes Urdinarios y lo asetaron. Incidente oour. Eu csto Cavyldo cstaudossc tratando de las cossas to- rldo en pleno ca- Mncu^ei uS¡?: cantes a el bien de la república abrió la puerta y entro ciado Delgado . . i Flores. Myguel Gerónimo Portero del y dixo como el Ligensiado Matias Delgado Flores quería entrar en el y se le mando al dicho Portero le díxese que entrase norabuena y le abriese la puerta el qual salió y luego entro en la ssala de este Cavildo el dicho Ligensiado Matias Delgado Flores y lo primero que hablo fue « ¿ Donde esta el Señor Gober- nador por que le bengo a ber ? » Y todos los de el Cavildo se lebantaron con los sonbreros en la mano hassiendole coriessia y diziendole que el Señor Gobernador no estaba en el Cavildo. Y luego el dicho Ligensiado Matias Delgado Flores hablando con el dicho Teniente General le dixo « Señor Don Gil ¿ donde me e de ssentar?» y estando en pie el dicho Tiniente con el sonbrero en la mano le dixo y señalo hazia el banco escaño de espaldar donde estaban ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 43 sentados ios Alcaldes Hurdinarios: «aquí con estos Se- ñores se puede usted sentar». Y bolbíendo las espaldas a este Cavildo dixo : « No me quiero sentar donde no esta el Señor Gobernador » y replicándole que porque no sse sentaba estando todo el Cavildo aqui dixo : « no me siento yo donde están los culpados contra quien yo travgo co- misión » y se fue saliendo por la puerta hablando a manera de menospresio sin hazer cortesía ni despedirse ni mos- trar ninguna comisión ni papel ni dezir que benia a mostrar cosa ninguna y como lo suso dicho passo se es* cribío lueyo yncontinente pidiendo los dichos capitulares a mi el Escrivano quando bolbio las espaldas y se yba ssaliendo de la ssala de el Cavildo el dicho Li^ensiado Matías Delirado Flores que lo diese y pusiese por testymo- Resolución dei ° ^ ^ r I- ^ CabUdo sobro el nio en este Libro e yo el dicho Escrivano doy fe que í?íí.^*°*^ "*^' dentro de la' dicha sala de el Cavildo paso todo lo que tengo escrito de suso y lo doy por testimonio en este libro con mí signo y firma que es a tal : En testimonio de verdad : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico v Cavildo. Y abiendo passado lo de suso escrito prosiguiendo los dichos Capitulares en este Cavildo dixeron que atento que el dicho Li^ensiado Matías Delgado Flores no a querido mos- trar la comisión que se le a pedido muestre si la tiene para traer bara de la Real Justisia el y Juan de Bustos y abiendo entrado en este Cavildo prossedio como se contiene en el testimonio de suso queriendo dar ocasión para que no la aya y en todo se prosseda conforme a derecho y justisia cometieron este negossio a los dichos Li^ensiados Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Ur- dinarios para que bista la petission del dicho Procurador General y lo a ella decretado y notificado y lo demás que esta escrito en este Cavildo probean de remedio con jus- 44 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES tisía para que se cunpla lo que su Magestad manda por sus leales leyes y para que el dicho Ligensiado Matías Del- gado Flores no use ni exersa mas comisión y juridision de la que mostrare espresa sin esseder de ella ni de su termino de manera que los bezinos y moradores desta Siudad no ressiban agrabio ni el dicho Lí^ensiado esseda de la juridision que tubiere atendiendo en todo a el ser- bissio de su Magestad pas y quietud de esta República con la modestia y retitud que el casso pide y de lo he- cho y que se jiziere en esta razón se de testimonio para ynformar a su Magestad y su Real consexo Señor Birrey y Real Audiencia de la Plata con puntualidad y berdad para que conste dello y se pida y suplique lo que con- benga para este negosio y los semexantes que por estar tan distante este Puerto de el Real Consexo y Real Audien- sia de la Plata padesse de urdinario este Cavildo y Repú- blica con Jueses de Comisión muchos daños y agrabios costas y salarios prisiones molestias y bexasiones y los dichos Alcaldes que estaban presentes lo asetaron y pro- metieron de acudir a ello con diligensia y cuydado. Y con esto sse acabo y serró este Cavildo y lo firmaron los Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Li^ensiado Ga- briel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luis de Sal- gedo. — Simón de Valdes. — Francisco de Manzanares. — Bernardo de León. — Joan de Bergara. — Diego de Trigue- ros. — Jiian Bapíista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Po^ beda, Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 45 CABILDO DEL 28 DE ABRIL DE 1620 {Foja 314 del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao- de 28 de ^ '' Abril de 1620. beynte y ocho dias de el mes de Abril de mil y seysienlos y veynte años martes se juntaron a fazer Cavildo en las Gassas Reales do se acostunbra por aora la Justicia y Regi- miento desta dicha ^iudad conbiene a saber Don Gil de Oscaris Teniente de Govemador y justisia Mayor desta ciu- dad y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hordinarios desta dicha f iudad y el Contador Luys de Salcedo y Bernardo de León Depossita- rio General y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Diego de Trigueros Regidor y Juan Bautista Anjel Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes: En este Cavildo se trato que el Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios a quien esta cometido el ha- zer la ystrusion que se a de ynbiar ante Su Majestad y su sobre u ms- •^ * *' ^ *i tracción para De- Real Consexo de las Yndias para pedir las cossas conbi- cisat <^iiv^¿icí?. tes al bien de la mentes a el bien desta república la hagan porque la per- co^o'»»»- sona que a de llebar el pliego esta de partida y para el dicho efeto y los demás negossios que esta giudad tiene en Corte se de poder bastante a Martin Peres de Berasay y a Lorenso Lopes de Surrategui y Francisco de Torres Juan de Salassar solissitadores en el Real Consexo de las Yndias. _,_.,,, . . , , Sobre la nega- En este Cavildo se leyó una petission que presento en el ^^l^l^^J^H^^ el Capitán Mateo Leal de Ayala Procurador General desta fioÍm. ^•*****'' Cao*^ de 4 de Mayo de 1620. 46 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES ?iudad serca de no aber querido ysibir el Lijensiado Ma- tías Delgado Flores las comisiones que se le an pedido y se decreto lo que en ella paresera. Y abiendose decretado lo de suso entro en este Cavildo el Capitán Simón de Baldes Tessorero Jues Oñsial Real al qua! se le dio notissia de lo probeydo decretado en el y abiendolo entendido dixo que se conformaba y conformo con los dichos decretos. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cavildo. — Don Gil de Oscariz. — El Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luys de Salcedo. — Simón de Baldes. — Joan de Bergara. — Ber- nardo de León. — Diego de Trigueros. — Juan Bapíista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico de Cavildo. CABILDO DEL 4 DE MATO DE i620 (Foja 3H vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lu- nes quatro dias de el mes de Mayo de mil y ^ysientos y beynte años se juntaron ahazer Cavildo la Justisia y Regi-< miento desta dicha ^iudad en el Fuerte y Cassas Reales como es costunbre conbiene a saber Don Xil de Oscaris Teniente de Gobernador y Justicia Mayor desta ciudad y el Lygenciado Grabiel Sánchez de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Urdinarios desta dicha Siudad y Con- tador Luys de Salcedo y Tessorero Simón de Baldes el mosso y Francisco de Manzanares Alguazil Mayor de Go- . ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBBS 47 vemassion y Bernardo de León Depossitario General y Ca- pitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regidor y Juan Barragan y Juan Bautista Anjel Regidores y así mis- mo entro en este Cavildo Miguel de Ribadeneyra Ressetor de Penas de limara desta giudad y el dicho Li^ensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hordinario dixo que no podia asistir en este Cavildo el dicho Miguel de Riba- caasa por la " cual no puede deneyra porque el Señor Govemador Don Diego de Gon- SS^Miguíi d*Ri- vadeneira. gora lo desterro desta (iudad y de sus términos por ^lerto tienpo a lo qual dixo el dicho Miguel de Ribadeneyra que no le esta notificada tal sentensia y a lo que a entrado en este Cavildo es a despedirse para yr a seguir una causa de oposición de Rt vadenelra* el dicho ofissio de Ressetor de Penas de Cámara que le puso con el quarto Crisptoval Remon de que el dicho Miguel de Ribadeneyra esta, dissistido y lo tiene consentido para que se le buelban dos mil pesos que tiene pagados en quenta de el prezio y que le den por libre a sus fiadores en lo restante en que se le rremato y que asi pedia y pidió a este Cavildo le dexen yr a tratar de el dicho negossio porque no se tiene por Ressetor ni tiene elesion ni causa para entrar en este Cavildo mediante la paga de Crisptoval Remon y que aunque el turno de la bara de Fiel Executor desta ciu- dad le tocaba al presente como a tal Ressetor por la facul- tad de tener bos y boto en el Cavildo quando la dicha paga no estaba fecha no la pretende ni quiere húsar del la porque su derecho es que se le buelba su plata y el ofisio passe a quien lo puxo como lo tiene dicho antes de aora por pe- tission ante los Señores Ofisiales Reales ante quien pasan los autos desta causa. Y bisto por los Capitulares dixeron que no esta a cargo deste Cavildo prober sobre lo que toca al dicho ofisio de Ressetor que solo lo que tienen que dezir es que mediante lo referido el dicho Ligensiado Grabiel «,inO DE BUENOS AlftBS j i//.>i/í/eHordínario en rasson de estar canches de Oxeda Álca¡a^ errado se bean los autos y sentencia para que se pros- "^eda^ílonforme a derecho y que el dicho Miguel de Riba- r evra use de el que lubiere y le conpetiere y los dichos j eses OCisiales Reales dixeron que esta a su cargo la co- bransa de lo que el dicho Miguel de Ribadeneyra y sus fia- dores restan debiendo a la real Hazienda del prezio en que se le remato el dicho ofisio de Penas de Cámara y sus pla- ssos ser cunplidos y que hasta que pague con efelo no puede debe ssalir desta ciudad y contradizeu la ligensia que pide ni para yrse della asigun el derecho que pretende y que son meros executores y que an de cobrar antes que salga del u de sus fiadores y asi quedo decretado y sin enbargo de la respuesta el dicho Miguel de Rivadeneyra los dichos Capi- tulares dixeron que no assista en el Cavildo hasta que se bean los autos y sentensia de destierro y el dicho Miguel de Ribadeneyra lo pidió por testimonio para en guarda de su derecho todo lo referido y lo firmo de su nonbre. — Miguel de Ribadeneyra. Y abiendo firmado el dicho Miguel de Ribadeneyra los dichos capitulares le mandaron dar el testimonio que pide y con esto se salió del Cavildo. varadefleieje. En cstc Cavüdo sc trdto como la bara de Fiel Executor de esta siudad biene el turno de estos quatro meses a Juan de Rergara Regidor del primer boto el qual que pressente estaba dixo que por ocupassiones que tiene al pressente no puede húsar el dicho ofissio y 'porque esta de partida para ssalir de esta siudad que resserbando como resserba su turno para otra ocassion passe al Regidor de segundo boto. Y bisto por los capitulares porque les consta las ocupasio- nes que el dicho Juan de Rergara tiene de negosios de este Cavildo por lo qual fueron de acuerdo que la dicha cutor I I ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 49 bara de Fiel Executor se entregue a Diego de Trigueros Regi- dor de segundo boto en cuya conformidad Bernardo de León Depositario General que traya la dicha bara la dexo y el dicho General I)on Gil de Ozcadiz Carabaxal en nonbre Recibimiento y Juramento de su magestad la entrego al dicho Diego de Trigueros el qual la resibio y juro por Dios Nuestro Señor por los San- tos Ebanxelios y por una señal de la crus en forma de derecho el dicho oíissio de Fiel Executor con diligensia y cuydado guardando las hordenansas y leyes reales sin passion ni afísion y mirando el bien de la República y si asi lo hisiere Dios le ayude u si no se lo demande y a la conclusión del dicho juramento dixo si juro y amen con lo qual quedo resibido por tal Fiel Executor de esta siudad. En este Cabildo los dichos Alcaldes pressentaron la ins- Lectura de las cartas aue se en- Irusion y cartas que se le encargo hizieran y escribiessen ^'*an a la corte. para enbiar ante su Magestad y su Real Consexo de Indias diríjido a los solisitadores que están en corte y se leyeron de berbo adberbun por mi el dicho Escrivano y en mi pressen- sia se firmaron serraron y sellaron y se mando haser pliego de todo con el poder que se a de ynbiar a los solisitadores para acudir a pedyry suplicar a su magestad lo contenido en la dicha y ns trusión. En esle cavildo se trato la gran falta que ay de pan en Medidas para • evitar la caren- esla República y que cada d ia es mayor y que conbiene escri- go* **** ^^ ^ ^' bir a la siudad de Córdoba y Cabildo della para que traigan trigo harina y mays y se encargo se hisiese por los dichos Alcaldes y que Bernardo de León Depositario General y Diego de Trigueros Fiel Executor a que los que tienen trigo lo amassen y no lo hagiendo lo entreguen a las panaderas para que lo amassen y que se trayga a las puertas de las eassas de Cavildo para que se reparta por la orden que esta mandado por otros cavildos que executen con puntuali- ACT. DIL CÁB. »■ B9UI08 lIRBf. — T. IT. 50 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES dad y cuydado para que tenga efeto y los dichos diputados lo asetaron y prometieron de lo cunplir. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y ^erro este Cavildoy lo Grmaron los dichos capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Licenciado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luis de Salsedo. — Simón de Valdes. — Franpisco de Manzanares, -^oan de Vergara. — Diego de Tri- gueros. — Bernardo de León. — Juan Barragan. — Juan Baptista Ángel. PODER A LOS PROCURADORES DE CORTE {Foja 313 vuelta del libro original^ Poder. Sepan quantos esta carta hieren como el Cavildo Justi- sia y Regimiento de esta Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres Probinsias de el Rio de la Plata estando ha- ziendo Cavildo en la sala de nuestro Ayuntamiento como lo tenemos de costunbre a saber : el Li^ensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes ür- dinarios y el Contador Luys de Salcedo Jues Oñsial Real y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Bernardo de León Depositario tieneral y Fiel Executor de el y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regi- dor y Juan Bautista Anjel Regidores por nos y en nonbre de este dicho Cavildo y de los demás Regidores de que son y jueren de aqui adelante otorgamos por la presente que damos todo nuestro poder cunplido bastante como se re- quiere de derecho a Martin de Berasayn y por su ausenr ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 5! sia O ynpedímento a Lorenso Lopes de Isurrastigui y Fran- siseo de Torres y Juan de Salasar solíssitadores en el Real consexo de las Indias y a qualquier dellos ynsolidun para que en nonbre de este Cavildo y República parescan ante su Magestad y Señores del Real Consexo del as Indyas y otros Tribunales que con derecho deban y pidan y supliquen se nos haga merged y a esta República de todas las cossas y cassos contenidos en la ynstrusion fírmada de nuestros nonbres y refrendada de el presente Escrivano de Cavildo que con este poder les enbiamos por la urjente nessesidad y probessa della y presenten los memoriales recaudos y testi- monios que les paresiere conbeniry los que con la dicha ynstrusion asi mismo les enbiamos y hagan los pedimentos y probansas que se requieren y pidan y supliquen por du- plicado la ssedulasy executorias probisiones autos y decre- tos y demás despachos que se mandaren dar asetando todo lo que fuere en nuestro jabor y de lo contrario supliquen y contradigan todo aquello que les paresiere conbenir al bien y conservasion de esta República y su gobierno de manera que tenga efeto lo contenido en la dicha nuestra ynstrusion por ser muy de el servisio de Dios y su Magestad y bien de esta tierra hasiendo sobre todo lo que dicho es y cada cossa de ello judisial y extrajudigialmente todo lo que se requiera porque para ello les damos y otorgamos a todos qualro los sobredichos ynsolidun este dicho nues- tro poder bastante con libre y general administrasion y los relebamos en forma de derecho y a su firmesa paga y cun- pliroiento obligamos los propios de este Cavildo abydos y por aber y lo otorgamos ante el dicho Escrivano del. Que es fecha en quatro dias de el mes de Mayo de mil y gey- cientos y beynte años. Y el dicho Cavildo Justisia y Regi- miento a quien yo el Escrivano doy fe que conosco lo fir- 52 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES marón de sus nonbres siendo testigos Martin Martines de Guíate y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Miguel Geró- nimo. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Jfo- teo de Grado. — Luis de Salqedo. — Joan de Vergara. — Frangisco de Manganares. — Beimardo de León. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 11 DE MAYO DE 1620 {Foja 3H del libro original) Cao** del lunes Eü la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres Lu- // de Mayo de ^ "^ '^^^ nes onze dias de el mes de Mayo de mil y geysientos y beynte años se juntaron a haser Cavildo en el Fuerte y Cassas Reales donde sse acostunbra por oora la Juslissia y Regimiento desta dicha Siudad conbiene a ssaber el Señor Don Gil de Oscadis Teniente General y Juslisia Ma- yor de esta dicha Siudad y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Urdinarios desta Siudad y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Bernardo de León Depossitario General y Diego de Trigueros y Juan Bautista Regidor en el qual Ca- informe sobre vildo SO tratarou las cossas si(?uientes. Y en este estado las diligencias mStí?5*dS a¿a- eutro el Capitán Juan de Bergara Regidor. En este Cavildo se de pan. Bernardo de León y Diego de Trigueros Regidor y Deposi- tario General Diputados nonbrados para lo que esta acor- dado serca de que se amase y traygan pan por las perso- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 53 ñas que tienen trigo dixeron que an fecho diligencia y que las dichas personas se deñenden con dezir que an amassado y hendido su trigo y que asi conbiene que en todos pagos y chácaras se haga apretada dilixensia porque padese la República y que es nessesario tanbien se bea el mays que ay para que se benda pues con el se puede acudir al sus- tento de el serbisio de yndias y negros que sera muy grande ayuda. Ybisto por los capitulares acordaron que el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario con los dichos Diputados o qualquiera dellos acuda a este negosio para que aya pan y mays de lo que se hallare y conforme a la cantidad que ubiere pongan el presio mas útil y conbi- niente para la República y estando pressente lo asseto. ' En este Cavildo se trato como el turno de los dos meses ^nombramiento de Diputados de en que estaban nonbrados diputados para las apelacio- nes y acudirá el Ospital se cunplieron en fin de el mes de Abril prossimo passado por lo qual nonbraron a el Li- ^ensiado Grabiel Sanchos de Oxeda y a Fransisco de Man- sanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Juan Bautista Ángel Regidores los quales lo asetaron. Y con esto y otras cossas se acabo y serró este Cavildo y lo firmaron los dichos Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Li^ensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Fransisco de Manganares. — Bernardo de León. — Joan de Bergara. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel, — Xnie mi: Pedro déla Pobeda, Escv'w ano Publico y Cavildo. tumo. 54 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 27 DE MAYO DE 1620 {Foja S45 del libro original) En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres miércoles beynte y siete dias de el mes de Mayo de mil y jeysientos y beynte años se juntaron a haser cavildo en el fuerte y cassas Reales la justisia y Regimiento de esta dicha Siudad conbiene a ssaber el Señor Don Gil de Os- caris Carabaxal Teniente General de esta dicha Siudad y su juridision y el Li^ensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes : Enfermedad de Eu osto cavildo no sc hallarou mas Regidores por estar los Regidores. ^ ' algunos ausentes y otros enfermos de la enfermedad que aora corre. Sobre la caren. Eu cstc cavildo el dicho Liccnsiado Grabiel Sanches de ola del pan. Oxeda Alcalde Hurdinario dixo que en otros tres cavildos antes de este tiene propuesto la nessesidad que esta repú- blica padesse de pan y porque cada dia es mayor y aunque se a nonbrado diputados para ello no se a jecho deligensia en los percheles de el trigo que conforme a derecho se deben buscar y registrar y sacar de ellos dexando a los labradores para senbrar. Pidió se haga con puntualidad por ser causa del bien común y todos los dichos capitulares fueron de pareser que el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y Diego de Trigueros Regidor y Fiel Executor Djputado nonbrado por este Cavildo para este negossio nlente de Gober- nador. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 55 acudan a registrar y ber el trigo que ay en los percheles y saquen dellos lo que les paresiere ser justo y lo repartan en las panaderas para que lo amasen con quenta y rason j se acuda con el presío de el dicho trigo a sus dueños de- jándoles para senbrar y comer lo que les paresiere ser bastante y también se encai^o a el dicho Ligensiado Gra- biel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario por otra parte acuda a lo referido con la persona que le pareciere a pro- posito y lo execute y cunpla como quien tanbien lo en- tiende y be la nessesidad y falta que ay de pan en la repú- blica el qual lo aseto. En este cavildo se bio una declarasion fecha por Jorge de Declaración dei Juez de Bienes do Pas Jues de Bienes de Difuntos sobre sien pesos corrientes u{íim?lnto*°^dS que el General Don Gil de Oscaris tiene pedido se le libren ¿fe^nt^e gow. en los propios de este cavildo por haberlos por su borden y por su poder ynbiado a Don Diego de Carabaxal Correo Mayor destos Reynos para el despacho de la prorogassion de las permisiones de los besinos de esse Puerto ante el Señor Birrey en la qual el dicho Jorge de Pas declara que por su libransa los remitió y se dieron en la ^iudad de los Reyes a el dicho Don Diego de Carabaxal por borden de el dicho General Don Gil de Oscaris el qual pidió se le de el dicho libramiento y la dicha declarasion se mando poner en los demás autos que en esta rasson ay y al pie de ellos se haga auto en forma para que se le paguen y se le despache el libramiento que pide para que el Mayordomo de los Propios de este Cavildo se los pague. Y con esto sse acabo y serró este cavildo y lo firmaron los capitulares. — Don Gil de Ozcaris. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escribano Pu- blico y Cavildo. 56 ACTAS DBL CABILDO DB BUBNOS AIRBS CABILDO DEL 1* DE JUNIO DE 1620 {Foja 316 del libro original) cav*> de í' de Ed Id cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Junio de Í6Í0. * " primero dia de el mes de Junio de mil y ^eys^íentos y beynte años se juntaron a hazer Cavildo en el Fuerte y casas reales donde sse acostunbra por aora la justisia y regimiento de esta dicha siudad conbiene a saber : el Señor Don Gil de Ozcaris Carabaxal Teniente General de esta di- cha siudad y su juridision por Su Magestad y el Ligen- siado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios desta dicha siudad y Bernardo de León Depositario General de esta siudad y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anjel Re- gidores en el qual se trataron las cossas siguientes : Nuevas medí- Eu cste cavildo se propuso v trato de la estreraa nesse- das tomadas á ■ ■ « ÍSSda de maiz^í sidad CU quo csta Siudad de mays y trigo y todos supuesto trigo. lo tratado en los demás cavildos todos unánimes y con- formes dixeron demás de las prehensiones que se an fecho y dispuesto en los dichos cavildos que escriba a el Cavil- do de la (iudad de Córdoba para que se despache a esta Siudad la harina trigo y mays que fuere posible para efeto de este acuerdo se hordeno tratarlo con el Señor Gobernador y la carta que se ubiere de escribir se comete a el Capitán Juan de Bergara y que tanbien se escriba al Cavildo de la ciudad de Santa Fe en esta rason y que la barquilla de el Rey Nuestro Señor que esta en este rio se ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 57 flete a los pasageros que están para irse de esta Siudad y no lo bassen por falla de carretas para que bayan hasta Santa Fe y en ella benga el mays y trigo y harina que se pudiere traer y mays para la dicha nesesidad. En este Cavildo el dicho Capitán Mateo de Grado Alcalde Acuerdoconmo- ' tivo de dar al Hurdinario dixo que los dias passados se biso justisia de to°Dom?ngo^ líS nuevo negro en un negro esclabo de el conbento de Santo Domingo desta SjSítfd^o poi asesinato. Siudad por aber muerto alebosamente una negra y por estar el dicho Conbento falto de sserbisio el Señor Gover- nador Don Diego de Gongora y este Cavildo y otras persso- nas acudieron con sus limosnas para conprar otro negro y el dicho Alcalde las ressibio y tiene trecientos y ^eys pezos corrientes para el dicho efeto. Pidió se de borden en conprar el dicho negro y entregarlo a el dicho Conbento y bisto por los capitulares unánimes y conformes acorda- ron que el dicho negro se conpre que sea bueno por mano de el dicho Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y de Bernardo de León Depositario General y conprado se entregue a el Reberendo Padre Juan Baes Prior de el con- bento de Santo Domingo para que sirba en el a los Reli- giossos que son o fueren del dicho Conbento todos los dias de la bida de el dicho negro y que ni el dicho Padre Prior ni quien le ssusediere ni su Probinsial ni Bissitador Ge- neral ni otro perlado ni jues eclesiástico ni seglar lo an de poder sacar de el dicho Conbento a el dicho negro para otro ni henderlo ni trocarlo ni canbiarlo ni prestarlo ni por otra ninguna bia disponer del porque con este cargo se le da y dona y si lo contrario se hiziere sea ninguno y no balga y pase la donassion y limosna a el Ospital desta Siudad para el serbissio de los pobres del y el nonbre edad y marca que tubiere el dicho negro se ponga en el despa- cho que los Ofisiales Reales dieren y se asiente un tanto 58 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES del en este libro y asi se le haga ssaber a el dicho Padre Prior para que lo ásete con esta calidad. Medidas para En cste cavüdo se trato y acordó que los que amassan y la veata y repar- vi* *f to de pan. bcndcn pan lo traygan a las casas de Cavildo para que se reparta con orden por los Señores Alcaldes o Fiel Eiecutor por qualquiera dellos y que lo traygan bien cosido y sasso- nado y no lo bendan ni repartan en sus cassas sopeña de perdido el pan por la primera bes para los probes del Os- pital y Carsel y Conbentos y por la sigunda dies pezos mas de la dicha pena para la Real Cámara y gastos de obras publicas por mitad y que se notifique a las dichas personas que amasan este decreto. ^^uegada del VI. En cstc cavüdo se propuso como de prosimo a llegado a esta Ciudad el Muy Reberendo Padre Fray Pedro de Billa- bissensio de la borden de las MersedesporBizitadory para que se le de la bienbenida en nonbre de este cavildo y tratar con su Paternidad algunas causas de el serbissio de Dios y de su Magestad y del bien de esta república nonbra- ron por Dyputados a el Li^engiado Gabriel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario y a el Capitán Mateo Leal de Ayala Procurador General de esta siudad los quales que estaban pressentes lo asetaron y con esto y otras cossas que se trataron y petisiones que se leyeron se acabo y serró este Cavildo y lo firmaron los capitulares* — Don Gil de Ozcariz. — El Li^engiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Maleo de Grado. — Joan de Vergara. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 59 CABILDO DEL 10 JUNIO DE 1620 {Foja 348 del libro original] En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cae*- de lo de •' Junio de 16S0. dies días de el mes de Junio de mil y geysientos y beynte años se juntaron a haser Cavildo la justíssía y Regimiento de esta dicha siudad en el Fuerte y Cassas Reales donde se acostunbra por aora conbiene a ssaber Don Gil de Ozcariz Carabaxal Teniente General de Gobernador y Justisia Mayor de esta dicha Siudad y el Ligengíado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Bergara Regidor. En este cavildo el dicho Licenciado Grabiel Sanches de Funciones reii glosas decreta- Oxeda Alcalde Hurdinario propuso como en esta siudad ay \l^\S!i\^Simt , dades reinantes mucha enfermedad entre españoles y yndios general y asi ^',?¿J2¡* "'**^' ^'^* mismo por las muchas aguas y malos tiempos no sse a podido senbrar y tanbien la gran falta que ay de mays y trigo para cuyo remedio dixo sser nessesario y muy conbi- niente sse hagan algunas posissiones pidiendo y supli- cando a Nuestro Señor se apiade de esta república y todos los capitulares unánimes y conformes fueron de pareser que asi se haga y que sse acuda al Señor Bicario y a los prelados de las religiones y al Cura de esta Siudad a pedirles se hagan tres prossesiones generales a la parte y lugar que el dicho Señor Bicario señalare para suplicar a Nues- tro Señor se apiade de todos los de esta república y para que assí se haga nonbraron por diputados a el dicho Al- 60 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES calde Mateo de Grado y a Bernardo de León Depositario General los quales que estaban presentes lo asetaron y se le cometió por este Cavildo todo lo nesesario para las dichas prosesiones. Adquisición de Eñ este cavildo el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hur- un solar para * huertadeiHospi- d¡nario dixo quo cl Ospital de esta giudad tiene un solar linde del que es de Pero Femandes del qual tiene nese- sidad para güerta y serbisio de el Ospital y que el Her- mano Martin de Rodrigo le a dicho que el dicho Pedro Fernandes lo dará en trueque de otro solar que el dicho Ospital tiene en esta ^iudad linde de las cassas de el Ca- pitán Mateo Leal de Ayala y que a ofresido de pagar lo que mas baliera y que sera asertado se haga el dicho trueque por ser en pro y utilidad del dicho Ospital y bisto por los capitulares la dicha propusision dixeron que de próximo se aguarda a el Señor Obispo con quien se tratara para que tenga efeto. Reformas en la En esto cavildo cl dicho Capitán Mateo de Grado dixo Iglesia del Hos- ' p*^*^ como la yglesia de el Ospital tiene nesesidad de repararse y alargarse para el dicho dia de San Martin que serán menester quinientas cañas y ssesenta tixeras quatro ti- rantes y ocho llabes y tierra y paxa porque lo que es labrar la madera y hasser las tapias el Hermano Martin de Ro- drigo le a dicho que el acudirá con los negros a ello y que sseria nessesario se pidiese limosna para este efeto y a todos los Capitulares les paresio conbinientc. Donaciones pa. Y el dicho Depositario General Bernardo de León dixo ra las reformas HospitS!*'** "^^^ que ofrese tres tixeras y dos soleras. £1 Capitán Juan de Bergara dixo que dará los tirantes llabes cañas y tixeras. El Señor General Don Gil de Oscaris dixo que daba para el dicho Ospital y obra dies pezos. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 61 El Señor Lí^ensiado Grabíel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario mando tres carretadas de paxa. T el Capitán Mateo de Grado prometió dies pezos. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró y firmo este cavildó. — Don Gil de Ozcariz. — El Licenciado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Ante mí : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 16 DE JUNIO DE 1620 [Foja 319 del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cae- de le de Junio de 1620. dies y seys dias de el mes de Junio de mil y ceysientos y beynle años se juntaron a hazer cavildo en el Fuerte y cassas Reales que por aora se acostunbra a hazer la Jus • tigia y Regimiento de esta dicha Siudad conbiene a ssaber : el Señor Don Gil de Oscaris Carabaxal Tiniente General de Gobernador y Justisia Mayor de esta dicha Siudad y su jurídision por Su Magestad y el Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario y el Tessorero Simón de Baldes Jues Oñsial Real y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regidor y Juan Bautista Anjel Regidor en el qual se trataron las cossas siguientes : En este cavildo el dicho Licensiado Grabiel Sanches de Licencia para la adúulslclon de Oxeda Alcalde Hurdinario yssibio y pressento una ligensia ""* '^^*''- dada por el Ilustrisimo Señor Obispo Don Lorenso de Grado 62 ACTAS DEL CABILDO DB BUBNOS AIRES a el Mayordomo de el Ospítal de esta Qiudad para que pueda hender y disponer de un solar que esta y tiene en la trassa della que linda con casa y solar de el Capitán Mateo Leal de Ayala y de Benito Gomes calle en medio y porque se a tratado en otro cavildo que el dicho solar se henda y conpre otro que linda con las cassas de el dicho Ospital pidió se bea la li^ensia y se mando a Juan Andrea de León Mayordomo que al presente es use della y por mi el Escri- vano se leyó la dicha li^en^ia y bista y entendida por los dichos Capitulares mandaron que se entregue a el dicho Juan Andrea de León Mayordomo del dicho Ospítal para que huse della como hiere que conbiene a su pro y utilidad. Preparativos Eu cstc cavildo sc trato y acordó que atento a las mu- para la celebra* ?X?o8ÍdÍfcor° chas aguas que a abido cuya causa las calles están de pus Cristi V com- S^'mííífr con sucrtc qüc no puede por ellas andarla prossision del día de Corpus Cristi se adérese la Plassa para que a la redonda della ande la prossesion y se linpie y hagan los altares y se trayga rama y se cuelgue con dessensia y la autoridad que para tan grande fiesta se requiere y que el Mayordomo de este cavildo gaste en la gera y otras cossas que el cavildo acostunbra dar para la dicha fiesta lo que conbenga de los propios del y trayga la memoria dello a este Cavildo para que se de libramiento y para que se acuda a todo lo nesse- sarío se nonbraron por Diputados a Diego de Trigueros Fiel Executor y a Bernardo de León Depositario General para que acudan y manden lo que fuere menester. Y con esto y otras cosas se acabo serró y firmo este ca- vildo y lo firmaron los dichos Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Simón de Valdes el moso. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 63 CABILDO DEL ?7 DE JUNIO DE 1620 [Foja 3$0 del libro original) En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cav*' de 27 de Junio de 1620. beynle y siete dias de el mes de Junio de mil y geysientos y beynle años se juntaron a hazer Cavildo en el Fuerte y Cassas Reales donde sse acostunbra por aora a hasser Ca- vildo la Justisia y Regimiento de esta dicha Siudad con- biene a ssaber el Señor Don Gil de Oz<íariz Carabaxal Ti- niente General de Gobernador y Justisia Mayor de esta di- cha Siudad y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario de esta dicha Siudad y el Contador Luys de Salcedo Jues [Ofissial Real y Fransisco de Mansa- nares Alguazil Mayor de Gobemassion y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regidor y Juan Barragan Regidores y en este estado se fue el Contador Luys de Salcedo en el qual Ca- vildo se trataron las cossas siguientes : I Y en este estado entro el Capitán Simón de Baldes Tesso- rero Jues Ofisial Real. En este Cavildo el dicho Licensiado Grabiel Sanches de Fiestas reiigio- sas para comba- Oxeda Alcalde Hurdinario de esta dicha Siudad dixo como |n ¡H l^^u- 1 . . j j í°'* >' derrumbes las aguas an sido y son muy ordmarias que no an dado ^es":**" ^' ^'^^ lugar a ssenbrar ningún trigo y esta el tiempo muy ade- lante que amenassa grande falta y esterelidad de mante- nimientos y en muchas cassas se an caydo las paredes y apossentos para cuyo remedio es menester acudir a nues- tro Señor con prosesiones y sacrifisios se apiade de esta 64 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Siudad y que conbiene se irate con el Señor Lí^ensiado Grabíel de Peralta Bicario y con el Li^ensiado Fransisco Caballero Ba^an Cura y benefisiado della para que se de la borden que paresiere conbenír hassiendose una limosna Donación deun para uu palío dc el Santíssimo Sacramento por estar muy nuevo palio. a *t biexo el que tiene la cofradía. Y todos los Capitulares abiendo bisto la propusision fecha por el dicho Alcalde todos unánimes y conformes acordaron que el dicho Señor Alcalde y el Tessorero Simón de Baldes a quien nonbraron por diputados traten con los dichos Señores Bicario y Cura se descubra el Santissimo Sacramento en la Iglesia Mayor por tienpo de tres dias las oras que a sus Mercedes pare- siere y cada uno dellos le diga y cante una misa y passa- dos se haga una prossesion general de ssangre que baja desde la dicha Iglesia Mayor hasta la del bienaben turado San Martín patrón desta Siudad aconpañando su ynsinia que esta en la dicha Iglesia Mayor a el pressente conbí- dando para ello a todos los demás perlados y religiosos y ssaserdotes mandando que los bezinos y moradores se hallen y acudan a la dicha prossesion general y se pida li- mosna para la ssera y misas y para el palío y lo que fal- tare sse probea de los Propios deste Cavildo y asi mismo salgan las Cofradías con sus estandartes y para que benga a notisia de todos se publique en la dicha Iglesia Mayor y se pregone con pena de dies pezos que no falte ningún bezíno ni morador desta Siudad en la dicha prossesion general la qual pena desde luego se aplica para el dicho palío y sera y asi quedo decretado y los dichos Diputados lo asetaron. hüáo^^TmoSió ^" ^^^® Cavildo se pressento y leyó una petision por el «*SPw. f *°^«» J^ Capitán Mateo Leal de Ayala Procurador General del serca exhibición del *^ *^ mandatoquedice ¿^ ]g^ comisíou y noubramicuto poder y facultad que se le ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 65 dio los días passados para pedir que el Ligensiado Matías Delgado Floresressibiesey presentasseen el las comisiones de que usaba por no lo aber fecho y pidió que este Ca- bildo probeyese de remedio hassiendo relagion de algunas cossas en la dicha petission referida y se decreto sse des- pachase poder en forma para pedir a la Real Audiensia lo que conbenga y pressentar testimonios de los autos y hasser recussasiones y otras cossas como pareserá decre- tado en la dicha petission y poder que mandaron poner en el Archibo con los demás papeles del Cabildo. Y en este estado entro en este Cabildo el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y se le dio notisia de todo lo propuesto pressentado y decretado y escrito en este Cabildo y de la dicha petission y abiendolo todo entendido dixo que se conformaba y conformo con el pareser de to- dos los dichos Capitulares. Y con esto sse acabo serró y firmo este Cabildo y lo fir- maron los dichos Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Li^ensiado Grabiel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Simón de Valdes el mozo. — Framisco de Manganares. — Joan de Bergara. — Bernardo de León. — Diego de Trigue- ros. — Juan Barragan. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Es- crivano Publico y Cavildo. ACT. OBL CAB. bK BUiriOS liaSS. — T. IV. 66 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL V DE JULIO DE 1620 [Foja 3S4 vuelta del libro original) Cabildo. Resolución del Cabildo respecto A la petición que presenta el Alcal- de Ordinario Oje- da sobre la nece- sidad de enviar recaudos ala ciu- dad de La Plata para que la Au- diencia ponga re- medio á las com- {)licuciones so- irevenidas enti*e el Cabildo y el ex Gobernador Her-- nando Arias de Saavedra. En la QÍudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres myercoles primero dia de el mes de Junio * de mil y ^ey- sientos ybeynte años se juntaron a haser cabildo la Jus- tísiay Regimiento de esta dicha Siudad de la Trinidad en el Fuerte y Cassas Reales que por decreto fecho se acos- tunbra a hasser en el conbiene a saber el Señor Don Gil de Oscarys Carabaxal Teniente General de Gobernador y Juslisía Mayor de ésta (^iudad y el Li^ensiado Grabiel San- ches deOxeda Alcalde Hurdinario y Fransisco de Mansa- nares Alguasil Mayor de Gobernassion y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Simón de Baldes Tesso- rero Jues OBsial Real y el Capitán Juan deBergara Regidor y Diego de Trigueros y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo propusso el Li^ensiado Grabiel Sanches deOxeda Alcalde Hurdinario desta Siudad que por lo que tocaba a la pas bien y aumento de esta república y su conserbassion conbiene que se despache persona de dili- xensia y cuidado a lassiudad de la plata enbiando poder a el ligensiado Francisco de Sas Carrasco y a Albaro Pinto Juan Peres de Santa Maria y Pedro Rodrigues de Pareja Pro- curadores de la Real Audiensia de la plata a quien este Ca- vildo tiene despachados otro su poder para negossios y cau- ^ Aunque en el original dice 1'' de Junio debe ser una equivocación del Escribano razón por la cual enmendamos el mes en el encabezamiento. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 67 sas y aportan tes a esta República para que junto o distin- tamente pidan ante el Señor Pressidente y Real Audiensia de la Plata y otros Tribunales que convenga se suspenda y reboque el nuebo nonbramiento de que se xata y ay pu- blisidad en esta Qiudad le biene a Hernando Arias de Sa- bedra en rasson de la Comisión que llama pesquisa sobre esesos sussedidos por este Puerto atento la enemiga de- clarado que tiene a toda esta República Cabildo y bessinos dello aquien a jecho muchas amenasas con la dicha Comi- sión por execusiones y demandas que le tienen jechas y puestas por executorias del Real Consexo de las Indias y Real Audiensia y con papeles y recaudos sobre deudas que debe a los dichos besinos y moradores y otrascossas que no les quiere pagar y que esta preso y detenido por ello en birtud de mandamientos de apremio y que aunque antes de aora se an despachado testimonios en esta rasson no de- ben de aberse presentado y conforme a derecho mediante las dichas causas no puede ser Jues demás de como es no- torio no entiende derechos ni el orden Judissial y que pro- sede de Jecho en execusion y bengansa de las amenassas que general y particularmente tiene jechas a las Justicias Mayor e-Hurdinarias desla Siudad y a los dichos sus besi- nos y moradores y que se pida y suplique de qualquier auto nonbramiento o otro recaudo que se le aya jecho siguiéndolo en todos grados e ynstansias para que no sea tal Jues y quando no ha lugar sse le señale termino brebe sacando probission y recaudo para que recusándole se acon- pane conforme a derecho porque nunca sse quiere acon- pañar y que no sse aconpañe con el Li^ensiado Matías Delgado Flores con quien tiene pargialidad y amistad no- toria y que el Escribano ante quien a de passar la dicha comisión sea de los del numero y Escribano Real con que 68 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES no sea Domingo de Fuentes Escribano de el dicho Ligen- siado Malias Delgado Flores olro si amigo del dicho Her- nando Arias atodos los qualesya el dicho Hernando Arias de Sabedra se reqüsey a las demás personas que conbiniere conbenir y que se enbie el dichopoder con los testimonios y recaudos nessesarios. Y bisla la dicha propusision por los dichos Capitulares dixeron unánimes y conformes que se despache poder bastante con los testimonios y recaudos nessesarios sigun y como y para los efetos que el dicho Al- calde tiene propuesto porque seria muy gran daño desta República que los dichos Hernando Arias Ligensiado Ma- tias Delgado Domingo de Fuentes Escribano sean Juesses Assesor aconpañado ni Escribano en ninguna causa que toque a este Cabildo república besinos y moradores della por el odio enemiga y amenassas que tienen jechas como consta de autos porque desde luego a todos los sobredichos yacada uno deporsi porque los tienen por odiosos sospe- chosos y que an Jecho agrabios e ynjurias y cometido otras cossas grabes que por prossesosy autos paresera a que se remiten y porque este Cabildo no tiene propios para des- pachar persona a esta causa y a las demás que antes de ago- ra tiene despachado su poder se despache este nuebo poder a los dichos Lifensiado Francisco de Sas Carrasco Abogado de la dicha Real Audiensia ya los demás Procuradores que están nonbrados ynsolidun y se les ynbie testimonio deste acuerdo que sirba de ystrusion y se les de alguna ayuda de costa para el despacho de las comisiones que se pidieren y dieren y otros derechos. Presentación Eu cstc Cabüdo el dicho Don Gil de Oscaris Carabaxal del título de Te- SíSfoí. '*'' ^°^''''" Teniente General dixo que quando el Señor Gobernador Don Diego de Gongora le nonbro por su Lugartiniente Ge- neral y fue ressibido en este Cabildo donde jiso el juramento ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 69 y dio las fiansas acoslunbradas y otro día le despacho titulo en forma el qual no pudo presentar porque hiso lue- go auxensia a la Real Audiensia de la Plata a negossios ynportantes del dicho Señor Gobernador y de este Cabildo y para que se asiente un tanto del en este Libro como el Señor Gobernador lo tiene mandado en el dicho su titulo lo presento firmado del dicho Señor Gobernador y refren- dado del dicho Juan de Amonaris Escribano Mayor de Gobernasion su fecha en esta Qiudad de la Trinidad en dies y ocho dias de el mes de Nobienbre de mil y geysien- tos y dies y ocho años el qual dicho titulo se leyó de berbo adberbunen este Cabildo y se mando poner un traslado del en este libro que yo el pressente Escribano haga mi ofisio y buelba el dicho original a el dicho Tiniente Gene- ral y asi lo acordaron. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este cabildo. —-Don Gil de Oztariz. — El Lijengiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Simón de Valdes el mozo. — Francisco de Mancanares. — Bernardo de León, — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico v Cavildo. CABILDO DEL 6 DE JULIO DE 1620 [Foja 3t3 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cat»** de e de ^ •' Julio de 1620. seys dias de el mes de Julio de mil y geysientos y beynte 70 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES años lunes se juntaron a hasser Cabildo la Justisia y Re- gimiento de esta dicha Siudad de la Trinidad conbiene a ssaber el Señor Don Gil de Oscaris Carabaxal Tiniente General y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Ca- pitán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios desta dicha Siudad y el Tessorero Simón de Baldes y Francisco de Manzanares Alguasil Mayor de Gobernasion y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anjel Regidores en el qual Cabildo se trato lo siguiente : Petición. En este Cabildo se leyó una petission que pressento Juan de Mena besino de esta (Jiudad y se decreto lo que por ella sebera. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró y firmo este Cabildo. — Don Gil de Ozcariz. — El Li- ?ensiado Grabiel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Súnon de Valdes el mozo. — Francisco de Manzanares. — Joan de Bergara. — Diego de Trigueros. — Juan Bap- lista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 17 DE JULIO DE 1620 {Foja 323 vuelta del libro original] En la Qiudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dies y siete dias del mes de Julio de mil y geysientos y beynte años se juntaron a hazer Cabildo la Justisia y Re- gimiento de esta dicha Siudad conbiene a saber Don Gil de Ozcaris Carabaxal Teniente General y el Ligensiado Grabiel ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 71 Sanches de Oxeda Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hur- dinaríos desta dicha Siudad y Francisco de Manzanares Alguasil Mayor de Gobernassion y el Capitán Juan de Ber- gara y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anjel. Y en esto entro Bernardo de León Depositario General. Y se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo propusso el Licensiado Grabiel Sanches sobre ei mjor- ^ • * meque debe dar- de Oxeda Alcalde Hurdinario desta ciudad como era cossa uvo*d^'i5s\Ta- ques y amenazas notoria en ella las palabras ynjuriossas que contra el onor iJiído^'Sfr ei ui cenciado Flores. y fidylidad deste Cabildo y Justisias y su república dixo el Ligensiado Matias Delgado Flores que se nonbra jues sin aber querido mostrar en este Cabildo aunque se le a pedydo muchas bezes la comisión que tiene para lo hazer de lo qual y de las amenassas que a jecho de que a de ma- tar a los de esta Siudad y otras cossas que an causado nota y escándalo conbiene pedir probar y hazer ynformasiones y de el estado de esta república y de ssus daños agrabios y molestias y por que causa y ocassion an sussedido para que se probea de remedio en todo con justisia pues toca la defensa y amparo dello a este Cabildo como cabessa de esta Provinsia y Siudad porque no es justo quede ssin satysfasion lo que el dicho Li^ensiado Matias Delgado a Jecho y dicho y lo que Domingo de Fuentes su Escribano assimismo a cometido para que de todo se ynforme a Su Magestad y Real consexo de las Indias y demás tribunales superiores como cossa tocante a su real serbissio pas y quietud de esta república. Y bisto por los dichos Capitulares la dicha propusision poder confen- ^ * ■ ■ do al Procura- abiendo tratado y conferido lo que conbiene hasser en este p?ícederan?eí5 lusticia contra el casso todos unánimes y conformes acordaron que el Capi- ¡Jsrias%uri5fs! . j , amenazas y veja- tan Mateo Leal de Ayala Procurador General desta Qiudad S^SSSni^í^''^'^*^ sivil y criminalmente pida satisfassion y enmienda de las 72 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AlBES dichas ynjurias ante el jues y jueses que le paressiere con- tra dichos li^ensiado Matias Delgado y Domingo de Fuen- tes presentando los pedimentos y hasiendo las ynforma- siones y acusasiones y demás cossas autos y dilixencías que se rrequieran porque para ello le dieron el poder y facultad que es nessesario y para que en apelassion y en otra manera ocurra ante Su Magestad y demás Tribunales superiores para que ssessen las molestias y agrabios y be- xassiones que a ressibido y ressibe esta república y assi mismo haga todas las demás ynformassiones que conbi- niere conbenir en la dicha rasson y del estado que tiene y a tenido para su bien y aumento y conserbasion y estando pressente el dicho Procurador General lo aseto y dixo que esta presto de acudir a lo que por este Cabildo se le encarga y ordena. Resolución para En oste cabüdo SO acordó que se despache comisión para el trasporte de ventea íe JTanf ^ que se Irayga en carretas de las chácaras y partes donde ay trigo y mays y harina lo que se hallare conforme a la memoria que esta fecha en esta rasson y asimesmo el bis- cccho que se hallare para hender para que se reparta a el presio justo conforme a la presente ocassion por la grande nessesidad y falta que destos mantenimientos ay. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este cabildo. — Don Gil de Oscaris. — El Li^en- siado Grabiel Sanches de Üxeda. — Mateo de Grado. — Joan de Vergara. — Francisco de Mancanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 73 En la giudad de la Trinidad puerto de Buenos Ajres en veinte y siete dias del raes de Julio de mili y geyscientos y veinte años el cabildo justizia y rexiraiento desla giudad se juntaron a cabildo en las cassas reales corao lo an de uso y de costunbre conbiene a saber *. No paso — Rubrica del Escrib. TÍTULO DE TENIENTE DE GOBERNADOR DE DON GIL DE OZCARIZ [Foja 3^5 vuelta del libro original] Don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago tuuio de Te- ^ ^ t? niente general de Gobernador y Capitán General destas Probingias del Rio de ^5;^ ^^^ ^« ^*^«- la Plata pK)r el Rey Nuestro Señor etc. Por quanto vos el Capitán Don Gil de Oscaris Carabajal soys hyjodalgo y de notoria calidad y como tal con lustre de vues- tra persona y a vuestra costa aveis servido a Su Magestad en la armada real del mar Osseano y en la carrera de las Yndias y en el Nuebo Reyíio de Granada en la passificasion de los yndios Biayus y por la ssatisfagion que de bos tuvo el Capitán Garfia de Aldona os nonbro por ssu Alferes para yr al descubrimiento y poblassion de las minas de la Plata y condugistes gente que a dicha vuestra costa llevastes dándoles caballos armas munissiones y bastimentos y otras cossas nessessarias y el de geyssientos y tresse en la ciu- dad de la Conssegion del baile de Neyba que abia poblado ' Para ser mas exactos con la publicación de los libros del extinguido Ca- bildo transcribimos también este principio de acta que ha quedado inconclusa. 74 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES Don Juan de Borxa Pressidenle Governador y Capitán Ge- neral del dicho Nuebo Reyno Alistes de los primeros que en el sse abessindaron y estando la dicha ciudad con rries- go y tennor de enemigos y para sse despoblar ssus bezinos bos nonbraron por Capitán y Caudillo y el de geyssientos y quince fuistes nonbrado por Capitán y Sargento Mayor de la Governassion de Tímana y dicha (iudad de la Con- ssepsion y después por Cabo y Mayse de Canpo y de todos los dichos cargos y oflissios distes buena quenta como fiel y leal bassallo a ssatisfagion de todos los ministros de Su Magestad y demás perssonas que os los bieron ussar y en conssideracion de ello ocurristes a Su Magestad en ssu Real Conssejo de las Indias para que os yssiesse merced de ocupar en oficios y cargos de ssu rreal servissio y pre- ssentastes vuestras patentes ssertificassioncs y rrecaudos ante el Secretario Pedro de Ledcsma y sse os mando poner en el memorial como todo lo rreferido consta por testi- monios y rrecaudos que en vuestro poder e visto y leydo mediante lo qual y por la confianza que de vuestra per- ssona tengo de que lo continuareis y que no tenéis amis- tad ni familiaridad con los vezinos y moradores desta ciu- dad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres y ssu Provin- cia ni abéis estado en ella antes de agora luego como fueres rressíbido por el Cabildo de ella con el titulo que Su Magestad me hisso merced en ssu rreal nonbre os non- bro por mi Lugarteniente General desta dicha ciudad y Probincia y en el dicho Cabildo hisistes el juramento acoslunbrado y por la justicia y Regimiento fuistes rres- sibido y os entregue la bara alta de la Real justicia y os di facultad para lo ussar y conosser de todas las caussas y negossios ssibiles y criminales como lo an echo los otros Tenientes Generales que an sido en esta ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 75 dicha Proviussia y porque abéis dado fianfas para ssu buen usso y exerssissio y dar rressidengia del lienpo que lo usaredes me abéis pedido titulo en forma como ofregi asserlo ssiendo nessesario a el tienpo que os nonbre y fuistes rressivido puniéndolo en efeto en nonbre de Su Magestad y en birtud de ssus reales poderes que para ello tengo que por ssu notoriedad no ban aqui ynsertos rratifi- candoyaprovando como rratificoy apruevo la elession y nonbramiento que en bos el dicho Don Gil de Oscaris Cara- bajal de mí Lugarteniente General desta dicha Ciudad de la Trinidad y de todas las demás giudades villas y lugares de ssu Probingia os doy poder Comission y facultad cun- pl ida bastante para que en conformidad del rressivimiento del dicho Cabildo como tal mi Lugarteniente General co- noscais de todas las caussas ssiviles y criminales y demás negossios de que debeys y podeys conosser de oficio y a pedí miento de parte en primera ynslancia y en apelassion de los juesses vuestros ynferiores conforme a derecho es- tilo y costunbre de la dicha Provincia y oygais de justicia y ssenlenssieys y determinéis los pleytos y causas conforme a ella y los llevéis a devida execussion otorgando las ape- lassiones que de bos sse ynterpussieren en los cassos que uviere lugar de derecho guardándolo y todas las ordenan- gas jedulas y provissiones reales y de los Señores Birrelles y Bissitadores que ay y uviere ssin exsseder en cossa al- guna y el rreal arangel de los derechos que llevaredis los que os pertenessieren conforme a el y todos los otros apro- vechamientos que por rrazon del dicho oíBssio uvieredes de aver y llevar ssegun y como los an llevado podido y de- vido llevar los otros tenientes generales nuestros antesse- ssores y mando a el dicho Cavildo desta Ciudad y a todos los demás Cavildos justigias y rregiraientos de las otras 76 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES ciudades villas y lugares desla Provincia y a ssus vezinos y moradores estantes y abitantes en ellas bos ayan y ten- gan y rrespeten como a tal mi lugarteniente General y guar- den cunplan y obedescan vuestros autos mandamientos y hordenes os den y agan dar para ello todo el fabor y ayuda que les pidieredis y ubieredes menester sso las penas que les pussiferedes y ejecutareis en los ynobedientes y ayays y gosseis guarden y agan guardar todas las onrras preemi- nencias essenssiones libertades prerrogativas e ynmunida- des que por rrazon del dicho offissio dcveis aber y gossar y os deven ser guardados y de que gosssaron pudieron y de- bieron gossar los dichos vuestros antessesores ssin que os falte cosa alguna sso pena de mili pessos para la Real Cá- mara de Su Magestad y mando a el dicho Cavildo desta Ciudad que aga se ponga un traslado deste titulo en el libro del y a ssus espaldas que el Escribano del dicho Ca- vildo de fie y testimonio del dia que fuistes rressivido y del juramento que en el hissistes y ñangas que tenéis da- das ssin que tengáis obligassion a os bolver a presentar ni jurar ni dar otras fianzas por no ser nessesario de lo qual mande dar y di el presente firmado de mi nonbre y sellado con el sello de mis armas y rrefrendado del ynfraescrito Escrivano Mayor de Governassion. Que es fiecho en la di- i8de Noviembre cha Cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Avres a díes y de 1618. " ocho dias del mes de Nobienbre de mili y sseissientos y dies y ocho años. — Don Diego de Gongora. Por mandado del Governador: Juan de Munarris, Escrivano Mayor de Go- vernassion. certiflcado del Yo Pcdro dc la Poveda Escrivano del Rey Nuestro Señor Escribano res- SfoideDonDi^g'ó J PubHco y del Cabildo desta Ciudad Puerto de Buenos ¿SlíHLdlfJs ^y^s doy ffee que por el libro de Cabildo paresse que es- de la Plata. taudolo hassieudo la Justicia y Regimiento que a la ssazon ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 77 hera en diez y ssiele dias del mes de Nobienbre de mili y sseíssienlos y diez y ocho años fue rressivido por Goberna- dor y Capitán General deslas Provincias del Rio de la Plata el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Abito de San- tiago por titulo y merged de Su Magestad y nonbro por ssu Lugarteniente General desta Ciudad de la Trinidad y Pro- vincia al Capitán Don Gil de Ozcaris Carabajal el qual fue rressivido en el dicho cabildo e ysso el juramento y ssolenidad acostunbrada v el dicho Señor Governador dixo que le dava titulo en forma y le entrego la vara de la Real Justicia lo qual passo ante Crispoval Remon mi antesses- sor y oy día de la fecha desta estando assiendo Cabildo la Justicia y Regimiento de esta Ciudad el dicho Don Gil de Oscaris Carabajal Teniente General presento en el el titulo desta otra parte para que se asentasse un tanto del en el libro de el dicho Cabildo porque dixo que luego como fue despachado hisso aussenijia desta Ciudad a la Real Audien- cia de la giudad de la Plata a negossios ynportantes tocan- tes al dicho Señor Gobernador y a el dicho Cabildo donde abia estado ocupado mucho tienpo y visto el dicho titulo por la dicha Justicia y Reximiento sse mando asentar y assento un tanto del en el libro de el dicho Cabildo de lo qual mas largamente paresse por el dicho libro de Cabildo a que me rrefiero y de pedimiento de el dicho Teniente General di la pressente en la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres miércoles primero dia del mes de Julio de mili y sseissientos y veynte años. Fisse aqui mi signo en testimonio de verdad : Pedro de la Pobeda, Escrivano Pu- blico y Cabildo. — Va testado en dos partes, que, que. Concuerda con su original de donde le ssaque y lo firme. — Pedro de la Poveda, Escrivano Publico y de Cabildo. 78 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES En la ciudad de la trinidad Puerlo de Buenos Ayres en ... diasdelmesdcJuliodemillyseysQientos y beinte años sejunlaron a haser cabildo la justiciar regimiento desta^iu- dad conbiene a ssaber. — No paso. — Rubrica del Escri- bano. CABILDO DEL 31 DE JULIO DE 1620 [Foja 327 vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en treynta y un dias de el mes de Julio de mil y geysientos y beynte años se juntaron a hasser Cabildo la Justicia y Regi- miento desta dicha Siudad conbiene a saber El Señor Don Gil de Oscaris Carabaxal Teniente General de Gobernador y Justisia Mayor del la y el Ligensiado Grabíel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Urdinarios y Tes- sorero Simón de Baldes Jues Ofísial Real y Capitán Juan de Bergara y Bernardo de León Depositario General y Juan Bautista Ángel el qual se yso en la manera siguiente: Ki Cabildo IV.- En este Cabildo el dicho Ligensiado Grabiel Sanches de suelve recomen- onjen «f¿ saníS Oxcda Alcalde Hurdinario propuso como es notorio el fruto que en esta Probinsia a echo y hace la religión de Santo Domingo sus Probinsiales y perlados acudiendo con mucho cuydado y dylixensia a el bien de ambas Repúblicas de es- pañoles y yndios hiñiendo desde el Reyno de Chile donde ressiden mas de quatrosientas leguas por tierra y Rios y Cordilleras con mucho trabaxo que son dinos y meresedo- res que Su Magostad les haga Merged y que este Cabildo le ynforme de los ssujetos particularmente de el Padre Fray cisco. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 79 Martín de Salbatierra que a el presente sale de ser Provin- sial de la dicha borden por sser persona en quien concur- ren muchas letras y artes y calidades y aber estado en este Puerto y bissitado esta Probinsia como tal Probinsial. Y bista la dicha propussission por los capitulares todos de un acuerdo y conformidad dixeron que se escriba a Su Mages- tad y a su Real Consexo de las Indias en la dicha rasson por constarle de la birtud relixion y letras de el dicho Padre Fray Martin de Salbatierra y cometieron escribir la dicha carta a el dicho Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda que lo asseto. Ea este Cabildo el dicho Capitán Mateo de Grado Alcalde sobre ei escia- * vo que se ha de Hurdinario dixo que en conformidad de la comisión que to "/e*^ siS°^^^ este Cabildo dio a el y a Bernardo de León Depositario Ge- neral serca de la limosna que ssedio para comprar un esclabo negro y darlo en uonbre de este Cabildo a el Con- bento de Santo Domingo de esta siudad para sserbissio del y de sus relixiossos abian conprado un negro nonbrado Mateo de edad de beynte y sinco años poco mas o menos por presio de tressientos y seys pessos corrientes de a ocho reales y que lo abian entregado al Padre Fray Juan Baes Prior del dicho Conbento en su nonbre en pressensia de el Padre pressentado Fray Enrrique de Gusman y del soprior Fray Alonso Barrientes Soprior y Fray Alonso Martines predicador y los demás relígiossos del y essibio el despacho y sertificassion del dicho presio firmado de los dichos ofís- siales Reales de este Puerto por donde consta estar ente- rada la Real Caxa para que en el se ponga la rasson y se entregue por titulo de el dicho esclabo a el dicho Padre Prior para que se guarde en el archibo de esta siudad. Y bislo por los dichos capitulares dixeron que por la probessa y nessesidad que el dicho conbento de Santo Domingo de J 80 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AITES esta Qiudad tiene de sserbísio para que los relixiossos que agora sson y adelante fueren en el sse sirba del dicho es- clabo todos los dias de ssu bida unánimes y conformes dixeron que para el dicho efeto y no para otro daban y die- ron el dicho negro Mateo con cargo que todos los dias de ssu bida sirba en el dicho conbento de Santo Domingo de esta siudad y a sus relixiosos que sson o fueren sin que el Padre Probinsial ni Prior ni la comunidad ni fuera del ni otro ningún perlado de la dicha borden ni eclesiástico ni seglar puedan hender donar trocar ni canbiar ni enaxenar ni enpeñar ni prestar para afuera de el dicho conbento el dicho negro ni le aporarni libertar ni por otra bia disponer del y si lo hisiere que sea ninguno y no haiga y quien lo conprare pierda el pressio de el y por el mismo caso el di- cho conbento pierda el esclabo y buelba a este Cabildo para que lo ciya el ospital de esta siudad susediendo qualquiera de los cassos referidos porque el diretto domy- nio de el dicho esclabo sse retiene y solo el útil y serbissio personal dentro de el dicho conbento y en esta siudad sse da y no otra cossa y assi se aga ssaber a el Muy Reberendo Padre Fray Baltassar Berdoyo Probinsial de la dicha Bor- den que a el presente esta en esta dicha siudad y al Padre Fray Juan Baes Prior del y a los demás relixiossos para que les conste y no dispongan de el dicho esclabo y a el pie del dicho despacho sse ponga testimonio de este acuerdo y originalmente se guarde en el Archibo de este Cabildo y poniendo un traslado de el dicho despacho primero en este Cabildo digo en este Libro de este Cabildo. Síndico del En este cabildo el Capitán Juan de Bergara hizo demos- convento de San Francisco. trassiou dcl uonbramieuto en el fecho de sindico de los Religiosos de el conbento de San Francisco de esta siudad por el Muy Reberendo Padre Fray Pedro Gutierres Probin- ACTAS DBL CABILDO DK BUENOS AIRES 81 sial de la dicha Orden destas Probinsias firmado de su nonbre y refrendado de Fray Francisco Trujillo su ssecre- tario sellado con el sello mayor de la Relíxíon su fecha en esta siudad en beynte y ssiete días de este présenle mes de Julio. T bisto por los capitulares dixeron que sse ponga la rasson en este Libro para que en todo tíenpo conste de como el dicho Capitán Juan de Bergara es síndico del dicho conbento de San Francisco. En este cabildo Juan Bautista Aniel Regidor propuso Aiguacneé exentos de los re- como en esta siudad ay tres alguasiles menores que traen ^<>'^''*<^- bara alta déla Real Justisia' sin saberse en este Cabildo quien los a nonbrado ni aberse pressentado ni resibído en el y dado fiansas para su buen uso y dar ressidensia que sse les mande dexen las baras hasta que pressenten los nonbramientos y den fiansas. Y bísta por los capitu- lares mandaron se notí£Sque a los dichos capitulares y a cada uno dellos que dentro de tercero día pressenten en este Cabildo el titulo que dello tienen en este Cabildo para que ssebean y se probea lo que conbengay no lohassíendo dexen las baras y no usen de los dichos ofisios so pena que se prossedera contra ellos como con perssonas que usan de ofisio que no tienen facultad. En este cabildo se nonbraron por diputados para pedir li- Diputadospara mosna para la ssera que «e a gastado en el nobenario de '^'' Nuestra Señora del Rossarío a el Señor General Don Xil de Oscarís Carabaxal y a el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdínarío. En este cabildo pidió licencia para entrar el Padre Fray ifotiaa de un poder conferido Pedro Baldibia de la borden de San Agustin Bicario Pro- ^n^^^síSí binsial y Dyffinidor y Procurador General de ssu borden gSS^A*.*'* de la Probinsia de Chile y se le dio y abiendo entrado en el y sentadosse dixo que en el Reyno de Chile se abia fundado ACT. »BL CIB. »■ BUBIfOS AIRBf. — T. IT. 6 ^ 82 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBES SU relixion y fecho provincia de aquel reyno y en su capitulo le nonbraron por Procurador General y dieron ynstrusiones para yr ante su Magestad y el Generalísimo de su horden y para poder aumentar conbentos le dieron facultad de fundar en esta Gobemassion y la de Tucuiiían y para lo poder hazer y tratar con algunas personas de esta Repu* blica biene en perssona su Paternidad a dar notisiá a este Cabildo con su boluntad y beneplasito tratar de la dicha fundassion en esta Siudad y abiendo propuesto lo referido sse salió de este Cabildo. Y bisto por los capitulares lo que el dicho Padre Fray Pedro de Baldibia propuso todos de conformidad dixeron que se de notissia a el señor Gober- nador Don Diego de Gongora por ser este negossio de go* bierno para que su Merced haga y ordene lo que le pare- siere conbenir y fecho se trayga a este Cabildo lo que el dicho señor Gobernador mandare para que en el se bea con todos los capitulares porque a el pressente faltan seys dellos y es justo que con pareser de todos se responda y haga lo que conbenga y que se le de notissia a el dicho Padre Fray Pedro de Baldibia de este aquerdo. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró este cabildo y lo firmaron los dichos capitulares. — Don Gil de Ozcaríz. — El Ligen^iado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Simón de Valdes. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda^ Escrivano Publico y Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 83 CABILDO DEL 12 DE AGOSTO DE 1620 {Foja 340 vuelta del libro original) En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres ca©- de ís de «^ Agosto de í 620, doze días de el mes de Agosto de mil y ceysientos y beynle años se juntaron a hazer Cabildo la Justisia y Regimiento de esta Siudad en el Fuerte y Cassas Reales donde sse acostunbra por aora por nuebo decreto conbiene a ssaber el Señor Don Xil de Oscaris Carabaxal Teniente General y el Lícensíado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdina- rio desta dicha Siudad y Bernardo de León Depositario General y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anxel Rexi- dores en el qual se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo el Licensiado Grabiel Sanches de Oxeda Documentosque ' han de entiarae Alcalde Hurdinario propuso como esta un nabio para yr a a^ob^rtülS^^ ^ la Bay de el Brasil en el qual an de yr los papeles y recau- dos de esta Siudad para el axente que esta en la Corte de su Magostad y que la persona que a de llebar estos recau- dos se nonbrara quando estén todos los Capitulares juntos porque a el pressente están enfermos el Capitán Mateo de Grado Alcalde Hurdinario y el Capitán Juan de Bergara se dexa por aora hasta que este el Cabildo todo junto. En este Cabildo se propuso como yba a la bissita de sobre la m^i- * * *^ aion de trigo v todas las chácaras Juan Bautista Ángel Rexidor propieta- »"«**<* 'o 1 taclon ante las y cossas de comer para bender las maninesten ante las Justicias. Justisias para dentro del termino que por ella se señala se de el tersio a los bezinos por el tanto y que esta pedido sobre la dicha hordenansa ten este Cabildo lo que se debe hasser en esta rasson a pedimiento de Alonso Guerrero y que esta mandado traer la hordenansa y autos para ello y que no sse ha jecho hasta aora conbiene se determine con brevedad y todos los Capitulares mandaron que para el primer Cabildo se trayga la dicha hordenansa y autos para determinar lo que ubiere de ser en esta rasson. ■ Con lo qual y otras cossas que se trataron en este Cabildo se acabo y serró y lo firmaron los dichos Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Joan de Bergara. — Fransisco de Mancanares. — Diego de Trigueros. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano de Cabildo. 96 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 5 DE OCTUBRE DE 1620 [Foja 347 vuelta del libro original) Cao** des de Ed la Síudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Octtb^ de i€20. *' sinco dias de el mes de Otubre de mil y ^eysientos y beynte años se juntaron a hazer Cabildo] en el Fuerte y Cassas Reales donde sse acostunbra por aora a hazer conbiene a ssaber el Señor Don Gil de Oscaris Carabaxal Tiniente Ge- neral de Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y su juridission por su Magestad y el Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario y el Capitán Mateo de Grado asi mismo Alcalde Hurdinario y el Contador Luys de Salcedo y Capitán Simón de Baldes Tesorero Jues Ofisiales Reales de este Puerto y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernassion y Bernardo de León Depossitario General y *el Capitán Juan de Bergara y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes : obiíffMeaien. Eu csto Cabüdo el dicho Ligensiado Grabiel Sanches de cargaao del abas- íai|í*dSTue}í Oxeda Alcalde Hurdinario dixo que el obligado de las car- do coQ lo que con* ^*«°- niserias desta Siudad no cunple con lo que tiene obligas- sion porque el ganado no es de la edad en su remate con- tenida es perjuisio de la República y probes della y asi conbiene que a el dicho obligado se le apremie que trayga abasto de carne de la edad que esta obligado so las penas puestas. ¥ bista por los dichos Capitulares todos juntos mandaron se notifique a Antonio Higueras de Santana obli- gado trayga abasto todas las semanas de ganado que sea ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 97 de la edad que esta obligado por su remate con apersibi- míento que se executaran las penas en el contenidas y que el Fiel Executor conforme a la obligassion de su ofisio acuda a la execusion y cumplimiento de lo referido por lo que toca a el bien común. En este Cabildo se trato como la fiesta de el bienaben- Diputados nom. braaos para la par turado San Martin patrón de esta Siudad es a onze de el fu^AeTtesdes^n Martin. mes de Nobienbre que biene y conbiene nonbrar diputa- dos para ella y todos unanymes y conformes nonbraron por diputados a Bernardo de León Depositario General y a Juan Barragan Regidor y Fiel Executor para que desde luego manden y ordenen hagan y dispongan todas las cossas nessesarias para la dicha fiesta toros *y juegos de cañas de manera que la dicha fiesta se haga con la ssole- nidad y regusixo que es justo y estando pressentes lo ase- laron. En este Cabildo se trato como en esta Siudad ay muchas obugase a ios que profesan la perssonas que curan de medisina y surujia y conforme a ííSífiíía Jrísínta- las leyes reales no pueden usar los dichos ofissios sin pre- ^o"- sentar en este Cabildo sus titules y asi mandaron que to- das las perssonas que usan los dichos ofissios se les noti- fique que para el primer Cabildo que sera el lunes beni- dero dosse de este mes traygan y pressenten los titules y recaudos que tubieren so pena de beynte pessos para la Real Cámara y la otra mitad para obras publicas y asi se decreto. En este Cabildo Juan Bautista Ángel Regidor Jues de la sobre ei modo de evitar los per- bissitadelos términos y juridission de esta Siudad non- í!^gína3S*eí?S! sementeras de brado por este Cabildo propuso en el como serca de el ga- dt'^iiJ^conchií nado bacuno que se trae de esta banda de el Rio de las Conchas a donde ay chácaras y sementeras a probeydo sentensiado y determinado lo que por este Cabildo esta man- ACT. BIL CAS. DI BDIHOS AiaSt. — T. IT. 98 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES dado de que algunas perssonas an apelado para ante el Señor Gobernador y que así mismo por constarle por bista de oíos y quexas de muchos chacareros del daño que a las sementeras hasse el ganado de serda lo mando sacar y poner fuera de las dichas chácaras de la otra banda de el rio de las Conchas dentro de sierto termino que les dio con pena de perdido que este Cabildo probea de remedio porque de no se hasser están muy suxetas las sementeras y se tendrá mucha perdida y menoscabo por causa de los dichos ganados. Y bisto por los dichos Capitulares lo re- ferido unánimes y conformes dixeron que las apelasiones ynterpuestas de lo mandado por el dicho Juez se an de seguir ante el Señor Gobernador y que lo que este Cabildo tiene probeydo sobre el ganado bacuno con que los dueños puedan tener en su chácara quatro bacas lecheras y con un toro con cuydado y guarda |y corral so pena de pagar los daños y perdidas las bacas aplicadas por tersias partes Juez y denunsiador y en quanto a el ganado de cerda man- daron se guarde cunpla y execute lo que el dicho Jues tiene probeydo con que cada chácara pueda tener dosse cabessas de ganado de serda de edad con la guarda y cuydado que conbiene teniendo chiquero en que recoxerlos de noche para la sseguridad so pena de pagar los daños y de per- dido el dicho ganado. Y con esto y una petission de Crispobal Ximenes que se leyó y decreto lo que por ella se bera se acabo se serró y firmo este Cabildo. — Don Gil de Ozcariz. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Luis de Salcedo. — Simón de Valdes el mozo. — Bernardo de León. — Francisco de Mancanares. — Joan de Vergara. — Juan Barragan. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico de Cabildo. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 99 CABILDO SUSPENDIDO POR FALTA DE NÚMERO {Foja 349 vuelta del libro original) En la jiudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lu- nes se juntaron a hazer cavildo la Justigia y Regimiento desta Siudad conbiene a ssaber el General Don Xil de Os- caris Carabaxal Tiniente de Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y Diego de Trigueros Regidor y Bernardo de León Depositario General y Juan Bautista Ángel Regi- dores desta Siudad y por no benir los demás deste Cabildo ni hallarse ningún Alcalde no se hiso el dicho cavildo y se deio para otro dia y lo firmaron los dichos eseto Diego jFaita de quo- de Trigueros que no firmo. — Don Gil de Ozcariz. — Ber- nardo de León. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. nun. CABILDO DEL 12 DE OCTUBRE DE 1620 [Foja 349 vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en coo- de 12 de • •' OcW de 1620. el dicho dia doze de Otubre de mil y ^eysientos y beynte años dichos se juntaron a hazer cabildo después de aber Jecho el auto de suso conbiene a ssaber el Señor General Don Gil de Oscaris Carabaxal Teniente General de Gober- 100 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES nador y Justisía Mayor de esta Siudad y el Li^ensiado Gra- biel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario de esta Siudad y Bernardo de León Depositario General y Diego de Tri- gueros Regidor y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual se trataron las cossas siguientes : Libranza del ca. Eu este cabüdo prcsseuto una petission Juan Bautista bildo para pago fflit¿?í!^a8?SSS Ángel Rexidor y Mayordomo deste Cavildo y pidió en ella dos por las fies- tas «fel Santísimo q^g se le je libransa de la sera que gasto y rama en la Sacramento. fiesta del Santissimo Sacramento y bista por los Capitula- res dixeron que se le de libransa de los dichos quarenta y seys pezos para que de la plata que tiene o cayere en su poder de los propios deste Cabildo se haga pagado de los dichos quarenta y seys pesos. Inscripción de Y asimismo en este cabildo se leyó otra petision del di- una marca para ganado. qJjq jugjj Bautista Ángel en que pressenta el yerro de sus ganados y bista por los dichos Capitulares dixeron que yo el Escribano lo ponga en el libro que tiene nuebamente Jecho el dicho xierro y que lo ubieron por manifes- tado. Petición mam- Eu este cabildo se leyó una petission que presento Fran- testando las tier* t^áSS?hijS?S'e" ^isco Lopes de Mora en nonbre de los menores de el Ge- ñores del Gene- i.i i-r» i •/»!• ^i^kms^^de Ve- neral Alonso de Bera y Aragón en que manifiesta las tierras que tienen los dichos menores en esta Siudad. Y bista por los Capitulares dixeron que todas las personas que an de pressentar los titulos de tierras chácaras y estansias y del jierro de sus ganados lo manifiesten ante el pressente Es- cribano de Cabildo para que tome la rasson dello como esta decretado en otro cabildo y lo ponga en el manual que se a jecho para tomar la rasson. Y con esto sse acabo este cabildo y lo firmaron los dichos Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — El Ligensiado Gra- biel Sanches de Oxeda. — Bernardo de León. — Diego de ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 401 Trigueros. — Juan Bautista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano de Cabildo. CABILDO DEL 19 DE OCTUBRE DE 1620 [Foja 350 vuelta del libro original] En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Avres lu- nes dies y nuebe dias de el mes de Olubre de mil y geysien- los y beynle años se juntaron a hazer Cabildo la Justisia y Regimiento de esta dicha Siudad conbiene a ssaber el Se- ñor Don Gil de Oscaris Carabaxal Tinienle de Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y su juridision por su Magestad y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Capi- tán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios desta dicha Siu- dad y el Tesorero Simón de Baldes Jues Ofísial Real y Fran- sisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Ber- nardo de León Depositario General y Diego de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores de esta Siu- dad en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo propuso el dicho Licensiado Grabiel San- sobre u ineoe- ' Bldad de nom- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario desta dicha Siudad como íícár^K*~ ^^ el Alcayde de la Carsel hasse ofisio de Portero de este Ca- vildo y en las cossas que se ocupa de este Cabildo hasse falta en la Carsel y en este tienpo se pueden yr algunos pressos de la dicha Carsel que se nonbrase otra persona que hisiese ofisio de Portero y bisto por los dichos Capi- tulares todos juntos dixeron que atento a que no ay per- 402 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES sona que a el présenle pueda usar el dicho ofissio de Por- tero se este por aora como esta el dicho Miguel Gerónimo usando el dicho oñsio que abiendo ocasión de persona que lo ejersa se tratara desto. Preparativos Eu cste Cabüdo proDuso el dicho Juan Bautista Ángel para 1»» fiesta» * * " jídM"*^"""*^ Mayordomo délos Propios de esta dicha Siudad como la fiesta de el San Symon y Judas es de este Miércoles en ocho dias y que es menester prebenir las cossas que es costun- bre que hasse esta Siudad y bista por los dichos Capitula- res dixeron todos juntos que nonbraron por dyputados a el dicho Mayordomo Juan Bautista Ángel para que acuda a las ccssas nessesarias que fueren menester para la dicha fiesta el qual estaba pressente lo aseto. Sobre el bigo Eo estc Cabüdo propuso el dicho Juan Bautista Ángel precio en que se feií3£r?¿**° ** Regidor como la Correduria de esta Siudad se abia arren- dado por mucho menos de lo que balia y que era muy da- ñineada la dicha Siudad porque se podia sacar de ella mucho mas y bista por los Capitulares dixeron todos jun- tos que se de traslado y notisia de esta propusision a el Procurador General de esta Siudad para que pida lo que conbenga a este Cabildo. Con lo qual y con otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo y lo firmaron los .'dichos Capitu- lares. — Don Gil de Ozcariz. — El Li^ensiado Gabriel San- ches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Simón de Valdes el mozo. — Joan de Vergara. — Francisco de Mancanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Juan Barra- gan.— Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Po- beda, Escrivano Publico y Cabildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 403 CABILDO DEL 27 DE OCTUBRE DE 1620 [Foja 351 vuelta del libro original) En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en ca©- de 27 de '^ Octubre de 1620. beynte y siete dias de el mes de Olubre de mil y geysientos y beynte años se juntaron a hazer cavildo la Justisia y Re- gimiento de esta Siudad conbiene a ssaber Don Gil de Os- caris Carabaxal Tiniente General de Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda Alcalde Hurdinario y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Juan Bautista Anjel y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros y Juan Barragan Fiel Executor y Regidor y Juan Bautista Án- gel Regidores en el qual cabildo se trataron las cossas si- guientes : En este cabildo propuso el Licensiado Grabiel Sanches sobre mapec- * ^ * clon de ana obra. de Oxeda Alcalde Hurdinario como Don Enrique quiere ha- ser sierlo edifisio sobre unas cassas que tiene de este Ca- bildo a ssenso linde de otra de los propios del que a dicho ger en su pro y utilidad delias y que asi conbendria ge bea la dicha obra y el daño y probecho que se sigue a las cassas de los Propios de este Cabildo para que se probea lo que mas conbenga. Y bista esta propusision por los Ca- pitulares se nonbraron a Juan Barragan Regidor y Fiel Executor y a Juan Bautista Ángel Regidor por diputados para que bean la dicha obra y den su pareser para el pri- mer cavildo donde sse probeera lo que se debe haser y es- tando pressentes los dichos Diputados lo assetaron en 404 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES forma de derecho el dicho cargo con toda díligensía y cuydado. Medidas adop- Eii estc cabíIdo Juan Barraíran Regidor y Fiel Executor todas para evl- " ^ ti ÍScienldS^^Si?* propuso como Manuel de Higueras de Sanlana obligado de las camiserías de esta Siudad el ganado que mata en ellas es muy flaco de que clama la república y es dañoso para la áalud porque ay muy gran falta de man- tenimientos y muchos pobres se sustentan con solo carne de baca de mas que conforme a su remate tiene obligassíon a matar buena carne de tres años para arriba y desde este mes de Otubre matar dos besses en la semana y ninguna de estas cossas cunple y es nessesario que con efeto se exe- cute todo lo referido y bista la dicha propusision por to- dos los Capitulares unánimes y conformes acordaron que el dicho Fiel Executor bea cada semana el ganado que trae el obligado antes que comiense a matar y lo que no fuere de edad y estubiere flaco no consienta que se mate probe- yendo de abasto de las personas y partes que le paresiere mas a proposito que den buena carne matando dos dias en la semana martes y sábado y si consertare con las tales personas alguna cossa mas de el presio que esta obligado el dicho Manuel de Peralta sea a costa del susodicho en el qual y en sus bienes se execute con las demás penas con- tenidas en su remate porque para ello si es nesessario da- ban y dieron comisión bastante a el dicho Fiel Executor como sse requiere de derecho y el dicho Fiel Executor lo aseto y prometió de lo cunplir como debe y es obli- gado. Con lo qual se acabo y serró y firmo este cabildo. — Don Gil de Ozcariz. — El Ligensiado Graiiel Sanches de Oxeda. — Joan de Bergara. — Francisco de Mancanares. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Juan Baptista Ángel. ACTAS DBL CABILDO DE BUBNOS AIRES 105 — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Ca- bildo. . CABILDO DEL 4 DE NOVIEMBRE DE 1620 [Foja 353 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cav*' de 4 de Novienbre de quatro del mes de Nobienbre de mil geysienlos y beynle '^^^ años miércoles se juntaron a hazer cabildo la Justisia y Regimiento de esta siudad como es costunbre conbiene a ssaber el General Don Gil de Oscaris Carabaxal Teniente de Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y el Ligen- siado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitán Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios desta Siudad y el capitán Juan de Bergara y Bernardo de León Depositario General y Diego de Trygueros y Juan Bautista Anjel Rexidores y Fiel Exe- cutor en el qual trataron las cosas siguientes : En este cabildo propuso Bernardo de León Depositario ei cabudo man- da que se haga General como se esta bendiendo el mays y dan la media reaíesTsemuíS 1 T 1 1 /. 1 ^® acuerdo con fanega rayda y por la medida pequeña estando ya fecha ¡,^opS¡díS5Sík* la medida por donde se a de medir conforme a las borde- nansas que es de muy gran daño a esta República y pobres della pidió sse ponga remedio con brebedad. Ybista por los capitulares unánimes y conformes dixeron que se pre- gone publicamente que de aqui adelante los que hendieren trigo mays sebada gárbansos frisóles habas alberxas y lan- texas y otras semillas lo vendan por la media fanega que esta jecha con aquerdo de este Cabildo por Juan Barragan 406 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Rexidor y Fiel Executor y an de guardar esta borden el trigo y sebada se a de medir llena la medida rayéndola con un palo liso y el mays garbansos y demás semillas en grano y en harina se a de medir colmado y la medida de harina molida se a de medir colmado y por ninguna bia se a de esseder ni yr contra lo ssuso dicho so pena por la primera bes de beynte pesos y por la sigunda la pena doblada de mas que se executara contra los trasgressores y sus bienes las penas por derecho dispuestas contra los desfraudadores de las repúblicas todo aplicado por tersias partes Real Cá- mara Jues y denunsiador que se executara sin remisión y que luego se pregone para que se cunpla sin termino ni replica y se remite la ejecución dello a el dicho Fiel Executor. Sobre cumplí- Eu cstc cabildo Juan Barraban Fiel Executor propuso y miento de la obll- ^ r ir v abSUíto dS^wnll dixo como por orden de este cabildo y como tal Fiel Execu- tor a acudido a mandar y a mandado que Manuel Higueras de Santana obligado de las camiserías de esta Siudad cun- pla con la obligassion de su remate trayendo buena carne y de edad y dos dias a la ssemanay por no aberlo jecho y clamar la república y aberse quedado sin carne esta se- mana por auto y mandamiento le mando prender y Ueban- dole preso Domingo Felis de Morales Tiniente de Alguasil Mayor desta siudad a el dicho Manuel Igueras de Santana salió el contador Luys de Salsedo tio de su muger y mando que no lo llebasse preso y el Alguasil lo hizo asy y bolbio a mandar a el dicho Alguasil que cunpliese su manda- miento y que para que tenga efetlo lo que este cabildo manda conbiene se ponga remedio. Y bisto por la justisia y capitulares mandaron que el dicho Fiel Executor pros- seda en la dicha causa y execute las penas del remate sin remisión prossediendo a prisión y benta de bienes como tal Fiel Executor. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRBS 107 T con esto y otras cosas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo. (Enmendado: auto; entre renglones : Mantiely balga). — Don Gil de Ozcariz. — El Li^engiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Mateo de Grado. — Ber- nardo de León. — Joan de Vergara. — Diego de Trigue- ros. — Juan Barragan. — Ante mi : Pedro de la Pobeda Escribano Publico de Cabildo. CABILDO DEL 9 DE NOVIEMBRE DE 1620 [Foja 354 del libro original] En la ssiudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao-* de 9 de •' JVoo'« de 1620. Duebe dias de el raes de Nobienbre de mil y jeysientos y beinte años lunes se juntaron a hazer cavildo la Justisia y Regimiento de esta Siudad conbiene a ssaber el General Don Gil de Oscaris Carabaxal Tiniente General de Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y el Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Alcalde Hurdinario de esta Siudad y el capitán Simón de Baldes Tessorero Jues Ofisial Real de este Puerto y Bernardo de León Depositario General y Juan de Bergara Regidor y Francisco de Mansanares Alguazil Mayor de Go- bernasion y Diego de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores de esta siudad en el qual cabildo se trataron las cosas siguientes : En este Cabildo Juan Bautista An^el Regidor y Juan Bar- informe rere- ° ^ " rento á la edifl- ragan Regidores dixeron que este Cabildo les nonbro por p?2íucarK)ÍEn* rique Enriques. diputados para ber una obra que Don Anrique Enriques 108 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES quiere hasser en unas cassas que tiene a senso da los Pro- pios de este Cabildo arrimándola a una pared y moxinete de otras cassas que son de los dichos Propios y la an bisto y les párese que no es en daño y perjuisio de las cassas de los dichos Propios con que el dicho Don Enrique Enri- ques cubra y adérese el moxinete y techo a el tocante de las dichas cassas y por el benefísio que a las suyas de esto sse sigue atento que los Propios de este Cavildo son muy pobres acuda para el gasto de estas fiestas de San Martin con dose pessos corrientes y asi lo dixeron y dieron por pareser y bisto por los Capitulares unánimes y conformes binieron en ello y mandaron asi se haga y cunpla y que este decreto sirba de titulo y asi lo decretaron y mandaron. Gastos ^de la Eu ostc Cabüdo se leyó una petision que Juan Bautista Üesta de San SI- ./ r n mon y Judas. ^ugcl presscuto como Mayordomo de los Propios del gasto Jecho en la fiesta botiba de los bienabenturados Apostóles San Simón y Judas que juro aber gastado sinquenta pezos en ello y pidió libramiento y bista por los Capitulares se le mando dar el dicho libramiento en forma para que de los pesos de su cargo como tal Mayordomo se haga pagado y con el se le resiban en quenta en la que dellos diere. Diputadospara Eu cstc Cabüdo sc nonbrarou por Diputados para la acompañar el Es- * * fiesta y aconpañamiento del Estandarte a Bernardo de León Depositario General y a Juan Bautista Ángel los qua- les que pressentes estaban lo assetaron. Con lo qual se acabo y con otras cossas que se trataron se serró y firmo este Cabildo. ^- Don Gil de Ozcariz. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Simón de Valdes el mozo. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Fran- cisco de Mancanares. — Diego de Trigueros. — Juan Barra- gan.— Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. tandarce. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRBS 409 CABILDO DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 1620 [Foja 35$ vuelta del libro original] En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres J^<^^\ ' ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 489 Alcalde Hurdinario de el primer boto y del sigundo bolo el Capitán Juan Ortis de Mendosa. Y para Alcaldes de la Hermandad a Manuel Cabral y Don Fransisco de Meló y para Alferes Real a el Contador Luys de Salcedo. T el dicho Contador Luys de Salcedo dixo que su boto y pareser es que sea Alcalde Hurdinario de el primer bolo Don Enrique Enriques y de el sigundo boto Gerónimo de Medrano y para Alcaldes de la Hermandad Manuel Cabral y Manuel de Santa Ana y Alferes Real el Capitán Juan de Bergara. Y el Capitán Simón de Baldes Tessorero dixo que su boto y pareser es que sea Alcalde Hurdinario de el primer boto el Capitán Mateo Leal de Ayala y de sigundo boto Juan Ortis de Mendosa. Y Alcaldes de la Santa Hermandad a Manuel Cabral y Don Fransisco de Meló y Alferes Real el Contador Luys de Salgedo. Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion dixo que su boto y pareser es para Alcalde Hurdinario de el primer boto que lo sea el Capitán Mateo Leal de Ayala de primer boto y de sigundo boto el Capitán Juan Ortis de Mendosa. Y para Alcaldes, de la Santa Hermandad a Manuel Cabral y Don Fransisco de Meló y por Alferes Real el Contador Luys de Salcedo. Bernardo de León Depositario General de esta Siudad dixo que su boto y pareser es para Alcaldes Hurdinarios de el primer boto el Capitán Mateo Leal de Ayala de pri- mer boto y para Alcalde Hurdinario de sigundo boto a el Capitán Juan Ortiz de Mendossa. Y para Alcaldes de la Santa Hermandad a Manuel Cabral ACT. DBL C&B. »l BUBROf ÁIMS. — T. IT. 9 430 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRES y a Don Fransisco de Meló y para Alferes Real a el Contador Luys de Salgedo. El Capitán Juan de Bergara Regidor díxo que su boto y pareseres para Alcalde Hurdinario de el primer boto a Mateo Leal de Ayala y para Alcalde Hurdinario de el si- gundo boto a el Capitán Juan Ortis de Mendossa. Y para Alcaldes de la Santa Hermandad a Manuel Cabral por ser benemérito y aber serbiáo su padre Amador Baes de Alpoyn en todas las ocasiones que mientras bibio en esta Siudad se ofresieron tocantes a el serbisio de su Magestad y el aber jecho lo mismo y a el pressente estar ocupado sir- biendo en una conpañia de Alferes de Caballos lixeros lan- sas de las que el Señor Gobernador tiene nonbradas y re- partidas para la defensa de este Puerto y aber mas de dies y siete años que le conose bibir y asistir en el con casa po- blada y hasiendas con lustre de su persona y asi mismo para el otro Alcalde de la Santa Hermandad a Don Fran- sisco de Meló y para Alferes Real a el Señor Contador Don Luys de Salgedo. Diego de Trigueros Regidor dixo que su boto y pareser es para nonbrar Alcalde Hurdinario de el primer boto non- bra a Don Enrique Enriques y de el sigundo boto a Geró- nimo de Medrano y para Alcaldes de la Santa Hermandad a Don Fransisco de Meló y a Manu^ de Santa Ana y para Alferes Real a el Capitán Juan de Bergara. Juan Barragan Regidor dixo que su boto y pareser es para .Alcalde Hurdinario de el primer boto a el Capitán Mateo Leal de Ayala y para Alcalde Hurdinario de el si- gundo boto a el Capitán Juan Ortis de Mendossa. Y por Alcaldes de la Hermandad a Manuel Cabral ya Don Fransisco de Meló y para Alferes Real a el Señor Contador Luys de Sialgedo. ACTAS DKL CABILDO DE BÜBNOS AIRES 131 Juan Bautista Ángel Regidor dixo que su boto y pareser es para Alcalde Hurdinario de el primer boto a el Capitán Alonso Agreda de Bergara y de el sigundo boto a el Capi- tán Juan de Tapia de Bargas. Y para Alcaldes de la Santa Hermandad a Manuel Ca- bral y Don Fransisco de Meló y para Alferes Real a el Contador Luys de Salcedo. Y acabada de hazer la dicha elesion queriéndose regular oposición que " hace Diego de los botos della el dicho Diego de Trigueros dixo que sigun ?rafare?deinoSí bramiento de un los botos que tiene Manuel Cabral para Alcalde de la Her- faí*"*prohlíbfd"5 por cédala que mandad es uno de los dos nonbrados y que lo contradise nlífuncioíes d*¿ 1 , 1 -, 1 Alcaldes de la porque es portugués y que ay sedula de su Magestad para Hermandad. que no ssea ningún portugués Alcalde de la Santa Her- mandad. Y bista esta contradision por el Señor Gobernador mando que se enbie relasion firmada de mi el presente Escrivano de este Cavildo a el Lijensiado Juan de Escobar Carrillo Abogado de la Real Audiensia de la Siudad de la Plata de los botos que para Alcalde de la Hermandad tiene Manuel Cabral y de la dicha contradision para que de su pareser si conforme a derecho y leyes reales puede ser tal Alcalde de la Hermandad el dicho Manuel Cabral y yo el dicho Escrivano saque la dicha relasion y sellada y serrada se en- trego a Miguel Gerónimo portero de este Cabildo para que la llebe a el dicho Ligensiado Juan de Escobar y de su pareser. Y luego en un pliego de papel aparte se regularon todos los botos de los dichos Capitulares y conforme a la dicha regulasion párese tiene el Capitán Mateo Leal de Ayala siete botos para Alcalde Hurdinario de el primer boto y Juan Ortis de Mendosa otros siete botos para Alcalde Hur- dinario de sigundo boto. Don Enrique Enriques tubo dos botos para Alcalde Hurdinario. 432 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Gerónimo de Medrano tubo dos bolos para Alcalde Hur- dinarío. Alonso Agreda de Bergara lubo un bolo para Alcalde Hurdínario. Juan de Tapia lubo lyi bolo para Alcalde Hurdinario. Manuel Cabral lubo nuebe bolos para Alcalde de la Sania Hermandad. Manuel de Sanlana lubo dos botos para Alcalde de la Santa Hermandad. El Contador Luys de Salcedo lubo ocho botos para Alfe- res Real. Juan de Bergara tubo dos bolos para Alferes Real. Oposición ba- Y jecha la dicha regulasion el dicho Contador Luys de sada en la Incom- SfniiiSe?.** *** Salcedo dixo que el ofisio de Alferes Real es inconpatible con el de Ofisial Real y que no podia acudir a el uso de anbos ofisios que protesta los daños que se recresieren a la Real Hasienda y que se le de por testimonio para que conste en lodo tienpo. Informe del abo- En este eslado entro Miffuel Gerónimo portero de este gado JnandeEs- ^ * SpotrciSneS%r" CabíWo cou uu papel serrado que dixo ser el que llebo sentadas. al Li^ensiado Juan de Escobar y que Iraya en el la re- puesta y lo entrego a el Señor Gobernador y su Señoría lo abrió y entrego a mi el presente Escrivano para que lo leyese y lo ley que es la repuesta de la relasion que se le enbio sobre los botos que tiene Manuel Cabral para Alcalde de la Hermandad y bisto el pareser y repuela por la dicha Juslisia y Regimiento el Señor Gobernador mando que en este Libro de Cabildo se ponga un traslado de la repuesta y pareser de el dicho Ligensiado Juan de Escobar con la relasion que se le inbio y el original se guarde en el Archibo para que en todo tienpo conste y el dicho Diego de Trigueros pidió sse le de testimonio de su contradi- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 433 sion y de la dicha repuesta y pareser y se le mando /lar. Y para lo locante a lo que el dicho Contador Luys de Salcedo tiene dicho y alegado sobre la elesion de el alfe- resgo se mando a Miguel Gerónimo portero de el Cabildo llamase a el Lí^ensiado Juan de Escobar. En este Cabildo entro el Licensiado Juan de Escobar que ^opinión dei * *■ abogado Escobar fue llamado yabiendosele xecho relasion de la elesion je- efe£5SÍ de aw^ •' •* rez Real. cha del Contador Luys de Salgedo para Alferes Real y el por su parte alegado algunas rasones disiendo ser yncon- patibles los dos oQsios y pedido a el dicho Ligensiado Juan do Escobar de su pareser de lo que se debe hazer en este negosio abiendolo entendido dixo que no siente que aya ynconpatibilidad el ofisio de Alferes Real con el de OQsial Real antes paresen anbos oíisios reales y de el serbisio de su Magestad y que el uno sse faborese a el otro es cossa muy puesta en rason y justisia que el dicho Con- tador ásete y resiba el Real Estandarte el qual abiendolo oydo dixo que afirmándose en lo que tiene dicho y alegado protesta a el dicho Señor Gobernador y Capitulares todos los daños perdidas y menoscabos que a la Real Hasienda de su Magestad se le siguieren y que se le de por testimo- nio y que con esta protestasion se entienda resibir el Es- tandarte Real y no de su boluntad y bisto lo referido por la Justisia y Regimiento se le mando dar el testimonio que pide. Y luego se mando entrar y entro en este Cabildo a el Ca- Entrega deías varas y jura- pitan Mateo Leal de Ayala y a Juan Ortis de Mendosa ele- tos Alcaldes Hurdinarios de esta Siudad y se les hiso sa- ber la dicha elesion como es de primer boto el dicho Capitán Mateo Leal de Ayala y de sigundo boto el dicho Juan Ortis de Mendosa los quales abiendolo entendido asetaron los dichos ofisios y el dicho Señor Gobernador en mentó. 434 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIBES nonbre de su Magestad abiendo dexado las baras de la Real Justisia los aiitessesores entrego una bara alta de la Real Justísia a el dicbo Capitán Mateo Leal de Ayala y otra a el dicho Juan Ortis de Mendosa v abíendolas resibido cada uno dellos juro por Dios Nuestro Señor y por los Santos Ebangelios y por la señal de la Cruz en forma de derecho de usar y que usara el dicho ofisio de Alcalde Hurdinario de esta Siudad y sujuridisíon con dilixensia y cuydado como deben y son obligados guardando las reales leyes y ordenansas sedulas y probísiones de su Magestad y las de- mas que esta república tiene y tubiere tocantes a su go- bierno y a el bien de los naturales administrando justisia a todo su leal saber y entender sin pasión ni añsion guar- dando el aransel real de los derechos y el secreto de este Cabildo como deben y son obligados y si asi lo hisieren Dios les ayude y por el contrarío se lo demande y a la con- clusión de el juramento dixeron cada uno dellos sí juro y amen y con esto quedaron resíbidos por tales Alcaldes Hurdinarios y el dicho Señor Gobernador confirmo la di- cha elesion. Acapucionyjtt- ¥ luego entraron Julián Pabon Alcalde de la Santa Her- nunento del nue- sSnto^erali- mandad de el año passado y entrego la bara de la Real Justisia a el Señor Gobernador y así mismo entro Don Fransisco de Meló uno de los Alculdes de la Santa Her- mandad eletos para este preesente año a el qual se le híso ssaber la dicha elesion y aseto el dicho ofísío y el dicho Señor Gobernador en nonbre de su Magestad le entrego la bara de la Real Justisia que su antessesor dexo y abien- dola resibido juro por Dios Nuestro Señor y por una señal de la Crus y por los Santos Ebangelios en forma de dere- cho de usar con dilixensia y cuydado el dicho ofisío de Alcalde de la Hermandad de esta Siudad y de guardar las ACTAS DBL CABILDO DE BUBN08 AIBES 435 leyes y ordenansas reales y administrar jusüsia como debe y es obligado sin pasión ni afísiou y que si asi lo hísiere Dios le ayude y por el contrario se lo demande y a la con- clusión de el dicho juramento dixo si juro y amen y en esta forma quedo resibido por tal Alcalde de la Santa Her- mandad y el dicho Señor Gobernador confirmo la dicha elesion. T luego mediante el pareser que el dicho Li^ensiado EntregadeiE». tandarte Real al Juan de Escobar y Carrillo dio sobre lo tocante a la elesion «¿'«wz Re»» eiec- de Alferes Real de esta Siudad fecha en el dicho Contador Luys de Salgedo el Capitán Mateo de Grado Alferes Real trujo y entrego a el dicho Señor Gobernador el Real Estan- darte en nonbre de su Magestad y abiendolo resibido con- firmo la elesion jecha en el dicho Contador Luys de Sal- cedo y also el pleyto omenage que tenia jecho el dicho Ca- pitán Mateo de Grado y luego entrego en nonbre de su Magestad a el dicho Contador Luys de Salcedo el dicho Estandarte Real el qual lo resibio y puesto de rodillas en el suelo delante de el dicho Señor Gobernador hiso y se le tomo pleyto omenaxe en esta manera juntas anbas manos el dicho Contador Luys de Salcedo las puso entre las ma- nos de el dicho Señor Gobernador como en manos de Ca- ballero el qual estando en esta forma le dixo: «¿Bos el Contador Luys de Salcedo haseis pleyto omenaxe como ca- ballero ixodalgo una y dos y tres bezes a el modo y fuero de España una y dos y tres bezes a el modo y fuero de Es- paña de tener en buestro poder y guarda el Real Estan- darte que os e entregado en nonbre de su Magestad como a Alferes Real de esta Siudad y de acudir con el en todas las ocasiones que se ofresieren tocantes a el real serbisio y de defenderlo de los enemigos y de no lo entregar a nin- guna persona si no fuere a el Gobernador y Capitán Gene- 436 ACTAS DBL CABILDO DR BUENOS AIASS ral que por titulo y nonbramiento de su Mag;estad lo fuere en este Puerto de Buenos Ayres y Probinsia de el Rio de la Plata y no a otra persona de el mundo en la pas ni en la guerra so pena de caer en mal casso y en todas las demás penas en que caen y encurren los que quebrantan el pleyto omenaxe que hassen y la fidelidad que prometen a su Rey y Señor Natural?» A todo lo qual abiendo estado atento el dicho Contador Luys de Salcedo y jecho el dicho pleyto omenaxe refiriendo las mismas palabras del como están escritas dixo que prometía y prometió de hazer guardar y cunplir todo lo referido so las dichas penas y en esta forma quedo resibido por tal Alferes Real de esta Siudad y llebo en su poder el Real Estandarte que era de damasco encarnado y blanco con las armas reales. Suspensión de Y por uo estar en esta Siudad Manuel Cabral otro Alcalde la entrega de la,. ii,i < . ii> /••■• i jííucfa ¿Sr\'í- ^^ '^ Hermandad de los eletos sigun lo dio por fe Miguel sencla del electo, n ' . i 4* « 11 (jeronimo portero que lo fue a buscar por lo qual no sse le entrego la bara de la Real Justisia resserbando haserlo en estando en esta Siudad. Y en la forma dicha se hiso la elesion referida para este pressente año de ^eysientos y beynte y uno y los dichos Alcaldes y Alferes eletos resibidos sse sentaron en los asien- tos de el dicho Cabildo en señal de possesion y la dicha Justisia y Regimiento y los eletos y sus antessesores y el Ligensiado Juan de Escobar y Carrillo lo firmaron de sus nonbres. — Don Diego de Gongora. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Matheo Leal de Ayala. — Mateo de Grado. — Juan ürlis de Mendoga. — Luis de Salcedo. — Si- món de Valdes el mozo. — Francisco de Manzanares. — Bernardo de León. — El Ligensiado Joan de Escobar, — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. Juan Baptista Ángel. — Julián Pavón. — Don Francisco ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 437 de Meló. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 4 DE ENERO DE 1621 [Foja 374 del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Avres en cm" de 4 de • •• Bnero de i62í. quatro dias de el mes de Henero de mil y geysienlos y beynte y un años se juntaron a hazer Cabildo la Justisia y Regimiento de esta dicha Siudad en las Cassas Reales que se acostunbra por aora a hasser y estando juntos para ele- xir Procurador General de esta Siudad y Mayordomo de los Propios de este Cabildo y del Ospital della conbiene a sa- ber el Señor Don Diego de Gongora Caballero de el Abito de Santiago Gobernador y Capitán General de estas Probinsias de el Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdina- rios de esta dicha Siudad y Capitán Simón de Baldes Tesso- rero Jues Oíisial Real y Bernardo de León Depositario Ge- neral y Capitán Juan de Bergara Rexidor y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Juan Barra- gan y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anjel Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo se trato aberse juntado a elexir Procura- Elección de pro- ^ curador Gene- dor General de esta Siudad para este presente año de Qeysientos y beynte y uno y abiendosse propuesto por el dicho Señor Gobernador se elixa la persona mas a propo- sito que paresiere conbenir para el bien de esta república ral. 138 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIBBS estando los dichos Capitulares en sus asientos entro Mi- guel Gerónimo portero de este Cabildo y dio fe como abia llamado a el Contador Luys de Salsedo Ofisial Real y que le abia dicho que estaba ocupado por cuya causa no benia para hallarse en este Cabildo mediante lo qual se comenso a hazery jiso la dicha elesion botando cada Capitular en la manera siguiente: Primeramente el dicho Capitán Mateo Leal de Ayala Al- calde Hurdinario de el primer boto dixo que su boto y pa- reser es que sea Procurador General de esta Siudad el Ca- pitán Mateo de Grado y Mayordomo de los Propios de este Cabildo Juan Bautista Ángel y Mayordomo de el Ospital Juan Andrea de León que lo es al pressente por aberlo Je- cho bien este año. El dicho Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdinario de el sigundo boto dio su boto para elexir Procurador Gene- ral a el dicho Capitán Mateo de Grado y para Mayordomo de los Propios a Juan Bautista Ángel Regidor y por Mayor- domo de el Ospital a Juan Andrea de León. El Capitán Simón de Baldes Tessorero dixo que se con- formaba y conformo con el boto y pareser de los dichos Al- caldes Hurdinarios. El dicho Bernardo de León Depositario General se con- formo asi mismo con el boto de los dichos Alcaldes Hur- dinarios. El dicho Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion se conformo asi mismo con el boto y pareser de los dichos Alcaldes Hurdinarios. El dicho Juan de Bergara dixo que se conformaba y con- formo con el boto y pareser de los dichos Alcaldes Hurdi- narios. Diego de Trigueros Regidor, dixo que su boto y pareser ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 139 é es para Procurador General de esta Siudad a el Capitán Juan de Tapia de Bargas y para Mayordomo de los Pro- pios a Juan Bautista Ángel Regidor y del Ospital a Juan Andrea de León que lo a sido el año pasado. Juan Barragan Regidor dixo que su boto y pareser es que sea Procurador General de esta Siudad el Capitán Mateo de Grado y Mayordomo de los Propios de este Cabildo Juan Bautista Ángel y Mayordomo de el Ospital a Juan Andrea de León. Juan Bautista Ángel Regidor dixo que su boto y pareser es para Procurador General de esta Siudad el Capitán Ma- teo de Grado y Mayordomo de esta Siudad Fransisco de Mansanares y Mayordomo de el Ospital a Juan Andrea de León. T abiendo botado los dichos Capitulares en la forma de suso escrita para regular los dichos botos se tomo un pliego de papel y en el se hiso la regulasion dellos y paresio que el Capitán Mateo de Grado tubo ocho botos para Procura- dor General y el Capitán Juan de Tapia un boto para lo mismo y Juan Bautista Ángel tubo ocho botos para Mayor- domo de los Propios de esta Siudad y Fransisco de Man- sanares tubo un boto para lo mismo. Juan Andrea de León tubo nuebe botos para Mayordomo de el Ospital de esta Siudad. Y conforme a la dicha regulasion párese que es Procu- rador General el dicho Capitán Mateo de Grado y Mayor- domo de los Propios Juan Bautista Ángel y Mayordomo de el Ospital Juan Andrea de León. T bista la dicha elesion por el dicho Señor Gobernador confirmación de la elección por la confirmo y se mando llamar a los dichos Capitán Mateo ?ador°'* ^*'*^'" de Grado y Juan Andrea de León y entraron en este Ca- bildo el dicho Capitán Mateo de Grado a el qual se le hiso 140 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES saber como estaba elexido por Procurador General de esta Siudad por este año y abiendolo oydo dyxo tener ocupa- síones forsosas a que acudir aseto el dicho cai^o de tal Procurador General y juro por Dios Nuestro Señor y por Santa María Su Madre y por los Santos Ebangelios y por la señal de la Crus en forma de derecho de usar y que usara el dicho oñsio de tal Procurador General con toda diligensia y cuydado bien y fielmente a todo su leal saber y entender mirando por el bien pro y utilidad y conserbasion de esta república acudiendo a su defensa y a pedir y jazer judisial y extrajudisialmente todo lo que le conbenga y si asi lo jisiere Dios le ayude y por el contrario sse lo demande y a la conclusión del dicho juramento dixo si juro y amen con lo qual quedo resibido al uso } exersisio de el dicho ofísio y se ssento en su lugar y la dicha justisia y Regimiento por si y en nonbre de los demás Capitulares que agora son y adelante fueren le dieron al dicho Capitán Mateo de Grado como tal Procurador General todo el poder y facultad cunplido y bastante que de derecho se requiere para usar el dicho ofisio en todas las causas y negosíos sibiles y criminales que este Cabildo Siudad y República tienen y tubieren para que pida aga autos y procese todo lo que biere que conbiene y le paresiere conbenir sigun y como lo an hecho podido y debido hasser los Procurado- res Generales sus antessesores porque para todo lo que dicho es y lo a ello anexo y dependiente le dieron el dicho poder bastante con libre y general administrasion. T luego se biso saber a el dicho Juan Bautista Ángel la i2?^ropiS?yjS elesion en el fecha para Mayordomo de los Propios de este Cabildo de este pressente año de ^eysientos y beynte y uno abiendolo oydo dixo que assetaba y aseto el dicho ofisio y juro por Dios Nuestro Señor y por los Santos Notificación de la elección de ramento. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIBBS 141 EbaDgelios y por la señal de la Crus en forma de derecho de usar y que usara bien y fielmente con toda diligensía y cuydado acudiendo á la cobransa de los dichos Propios como debe y es obligado y teniendo libros quenta y rasson con dia mes y año para por el la dar con pago a cada y quando que se le pida y si asi lo hisiere Nuestro Señor Dios le ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusión del juramento dixo si juro y amen con lo qual quedo resi- bido por tal Mayordomo de los Propios de este Cabildo y la dicha Justisia y Regimiento le dio el poder que es ne- sesario para usar el dicho ofisio. Y luego entro en este Cabildo el dicho Juan Andrea de Notificación de la elaoclon de León a el qual se le hiso saber como por boto de todos los HJípite?y%?¿ mentó del electo. capitulares esta relexido por Mayordomo de los pobres del Ospital para este pressente año y abiendolo oydo dixo que asetaba y aseto el dicho cargo de tal Mayordomo y juro por Dios Nuestro Señor y por los Santos Ebangelios y por la señal de la Crus en forma de derecho de lo usar bien y fielmente con diligensia y cuydado a todo su leal saber y entender teniendo libro quenta y rasson con dia mes y año como es costunbre y la dar con pago cada y quando se le pidiere sierta y legal y verdadera y mirara por el bien y aumento del Ospital y por los pobres del que sean bien tratados y curados y que asi si lo jisiere Dios le ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusión de el dicho juramento dixo si juro y amen con lo qual quedo resibido por tal Mayordomo del Ospital de esta Siudad y el dicho Cabildo Justisia y Regimiento como patrón que es del le dio el poder bastante de derecho nessesario. Noticia de ea^ En este Cabildo el dicho Señor Gobernador Don Diego ^^^ owÍÍÍ'Sí de Gongora propuso aber resibido de próximo una carta í;¿j*?;5^j{%í2 de el Reberendisimo y Ilustrissimo Don Fray Pedro de cSrrJ^za.^^'^''^ ^^ Vt iCBNOS AIRES li * fsie Obisp&Ao de el Rio de la Plata ^ (^^P^ • Je Sibilla que le entrego en esla el '^w ""'^ ae¡^^ ^"^^ P*^"" donde el dicho Señor ^Iwfl""*^. „,/f¿ su benida y que sera con brebedad y obiíp^' ° nrebeogs «on tienpo lo nessesano a su resi- asr" ^"^^r ser como es la nueba de mas gusto que pudo ¿/fliie" ^g gs(a siudad y sus besinos y moradores ^""" Cfl"^ ^'^ Cabildo se animase a hazer en su resi- ^''. (Quna gran demostrasion de alegría con todas las «as oessesarias para resibimieoto de tal Prinsipe que dessead,o a sido y es en esla Siudad que el dicho Se- -or Gobernador de su parte acudirá a lodo con muy gran contento para que se baga cunpüdamente y bislo por los dichos Capitulares la dicha propusision se alegrnruo de s^aber las buenas nuebas de la benida de el Señor Obispo y de un acuerdo y conformidad para todo lo nessesario a ]a hordenyformadesu resíbimientorpgosixode la noche o (le ei dia que llegare y fiesta de toros y cañas y otras cossas nonbraroD por diputados a el Capitán Mateo Leal de Ayala y a el Tessorero Simón de Baldes y a el Capitán Juan de Bergara los quales asetaron el dicho cargo y prometieron de acudir a todo lo referido con muy gran boluntad. En este Cabildo se propuso como la bara de Fiel Execu- tor es cunplido el turno della y por falta de los Regidores Tomas de Rossendo y Fransisco de Meló que están ausen- tes de esta Siudad susede en ella estos qualro messes pri- meros Juan Bautista Ángel Regidor a el qual el dicho Se- ñor Gobernador en nonbre de su Magostad le entrego una bara alta de la Real Justisia que con el dicho ofisio a de traer y el la resibio y juro por Dios Nuestro Señor y por los Santos Ebanxelios y por la señal de lá Cruz en forma de derecho de usar el dicho oñsio de Fiel Executor con dili- ACTAS DBL CABILDO DB BUBNOS AIRBS 443 t gensia y cuidado como debe y es obligado guardando las leyes y ordenansas reales y aransel de los derechos y los autos y decretos Jechos y que se hizieren por este Cabildo sobre los mantenímieDtos comidas y bebidas y demás co- sas tocantes a esta república guardando justi si a a las par- tes sin pasión ni afision y si asi lo hisiere Dios le ayude o sino sse lo demande y a la conclusión de el juramento díxo sí juro y amen con lo lual quedo resibido por tal Fiel Eiecutor. En este Cabildo se leyó una petision que pressentoPe- sobre eipncio dro Dias Carlos sobre que se ponga el bino en mayor pos- tura y bísta por los Capitulares se probeyo lo que por ella sé bera. En este Cabildo se nonbraron por diputados para este ^Diputados de mes y el benidero tocante a las apelasiones y para el Ospi- tal y Carsel y demás cossas publicas a el dicho Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdínario y a Bernardo de León Depositario General los quales lo asetaron. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo. — Don Diego de Gongora. — Matheo Leal de Ayala. — Jtmn Ortis de Mendoca. — Simón de Val- des el mozo. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Francisco de Mancanares. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Juan Baptista Ángel. — Mateo de Grado. — Juan Andrea de León. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Es- crivano Publico y Cabildo. turno. 144 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 18 DE ENERO DE 1621 {Foja 378 vuelta del libro original) En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lu- . nes dies y ocho de Henero de mil y geysientos y beynle y un años se juntaron a hazer Cabildo la Justisia y Regi- miento de esta Siudad coñbiene a saber el Señor Goberna- dor Don Diego de Gongora y Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta Siu- dad y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gober- nasion y Bernardo de León Depositario General y Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regidores y Tomas de Rosendo y Juan Bautista Ángel y Fransisco de Meló Re- gidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes: Lectura de una En este CabiMo se leyó una carta que Martin de Bera- carta sobre ne— ^ 5S?Sortacíf5- ^^y^ solisitador en Cortes de su Magestad de la billa de Ma- por do. drid escribió a este Cavildo sobre negosios que le encargo su fecha a doze de Agosto de mil y geysientos y beynte años la qual bista por los Capitulares mandaron se ponga en el Archibo de este Cabildo y se le responda en la pri- mera ocasión. Lectura de una En este Cabildo se resibio y leyó una carta de Lorenso carta referente á ira/4™iSn? "^^ Lopes de Surratigui solisitador en Cortes en la billa de Madrid su fecha en onze de Abril de geysientos y beynte años con una real sedula de su Magestad fecha en San Lo- renso Real a ocho de Setienbre de mil y geysientos y dies y ocho años para dos nabios de permisión por tienpo de tres años de porte de sien toneladas para las ocho siuda- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 145 des que ay en esta Probinsia y la del Paraguay con que salgan despachados de la contratasion de Sibilla con sien- tas limilasiones y se leyó en este Cabildo y bisto por los Capitulares abiendola bessado y puesto sobre sus cábessas f con lodo el acatamiento y reberensia debida como sedula \ real de su Rey y Señor Natural a quien Dios Nuestro Señor ! dexe bibir y reynar por largos tienpos con acresenlamiento ' . de los reynos y señoríos que no obedessen la ley ebange- íca dixeron que se bote y de cada uno su pareser cerca de jiu cunplimiento y asetasion para que se haga y pida lo que m; s conbenga a el bien y utilidad de esta república. ; El Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario de el süpiica para ' " estender la per- priiaer boto dixo que suplicaba y suplico de la dicha real ^^r**^" ^* "*''®" se/lula para ante Su Magestad y su Real consexo de Indias poMue no le fue fecha la reíasion conbiniente porque esta Siut ad sola con los dos nabios aunque fueran de mayor portií n>'* pueden sus bezinos y moradores sustentarse de las i^íi^ssuis nessesarias aunque a ellos solamente se -les hi- sir.rala dicha merged quanto y mas abiendose de repartir ¡ e;i ocho siudades que tiene mas esta Probinsia y otras ¡ íjualro siudades que tiene la Probinsia de el Paraguay y > Guayra que distan a quatrosienlas y dosientas y sinquenta lejjTuas de esta Siudad y Puerto y la mas sercana sien le- guas las quales dichas siudades no tienen de los frutos que la dicha real sedula contiene si no es sera verba miel asu- car bino y ganado bacuno que para traer a este Puerto estos frutos tienen costa dilasion y descomodidad y quando el fruto de mas balor que son cueros se enbarquen en lo dos nabios repartidos en todas ocho siudades no puede cargar cada uno de dos mil y quinientos cueros para ar- riba que repartidos en mas de mil personas que ay en ellas de besinos y moradores les tocara a cada uno sinco cueros ▲CT. DIL CÁB. DB BVB1T08 ÁIBBS. — T. IT. 10 I 446 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES que aunque fueran dusíentos obligándoles a biaie tan largo como yr a Sibilla y bolber della es conosida la difi- cultad riesgos costas y trabaxo sin aprobechamiento consi- derable y si se cargan harinas sesinas y sebos no podra llebarcada nabio arriba de Qeysientas fanegas de harina y abiendolas de hender en el Bra'zíl para pasar su presio a Sibilla es total perdision porque muchas besses ay tanta abundansia en el Brasil que por los fletes se dexan las xarinas y siendo la carga de cueros no es nesesario llebar- los a hender a el Brasil porque alli balen poco y a la yda a Sivilla con cueros no es menester haser escala en el biaie mas forsoso sera haserlo de vuelta demás que es yn posible salir desle puerto por el mes de febrero de cada año y a! mas tenprano que se sale es pa junio y asi en los tres años no se pueden haser dos biaxes con comodidad qu* i lo fuera de ynportancia y esta verdad se verifica en el biaie del nabio pues antes que de Sibilla atraydo a este puerto Pedro Dias Carlos maestre del despachado por la cíjü- trata por de Sibilla en que bino el Gobernador Ma ^u «lí Frias que ynporto la otra real sedula que bino por ' '^ber- nador de la dicha probinsia de el Paraguay y puerto no do> puertos de el biaxe sin poder llegar en derechura a este y no trajo otra carga sino fueron binos y asitunas y sal te- niendo nesesidad de fierro asero lienso sonbreros paños jei- guetos cuchillo hilo y seda medias y borsegines y otrc > géneros a este modo y algunas armas y cosas de fierro la- bradas para los edifisios y labransas del canpo de lo que no bienen ninguna cossa de estas en el dicho nabio » y asi este puerto esta con la misma falta y nessesidad que antes que llegara el dicho nabio y el bino que traxo lo bende a essesibo presio cada arroba a siento beynte y ocho reales y el mas barato a sien reales y la sal la bende a ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 447 dossientos reales la fanega el almud a dies y seys reales y pues la yntension y bolunlad de su Magestad es de haser mersed a este puerto y a sus besinos y moradores de este puerto y a sus besinos y moradores que a su costa le sir- ben con sus personas armas y caballos a la defensa del y son pobres y no tienen mas de sus labransas y carrosas y los años de esterelidad padessen estrema nessesidad como a susedido este año passado de ^eysientos y beynte pues llego a baler una hanega de trigo ssesenta reales y una ha- nega de mays a sien reales y no se hallaba que muchas personas y religiosos no alcansaron ni tubieron y si de fuera no se trujera algún mays y trigo fuera mayor la nessesidad y siendo esta asi con claridad se be no ser a proposito la dicha menjed de ningún aumento para este puerto antes s años pasados su Magestad hiso para navegar ios frutos a el Brasil y demás sircunbesinos para que en seys messes se baya y buelba y en un año se an jecho dos biaxes y los besinos se balen de su retorno con esta brebedad y para yr a Sibilla y bolber es menester mucho mas tienpo de un año mayores gastos y mayor riesgo y los pobres no lo pue- den suplir e la mersed de la dicha real Qedula si della se ubiera de usar se bendra a conbertir en una o dos per- sonas que tengan mano y poder para haserlo y onbres re- coxiendo la permisión de cada besino para si suponiendo que gosan todos de la dicha merced y lo que bolbiere en retorno serán cossas en que los ynteresados ganen con los dichos besinos quinientos por siento como en los binos y sal que agora traxo este nabio donde bino el dicho gober- nador Manuel de Frias por todo lo qual contradise el pre- gonarse la dicha real sedula ni huse della hasta que su Magestad bien jiiformado con esta suplicasion y otras re- U8 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES lasiones que este Cabildo el año passado despacho sobre esta rason siendo serbido probea y haga merged a este puerto de la permisión que antes tenia para nabegar en los nabios que fueren menester sus frutos y que no se le haga merced juntamente con las demás siudades sino distinta- mente porque no an de estar obligados los besinos de este puerto a aguardar que los de las otras siudades traygan sus frutos por acá en los nabios sino que las tales siudades tengan otros pues ellas ni sus besinos no acuden ni pueden acudir a la deffensa deste puerto ni a sus cargas ni obli- gasiones por estar tan distante del como tiene dicho y este dixo que es y es su boto y pareser. El dicho Alcalde Juan Ortis de Mendosa dixo que se con- formaba y conformo con el pareser y suplicasion del dicho capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario. El dicho Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Go- bernasion dixo que se conforma con el pareser del dicho Alcalde Mateo Leal de Ayala. El dicho Bernardo de León Depositario General dixo que tanbien se conforma con el pareser del dicho Capitán Ma- leo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario. Y el dicho Capitán Juan de Vergara regidor dixo que se conformaba y conformo con la suplicasion interpuesta por el dicho Capitán Mateo Leal de Ayala y con su boto y pa- reser porque tiene por inposible poderse cargar los dos nabios de cueros por ningún besino con comodidad sino es siendo gobernador o bissitador general de esta Probinsia de el Rio de la Plata y de Santa Fe Paraguay y que sera justo se de traslado de la dicha real sedula y de este Ca- bildo a el Procurador General desta Siudad . El dicho Diego de Trigueros dixo que se le de traslado al Procurador General desta Siudad para que pida lo que ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 149 conbenga a esta Siudad y para que buelba por lo que con- benga a esta República. El dicho Fransisco de Meló Regidor dixo que se confor- maba y conformo con el pareser de el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario y que se le de la bos al dicho Procurador General desta Siudad. El dicho Tomas de Rosendo rregidor dixo lo mismo que dixo el dicho Francisco de Meló. El dicho Juan Bautista Ángel Regidor dixo qué se con- formaba y conformo con el pareser de todos los dichos Ca- pitulares. y abiendose bolado como de suso párese lodos los dichos Rechazo de la merced de S. M. Capitulares por las rasones que tienen dichas y alegadas dixeron que hablando debidamente por agora no assetan la merced que su Magestad les base hasta que bien in- formado con lo que tienen dicho y alegado y oirás cosas que protestan desir y alegar probea y mande lo que fuere serbido y porque no hay dada orden por donde y como se a de llebar la plata que prosediere de lo que se trujere de Sibilla y que se de la bos al Capitán Mateo de Grado Pro- curador General desta Siudad para que como tal en su nonbre bea la dicha real sedulay la suplicasion interpuesta por este Cabildo y pida lo que paresiere conbiniente al bien aumento y utilidad de la república. Y el dicho Señor Gobernador abiendo obedesido la dicha Acatamiento del Gobernador real sedula bessadola y puesto sobre su cabesa con lodo el gíy«*«»»^opo'- acatamiento debido dixo que por lo que le loca assetaba y asselo este nabio y permisión que a llegado de Sibilla maestre Pedro Dias Carlos para que se haga y cunpla lo que su Magestad manda por la dicha real sedula y los di- chos Capitulares abiendolo oydo afírmandosse en la supli- casion que tienen fecha dixeron que apelaban y apelaron 450 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES de lo probeydo por el dicho Governador para ante su Ma- gestad y su real consexo de las yndias y para alli y para ante quien con derecho puedan y deban y protestan la nu- lidad atentado e ynobado pendiente esta apelasion porque pretenden que su Magestad les haga mayor mersed a esta Siudad y Puerto por lo que dicho y alegado tienen y lo pi- dieron por testimonio. sobre la venta Eü este Cabildo el dicho Mateo Leal de Avala propuso del pan y fijación •' r r de su peso. como eu esta Siudad se bende pan muy pequeño y malo y que ya la mayor parle de la sementera esta coxida y asi so podia poner tasa en el peso porque se quexan los pobre? y bisto por la dicha Justisia y Regimiento unánimes ; conformes mandaron se pregone publicamente donde p. resiere conbenir que desde el lunes prossimo benide- que se contara bevnte v sinco de este mes de Henero todc los panaderos y pulperos y otras personas que amassase i para hender pan den dos panes de una libra cada uno por un real bien cosidos y sasonados so pena por la priu.eri bes perdido el pan y por la sigunda perdido el pan y doze pessos por terseras partes real Cámara Jues y denunsiado!' y por la tercera la pena doblada y pribasion de amasar ni de tener pulpería lo qual se executara en los ynobedientes sin remisión. Presentación Eu este Cabildo Juan de Vergara Regidor del presento de la confirma- ^ %jf i uSPdli^Sflíiolfe' una real sedula de su Magestad en que le base merced de regidor de pri- 3íSSdev°e?garl! '^ coufirmasion de el dicho su ofisio de Regidor su data en Madrid a quinse de Julio de mil y geysientos y beynte años con inserta copia de José de y Contador de la Real Caxa de la Billa de Potossi su fecha el catorse de de Abril del dicho año de ^eysientos y beynte por donde consta haber pagado en la dicha Real Caxa el segundo ter- sio cunplido del pressio del dicho ofisio y pidió se leyese ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 151 y obedesiese por este Cavildo y se assenlase un tanto de la dicha coníirmasion en este libro y bisto por la dicha Jus- tísia y Regimiento tomaron la dicha real coníirmasion en sus manos y la besaron y tomaron y pusieron sobre su cabessa y dixeron que la obedesian y obedesieron como carta y coníirmasion de su Rey y Señor Natural a quien Dios Nuestro Señor dexe bibir y reynar por largos tienpos y en quanto a su cunplimiento dixeron que se guarde y cunpla lo que su Magestad manda y que están prestos de lo cunplir por su parte y atento que el dicho Juan de Ver- gara tiene hecho el juramento y solenidad que por la di- cha coníirmasion se manda quando fue resibido no lo bol- bío a haser mandaron se assiente un traslado de la dicha real confirmasion y de la sertiíicasion de la paga en este iibr > y se le buelba el original. A >i mismo se mando responder a la carta de Lorenso Respuesu á la cartft en que se Lopes de Surrastigui y que se ponga un traslado de la real STSLTm."**'" gedula que con ella enbio en este libro y el original se ponga en el Archibo y con esto y otras cossas que se trata- on se acabo serró y firmo este Cabildo. —Don Diego de Gongora. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendosa. — Joan de Ver gara. — Francisco de Manqanares. — Ber- nardo de León. — Diego de Trigueros. — Francisco de Mielo. — Thomas de Rossendo. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. 452 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 27 DE ENERO DE 1621 (Foja 384 del libro original] cao*>de27 de Eq la Síudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Bnero dLc Í62i. beynle y siete días de el mes deHenero de mil y^eysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisía y Regimiento de esta Siudad conbiene a saber el Señor Lisensiado Grabiel Sanches de Oxeda Tiniente Gobernador y Justisia Mayor de esta Siudad y su jurisdision de esta dicha Siudad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta Siudad y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasíon y Bernardo de León Depositario General y Capitán Juan do Vergara y Tomas de Rossendo y Fransisco de Meló Regido- res en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes : Notificación En este Cabildo se trato como en las elesiones de Alcaí del nombramlen- S ''sante^'^Her! ^^s de la Sauta Hermandad de este presente año que se Sliíto deí'eiwto elixieron el primer dia de este mes de Henero salió eleto por Alcalde de la Santa Hermandad Don Fransisco de Meló y Manuel Cabral y que por aber estado ausente de la Siu- dad el dicho Manuel Cabral no se le ha entregado la bara ni a sido resibido en este Cabildo y porque al presente esta en esta dicha Siudad mandaron al portero de este Cabildo le liamasse y abiendo sido llamado entro en el el dicho Manuel Cabral a el qual se le hyso saber la dicha elesion y abiendola entendido dixo que asetaba y aseto el dicho ofi- sio de Alcalde de la Santa Hermandad de esta Siudad y su juridision y abiendolo asetado se resibio de el juramento . ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 153 por Dios Nuestro Señor y por una señal de la crus y por los santos Ebangelíos en forma de derecho so cargo de qual prometió de usar el dicho oñsio con toda dilíxensia y cuydado guardando las leyes y hordenansas reales y Jus- tisia a las partes sin pasión ni afísion hasiendo lo que debe yes obligado y si asi lo hisiere Dios Nuestro Señor le ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusión del dicho juramento dixo si xuro y amen y el dicho Tiniente de Go- bernador en nonbre de su Magestad le entrego una bara alta de la Real Justisia que con el dicho oOsio a de traer yel dicho Manuel Cabral la resibio con lo que quedo resi- bido a el uso v exersisio de tal ofisio de tal Alcalde de la Santa Hermandad y firmólo de su nonbre. Manuel Cabral. Y abiendose resibido por tal Alcalde de la Santa Her- mandad a Manuel Cabral entro Juan Bautista Ángel regidor y Fiel Executor de lo qual se le dio notisia del dicho resi- bimiento y lo aprobó. En este Cabildo el dicho Juan Ortis de Mendosa propuso proposición • * para que el Pro- como era publico que el Lisensiado Matias Delgado Flores Se'itfSuí^^Saí- ga al Interior en quería despachar comisarios a las Siudades de Santa Fe bUdí?*con'^pí>de*r amplio y bastan- de Corrientes Rio Bermexo la Asunsion Xeres Billarrica y t^^do. Guayra que caen las quatro primeras en este Gobierno del Rio de la Plata y las otras quatro en el Gobierno del Para- guay para pregonar y tomar las residensias que su Mages- tad manda se tomen a el Gobernador Diego Marin Negron difunto y a Hernando Arias de Saavedra Gobernadores que fueron de las dichas Probinsias y a sus ofisiales y porque se a dicho que los tales comisarios no ban nonbrados en las comisiones sino en blanco el nonbre y el dicho Her- nando Arias y su muger son nasidos en las dichas Probin- sias y muy enparentados y como tales pueden tener nego- siasion para que se nonbren por comisarios las personal 154 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES que mexor le estubiere y el dicho Ligen^iado Matías Del- gado Flores es yntímo amigo de el dicho Hernando Arias de Saabedra y tiene araenassado a toda esta Siudad y di- cho muchas cossas contra ella y xecho otras que constan por autos por cuya causa este Cabildo le tiene recusado antes de agora y enbiado a recusar a la real audiensia de la Siudad de la Plata donde a tenido notisia le nonbraron en la dicha comisión de Jues de residensia porque este Cabildo por si y por su República tiene algunos casos gra- ves y de inportansia de el serbisio de Dios y de su Magestad y tocante a el bien y aumenlo de esta Requblica y satisfa-- sion della y de pedir a el dicho Hernando Arias de Saabed?-'» en todas las dichas Siudades conbiene que el Capitán Matero de Grado Procurador General desta Siudad salga en nonhí^© de ella y de este Cabildo a recusar pedir y haser lodo l'.o que biere que conbiene en la dicha rason y bista la dicha propusision por los dichos Capitulares dixeron unánime*^ y conformes que el dicho Procurador General salga a esl^^ causa y recuse y pida presente y haga todo lo que le par* siere conbenir en la dicha rasson porque para ello si ("" nessesario le daban y dieron todo el poder cunplido bas- tante que conbiene y se le de notisia para que luego acuda a pedir lo que conbenga y en esto entro en este Cabildo el dicho Capitán Mateo de Grado Procurador General siendo llamado a el qual se le dio notisia de lo contenido en este acuerdo y abiendo oydo dixo que acudirá a su cunpli- miento como es obligado. Sobre la com- Eu cstc Cabüdo sc leyó una petision de Manuel de Xe- i)et«ncia que se w a t^zatTe^tn'^ñ gucras de Peralta obligado de las carniserias desta Siudad al encargado del abasto. gjj qyg j^jgQ relasion como sin su gusto y consentimiento mataban bacas y se bendian por cuartos por mandado de los padres del colexio de la conpañia desta Siudad el qual ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 455 resibía daño y pidió se remediase y bisla por la dicha Jus- tisia y Regimiento mandaron lo que en ella se bera y tra- tando de lo que el dicho obligado pide por su petision se acordó que se de notisia della al reberendo Padre Grabiel de Paren retor de el dicho colexio para que su paternidad considere el daño que el dicho obligado dise resibe y lo remedie de manera que durante el tienpo que falta de aqui a carnestolendas no resiba daño el dicho obligado y el Sá- bado y el Martes el dicho obligado es quando tiene obliga- sion de matar y dar el abasto y después de carnestolendas poniendo persona meramente lega que acuda a matar las bacas que tubieren asta la semana santa que es quando entra el obligado nuebo lo puedan haser con que no se benda a mas pressio que el que esta señalado y el tal ma- yordomo o persona a de estar y quedar sujeto a la juridi- sion hordinaria y esto se hase por esta bes por ser ynfor- mado este Cabildo que esta muy probé y adeudado y que no pida limosna como las otras relixiones y que tienen de su osecha ganado que matar y asi lo acordaron y probe- ^» ron. En este Cabildo Juan Bautista Anirel Reffidor y Fiel Exe- Redamación de *^ ^ * dos tapiales de cutor no paso esta proposision. ci^Us St cian- En este Cabildo se trato como este Cabildo tenia en tienpo del gobernador Diego Marin Negron tenia dos pares de tapiales de madera * muy buenos con que se acudia a las obras de la carsel y cassas reales y que para algunas que agora se an ofresido no sse halla y el dicho Bernardo de León Depositario General dixo que siendo mayordomo ^ Tapiales llámase asi al molde ú horma en que se fabrican las tapias y que está formado por dos tablas que se aGrman paralelamente una á otra, cla- radas con listones ó aseguradas con cía Fijas de madera. AfTerum forma ad parietes ducendos. 156 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES de los propios de este Cabildo en lienpo del Gobernador Diego Marin Negron por su orden y del Cabildo se ysieron dos paredes tapiales cuyo presio pago y que el Cabildo le es deudor dello y teniéndolos en su poder por quenta del dicho Cabildo y como bienes de sus propios bino a ser go- bernador de esta probinsia Hernando Arias de Saabedra el qual lo saco de su poder y los llebo y nunca mas se los bolbieron que el dicho Bernardo de León dixo que le tra- xese uno de ellos y no lo quiso haser y así están en su poder del dicho Hernando Arias de Ssaabedra los dichos tapiales lo qual bisto por la dicha justisia y regimienlo mandaron que se le notifique al dicho Hernando Arias de Ssaabedra que dentro de tercero dia entregue los dichos dos pares de tapiales con mas de seys asadones que el Ca- pitán Maleo Leal de Ayala alcalde hordinario dixo que quando entro a ser gobernador entrego por su mandado a Domingo Perrera Carril que acudia a las obras por su man- dado porque los dichos seys assadones eran délos propíos del cabildo que los tenia en aquel tienpo prestado al dicho alcalde y sino lo entregase el procurador general de este cabildo pida lo que conbenga. ¥ en este cabildo se nonbro por diputados a quien entregue las sedulas y probísíones que el Gobernador Manuel de Frias disse que trae ganadas de su Magestad y como procurador general desta siudad a el alcalde Juan Ortis de Mendosa y Bernardo de León depo- sitario general para que lo resiban y pongan por ynbenta- rio ante el presente escribano de cabildo para que se tnaygan a este cabildo para berlas en el primer cabildo y los dichos diputados que estaban presentes lo asetaron. Y con esto y otras cossas que se tratraron se acabo serró y firmo este cabildo. — El Ligensiado Gabriel Sunches de Oxeda. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendosa. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES i 57 — Joan de Vergara. — Francisco de Mancanares. — Ber- nardo de León. — Francisco de Meló. — Thomas de Ros- sendo. — Juan Baptista Ángel. — Anle mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 1" DE FEBRERO DE 1621 [Foja 387 vuelta del libro original) En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres ^f^rc/wc/e// en primero dia del mes do Febrero de mil y ^eyssienlos y beynle y un años se juntaron a haser cabildo la Justisia y Re- gimiento désla siudad conbiene a saber el señor Don Diego de Gongora Caballero del avito de Santiago Gobernador y Ca- pitán general destas probinsias de el Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa alcaldes hurdinarios da esta dicha siudad y su jurisdision por su magestad y contador Luys de Ssal^edo y capitán Simón de Baldes asessor jues offisial real y Bernardo de León Depositario General y Fransisco de Mansanares alguasil mayor de Gobernasion y capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Barragan y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual cabildo se trata- ron las cosas siguientes : En este Cabildo el dicho Señor Gobernador Don Dieffo Lectura de una " real cédula refe- de Gongora dixo como por la bia del Piru abia resibido ÍSuwS^en e?líais de varias seml- siete sedulas reales y mando se leyese una su fecha en "*^' Guadalupe en primero dia de nobienbre de myl seysienlos 158 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES y dies nuebe años que trata sobre el plantío en esta tierra de diferentes géneros de semilla y arboles particularmente de la grana y cochinilla canela pimienta clabo y nue- ses y otras cossas en la dicha real sedula contenidas y abiendose bisto y leydo para cunplir el dicho Señor Gober- nador con lo que su Magestad por ella le manda pidió a los dichos capitulares le informen y den su pareser por escrito de lo que entienden y saben se puede hazer para que se ponga por obra lo que su Magestad por su real se- dula manda para cuyo efeto mando se ponga un traslado della en este libro de Cabildo y se le buelba el orixinal y bista por los dichos capitulares dixeron que beran lo que sse debe responder y haserserca de la dicha real sedula \ sobre su efeto trataron y confirieron algunas rassones y ia resolusion dixeron quedara para el primer Cabildo porque en este tienpo consideraran la orden y forma que se a de tener en responderé ynformar de la berdad. Asi mismo se leyó otra real sedula su fecha en Madrid a dosse de Disienbre de myl geysientos dies y nuebe años Sobre el modo quc trata sobre la abundansia de ganado silbestre caballos de evitar los per* ín'^ias ?cmen*e- 7 ^^^^^ J bacas quc ay en esta tierra y el remedio que se ras el ganado sal- . i i -^ i ' ^aje. puede tener para que ssesen los danos que hassen y pue- den haser a las sementeras y plantios de la grana añil clabo canela pimienta y núes y por otra su real sedula a mandado se haga en esta tierra y por lo que pide que in- forme en esta rason el dicho Señor Gobernador pidió a los capitulares den su pareser de lo que se debe haser sobre lo contenido en ella los quales abiendola oydo y asimismo al- gunos capítulos de otras reales gedulas que tratan sobre cossas tocantes a el serbissio de su Magestad pidieron a el Señor Gobernador que se entreguen al procurador general todas las dichas sedulas para que las bea con el estrado de ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 459 este Cabildo j que se responda y satisfaga a todas ellas con claridad y berdad para cuyo efeto nonbraron por diputados para que acudan a este negosio a el Capitán Mateo Leal de « Ayala alcalde hordinario y al tessorero Siraon de Baldes jues ofisial real los quales que presentes estaban asseta- ron y el dicho Señor Gobernador dixo que en quanto a el entregar las dichas sedulas que lo bera y probeera. En este Cabildo se trato de la esterelidad y falla de man- sobre ios peii- ^ Rros de la manu- teniminito queabidoen este año en esta Siudady abien- 5f¿<;^°^ «" '* *'^"- dose c nff rido largamente el orden que se dará para que nr fa! a pan y los panaderos y otras personas que tienen por I rato amasarle sepan y entiendan como lo an de ben- tlt^r se acordó que de oy en adelante den beynte onsas de pan bien cossido y ssasonado y blanco por un real en un pau o en dos de a dies onsas cada uno y dos asemitas de una libra cada una por un real bien cossida y ssasonada dos por un real y no exsedan desto con pena de la primera 1 es de perdido lodo el pan que se les hallare de menos peso del referido assi en su casa como en las pulperías y cassas donde se hallare perdido el pan para los conbentos nrobes del Ospilal y Carsel y por la sigunda bes la dicha pena y mas dosse pesos corrientes por tersias partes real Cámara Jues y Denunsiador y por la tersera la pena do- blada y pribasion de ofisio de amassar lo que se pregone publicamente para que benga a notisia de todos y los jue- ses la executen sin remisión y el dicho Fiel Executor lo cunpla y execute. Y con esto y algunas petisiones que se leyeron y presen- presentación de •' ^ ^ ^ y J r títulos de barbo- taron y unos titulos de barberos que se presentaron en este Cabildo ante los dichos Capitulares con lo qual se acabo y serró y firmo este Cabildo y firmáronlo los dichos Capitu- lares. — Don Diego deGongora. — Matheo Leal de Ayala. — ros. 160 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Juan Ortis de Mendosa. — Luis de Salqedo. —Simón de Val- des el mozo. — Bernardo de León. — Francisco de Manga- nares. — Diego de Trigueros. — Jiuin de Vergara. — Fran- siseo de Meló. — Juan Baptista Ángel. — Juan Barragan. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Ca- bildo. CABILDO DEL 3 DE FEBRERO DE 1621 [Foja 389 vuelta del libro original) rae" fíe 3 de I'rbro de t6'JÍ. Mandamiento á «afecto de que el Licenciado Flo- res exhíbalos re- caudos de sus co- misiones. En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en tres dias de el mes de Febrero de mil ^eysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Juslisia y Regi- miento de esta Siudad conbiene a saber el Señor Ligen- siado Grabiel Sanches de Oxeda Tiniente de Gobernador y Justisia Mayor desta Siudad y Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta Siu- dad y el Contador Luys de Salcedo y el Tesorero Simón de Baldes Jues Ofisial Real y Bernardo de León Depositario General y Capitán Juan de Vergara Regidor y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual Ca- bildo se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo se leyó una petision que presento el Ca- pitán Mateo de Grado Procurador General desta Siudad por la qual pidióse pidiesen todas las comisiones que esta usando el Ligensiado Matias Delgado y se probeyo lo que por ella paresera en que fuese a notificar al Li^ensiado ACTAS DBL CABILDO DR BUENOS AIRRS 461 Matías Delgado Flores y si bí ese las dichas comisiones y fe- cho el dicho Lí^ensíado Matias Delgado las enbio conforme al inbentario que se hiso dolías y con esto se mandaron poner un traslado de todas las dichas sedulas en el Archibo de esta siudad con lo qual se acabo y serró y firmo este Cabildo. — El Li^ensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Ma^ theo Leal de Ayala. — Luys de Salcedo. — Juan Orlis de Mendosa. — Simón de Valdes el mozo. — Joan de Vergara. — Francisco de Mancanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros, — Juan Baptisía Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 12 DE FEBRERO DE 1621 {Foja 39 í vuelta del libro original) En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires byer- cae- de 12 de Feb'' de 162Í. nes dose de Febrero de mil geysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Regimiento de esta Siudad conbiene a saber el Ligensiado Grabiel San- ches de Oxeda Tinienie de Gobernador y Justisia Mayor desta Siudad y Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta Siudad y el Ca- pitán Juan de Vergara Regidor y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor desta Siudad y de Gobernasion y Diego de Trigueros y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual Ca- lícaL's^áí^^^^ bildo se trataron las cossas siffuientes : asiento^'?" íes c? corresponde en En este Cabildo se leyó una petision que presento el Ca- cíb¡id?^°*' "^^^ ACT. »BL C4B. Bl BVMOf lIBBf . — T. IT. 11 462 ACTAS DBL CABILDO DE BÜSHOS AIRES pilan Mateo de Grado Procurador desta Síudad pidiendo que los Alcaldes Hurdinarios della se sienten en los Ca- bildos y Juzgados a el lado de las Justisias Mayores y su asiento como se acostunbra en todos los Cabildos destos reynos asi por ser esta Siudad cabessa de gobernasion y Probinsia de el Rio de la Plata como por otras causas que alego lo qual bisto por el dicho Tiniente de Gobernador y Capitulares mandaron se haga asi como el dicho Procura- dor General lo pide atento lo que refiere y haberse hecho antes de aora en tienpo de los gobernadores pasados y por que el dicho Tiniente de Gobernador tiene asiento en uua silla porque no ay escaño de trabiesa en este Cabildo se mando traer otras dos sillas y se pusieron a su lado y es- tando todas tres sillas puestas se sentó el dicho Tiniente Adaptanse los dc Gobemador en la de en medio y el Capitán Mateo Leal asientos usados d2i Perü^^chtfe' de Ayala Alcalde de primer boto en la silla de el lado dere- cho y Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdinario de sigundo boto se sentó en la otra silla de el lado ysquierdo y todos de un acuerdo y conformidad mandaron se huse de los dichos asientos como esta referido y en los Jusgados se guarde la misma borden y el dicho Tiniente de Governador lo aprobó y confirmo atento que esta en costunbre sentarse en los attos públicos en un escaño la Justisia Mayor y Hur- dinaria por su orden y teniendo el primer lugar del escaño la Justisia Mayor sin aber cossa en contrario y aber bisto en el reyno del Piru y de Chile guardar esta costun- bre. Reiteramiento ^u estc CabiWo se Icyo uua petision presentada por el I Síiíba^SsrlsSíí dicho Procurador General presentada en que pidió se dato. ^ "'^ '"*°" mande a el Li^ensiado Matias Delgado Flores ysiba y pre- senté las adbertensias eynstrusiones que tubiere conforme a sus comisiones para haser lo que base en está Siudad ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 463 de que dixo aber quexas y otras cosas en ella espresadas y bisto por la Justísía y Regimiento se decreto y probeyo lo que en la dicha petision paressera decretado y firmado por el dicho Escrivano de Cabildo. En este Cabildo el dicho alcalde Juan Ortis de Mendosa Memonaidecé. dulas reales re- como diputado que fue nonbrado por este Cabildo para ?iS°y*prov/n- cia. resibir las sedulas reales y otros despachos que el goberna- dor Manuel de Frías en su nonbre y como procurador general del trajo de españa presento un memorial que dixo ser de la rason de las dichas reales sedulas y que tan solamente le entrego algunas que dixo el dicho go- bernador Manuel de Frias tocaban a esta siudad y probinsia las quales ysibio con la instrusion como tal procurador general llebo de este Cabildo y bisto el dicho memorial por la dicha justisia y regimiento mandaron que todas las dichas sedulas memorial e instrusion se entreguen al capitán Maleo de Grado procurador general para que las bea y pida lo que mas conbenga a el serbisio de Dios Nuestro Señor y de su magestad y bien de esta república besínos y naturales desta probinsia. En este Cavildo se presento y leyó una petision por el petición ue ja media arroba y procurador general de la ciudad de Santa Fe y por su áLi%21.a^*¿ii5: _ ._ ,11 T 1 !•! **"* ** ** Ciudad poder en que pide se le de la media arroba y media ha- mp*Sítu'ra de casas del Ca- as de morada que los propios desle cabildo desta siudad ^"**°- tiene en esta siudad están muy mal tratadas de manera que no ay quien las abite y que Bachyo de Filicaya le a 164 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES dicho que las aderesara y reparara con que a quenta de la renta se le resiban los gastos que en ellas hisíere y bislo por los capitulares cometieron lo que a ellos toca a el dicho mayordomo para que haga el asiento y contrato conbiniente y para ello le dieron el poder nessesario y es- tando presente lo aseto. Ordenes dadas En cstc cabildo el dicho Diego de Trigueros regidor á efecto de evl- O O o di^sif. '^^^''^^ propuso como esta siudad esta muy falta de sal y que en los nabios ay notisia bienen pipas de ssal y no la quieren sacar a hender ni se ssabe si de ella se an pagado los rea- les derechos y para que se remedie esta nessesidad pidió que toda la sal que esta en los nabios se saque y se ponga en una lonxa para que se benda y reparta entre todos los besinos y moradores y demás personas desta república a presios moderados y bisto por la justisia y regimiento cometieron lo suso dicho al capitán Mateo Leal de Ayala y al dicho Diego de Trigueros regidor para que lo hagan y cunplan con esto los quales lo asetaron y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo, — El Ligensiado Gabriel Sanchas de Oxeda. — Matheo Leal de Ayala. — Joan de Vergara. — Joan Ortis de Mendosa. — Francisco de Mancanares. — Diego de Trigueros. — Jtum Baptisía Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda^ Escrivano Publico y Cabildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 165 CABILDO DEL 16 DE FEBRERO DE 1621 {Foja 39S vuelta del libro original) En la Síudad de la Trinidad puerto de Buenos Aires cao'* de ie de Peb'* de 1621. dies y seys dias del mes de Febrero de myl y ?eyQÍentos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la justisiay regimiento de esta siudad conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caballero del abito de Santiago Goberna- dor y Capitán General de estas probinsias del Rio de la Plata por su magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa alcaldes hurdinarios de esta dicha siudad el contador Luys de Salcedo jues ofisial real deste puerto y Bernardo de León depositario general y capitán Juan de Bergara Regidor y Francisco de Mansanares algua- sil mayor de gobernasion y Juan Bautista Ángel en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes : En este Cabildo se trato y conOrio de la gran nessesidad Resolución con motivo de com- que tiene esta república de trigo y de mais por la cotar Sf ^tAV^TdS , , « v« Tf • maíz solicitando cosecha de este ano y que conbiene poner dihxensia para 5^d~có¿d¿bS; su remedio despachando a la siudad de Córdoba poder y personas que en su cabildo pida ayude y socorra esta nessesidad de los dichos mantenimientos y demás fru- tos de aquella probinsia dando lisensia a las perso- nas que en carretas suyas o fletadas lo quisieren traer sin lo ynpedir no enbargante que por autos de Her- nando Arias de Saabedra Gobernador que fue destas probinsias lo tenia proybido porque la dicha nessesidad pide brebe remedio y todos los capitulares unánimes y ^66 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES conformes acordaron que se escriba a la justisia y regi- miento de la dicha siudad de Córdoba con Juan Rosillo que estaba de partida para ella en la dicha rason y que se publique y pregone en ella como todas las personas que quisieren traer los dichos bastimentos sean bien resybi- dos desde luego se les da facultad para que se puedan hen- der libremente a el presio que quisieren y de las cossas permytidas se les dará carga para bolber y se les harán todas las comidades que ubiere y demás de ser el dicho socorro serbisio de Dios y de su magostad quedara esta república agradesida y en semexante ocasión y otras acu- dirá a haser lo mismo por la dicha recomendación y essor- taron a su cabildo justisia y regimiento en nonbre de su ma- gostad para que acudan a lo referido y no lo ympida y si por alguna causa y fin ella no pudiere tener efetto se yntime este acuerdo y pida testimonio del para descanso de estecavildoy dieron el poder que se requiere al dicho Juan Rosillo para quejudisial y estrajudisialmente a nonbre desta república pida y presente y haga pregonar este acuerdo y saque testimonio y hasiendo por escrito y de palabra todos los pedimentos requerimientos que conbenga y para que haga qualesquier asiento y consiento con qua- lesquier personas en la dicha rason de manera que con la mayor brebedad bengan los dichos mantenimientos. Presentación Eu csto Cabildo SO leyorou tres petisiones que pressento de is de * "^ Marzo de í 621. trese dias del mes de Margo de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a hasser Cabildo la Justisia y Regi- miento desta siudad para abrir un pliego que a llegado para este Cabildo del solissator que tienen en cortes de su Magestad y estando juntos conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caballero del Abito de Santiago Goberna- dor y Capitán General desta Probinsia del Río de la Plata por su Magestad y Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdínario desta dicha siudad y Contador Luys de Sal- cedo y Tessorero Simón de Baldes y Capitán Juan de Ber- gara y Bernardo de León Depossitario General y Diego de Trigueros y Juan Bautista Ángel Rexidores en el qual passo lo siguiente. En este Cabildo se levo y abrió una carta firmada de una petición sobre */ V el viaje de dos firma que dise Lorenso Lopes de Surastigui solisitador ^isfonde^^pb en cortes de su Magestad su fecha en dies y nuebe de Agosto de séysientos y dies y nuebe otra fecha de treynta y uno de MarQo de séysientos y beynte años por la qual abisa lo que tiene hecho en rason de los negosios que este Cabildo le tiene encalcado y enbío dos sedulas reales sobre diferentes cosas la una sobre los dos nabios que abian de benir de 172 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Sibílla su data en Madrid a dos de Dísíenbre de mil y ^ej- sien tos y dies y ocho años y otra sobre siertos capitales remitidos para las residensias de Hernando Arias de Saa- bedra dada en Madrid en beynte y nuebe de Enero de mil y ^eysientos y beynte años las quales dichas sedulas reales y cartas se mandaron entregar a el Capitán Mateo de Grado Procurador General de esta Siudad para que pida en nonbre de este Cabildo lo que a esta república conbenga y con esto se acabo y serró este Cabildo y firmo. — Don Diego de Gongora. — Matheo Leal de Ayala. — Luis de Sal- gedo. — Simón de Valdesel mozo. — Bernardo de León. — Joan de Bergara. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro déla Pobeda^ Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 16 DE MARZO DE 1621 [Foja 397 del libro original) caty** de 16 de Eíi la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Marzo de 1B21, dies y seys dias del mes de Margo de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a hasser Cabildo la Justisia y Regi- miento desta Siudad conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caballero del Abito de Santiago Gobernador y Capitán General destas Probinsias del Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hur- dinario y Juan Ortis de Mendosa asi mismo Alcalde Hur- dinario desta Siudad y Bernardo de León Depositario Ge- neral y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Fransiseo de Lonja. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 473 de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Juan Bap- tísta Ángel Regidores en el qual Cabildo se trataron las cosas siguientes: En este Cabildo Juan Bautista Ángel Regidor y Fiel Exe- ¿|<^i'i"cJ{.;XrtS cutor dixo como el año pasado de seysientos y beynte se propuso en este Cabildo de que la correduria de lonxa de este siudad se abia rematado por quatro años todo sean por tresientos pesos corientes en Juan Peres de Godoy y que abia sido muy poco el presioy no se abia podido arren- dar por tantos años y que abia pedido se saliese por parte deste Cabildo a contradesir el remate por conpetirle lares- titusion como en menos y que se abia mandado al Procu- rador General pidiese lo que conbiniese y no lo abia he- cho y que por agora de nuebo lo buelbe a pedir porque es en mucho daño de los propios de este Cabildo el aberse rematado en tan baxo presio y bista por los Capitulares esta dicha proposision dixeron que atento a que el dicho Juan Bautista Ángel es Mayordomo de los propios deste Ca- bildo este año pida en ladicha razón por escrito lo que pare- siere conbenir a el pro y utylidad ante la Justisia porque para ello se le dio el poder que es nesesario y con esto y otras cosas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo. — Don Diego de Gongora. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoga. — Joan de Vergara. — Bernardo de León. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. 474 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES CABILDO DEL 22 DE MARZO DE 1621 {Foja 398 del libro original) cat*' de 22 de Efi ¡8 cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Marzo de 1621. beynte y dos dias del raes de Margo de mil y geysientos y beynte y un años lunes se juntaron a hasser Cabildo la Justisia y Regimiento de esta dicha siudad conbiene a sa- ber el Señor Gobernador Don Diego de Gongora y Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y su juridision por su Magestad y Bernardo de León Depositario General y el Ca- pitán Juan de Bergara Regidor y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual Cavildo se trataron . las cossas siguientes. Sobre el nom- Eu este Cabildo el dicho Señor Gobernador propuso como Hbramiento de Di- obíSs^dV'hífil? para la obra y reparo de la carsel y casas de Cabildo de esta siudad adjudico sierta condenasion que esta en poder de Gaspar de Asebedo Escrivano de Registros y Hasienda Real de que se a ocupado alguna madera y para que la dicha obra se ysiere con brebedad antes que entren las aguas conbenia nonbrar diputados que acudan a ello y la con- sierten con los carpinteros y ofisiales y bista por los Capi- tulares dixeron que los diputados que están nónbrados para el turno de este presente mes y de el benidero de Abril que son el Alcalde Juan Ortis de Mendosa y Diego de Trigueros Regidor juntamente con Juan Bautista Ángel Regidor y Mayordomo de los propios de este Cabildo acu- .Mj- Isidro. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 475 dan a mandar haser con efetto la dicha obra y estando pres- sentes lo assetaron v prometieron de lo haser. En este Cabildo el dicho Gobernador propuso como su sobre la baati- *- * flcaclon de San Magestad a despachado sedula y carta al ylustrisímo y re- berendisimo Don Fray Pedro de Carransa obispo de este obispado abissando como su santidad a beatificado a San Isidro de Madrid y que se publique en la Santa Iglesia Ca- tedral y en este obispado y porque el dicho Señor Obispo tiene señalado el Sábado y Domingo prosimo benidero para la prosesion y publicasiou conbendra que este Cabildo por su parte acuda con demostrasion a la misa en la dicha fiesta y bista por los Capitulares la dicha proposísion acor- daron a el Capitán Mateo Leal de Ayala y Bernardo de León Depositario General acudan a ordenar y haser lo que cod- benga en esta razón los dos dias y noches del Sábado y Domingo subiendo xente a caballo y poniendo sus ilumí- nasíones y hasiendo otras cosas de regosixo que a ellos paresiere y los dichos diputados lo asetaron. En este Cabildo se leyó una petisíon que presento Juan Sanbrano sobre que le pongan el bino a d íes y seys pesos la arroba y bisto por los Capitulares probeyeron lo que por ella se bera y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró y firmo este Cabildo. — Bon Diego de Gon- gota. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoga. — Francisco de Mancanares. — Joan de Vergara. — Ber- nardo de León. — Diego de Trigueros. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. 176 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 5 DE ABRIL DE Itói [Foja 399 del libro original] Cav*» de 5 de Abril de Í62Í. Semana Santa* En la QÍudad de la Trinidad Puerto de Buenos Áyres en cinco dias del mes de Abril de mil y ^eysientos y beyntey un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Regi- miento de estasiudad en el fuerte y casas Reales donde se acostunbra a haser por aora conbiene a saber el Señor Lí- ^ensiado Grabiel Sanches de Oxeda Tiniente de Gobernador y Justisia Mayor desta siudad y el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinarío de esta dicha siudad y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdínarios y el Contador Luys de Salgedo Jues Ofisial Real y Bernardo de León Depossita- rio General y el Capitán Juan de Bergara y Diego de Tri- gueros y Juan Barragan Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo se trato como es nesesario nonbrar Jue- ses y Regidores y Escrivanos que acudan a esta Semana Santa alas Iglesias y Monasterios a el ufísio y desensiero de el Santisimo Sacramento y prosesiones y unánimes y conformes se repartieron en la manera siguiente: Primeramente a la Iglesia Cratedal el Señor Goberna- dor Don Diego de Gongora y Bernardo de León Depossita- rio General y Fransisco de Mansanares y el Escrivano de Cabildo. AI Conbento de Santo Domingo el Señor Ligensiado Gra- biel Sanches de Oxeda Tiniente de Gobernador y Justisia ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 177 ■ Mayor Juan Bautista Ángel Regidor y Gerónimo de Me- drano Escrivano. A San Fransíseo el Capitán Mateo Leal de Avala Alcalde Hurdinario a San Fransisco el Capitán Juan de Bergara y Tessorero Simón de Baldes y Gaspar de Asebedo Escrivano de Registros y Hasienda Real. Al Conbento de Nuestra Señora de las Mercedes el Alcalde Juan Ortis de Mendosa y Diego de Trigueros Regidor Ro- drigo Alonso del Granado Escrivano. En la Conpañia de Jesús el Contador Luys de Salgedo y Juan Barragan Regidor y Diego de Santos Escrivanos. Y todos los Capitulares que estaban presentes ásela- ron y con esto se acabo y serró y firmo este Cabildo y que yo el Escrivano de notisia a los escrivanos aqui conteni- dos. — El Ligensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Matheo Leal de Ayala. — Tmis de Salqedo. — Juan Ortis de Men- doga. — Bernardo de León. — Simón de Valdes el mozo. — Francisco de Mancanares. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Ante mi : Pedro de la Po- beda, Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 19 DE ABRIL DE 1621 [Foja 400 del libro original) En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres cao<* de íq de •^ Abra de ÍC2Í y en dies y nuebe de Abril de mil y ^eysientos y beynte y un "SÍS-a íS Aí£ dores, años el Gobernador Don Diego ' de Gongora estando para hasser Cabildo en el Fuerte y Casas Reales de esta siudad ACT. DIL CAB. DI BVIXOI AIEBf. — T. TV. IS 178 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Notificación doode 86 acostuobra por aora el dicho Señor Gobernador para que los ca- ' • pian*¿íordeSii" d¡xo quc SU mcrsed a essorlado dibersas besses a los Capi- zas reuniéndose •, .-i ■■ 111 1 1 dia8^SSe¿° ^°*' lulares de este Cabildo que lodos los lunes de cada semana conforme esta dispuesto por las ordenansas se junten a haser Cabildo donde esta señalado para tratar conferir y determinar las cossas tocantes al bien pro y aumento de la república y aunque su mersed todos los dichos lunes asiste en el Fuerte y Cassas Reales donde se hassen los di- chos Cabildos por ser su posada y muchas besses a hecho que el portero y alguaziles menores llamen a los dichos Ca- pitulares para hasser Cabildo y los lunes que no se han jun- tado no an acudido algunos dellos como paresera por el li- • bro de Cabildo para quede aqui adelante se enmiende este esseso y oserben las ordenansas mando se notifique a los dichos Capitulares y a cada uno dellos que de oy en ade- lante todos los lunes antes de mediodia se xunten en la sala del ayuntamiento a hasser sus Cabildos como son obli- gados sin que falte ninguno de ellos so pena que demás del cargo que se les hará en la residensía se cobrara de cada uno por cada bes que faltare cada lunes dos pesos cor- rientes sin remisión la qual pena sea para las obras de las casas de Cabildo y asi lo probeyo y firmo. —Don Diego de Gongo7'a. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo. Notíjtcacion. Eu cl dicho dia mes y año dicho yo el Escrivano notifi- que el auto de la foxa antes desta al Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario y a Fransisco de Mansanares y a el Capitán Juan de Bergara Regidor y a Bernardo de León Depossitario General y a Diego de Trigueros Regidor y a Juan Bautista Ángel Regidor en sus personas que lo oyeron y dello doy fe. — Pedro de la Pobeda, Escrivano pu- blico y Cabildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 479 CABILDO DEL 19 DE ABRIL DE 1621 {¡Foja 401 del libro original] Eq la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cae" de n de Abril de 1621. dios y nucbe dias del mes de Abril de mil y ^eysientos y beynte y un años se juntaron a basser Cabildo la Justísia y Regimiento de esta dicha siudad conbienea saber el Se-. ñor Gobernador Don Diego de Gongora caballero de el Abito de Santiago y el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hur- dinario de esta siudad y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros Regidor y Juan Bautista Ángel Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo Juan Bautista Ángel Regidor dixo que esta de partida para la real audiensia a negosios de ynpor- tansia por cuya causa pidió que la bara de Fiel Executor ^f^^ii\^^Jl que esta exersiendo se entregue al capitular qué le toca y bísto por los Capitulares lo referido se mando use el di- cho ofisio de Fiel Executor Bernardo de León Depositario General a quien le toca este turno y bisto por el Señor Go- bernador tomo la bara que traya el dicho Juan Bautista Ángel y la dio y entrego al dicho Bernardo de Léon el qual la tomo y resibio y juro a Dios y a la crus en forma de de- recho de usar el dicho oñsio de Fiel Executor y que cun- plira lo contenido en las ordenansas y si asi lo hisiere Dios le ayude u sino se lo demande con lo qual quedo resi- bido a el dicho ofisio. vara.de fiel eje- cutor. 480 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Libranza para el pago de los re- caudos y pape- les despachados áS. M. En este Cabildo se mando dar libransa a el Capitán Ma- teo deGrado Procurador General de quarenta pessos corrien- tes para que pague escribientes de los papeles y recaudos que se an de despachara su Magestad Señor Birrey y Real Audiensia por parte de esta siudad y Cabildo y que el Ma- yordomo de los propios se los entregue que con esta li- bransa y su carta de pago serán bien dados y el Procura- dor General tenga quenta de lo que gastare porque si montare mas se mandara pagar. Con lo qual se acabo y serró y firmo este Cabildo. — Don Diego de Gongora. — Maíheo Leal de Ayala. — Joan de Ver- gara. — Francisco de Manzanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. —Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escri- vano de Cavildo. CABILDO DEL 26 DE ABRIL DE 1621 [Foja 409 del libro original) Cae*' de 36 de Abril de 1621. En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en beynte y seys días del mes de Abril de mil y jeysientos y beynte y un años lunes se juntaron a haser Cabildo la Jus- tisia y Regimiento de esta siudad conbiene a saber el Señor Gobernador Don Diego de Gongora caballero del Abito de Santiago y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y el Capitán Juan de Bergara Regidor y Fransisco de Mansana- res Alguasil Mayor de Gobernasion y Bernardo de León Depositario General y Diego de Trigueros y Juan Bautista ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 481 Ángel Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo se levo un titulo que el dicho Señor Go- Título de e»- ^ * cribano mayor bernador Don Diego de Gongora tiene hecho de Escribano **" «o'^^rnadon. Mayor de Gobernasion en Gerónimo de Medrano Escribano de su Magestad besino desta siudad por ausensia de Juan de Amoncasi que lo era el qual dicho titulo presento en este Cabildo el dicho Gerónimo de Medrano y pidió ser resíbido a el uso y exersisio del dicho oíisio y bisto por los dichos Capitulares lo mandaron entrar y entro en este Cabildo el dicho Gerónimo de Medrano del qual se resibio juramento por Dios Nue§tro Señor y por los Santos Ebangelios y por la señal de la Crus que biso con (os dedos de su mano dere- cha en forma de derecho so cargo del prometió de usar y ejerser el dicho ofisio conforme a las leyes y ordenansas reales guardando el real aransel de los derechos y haser todo lo demás que es a su cargo y dar residensia del tienpo que lo exersiere conforme a las leyes reales y- si asi lo hi- siere Dios le ayude y por el contrario se lo demande con lo qual quedo resibido a el uso y exersisio del dicho ofisio y que se ponga un tanto del dicho titulo en este libro. En este Cabildo se pressento una petision por el dicho petidon para *^ r I- ausentarse ú la Juan Bautista Ángel Regidor pidiendo li^ensia para ir a la ''"**'*® ^''^^^' Billa Inperial de Potosi a llebar cantidad de plata a su Magestad pertenesiente que de esta Real Caxa dise se le a entregado para enterarla en la dicha billa y que por ser negosio del real serbisio se le debe dar para la yda estada y buelta y bisto por la Justisia y Regimiento dixeron que leconsedian y consedieron el termino que esta dispuesto por derecho para semexantes cassos y porque no pase de un año de yda estada y buelta y asi lo decretaron. Nombramiento En este Cabildo el dicho Juan Bautista Ángel dixo que u?teri55r°''**°"'° \Si ACTAS DEL CABILDO DB DUBNOS AIRBS esta nonbrado para Mayordomo de los propios del y atento a la ausensía que de próximo a de haser a la Billa Inpe- rial de Potosí con lí^ensia que le esta dada pidió se non- bre persona en su lugar que le tome quenta y bistp por los Capitulares esta propusision unánimes y conformes non- braron por Mayordomo de los dichos propios en lugar del dicho Juan Bautista Ángel por lo que resta de este presente año a Bernardo de León Depositario General y Fiel Exe- cutor a quien le dieron el poder que se requiere para que se le tome la quenta a el dicho Juan Bautista Ángel y a los demás Mayordomos que no lo abian dado y cobre el alcanse y libros y papeles y demás cosas que tubiere y use el dicha ofisio este año el qual dicho Bernardo de León lo aseto j juro por Dios Nuestro Señor y por una señal de la Crusque hiso con su mano derecha en forma de derecho de lo usar conforme a las ordenansas mirando por el bien y ayuda de los propios y si asi lo hisiere Dios le ayude y si no se lo demande y a la conclusión del dicho juramento dixo si juro y amen y con esto y otras cosas que se trataron se acabo y serró este Cabildo y firmo. — Don Diego déGongora. — Ma- theo Leal de Ayala. — Juan Ortis 'de Mendoca. — Joan de Vergara. — Francisco de Manzanares. — Bernardo de León. — Juan Baptista Ángel. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano de Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DK BUENOS AIBBS 183 CABILDO DEL 4 DE HAYO DE 1621 Cao*» de 4 de Mayo de 1 9Bí. {Foja 404 del libro original) En la siudad deja Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cuatro días del mes de Mayo de mil y ^eysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Rexi- mienta de esta dicha siudad conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caballero de el Abito de Santiago Gober- nador y Capitán General de esta Probinsia de el Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario de esta dicha siudad y Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Bergara Re- gidor y Diego de Trigueros asi mismo Regidor en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo el dicho Alcalde Capitán Mateo Leal de sobm despa- * cho de poderes Ayala dixo como este Cabildo despacho el año passadosus coruí?*'*^^'' *" poderes e ystrusion a Martin de Yerasayn solisitador en corte de su Magestad para negosios yn portan tes de esta re- publica con papeles y recaudos y ay nueba sierta que entro en relixion por cartas que el Señor Gobernador sobre ello a tenido y para que la dicha ystrusion y recaudos se co- bren y en birtud dello se pida ante su Magestad y Su Real Consexo lo contenido en ello con otras cosas de consídera- síon que después acá se an ofresido a este Cabildo y repú- blica era nesesario elixir persona o personas de confiansa y satísfasion a quien se de el poder para todo lo referido y bista la dicha propusision por los Capitulares trataron y confirieron lo que se podría y debia haser sobre ella y en 484 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES este estado entro en este Cabildo el Contador Luys de Sal- cedo y Tessorero Simón de Valdes Jueses Ofisiales Reales V asi mismo entro Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdi- tí nario de esta dicha siudad y a todos tres se les luso saber la propusision dicha y todos los dichos Capitulares confi- rieron largamente todos unánimes y conformes fueron de acuerdo y pareser de elexir y nonbrar y elixieron y non- braron a Antonio Crus de Gabiria y a el Capitán Diego de Bega besino de esta siudad por ser personas de quienes este Cabildo tiene entera satisfasion a los quales se les de poder bastante para todo lo que esta dicho por este Cabildo y república y se les haga saber por parte de este Cabildo este nonbramiento y asetandolo qualquier dellos se haga la ynstrusion por el Capitán Mateo de Grado Procurador Ge- neral de esta (iudad y a el Alcalde Juan Ortis de Mendosa para que la hagan de todas las cossas que paresiere con- benir y el dicho Procurador General saque todos los pape- les autos informasiones y otros recaudos que se les ubieren de entregar y porque este Cabildo no tiene propios con que le poder ayudar para el biaxe y asistensia en la corte se pide y suplica al Señor Gobernador conseda lijensia a este Cabildo para que pueda haser y cargar alguna canti- dad de cueros bacunos para estos negosios y asi quedo Licencia para accrdado todo lo rcfcridó para que por el primer Cabildo el embarque de se otorgue el poder y se trayga hecha la dicha estrusion y » mandaron a Domingo Félix de Morales Tiniente de Algua- sil Mayor llamase a este Cabildo a el dicho Capitán Diego de Bega y a Antonio Crus Gabiria para haserles saber el dicho nonbramiento. En este Cabildo entro siendo llamado Antonio Crus de Gabiria besino de esta siudad a el que se le dio notisía del nonbramiento que en su persona tienen hecho como oueros vacunos. ACTAS DKL CABILDO DE BUENOS AIRES 185 esta escrilo de suso y abiendolo entendido díxo que estaba de partida para la Billa de Potosi a negosios de mucha yn- portansia y por el deseo que tiene de acudir a las cosas de este Cabildo y república como uno de sus besinos que es dexara el biaxe de muy buena gana y acudirá a lo que este Cabildo tiene ordenado y determinado dándosele al- guna ayuda de costa si no fuera aora de presente para ade- lante y que asi asetaba y aseto el dicho nonbramiento porque esta presto de salir a haser el biaxe quando este Cabildo lo despachare y todos los dichos Capitulares agra- desieron la liberalidad con que el dicho Antonio Crus de Gabiría aseto el nonbramiento en el fecho y prometieron de su parte hasér toda la dilixensia para darle alguna ayuda de costa atento a que no ay propios al presente en esta siudad para darle la dicha ayuda de costa. y porque el dicho Capitán Diego de Bega no paresio Nombramiento. mandaron con el presente escrivano le de notisia del di- cho nonbramiento juntamente con el Alqalde Juan- Ortis de Mendosa y Diego de Trigueros Regidor y en este estado entro en este Cabildo el dicho Capitán Diego de Bega a el qual yo el presente escrivano le di notisia del nonbra- miento que en el esta fecho para sus negosios y de la repú- blica y abiendolo oydo dixo que ba a la billa de Madrid cortes de su Magestad en seguimiento de pleytos y causas que le y n portan seguir en el real consexo que serán oca- sión de no darle lugar para poder pedir como quisiere las cossas tocantes a este Cabildo y república y que por esta causa no se alia con disposision y lugar para poder asetar la merged que este Cabildo le ha hecho en nonbrarle por su Procurador General que a no tener la dicha ocupasion acudiera con su persona y hasienda a lo referido como sien- pre lo a deseado haser y hecho en lo que se a ofresido y 486 ACTAS DEL CABILDO DR BUENOS AIRES estar presto de haserlo biendose desocupado de los dichos pleytos y causas propias que ba a seguir con biaxe tan largo que le an obligado a dexar su muger yxos y hasienda para acudir a la defensa de su justisia y esto dio por su repuesta la qual bista por los dichos Capitulares manda- ron que el poder de este Cabildo se haga solamente. al di- cho Antonio Crus Gabiria como a Procurador General desta siudad y de su república con lo qual se acabo' serró y firmo este Cavildo. — Don Diego de Gongora. — Matheo Leal de Ayala. — Jiuin Ortis de Mendoca. — Luis de Salgedo. — Simón de Valdes el moso. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Peáro de la Pobeda, Escrivano de Cabildo. CARILDO DEL 13 DE MATO DE 1621 [Foja 406 del libro original) cav*' de 13 de En. la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres jue- bes trese días del mes de Mayo de mil y jeysientos y beynte y seis años se juntaron a haser Cavildo la Justisia y Regi- miento dé esta siudad conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caballero de la borden de Santiago Gobernador y Capitán General de estas Probinsias del Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hur- dinario de esta dicha siudad y Juan de Bergara Regidor y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Bernardo de León Depositario General y Juan Barragan ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 487 Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas si- guientes. En este Cabildo se trato como conbiene se despache a sobre ei poder Que se ha de Antonio de Gabíria a quien este Cabildo tiene nonbrado dor ante^sjS^'^ por Procurador para los reynos de España por estar el tienpo muy adelante para el dicho efeto los diputados a quien esta encargado haser la ynstrnsion y sacar los pa- peles y recaudos que el dicho Procurador general a de llebar se les apersiba lo concluyan y traygan fecho para el lunes prosimo benidero que se contaran dies y siete de este mes por que se a de háser Cabildo aquel dia y por que todos los Capitulares se hallen en el el portero de este Cabildo les apersiba para que ninguno falte de el dicho Cabildo y mandaron que yo el pressenle escrivano notifique lo conte- nido en este Cabildo todos a los que a quien toca para que hagan lo contenido en el. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serró y firmo este Cabildo. (Testado: Juan no balga). — Don Diego de Gongora. — Matheo Leal de Ayala.— Joan de Vergara. — Bernardo de León. — Francisco de Manzanares. — Juan Bar- ragan. — Ante mi : Pedro déla Pobeda, Escrivano de Cabildo. CABILDO DEL 17 DE MAYO DE 1621 [Foja 407 del libro original) En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lu- nes dies y siete dias del raes de Mayo de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia I 188 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES y Regimiento de esta dicha siudad conbiene a saber el Se- ñor Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda Tiniente de Go- bernador y Justisía Mayor de esta dicha siudad y el Capi- tán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario de esta dicha siudad y su juridisíon por su Magestad y Bernardo de León Depossitario General y el Capitán Simón de Baldes Teso- rero Jues Oñsial Real y el Capitán Juan de Bergara y Fran- sisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Juan Barragan Regidor en el qual Cabildo se trataron las cosas siguientes. „.Sí'ÍI®h®i 8**®^'° En este Cabildo se trato como se benden algunos mante- que se na de co- o brar por ciertos ••. i«i • ■«• ii.«Ji comestibles. nimientos a subidos presios y que conbiene al bien de la república y pobres della y unánimes y conformes manda- ron se benda la libra de passas a dos reales cada una y cada libra de higos a rreal y medio y la libra de yerva a dos rreales y la arroba de miel a ocho pesos y que no se eceda destos precios pena de perdido y de beynte pessos corrientes por tercias partes Real Cámara Juez y denun- ciador y que si se vendiere por mayor sea el tersio de lo que cada uno trujere destos géneros y los dos tercios se » vendan por menudo so las dichas penas y en quanto a la benta del bino se guarde lo que esta proveydo por este Ca- bildo antes de agora so las penas que estam puestas y quien trujere bino para hender lo manifieste ante las Justisias para que se provea y mande lo que se a de hacer y asi se pregone. Sobre el procu- En quantoael despacho del Procurador General questa rador^ nombrado nonbrado para que baya a España ante su Magestad y su rreal consexo deyndias se acordó que los diputados a quien esta cometida laynstrusion la acá ven y ffecha se despache con el poder y demás recaudos questan mandados ynbiar V en este estado entro Juan Ortis de Mendossa Alcalde or- ante S. M. ACTAS DEL. CABILDO DE BUENOS AIRES 189 dinario de esta ciudad y se le dio noticia de lo que esta acordado en este Cabildo y abiendolo oydo se conformo con todos los demás en el contenido y todos lo firmaron de sus nonbres y con esto se acavo y serró. — El Licensiado Gabriel Sanches de Oxeda. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoqa. — Francisco de Manqanares. — Simón de Valdes el moso. — Joan de Vergara. — Bernardo de León. — Juan Barragan. — ^^Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escri- vano Publico v Cavildo. CABILDO DEL 25 DE MATO DE 1621 [Foja 407 vuelta del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cor- dessfic Mayo de 1621. beynte y sinco de Mayo de mil y ceysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Regimiento de esta siudad conbiene a saber el General Don Gil de Os- ris Carabaxal Tiniente de Gobernador y Justisia Mayor de esta dicha siudad y Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdi- nario de esta dicha siudad y su jurisdision por su Magestad y el Contador Luys de Salgedo Tessorero Jues Ofisial Real Simón de Baldes Jues Ofisial Real y Bernardo de León De- positario General y Diego de Trigueros Regidor en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo el dicho General Don Gil de Oscaris Cara- Recibimiento del teniente de baxal dixo que su mersed abia hecho ausensia desta siu- Gu**d?oí^ri^?° dad con licensia deste Cabildo y que agora a llegado a ella 490 ACTAS DEL CABILDO DR BUENOS AIRES de relebo y ase presentasion de su título de nonbramiento del Señor Gobernador Don Diego de Gongora a el dicho Tiníente Don Gil de Oscarís y abíendose bisto el dicho ti- tulo y leydo dixeron todos unánimes y conformes que resi- bian y resibíeron al dicho Don Gil de Oscaris Carabaxal por tal Teniente de Gobernador y Justisia Mayor de esta siu- dad con lo qual quedo resibido a el uso y exersisio del di- cho ofisio. Procesión paia Eh estc Cabildo cl diclio Tiniente General propuso como combatir 1» enl- demiadevu-ueía. gy mucha enfermedad de biruelas en esta siudad y muere mucha gente y que era nessesario se ysiere una prosision de sangre y que se pida al Señor Probissor de licensia para que se bagá la dicha prosesion pidiendo al Señor aplaque la dicha enfermedad por su misericordia y asi mismo se pida limosna para los pobres bergonsantes de esta siudad y se enpiese a pedir dende la semana que biene y bisto por los Capitulares dixeron lodos unánimes y conformes que la semana que biene el dicho Señor Tiniente General y Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdinario. Precio del vino. Eu cstc Cabildo sc Icyo una petision que presento Juan Lopes de Billarroel sobre que le pongan el bino que traxo y bista por los Capitulares dixeron que benda el dicho Juan López de Billaroel la aroba de bino a dose pesos la arroba por menudo y no a mas esseto el Capitán Simón de Baldes Tessorero Jues Ofisial Real que dixo que su boto y pareser es que se guarde y cunpla lo probeydo en otros Cabildos en esta rason y que dicho Fiel Executor ponga la postura con lo que se acabo y serró este Cavildo y lo Qrmaron los dichos Capitulares y se leyó en el dicho Cabildo una petision del prior de Santo Domingo Fray Juan Baez sobre el despacho de un negro y se probeyo lo que por ella se bera. — Don Gil de Oscaris. — Juan Ortis de Mendoga. — Luis de Salpedo. ACTAS DEL GAUILDO DB BUENOS AIRES 491 — Simón de Valdes el mozo. — Diego de Trigueros. — Ber- nardo de León. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 27 DE MAYO DE 1621 {Foja 409 del libro original] En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en c^^'j^ml"^^ ** Mayo de 162í, beynte y siete dias del mes de Mayo de mil y Igeysientos y beyñte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Reginiíento de esta siudad en la sala donde acostunbran llamados por Miguel Coronel el portero del para tratar del .despacho de Antonio Crus Gabiria a quien tienen nonbrado Procurador General para yr a los reynos de España ante su Magestad es a saber el Señor Don Gil de Oscaris Cara- baxal Tinienile de Gobernador y Justisia Mayor de esta siu- dad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Men- dosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y el Contador Luys de Salgedo y Tessorero Simón de Baldes Jueses Ofi- ciales Reales Capitán Juan de Bergara y Bernardo de León Depositario General y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Juan Barragan Regidores en el qual Cabildo se trataron las cosas siguientes. En este Cabildo se trato que el Capitán Mateo de Grado petidon para *■ embarcar cueros. Procurador General della en nonbre deste Cavildo y repú- blica pida al Señor Gobernador Don Diego de Gongora haga merced a Antonio- Crus de Gabiria quien tiene non- Jbrado por Procurador General para los reynos de España 192 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES de darle licensía para que pueda enbarcar alguna cantidad de cueros bacunos para balerse en los gastos y costas que a de tener en la yda estada y buelta atento que este Ca- bildo no tiene propios con que le poder ayudar y el tiene assetado el cargo mediante el darle la dicha licensia y en esto se- ponga dilixensía para que tenga eífeto. Petición de la Eu este Cabüdo se pidió a el dicho Alcalde Juan Ortis de instrucción que líafli** cfirGaw" Meiidosa la ystrusion que se a de dar a el dicho Antonio na. CrusGabiria y asi mismo se le pidió a Bernardo de León Depositario General diputado nonbrado por este Cabildo para haserlo dixeron que se esta trasladando en linpio para firmarla que están prestos de la traer para que se bea y porque el ticnpo esta adelante para salir el nabio en que a de yr el dicho Procurador General se le otoi^e el poder que a de Ilebar y por su muerte y ausensia a Lo- renso Lopes de Suratigui y por muerte y ausensia del suso dicho a Fransisco de Torres v con esto se acabo serró y firmo este Cabildo. — Don Gil de Oscaris. — Matfieo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoca. — Lvds de Salcedo. — Simón de Valdes el mozo. — Francisco de Manganares. — Joan de . Vergara. — Bernardo de León. — Diego de Tri'- güeros. — Juan Barragan. — Ante mi : Pedro de la Pobeda Escri vano Publico y Cabildo. Poder a Anto- Sepau quautos esta carta de poder hieren como nos el HÍo Cruz Gabi- Cabildo Justisia y Regimiento de esta siudad de la Trini- dad Puerto de Buenos Ayres Probinsia del Rio de la Plata estando juntos y congregados en la sala donde tenemos de costunbre de hasser nuestros Cabildos llamados por el por- tero del es a saber el capitán Don Gil de Oscaris Cara- bajal Teniente General de Gobernador e Justisia Mayor en esta dicha siudad y su Probinsia y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de- Mendoza Alcaldes Hurdinariosy el ría. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 193 Contador Luis de Salcedo y Capitán Simón de Yaldes Tes- sorero Jueses Ofisiales Reales y Bernardo de León Depossi- lario General y Fiel Executor y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Governasion y Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Barragan Regidores Capitulares del dicho Cabildo por nos y en nonbre y en vos de todos los demás rregidores que en el dia de oy son y serán de aqui adelante para sienpre dessimos que por quanto mediante no tener este Cabildo propios y rrentas para poder despa- char, su Procurador General ante su Magestad y su Rea Consejo de las yndias ynbiaraos nuestro poder e ystrusion el año pasado de seyssientos y beynte a Martin de Berasayn y a Lorenso Lopes de Surrastigui solissitadores en el dicho Real Consejo agora emos nonbrado por Procurador General de esta giudad y república como cabessa de la Probinsia a Antonio Crus Gabíria besino de esta dicha siudad y le emos dado ynstruission de lo que a de pedir y suplicar en nonbre de ella a su Magestad y Real Consejo de las yndias para cuyo efeto y los demás que de yuso yra declarado le que- remos dar poder por tanto poniéndolo en efeto otorgamos por la pressente que por nos y en el dicho nonbre de los demás rregidores que son y adelante fueren y desta repú- blica y toda su probinsia del Rio de la Plata de que es ca- bessa este Cabildo damos y otorgamos todo nuestro poder cunplido bastante como de derecho es nesesario y se rre- quiere al dicho Antonio Crus Gabiria y por su muerte o aussensia u otro ynpedimento a Lorenso López de Surrasti- gui solisitador en corte de sü Magestad y por su muerte o ausensia a Fransisco de Torres para que en nuestro nonbre y de toda la provincia paresca ante su Magestad y su Rea Consexo de las yndias y presente las ynformasiones testimo- nios autos papeles y recaudos que este Cabildo despacha ACT. BBL Ch», DB BCBIfOl AIBBS. — T. IT. 13 494 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBBS con el dicho Antonio deGabíriay todos los demás que antes de agora a ynbiado y despachado y de aquí adelante ynbíara y despachara sobre qualesquier cossas y cassos pleytos y negosios sibiles y criminales eclesiásticos y seculares que tubieremos y tememos y sse an ofressido y se ofresieren asi demandando como defendiendo aunque aquí no bayan de- clarados y especialmente pidan y supliquen lo contenido en la ynstrusion que el dicho Antonio Crus Gabiria lleba fir- mada de nuestros nonbres y rrefrendada del presente Es- crivano deste Cabildo y ansí mismo lo contenido en la ynstrusion que en dicho año passado de sseyssientos y beynte ynbiamos a los dichos Martin de Berrasayn y a Lorenso'Lopes de Surratigui y pressenten sobre todo y cada uno de ello los memoriales petisiones escritos alega- siones querellas y acussasiones y agan procuren y pidan términos y los renunsien y recusen qualesquier juesses que estubíeren nonbrados y se nonbraren para qualesquier caussas y|negossios generales y particulares con esta (iudad e probinsía y ansi mismo a las personas que pretendieren el gobierno de ella padessiendo alguna o algunas de las exsesiones y defetos de los que por las leyes rreales están espressados dando las caussas y provandolas y sobre ello hagan los juramentos nessesarios en anima de este Cabildo y pidan prissiones contra qualesquier personas secrestes y en- bargos de bienes y todo lo demás que les paressiere al conbe- nir bien pas y quietud desta república y probincía y de los besinos moradores y naturales y tanbien recussen a jueses superiores e inferiores escribanos rrelatoresy otras personas y juren las recussasiones y se aparten de ellas quando quissieren y hagan los depossitos de marabidis o den los francos conforme a derecho porque aunque aqui no han declarados los nonbres ofisios y cargos de los que ansi re- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 195 cussaren nosotros desde agora para quando se hagan las dichas recussasíones y desde entonces para agora las apro- bamos hassemos y rratificamos como sí aquí fueran non- brados y si se ofresiesen tachar y abonar testigos en qua- lesquier causas y negossios los tachen y abonen y juren las tachas y ellos y los abone los prueben y asseten qua- lesquier mersedes y pidan y saquen las gedulas de ellas y otras qualesquier gedulas y executorias rreales y papeles y recaudosde poder quien los tenga y deba dar y los pressenten y vean de ellos ante quien quando y donde conbengan y con- cluyan los pleytos y causas y consientan las sentensias y autos en nuestro fabor y de lo contrario apelen y supli- quen y digan de nulidad y sigan la apelassion y suplica- sion en todos grado e ystansias ante quien y con derecho puedan y deban ssobre todo lo que dicho y cada cossa de ello y lo a ello anexo y consserniente parescan como esta di- cho ante su Magestad y su Real Consejo de las Indyas e pres- sidenle e jueses de la contratassion de Sibilla y otros tri- bunales eclesiásticos y seglares jueses y justisias superio- res e ynferiores de qualesquier partes probinsias siudades fuero e jurisdision que sean hagan por escrito y de pala- bra judisial y estrajudisialmente todos los demás autos y diligensias que sse requieran y nossotros hariamos y po- dríamos hasser siendo pressentes y declinen jurisdission de qualesquier justisias y pidan beneñssio de restitussion yn yntegrun y saquen sensuras asta anatema y las juren y hagan leer publicar y notificar a donde y a quien con- benga y ssi para la buena nabegassion y despacho de las permissiones que su Magestad conssediere a esta giudad y probinsia paressiere al dicho Antonio de Gabiria conprar o fletar a titulo y nonbre della y sus vezinos y moradores el nabio o nabios que se le conssedieren los conpre y flete a 196 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES quien y donde y por el pressio de contado o fiado que ha- llare con las condísiones y claussulas que le paresíere con- benir guardando en todo el orden y forma de la mersed y permisión que su Magostad nos consediere sin esseder della obligando los propios y rentas deste Cabildo a la siguri- dad cunplimiento y pago del pressio de la dicha conpra bastante a los plasos y a los presios que assentare y con- sertare y sobre ello aga las escrituras de conpra assepta- sion fletamento y obligassion que le fueren pedidos y conbengan con todos los fueros y firmessas sumissiones y renuncí asiónos de leyes y fuero y poder a las justisias y dicha obligasion de los dichos propios y rrentas de este Ca- bildo y demás claussulas que para su balidasíon conben- gan y se requieran y todo haiga como si nosotros en su nonbre lo hisieramos y otorgáramos porque para todo lo que dicho es y cada cossa dello damos y otorgamos este de- recho de nuestro poder cunplido bastante a los dichos Antonio Crus Gabiria o por su muerte o ausensia u otro ynpedimento al dicho Lorenso Lopes de Surratigui y por su muerte o ausensia al dicho Fransisco de Torres como di- cho es con libre y general administrasion en lo susso dicho y con que no puedan responder a ninguna nueba demanda ni pedimiento que sea ya puesto o ponga a este Cabildo y república y probinsía asta que primero y en todos cassos se nos notifique en persona y conste dello y con facultad que cada uno en su tienpo y ocassion pueda sostituir y rebo- car este dicho poder en lo que a cada uno- tenemos dado en quien las besses que les paresiere y los relebamos y a sus sustitutos en forma de derecho y a la firmessa guarda y paga y cunplimiento de este poder y de lo que en virtud del fuere fecho y otorgado y obligamos los dichos bienes propios y rentas deste dicho Cabildo en cuyo nonbre lo ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRES 497 Otorgamos abídos y por aber y damos poder bastantes a las justisias de su Magestad de qualesquier partes que sean y que a ello le apremien y ¡executen como por sentensia deSnitíba pasada en cosa jusgada y renunsiamos las leyes y fueros y derechos de su fabor y la que proybe la general renunsiasion dellos en testimonio de lo qual otorgamos la presente que es fecha en la ciudad de la Trinidad estando en la sala donde basemos Cabildo a beynte y siete del mes de Mayo de mil y seysientos y beynte y un años y todos los dichos Capitulares Justisia y Regimiento de susso nonbra- dos a quien yo el dicho presente escrivano doy fe conosco lo firmaron de sus nonbres en el registro siendo a todo presentes. Por testigos Juan de Bayanesa y Juan Ybañez y Pantaleon Pereira residentes en esta siudad. — Don Gil de Oscaris. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Men- doca. — Luis de Salcedo. — Simón de Valdes. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Diego de Trigueros. — Juan Barragan. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Pu- blico y Cabildo. CABILDO DEL 2 DE JUNIO DE 1621 [Foja 444 vuelta del libro original] En la ciudad de la Trinidad en dos dias del mes de Ju- , cac^* de 2 de * Junio de Í62Í» nio de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a hasser Cabildo la Justisia y Regimiento de esta dicha siu- dad conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caba- llero de el Abito de Santiago Gobernador y Capitán General 498 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES de estas probÍDsías del Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Bernardo de León Depossítarío General y el Capitán Juan de Bergara Regidor en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes: Preparativos En esto Cabildo se trato como la fiesta del Corpus Críste para las fiestas '^ aei Corpus chris- ^^ ^j J^g^J^g q^g biene dies de este mes y para que se ade- resen las calles y repartan las dansas y se prebengan las demás cossas y nesesarias como es costunbre se nonbraron por dyputados a Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdina- rio y a Bernardo de León Depositario General y Fiel Exe- cutor para que acudan a todo lo sobre dicho mandando hasiendo y ordenando lo que conbenga y es costunbre en semejante fiesta y los dichos Alcaldes y Fiel Executor que estaban presentes lo asetaron. Despachos para Eu este Cabildo SO trato que para el despacho de Antonio el procurador de Corta. Qpus Gabina Procurador General se escriban las cartas con- binientes a el Real Consexo de las Yndyas por los diputa- dos nonbrados que son el Alcalde Juan Ortis de Mendosa y Bernardo de León Depositario General. Gastos paralas Así mismo se trato y acordó en este Cabildo que Bernardo fiestas dfel Coi^ " ***** de León Depositario General como Mayordomo que es de los propios gaste lo nesesario para sera y demás cossas con- binientes para la dicha fiesta y trayga memoria de los gastos para que se de libransa como se acostunbra con lo [ual y otras cossas que se trataron se acabo y serró este Cabildo y firmo. — Don Diego de Gongora, — Matheo Leal de iyala. — Juan Ortis de Mendoca. — Joan de Vergara. — Francisco de Mancanares . — Bernardo de León. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano de Cavildo. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 199 CABILDO DEL 7 DE JUNIO DE 1621 [Foja 41 S vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao*' de 7 de ^ «^ Junio de Í62Í. siete dias del mes de Junio de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron ahazer Cabildo la Justisia y Regimien- to de esta síudad conbiene a saber el Señor Gobernador Don Diego de Gongora caballero de la orden de Santiago y el Ca- pitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdínarios de esta dicha siudad y Fransisco de Mansana- res Alguasil Mayor de Gobernasion y el Capitán Juan de Bergara y Bernordo de León Depositario General y Diego de Trigueros Regidores en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes: En este Cabildo se trato que se enbien sien pessos cor- Envío da fon- dos alaolicitador nentes a Lorenso Lopes de Surastigui solisitador en cortes *** ^*'''**'* y se de libransa para ello y se entreguen a Antonio Crus Gabiria Procurador Genera] de esta probinsia para que se los llebe y entregue. En este Cabildo se trato como el General Don Gil de Os' Aatorizacion dada para el co- caris Tiniente General traxo mandamiento y libramiento d^díneí^dS^S? de los Oíisiales Reales de la Probinsia de Tucuman para que el Oñsial Real de la siudad de Córdoba de y pague tresientos pesos corrientes pertenesientes a este Cabildo y sus propios por la rason en el contenida y por la nesesidad que este Cavildo tiene para el despacho de los papeles y recaudos que enbia ante su Magestad y su Real Consexo de las Yn- dyas con Antonio Crus Gabiria quien esta nonbrado por bildo de Córdoba SOO ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Procurador General se a tratado por Bernardo ae Leen De- positario General Mayordomo de los propios con Pedro de Silba administrador de estanco de los naypes que de los dichos tresientos pessos y se le dará poder en causa propia para que los cobre y el los a dado al dicho Mayordomo me- diante lo qual todos unánimes y conformes dieron poder en causa propia y a Hernando Tinoco besino de la dicha siudad de Córdoba ynsolidum para que cobre los dichos tresientos pesos en birtudde el dicho libramiento que para el dicho efeto se le entregue a el dicho Pedro de Silba y para que los cobren judisial y estrajudisi al mente den cartas de pago y hagan dellos como de cosa suya propia porque el dicho Bernardo de León Mayordomo confeso aberlos resi- bido de el dicho Pedro de Silba y otorgaron este poder y sesión en bastante forma con todos los requisitos nesesa- rios para su balidasion y a su misma guarda y cunpli- miento obligaron los bienes y rentas de este Cavildo abidos y por aber. ordónafleeipa- Eu cstc Cabildo sc Icyo uua pctisiou que yo Pedro de la go de una cuenta 2ribaí?dicabii" Pobcda cscribano del pressente pidiendo se me diese al- guna ayuda de costa para en quenta de las ynformasiones testimonios y recaudos que estos dias e fecho y sacado por mandado de el Cabildo para entregar a Antonio Crus Ga- bina Procurador General y bista por los Capitulares dixeron que se de libramiento para que el Mayordomo de los propios de sessenta y quatro pessos a mi el dicho escri- bano a quenta de lo que se me debe y a Bartolomé Leytoa ofisial que a escrito en los dichos negosios mandaron se le den dies y seis pessos porque en los dias passados se le mandaron dar quarenta pessos y asi lo acordaron. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo. — Don Diego de Gongora. — Matheo J ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 901 Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mer\do(a. — Joan de Ver- gara. — Francisco de Uanqanares. — Diego de Trigueros. — Bernardo de León. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escri- vano de Cabildo. CABILDO DEL 14 DE JUNIO DE 1621 [Foja 414 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en , car** deude * •' Junio de Í62í, catorse dias del mes de Junio de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Regi- miento de esta siudad conbiene a saber el Señor Don Diego de Gongora caballero de la orden de Santiago Gobernador y Capitán General destas probinsias del Rio de la Plata por su Magestad y Juan Ortis de Mendosa Alcalde Hurdinario de esta siudad y Bernardo de León Depositario General y Fransisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobemasion y Diego de Trigueros Regidor en el qual Cabildo se trata- ron las cossas siguientes: En este Cabildo propuso el Señor Gobernador Don Diego de^S5íSi?\r^i- de Gongora el trabaxo y aflission en que de pressente esta ^u5¡d. ^^^ ** puesta esta siudad es tan grande y notorio como se be y que conbiene mucho ocurryr a nuestro Señor por el reme- dio de el humano pan de todo tomando por yntersesor y abogado a algún santo para queynterseda con nuestro Se- ñor se sirba de aplacar la justa yra de Dios y castigo de peste que al presente esta padessiendo esta siudad y porque San Roque glorioso es abogado de ella y muchas de las 202 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES síudades de España le tienen jecha ermita donde con pie- dad y debosion acuden a pedir el remedio de sus trabajos de que a resultado donde se a jecho conosida raexoria y bisto por los Capitulares dixeron que porque es muy justa la propusision fecha por su señoria y que atento a que no están todos los Capitulares juntos en este dicho Cabildo se dexa para otro Cabildo la dyfinision del y asi lo decretaron. Sobre el inodo En esto Cabildo Gerónimo de Medrano Escribano Mayor de aislar A los dSíí'^ste!*'"** de Gobemasion leyó un auto probeydo por el Señor Gober- nador Don Diego de Gongora en dos de este pressente mes en que por el manda a todas las personas sacadores de ne- gros y otras que los tubiesen que ubiesen benido de mar a fuera los pusiesen en las ultimas cassas del pueblo y no abiendolas se sacassen del y se pusiesen en toldos de cueros por causa de la peste con las demás causas y raso- nes que por el párese y asi mismo una petision de conlra- dision de personas a quien les tocaba el cunplimiento del dicho auto y decreto a el probeydo por el dicho Señor Gobernador en que tenia mandado se dyese notisia a este Cavildo lo qual bisto por los dichos Capitulares dixeron que del dicho auto y petision se de traslado a el Capitán Mateo de Grado Procurador General para que en esta rason pida lo que conbenga y con esto y otras cosas que se tra- taron se acabo serró y firmo este Cabildo. — Don Diego de Gongora. — Jtian Ortis de Mendoca. — Francisco de Man- zanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escrivano de Cabildo. ACTAS DEL CABILDO DR BUENOS AIRES 203 CABILDO DEL 12 DE JUNIO DE 1621 [Foja 41 S del libro original) En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en ^c-^^* '^^ ?í **« ■^ Junio de Í62í. beynte y un dias del mes de. Junio de mil y seysientos y beynle y un años se juntaron a haser Cavildo la Justisia y Regimiento de esta giudad conbiene a saber el Señor Don Gil de Oscaris Carabaxal Teniente de Gobernador y Justisia Mayor de esta giudad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha QÍudad y el Capitán Juan de Bergara y Bernardo de León Depossitario General y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros Regidor en el qual Cavildo se trataron las cossas siguientes. En este Cavildo el dicho Capitán Diego de Oscaris Cara- sobre u com- * tmccion de una baxal propuso y dixo como a tenido notisia que el Señor Srcuu2*de°s2S Roque con moti- Gobemador Don Diego de Gongora y algunos Capitulares ^«dei»pw^. de este Cabildo por acuerdo abian tratado de que se hi- siese una ermita para poner en ella la ymagen del biena- benturado San Roque tomándolo por abogado de las en- fermedades de peste que a abido y al pressente ay en esta república y que se abia remitido para el primer Cabildo la resolusion y efeto de la dicha ermita y que por ser este pressente hasia esta propusision para que se conñera y trate en el lo que se debe hasser y bista la dicha propusision por los dichos Capitulares dixeron unánimes y conformes que atento que en esta siudad ay cofradia de los bienaben- turados San Sebastian y Fabián y el Mayordomo della trata 204 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES de hasser yglesia y ermita porque no la ay que se trate con el dicho Mayordomo se ponga por obra y en la tal yglesia y ermita se coloque la ymagen del bienabenturado San Ro- que y para que aya cofradia de este bienabenturado y se selebrase la Qesta para su perpetualidad y este Cabildo sea el fundador y patrón della se acuda a el Señor Obispo y probisor y bicario general a pedir la licensia y dada se ponga luego por obra con boluntad de el dicho Mayordomo de San Sebastian y si por alguna causa no tubiere lugar ni efeto estas anbas cofradias juntas sabido lo que se dará orden de haser particular ermita para el bienabenturado San Roque y para este negosio se nonbraron por diputados al Capitán Mateo Leal de Ayala y a Diego de Trigueros para que acudan a la obra de la dicha ermita y a ordenar y pedir y haser todo lo que Qonbenga para que tenga efetto lo refe- rido y se les dio poder bastante para ello y estando presen- tes lo asetaron. Peticiones. Eu oste Cabildo se leyeron algunas petisiones del Procu- rador General de esta siudad y otra del Licensiado Grabiel Sanches de Oxeda y otra del prior de Santo Pomingo Fray Juan Baez y se probeyo lo que por ella se bera. Sobre recoiec- En oste Cabildo propuso Diego de Trigueros Regidor clon de almen- bífü- EfpesS!"" como en la siudad ay gran falta de almendra para la en- fermedad pressente y que se a despachado en la real aduana mucha este año y que conbiene haser dilixensia con la persona que la a conprado para tomar alguna para el bien común y bisto por los Capitulares dixeron que Bernardo de León Fiel Executor luego acuda a haser dilixensia con las personas que lo an conprado para tomar por el tanto la cantidad que le paresiere conbeniry que apremien a quien conpra los mantenimientos comidas y bebidas carbón leña y otras cosas lo manifieste conforme a la ordenansa y se ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES S05 execute la pena de ella y esto se encarga a el dicho Fiel Executor. Ed este Cabildo se trato que se de la bos a el Capitán Ma- sobre im n- mosnas en los teo de Grado Procurador General para pedir y sacar lo que «ntierros. conbenga judisial y estrajudisialmente sobre la limosna de los entierros y aconpañados que sean yntrodusido en esta siudad sin boluntad de las partes para que se reforme y quite por ser de daño a los pobres y demás personas de esta república y estando presente el dicho Procurador Ge- neral dixo que asetaba lo que se le ordena y que ya tiene pedido en esta rason lo que le a paresido conbenir y que lo proseguirá con lo qual se acabo y serró y firmo este Cabildo. — Don Gil de Ozcaris. — Maíheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoza. — Joa7i de Vergara. — Francisco de Manzanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Ca- bildo. CABILDO DEL V DE JULIO DE 1621 Julio de Í62Í. {Foja 416 vuelta del libro original] En la siudad de la Trinidad en primer dia del mes de cav*'de /• de Julio de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a hazer Cabildo la Justisia y Regimiento de esta siudad con- biene a' saber el Capitán Don Gil de Oscaris Carabaxal Ti- niente de Gobernador y Justisia Mayor desta dicha siudad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y su jurisdision vo y á la peste. 206 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES por SU Magestad y Bernardo de León Depositario el por lo qual todos los capitulares unánimes y conformes ^"^°- nonbraron por portero del a Miguel Gerónimo que lo a sido tres beses con salario de beynte pesos cada año y se le notifique lo ásete. En este Cabildo se leyeron dos peticiones la una que Peticiones. presento Bernardo de León Depositario General sobre que se de la bos al letrado de este Cabildo y Procurador General del de unas condenaciones que le piden que están en su poder y otra en que se presenta en grado de apelasion Gregorio Serrano de un auto del dicho Tiniente General y se probeyolo que por ella se bera. — ¥ con esto y otras cos- sas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo. — Don Gil de Ozeariz. — Matheo Leal de Ayala . — Juan Ortis de Mendoza. — Joan de Vergara. — Francisco de Manganares. 214 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pe- dro de la Pobeda, Escribano Publico y de Cabildo. CABILDO DEL 17 DE AGOSTO DE 1621 {Foja 4!^$ vuelta del libro original] Cao*» de í7de En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en Agosto de Í621. dies y siete dias del mes de Agosto de mil y gcyscientosy beynte y un años se juntaron a hasser Cabildo la justisia y regimiento de esta siudad conbiene a saber el Señor Don Gil de Oscaris Carabaxal Tiniente de Gobernadcr y Justicia Mayor de esta dicha siudad y el Capitán Mateo Leal de Ayala Alcalde Hurdinario y Bernardo de León De- positario General y el Capitán Juan de Vergara Rexidor y Francisco de Mansanares Alguasil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros y Juan Baragan Rexidores de esta sin- dad en el qual Cabildo se trataron las cosas siguientes. Acuerdo sobre Eu oste Cabildo SO trato que el poder que se a de dar a el poder dado á oaWia. gj Licenciado Antonio de León sea juntamente con Antonio Crus Gabiria Procurador General ynsolidum y para que los sustitutos que ubiere puesto el dicho Antonio Crus Ga- biria el dicho Licenciado Antonio de León en su ausensia los pueda remobery poner otros y el hasery pedir conforme a el dicho poder y asi quedo acordado. Sobre uu ata- Eu oste Cabüdo se trato como las atahonas que ay en esta siudad lleban de molienda de cada fanega de trigo seys reales y que si sobra algún trigo demás de la dicha honae. I ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 215 fanega se quedan con el v que toda la República se quexa para cuyo remedio mandaron que se pregone en la plasa publica de esta siudad que de aqui adelante no lleben de molienda de. cada fanega de trigo mas de quatro reales de la medida de la siudad la cual tenga sellada para recibir y entregar y que lo cunplan so pena de seys pesos por tersias partes gastos de obras publicas Jues y Denunsia- dor y asi lo decretaron — y se cometió al fiel executor para que la haga notificar a los susodichos. Con lo qual se acabo el dicho Cabildo y lo firmaron los dichos Capitulares, — Don Gil de Oscariz. — Matheo Leal de Ayala. — Francisco de Manzanares. — Joan de Bergara. — Bernardo de León, — Diego de Trigueros, — Jixan Barragan. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Ca- bildo. CABILDO DEL 23 DE AGOSTO DE 162i [Foja 4%3 vuelta del libro original) En la siudad de la trinidad Puerto de Buenos Ayres en beynte y tres dias del mes de Agosto lunes beynte y tres dias del mes de Agosto de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a hasser Cabildo la Justisia y Reximiento de esta dicha siudad conbiene a saber el Capitán Don Gil de Oscarís Carabaxal Tiniente de Gobernador y Justisia Ma- yor en esta dicha siudad y su jurisdicion por su Magostad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios desta dicha siudad y Bernardo de 216 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AI&BS León Depositario General y Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Rexidor en el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. Levántase el Eh oste Cabildo no ubo cosa que tratar en el y lo firma- Cablldo por falta ^ •' de asan por itoa. ron los Capitulares. — Don Gil de Oscaris. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoca. — Joan de Vergara. — Ber- nardo de León. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro de la Pobeda, Escribano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 30 DE AGOSTO DE 1621 {Foja 424 del libro original) Dia30deAgo8' Eu la síudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lu- to de Í62Í. * nes treinta dias del mes de Agosto de mil y geysientos y beynte y un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Regimiento desta siudad de la Trinidad y Puerto de Bue- nos Ayres conbiene a saber el Capitán Don Gil de Oscarís Carabaxal Tiniente de Gobernador y Justisia Mayor de esta dicha siudad de la Trinidad y su jurisdision por su Ma- gestad y Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Men- dosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y su ju^ risdision por su Magestad en el qual Cabildo no ubo que tratar ni se sentaron mas Capitulares que los dichos con lo qual se fueron y lo firmaron. — Don Gil de Ozcariz. — Matheo Leal de Ayala. — Juan Ortis de Mendoza. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano de Cabildo. ACTAS DBL CABILDO DR BUENOS AlftKS SH CABILDO DEL 3 DE SETIEMBRE DE 1621 [Foja 494 vuelta del libro original] En la siúdad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en sS^^n^re itÁ- _.,, 1..1 .1 ' . i_í que el escrioano tres días del mes de Agosto de noil y ^eysientos y beynte y ^i^^'í^Sif^^ un años se juntaron a haser Cabildo la Justisia y Regi- miento de esta siudad de la Trinidad conbiene a ssaber el Señor Don Diego de Gongora caballero de la orden de San- tiago Gobernador y Capitán General de estas probinsias del Rio de la Plata por su Magestad y el Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Alcaldes Hurdinarios de esta dicha siudad y Bernardo de León Depossitario Gene- ral y Capitán Juan de Bergara y Diego de Trigueros Regi- dores ¿n el qual Cabildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo se trato como la bara de Fiel Ezecutor se Entren de u vara de riel Exe cnnplio por fín del mes passado de Agosto y que se entre- gue ¡a dicha bara a Diego de Trigueros Regidor de segundo boto y el dicho Bernardo de León entrego la bara de Fiel Executor al dicho Señor Gobernador el qual la entrego a Diego de Trigueros Regidor el qual la resibio y juro a Dios y a la crus en forma de derecho so cargo del qual prome- tió de húsar bien y fielmente el dicho ofisio de Fiel Execu- tor guardando las ordenansas reales y mirando por el bien de la república y en este estado quedo resibido el di- cho Diego de Trigueros Regidor. En este Cabildo se nonbro por Diputado para las Apela- Nombramiiento siones en lugar del Capitán Juan de Bergara y prinsipal- mente para el pleyto de el Capitán Fransisco Gutierres cu tor. de Dipatados. al Cabildo. 218 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Bonifas con Gregorio Serrano el qual lo aseto y juro el di- cho Diego de Trigueros a Dios y a la crus en forma de de- recho de usar bien y fielmente el dicho oñsio guardando justisía a las partes. Instrucciones En este Cabildo entro Gerónimo de Medrano Escriyano del Gobernador Mayor de Gobernasion por mandado del dicho Señor Go- bernador y leyó en el un auto por su merced probeydo oy dicho dia serca de el biaxe a que de prosimo esta para ha- ser la bisita general de el gobierno y sobre lo que encarga y dexa ordenado para la buena administrasion de justisia serbisio de Dios y de su Magestad y defensa de esta siudad y puerto y todos los Capitulares respondieron cada uno por lo que les toque acudirá a lo que sea su cargo el dicho Es* cribano Mayor de Gobernasion lo bolbio a llebar en su po- der y con esto y otras cosas se acabo y serró y firmo este Cavildo. — Don Diego de Gongora, — Matheo Leal de Áyala, — Jtian Ortis de Mendoza. — Joan de Vergara. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro de la Po- beda, Escrivano Publico y Cavildo. CABILDO DEL 9 DE SETIEMBRE DE 1621 [Foja 42S vuelta del libro original) Ccte** en 9 de sepnde62fanos g^ j^ ^j^j^^^ ¿^ ,^ Trinidad Puerto de Buenos Ayres en p^,%''$^Ro^as °uebe dias del mes de Setienbre de mil y geysientos y f'SS^^y^^e ^y^^^ y ^° ^^^^ s® juntaron a hasser Cavildo la Justisia y Regimiento de esta dicha siudad en el Fuerte y Cassas unta ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 2i9 Reales donde se acosluabra a hasser por aora por decreto fecho en esta rasod conbiene a saber el Señor Don Gil de Oscarís Carabaxal Tiniente de Gobernador y Justísia Mayor de esta dicha siudad y su juridision por su Magestad y Capitán Mateo Leal de Ayala y Juan Ortis de Mendosa Al- caldes Hurdínarios de esta dicha (iudad el Contador Luys de Salcedo y Tessorero Simón de Valdes y Bernardo de León Depossitario General y Fransisco de Mansanares Al- guasil Mayor de Gobernasion y Diego de Trigueros Regidor en el qual Cavildo se trataron las cossas siguientes. En este Cabildo se presento una requisitoria delosjue- je^gJ'crtbSSíS^dS ses Ofisiales Reales de este dicho Puerto en que por ella Sí ¿lííro Rofa7í ' Acebedo. consta aberse rematado el ofisio publico y de cabildo y dyfuntos desta dicha siudad en pressio de sinco mil pesos corrientes como consta del remate ynserto en la dicha re- quisitoria el qual párese tener afiansado Pedro de Roxas y Así^ebedo en quien paresse haberse fecho el dicho remate el qual bísto que es el que esta ynserto en las foxas después ile esta que se a de poner mandaron llamar y se llamo al dicho Pedro Roxas para ser apersibidoy abiendo entrado el susodicho se le resibio juramento por Dios Nuestro Señor y por una señal de la crus y por los Santos Ebangelios de m húsar bien y fielmente el dicho ofisio de Escrivano de Ca- bildo a todo su leal saber y entender y de guardar secreto de las cossas que se trataren en el dicho Cabildo y si asi lo hisiere Dios le ayude y por el contrarió se lo demande con lo qual quedo resibido a el uso y ejersisio del dicho ofisio y lo firmaron los Capitulares y el dicho Pedro Roxas. En este Cabildo se trato como Juan de Montenegro eme ofrecimiento ^ ^ de cédulas exi»- esta en esta siudad trae notisia de que en la siudad de la dlSi^'^eTa asuS: clon y acepta- Asunsion ay muchas sedulas de su Magestad que conbienen pS?uSJ^S^¿ a esta república y se a ofresido de las enbiar dándosele po- 220 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES der para las pedir y sacar y para este effeto mandaron que al dicho Juan de Montenegro se le despache poder en forma para lo que dicho es. Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo serró y firmo este Cabildo. En este Cabildo entro el Capitán Mateo de Grado Procura- dor General y dixo que como es notorio que en esta siudad ay mucha cantidad de trigo y que no quieren las personas que lo amasan haserlo grande que se ponga remedio en ello y que atento a que esta hecho el ensayo y regulado el gasto costo con la ganansia y que con ella las dichas personas hasiendo pan de b^ynte onsas por un real les queda equi- balente aprobechamiento y que conbiene que se den dos panes por un real de a dose onsas cada uno y que no se haga pan solo de a real y bisto por la Justisia y^egimiento la^ZíT^ubiuSi ^"^^™®s y conformes dixeron que se pregone publica- endies días del mea de Sep^ de seU cientOB y mea de sep^ de mcute quc dcude el domingo en adelante ninguna persona veinte %&H^'dei benda pan de a rreal sino fuere de a medio real cada uno Bacribano. y que tenga dose onsas cada uno y que no se hisiere pan de a real so pena que el que se hallare se tomara por pe' dido y serán castigados lo qual se pregone para su cun- plimiento y asi lo decretaron y firmáronlo los Capitulares. — Don Gil de Ozcariz. — Matheo Leal de Áyala. — Juan Or- lis de Mendopa. — Luis de Salcedo. — Simón de Valdes. — Francisco de Mancanares. — Bernardo de León. — Diego de Trigueros, — Pedro de Roxas y Acebedo. — Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y de Cabildo. íoÍjÍ^íS'SÍÍc^ ^^ Contador Luis de Salgedo el Cappitan Simón de Valdes to*¿?w?or?fto Tesorero Jueses Ofisiales Reales desta probincia del Rio cenata aSerae re- wSSS?/dJ^ de la Plata por su Magestad etc. basemos saber a el Cavildo olido en Pedro de^oxaayAze- justisia y Rcgimicnto de esta giudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres como abiendo paresido ante nos Juan ACTAS DEL CABILDO D£ BUENOS AIRES 221 Cardoso Pardo defensor de la real hazieiida iionbrado por el exselentisimo priosipe de esquílache virrey que fue des- tos reynos por petision que presento en díes y nuebe de Julio próximo pasado deste año nos biso relación disiendo como el oficio de Escrivano Publico y de Cabildo y Jus- gado de bienes de difuntos desta ciudad estaba baco por fin y muerte de Xpoval Remon por no aber renunsiado a lo qual probeymos diese ynformacion de lo en ella con- tenido y dada se trujesseii los autos para probeer lo que conbiniese y fuesse justisia el qual dio tres testigos que por sus dichos y declaraciones consta bastantemente que el didio Xpoval Remon murió en Masangano Reyno de Angola por el año pasado de seysientos y dies y nuebe y mediante ellos en beynte y un dias del dicho mes de Julio probeymos auto en que mandamos se notificase a los he- rederos de Xpoval Remon dentro de tercero dia yssibie- sen el titulo del dicho ofisio de Escrivano Publico y de Ca- bildo desta dicha (iudad y la rrenunciacion que del habia ^f che con apersibimiento que el dicho termino pasado se probara justicia sobre lo pedido por el dicho defensor y por estai luera de esta ciudad doña Anachicon Nabarrete biuda muger que fue del dicho Xpoval Remon y por estar ocu- pado yo el presente escrivano a pedimiento del dicho de-- fensor se dio comission a Fransisco Lopes de Mora para que fuese a notificarle el dicho auto a la susodicha a la chácara de Xpoval Naharro su padre que paresse se le notifico por el dicho Fransisco Lopes de Mora en la dicha chácara en beynte y nuebe dias del dicho mes de Julio y por no aber rrespondido en tres de Agosto del dicho año el dicho defensor le acuso la rrebeldia la que unimos por acu- sada y mandamos traer los autos y abiendolos bisto en el dicho dia tres de Agosto probeymos auto en que manda- 222 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES IDOS se trajesse el dicho oficio en pregón trevnta dias su- sesibos y se rresibiesen las posturas y pujas que a el se hí- síesen para que al fin de los dichos treynta pregones sse rrematasse en la persona que mas por el diese en cuya con- formidad se fueron dando los dichos pregones y se enpeso el primero a quatro del dicho mes de Agosto y por petisíon que la dicha Doña Anachicon Nabarrete pressento en beynte y uno de Agosto contradixo el henderse el dicho oficio por las rasones que en ella alega y pidió testimonio a la qual probeymos se guardasse lo probeydo y si quisiese testimo- nio se le diese y en treynta de dicho mes de Agosto pare- ssio Bernabé Gonsales Filiano y hisso postura en el dicho ofisio de tres mil pesos los ochocientos dellos de contado y la resta pagados en tres años con las mesmas condisiones en que le tenia puesto el dicho Xpoval Remony se la ad- mitimos y mandamos pregonar y pregono y los dichos pre- gones sse acabaron de dar en dos dias deste presente mes de Setienbre y en tres del dicho mes de Setienbre por peti- ción que presento el dicho defensor pidió se sacasse el di- cho oficio a la almoneda a la qual probeymos se pussiese en los autos y con ella la cédula de rrenunciacion de oficigs y borden que tenemos para su rremate y que todo junto se trujesse y abiendose traydo y bisto los dichos autos man- damos se sacasse al almoneda el dicho oficio y se saco en quatro dias deste presente mes de Setienbre y en dicho dia se rremato en Pedro de Roxas y Asebedo por pressío y contra de cinco mil pessos corrientes los mil de ellos luego de contado y la resta pagados en quatro años cada año mil pesos luego que se le diese por su Magostad la confirma- ción del dicho oficio y en cinco dias del dicho mes de Se- tienbre la dicha Doña Anachicon Nabarrete pressento pe- tición contradisiendo el rremate del dicho oficio dando ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 223 para ello las rrasones en ella contenidas pidiendo no se le diese a la persona en quien se ramatase el dicho ofissio testimonio sin yr ynserto en el la dicha petision y que se le diese testimonio a la qual probeymos se pussiese en los autos y sse guardase y cunpliese lo probeydo y si quissiese testimonio se le diese y en seis dias del dicho mes párese por sertiGcasion que esta en los dichos autos aber ente- rado en la Real Caía deste Puerto el dicho Pedro de Roxas losmilpessos corrientes del contado del dicho oGcio y me- diante ella y su petission que en dicho dia ante nos pre- sento por donde nos pidió le mandassemos despachar la exsortatoria y despacho nessesario para que fuese rresi vido a el uso y exer^isio del dicho officio y probeymos se yssiese asi que el pedimiento del defensor y su titulo auto por nos probeydo y notificación fecha a la muger del dicho Xpoval Remen y real cédula de rrenunciaciones y de la horde- naiisa del Señor Virrey Marques de Montes Claros que trata de la forma que se a de tener en dar el despacho a l¿'-5 personas en quien se rematan semejantes ofisios y pos- f tiíía fecha por el dicho Pedro de Roxas y remate que en el se hisso y 3ertiñcasion del entero del contado y ultima pe- tición por el presentada y lo por nos a ella probeydo es como se sigue. En la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dies y nuebe dias del mes de Julio de mil y seysientos y beynte y un años ante los Jueses Ofísiales Reales Contador Luis de Salcedo y Capitán Simón de Yaldes Tessorero se presento esta petición. Juan Cardoso Pardo Procurador defensor de la Real Ha- ssienda en este Puerto por nonbramiento y titulo del Se- ñor Principe de esquilache bisso-rrey de estos reynos digo que como a V. M. consta el oficio de Escrivano Publico PresentCLcion. Petición. 224 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIBES y de Cabildo y Jusgado de difuntos del que conpro Xporal Remon eii la real almoneda y lo usso esta baco por su muerte y conforme a las reales leyes y hordenangas y parti- cularmente a la treynta y cinco del Señor Virrey Marques de Montes Claros sea de pregonar bendery rrematar en quien mas por el diere y porque no es justo se dilate su beiita mas tíenpo y su Magestad se balga del pressio y no se pierda el derecho o hassion que la real hassienda tiene a los bacantes y tercios que bendido con el tienpo puede su- sseder como cada dia susede a V. M. pido y suplico luego manden que el dicho ofisio por estar baco como di- cho tengo cuya notoriedad me relieba de prueba se trayga en benta y pregón treynta dias y el ultimo de ellos se rre- mate con quien mas por el diere porque ansi conbiene a el serbisio de su Magestad y aumento de su rreal hazienda y de lo contrario protesto sus yntereses y todo lo que protes- tar me conbiene y pido Justisia etc. Juan Cardoso Pardo. Vista por los Jueses Ofíciales Reales dixeron que el dicho defensor de ynformacion de lo que dise y dada se traygan los autos para los ber y proveer justicia y asi lo proveyeren ante mi Gaspar de Assebedo. Provisión y ti- DoH Frausisco de Borja Principe de esquilache conde de tuto de procura- ü r i y^JialfinSS'rS Mayaldc jcntü honbre de la Cámara de su Magestad su Vir- de Juan Cardo- ^ o O 80 Pardo. pgy y lugarteniente Gobernador y Capitán General en estos reynos e probinsias del Piru Tierra Firme y Chile etc. por quanto el oficio de Procurador del numero del Puerto de Buenos Ayres y de la real hazienda esta a prover del Go- bierno y conbiene nonbrar persona en quien concurran las partes y calidades nessesarias que le sirba y por la buena relación que tengo de Juan Cardoso Pardo de que soys per- sona abil y sufissiente para serbirle e acordado de os eli- xir e nonbrar como por la presente en nonbre de su Mages- ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 225 tad y en bíriud de los poderes y comissiones que de su persona real tengo nonbro e proveo a bos el dicho Juan Cardoso Pardo por procurador del numero del dicho Puerto de Buenos Ayres y de la real hazienda del para que en el entretanto que por el tienpo que fuere mi boluntad sirváis el dicho oOsio en todas las cosas y casos a el anexos y con- semientes según y como lo usan puedan y deben usar los otros procuradores del numero y de la real hazienda de las giudades billas y lugares y puertos destos reynos e mando a el Cabildo Justisia y Regimiento del dicho Puerto de Bue- nos Ayres que luego que os presentéis en el con esta mi probisíon y titulo sin aguardar otra mi carta segunda ni tersera jusion tomen y ressivan de bos juramento con la solenidad que en tal casso se requiere y debéis hasser el qual por bos assi fecho os ayan y ressivan y tengan por tal Procurador del numero y de la dicha real hassienda y ellos y los ofisiales reales del dicho Puerto y otras qualesquier justisias del lo usen con bos y no con otra persona y os acudan y hagan acudir con los salarios derechos y apro- bechamientos a el dicho ofisio anejos debidos y pertene- sientes de todo bien y cunplidamente y os guarden y agan guardar las honras gracias mercedes y franquesas liberta- des preeminencias prerrogativas e ynmunidades que de- béis abery gosar y os deben ser guardadas sin que os falte cosa alguna y que en ello y en parte dello enbargo ni con- trario alguno no os pongan ni consientan poner que yo por la presente en nonbre de su Magestad os ressivo y e por ressivido al dicho ofisio y al usso y exersisio del y os doy poder y facultad para lo usar y exerser qual en tal caso se requiere y los unos y los otros lo cunpliran ansí so pena de quinientos pesos de oro para la cámara de su Ma- gestad fecha en los reyes a dies y siete dias del mes de ACT. OBL caí. di BUBIIOI ÁIRBf. — T. IT. 15 S26 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Agosto de mil y seysienlos y dies y ocho años. — El prínsipe Don Fransisco de Borja. Por mandado del Virrey : Don Jossef de Casares y Ulloa. Testimonio. Yo Pedpo de la Pobeda escrivano del Rey nuestro Señor publico y del Cabildo de esta ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres sertificx) y doy fee que por el libro de Ca- bildo paresse que estando hasiendo Cabildo la Justisiay Reigmiento desta giudad en las casas de su ayuntamiento como lo tienen de costunbre es a saber el Licensiado Luys de Aspitia Teniente de Governador el Capitán Fransisco Garsia Romero y Sebastian de Horduña Alcaldes Hordina- rios y los Jueses Ofisiales Reales Contador Luys de Salcedo y Tessorero Don Juan Peres Tamaris Bernardo de León De- possitario General y el Capitán Juan de Bergara Diego de Trigueros Fransisco de Mansanares y Tomas de Rosendo y Juan Bautista Ángel Regidores paresse que Juan Cardosso Pardo pressento titulo de Procurador y defensor de la real hassienda desta giudad en el hecho por el Exmo. prinsipe de Esquilache Visorrey destos reynos que están en la foja antes desta y en virtud del fue ressivido a el uso y exer- sisio de los dichos ofisios e hisso el juramento y solenidad que por el se le manda según consta y párese como consta por el dicho libro de Cabildo que passo ante Xpoval Re- mon mi antessesor a que me refiero y de pedimiento del dicho Juan Cardosso Pardo di la pressente que es fecha en la (iudad de la Trinidad a diez dias del mes de Se- tienbre de mil y seysientos y dies y nuebe años y el dicho i*essibimiento paresse so hisso en sinco dias del mes de MarQO del dicho año y fisse aquí mi signo en testimonio de verdad. Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y de Cabildo. Concuerda con el titulo original que para el dicho efeto essibio el dicho Juan Cardoso Pardo y lo bolbio a llebar en ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRES 227 Auto. SU poder y para que dello conste di la presente en Buenos Ayres a dies y nuebe dias del mes de Julio de mil y sey- sientes y beynte y un años en testimonio de verdad. Gaspar de Azebedo, escrivano de registros y hazienda. En la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en veynte y un dias del mes de Julio de mil y seysientos y beynte y un años el Contador Luys de Salcedo y el Capitán Simón de Valdes Tessorero Jueses Ofisiales Reales abiendo bisto la ynformasion dada por Juan Cardosso Pardo de- fensor de la real hassienda sobre la muerte de Xpoval Remon Escrivano Publico y de Cabildo y bienes de difun- tos que fue deste Puerto dixeron que atento que por ella consta que el dicho Xpoval Remon es muerto para mas justificassion desta causa mandaron se notifique a los he- rederos del dicho Xpoval Remon dentro de tercero dia exivan el titulo que tienen del dicho oficio y de renuncia- ción que del hisso Xpoval Remon con apersibimiento que el dicho termino pasado se probera lo que conbenga y fuere justicia sobre lo que pide el dicho defensor y ansi lo pro- beyeron y firmaron. — Luys de Salcedo. — Simón de Val' des. Ante mi : Gaspar de Assebedo. En el pago de la matanza en los molinos estancia de Xpo- Nonjicadon. val Naharro en beynte y nueve dias del mes de Julio a las once oras poco mas o menos de mil y seysientos y veynte y un años yo el infrascrito escrivano nonbrado para ello notifique a Doña Ana biuda muger que quedo de Xpoval Remon el auto de los señores oficiales reales del Puerto de Buenos Ayres en que mandan se notifique a los herederos del dicho Xpoval Remon que dentro del tercero dia exsiva los titules y renunciación que tienen del dicho oficie y assi mismo le notifique el auto de comission que me dieron para que yo yssiese la dicha notificación en que mandan 228 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRBS se notifique a la dicha Doña Ana biuda y assi para el dicho auto de suso referido como para que nonbren Procurador para el seguimiento de la dicha causa con señalamiento de estrados no lo hasiendo a donde sera sitada en forma los quales dichos autos yo el infrascrito escrivano se los ley todos de berbo ad berbun y dello doy fe siendo testigos Miguel Coronel y Juan de la Torre. — Fransisco Lopes de Mora, escrivano nonbrado. n^^'^ÜT' ^^^ Felipe por la gracia de Dios rey de Castilla de León de Aragón de las dos Cecilias de Jerusalen de Portugal de Nabarra de Granada de Toledo de Balencia de Galicia de Mallorcas de Sebilla de Serdeña de Cordova de Corsega de Murcia de Jaén de los Algarves de algessira de Gibraltar de las yslas de Canaria de las yndias orientales y ossi- dentales yslas y tierra firme del mar océano archiduque de Austria duque de Borgoña bravante y Milán conde de Auspurg de Flandes Tirol y Barcelona señor de Biscaya y de Molina etc. etc. a todos los nuestros Gobernadores corregidores y sus Tenientes Alcaldes Hurdinarios y otras qualesquier nuestros jueses y justisias assi de la probin- sia de Tucuman como de otras qualesquier partes a quien fuere pedido el cunplimiento de esta nuestra carta y pro- bision real salud y grasia sabed que desseando haser mer- sed a nuestros subditos y bassallos ressidentes en las nuestras yndias mandamos dar y librar una nuestra ce- dula firmada de nuestra real mano y rrefrendada de Grabiel de Hoa nuestro secretario su tenor de la qual es como se si- ceduxa ReaL gue. El Rey por quanto el rey mi señor que haya gloria por ce- dula suya fecha a trece deNobienbre del año pasado de mil y quinientos ochenta y uno dio licensia y permicion para que los primeros conpradores de oficios de pluma de las yndias ossidentales que son hendibles lo pudiessen renunciar una ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRES 229 bes sirbiendome con el tercio del balor de ellos según mas lai^o en la dicha cédula a que me refiero se contiene y abiendo considerado que seria de mucha utilidad y bene- fisio para los que tienen y tubieren los dichos oficios y para la conserbasion y población y aumento de aquella tierra y tanbien para el aumento de mi real hassienda que los dichos oficios de pluma se fuesen renunciando sienpre como las es- crivanids y otros oficios destos reynos mande a mis audien- cias reales de las yndias me ynformasen con su pareser serca dello y abiendolo hecho y bisto en mi consejo real de las yndias y consultandosseme e tenido por bien por las dichas caussas y por haser mersed a mis basaltos de las dichas yndias de dar licensia y facultad como por la presseqte la doy e consedo para que los dichos oficios de pluma que se an acostunbrado renunciar por una bes en birtud y con- formidad de la dicha cédula se puedan renunciar y renun- cien agora y de aqui adelante perpetuamente para sienpre jamas todas beses que quisieren los poseedores dellos pa- gando en mis caxas reales el tercio del balor que tubieren en tienpo de la renunciación con que en reconossimiento de esta facultad que les doy y el beneficio y estimassion y mayor balor que mediante ellas ressiven los dichos oficios las personas que los posseyeren y tubieren en sigunda bida abiendosse renunciado en ellos me hayan de serbir y sirban y paguen en mis caxas reales al tienpo que los re- nunciaren la primera bes con la mitad del balor de los oficios en lugar del tercio que agora pagan y de alli ade- lante cada bes que se renunciaren y pasaren de una cabessa en otra con la tercia parte del berdadero balor que tubie- ren los ofisios del tienpo que se renunciaren conprehen- díendosse en ellos y contandosse por pressio y balor suyo los registros papeles y todo lo demás que les pertenessiere 230 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES y los que tubieren los dichos oficios en primera bida y pueden renunsiarlos una bes en virtud de la dicha sedula de trece de Nobieubre de quinientos y ochenta y uno pa- guen conforme a ella ei tercio en la primera renunciación y en la segunda que comensaren a gosar de esta lissencia y facultad la mitad del balor que tubieren los ofisíos con sus papeles y registros al tienpo de )a renunciación y de alli adelante la tercia parte como los primeros y porque assi mismo ay otros oficios en las dichas mis yndias ossi- dentales como son los alguasilazgos mayores de mis au- diencias reales y de las {iudades de ellas beynte y quatros regimientos alferasgos mayores fieles executores procura- ciones y otros oficios desta calidad y en las casas de mo- neda de las dichas yndias y tanbien ofisios de tessorero balansario y ensayador tallador guardas y otros oficios que no sse a permitido que los puedan renunciar ni pasar de unas cabessas en otras sino que con la muerte de los po- seedores de los dichos oficios a bacado por las caussas y considerassiones susso referidas e tenido y tengo por bien que los poseedores de los dichos oficios tengan la misma facultad de renunciarlos y por la presente se la doy y con- sedo a los que al pressente tienen y tubieren y posseyeren adelante los dichos oficios para que los puedan renunciar y renuncien de aqui adelante perpetuamente todas las be- sses que quisieren con que en la primera renunciación me ayan de serbir y sirban con la mitad del berdadero valor de sus oficios y de alli adelante todas las besses que re- nunciaren y passaren de una cabessa en otra con la tercia parte del berdadero balor que tubieren a el tienpo de la renunciación como los demás de pluma y con condission que los que renunciaren los unos y los otros ofisios de qualquier calidad que sean ayan de bivir y bivan beynte ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 931 dias después de la feclia de las renunciaciones que hissíe- ren de ellos y que dentro de setenta dias contados desde el mismo día seayan de pressentary pressenten las dichas renunciaciones ante el bírrey y audiencia mas sercana del lugar donde se hissieren las tales renunciaciones o ante el gobernador o justicia prinssipal de aquel distrito para que los dichos audiensias governadores o justicias ante quien se pressentaren las dichas renunsiasiones no siendo de las que tienen facultad mia para dar títulos para servir los dichos oficios en el ynterin que yo los conformo enbien luego los dichos recaudos a mis birreyes o pressidente de las audiencias petrores para que abiendolos bisto provean lo que conbenga mas porque podrid acaesser que alguno de los que tubiessen los dichos ofisíos biniessen a estos rey- nos o yendo de ellos a las yndias los renunsiasen en la mar y que por los subsesos de ella no pudiesen pressentar las renunciaciones dentro del dicho termino en tal caso es mi voluntad y mando que las renunciaciones que se hisieren en la mar las pressenten hiñiendo a estos reynos en el di- cho mi consssejo real de las yndias e yendo a ellas ante el governador o justicia prinssipal del Puerto donde desen- barcaren dentro de treynta dias contados desde el dia que acabado el biage ubieren desenbarcado en adelante que es el plaso y termino que señalo en el caso susodicho en lugar de los setenta dias para el efeto de suso referido so pena que los que no bi vieren enteramente los dichos beyntedias después de la fecha de las dichas renunciaciones o no las pressentaren en los setenta o treynta questa dicho y de- clarado por qualquiera destos cassos pierdan los tales ofi- cios y ayan de quedar y queden bacos y se pueda disponer y disponga de ellos para benefissio de mi hazienda como de oficios bacos sin que aya obligación de bolver ni dar ni 232 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES se buelva ni de el pressío de ellos ni parte alguna de los que asi perdieren los ofisios por qualquiera de las dichas causas y con que assi mismo las personas en quien se re- nunciaren todos los dichos ofisios y qualquiera dellos ayan de llevar y lleven y pressenten titulo y confirmación mia de ellos dentro de quatro años que corran y se quenten desde el dia de la fecha de las renunsiasiones de los dichos oficios en adelante so pena que el que no lo hissiere pierda el oíisio para no usarlo mas y se disponga del por mi quenta como oficio baco con que de lo prossedido del se le buelvan y restituyan las dos tercias partes del pressío en que se hendiere y la otra tercia parte se ponga en mi caxa real para mi de manera que la pena de no llebar y pressentar la confirmación dentro de los dichos quatro años sea perdimiento de la tersia parte del balor del oficio para mi y privación del uso del y mando a mis birreyes pressi- dentes y oydores de mis audiensias reales y governadores de las dichas yndias ossidentales e yslas de ellas guarden y cunplan y agan guardar y cunplir y executar todo lo contenido en esta mí cédula pressisa y puntualmente si- gun y como en ella se contiene y declara sin dispensación dimission ni ynterpretacion alguna y que en su conformi- dad y cunplimiento a las personas en quien se renunciaren los dichos oficios siendo ahiles y sufisientes y de la calidad y saticfasion que se requiere para serbirlos y constando- les que an metido en mis caxas reales el dinero que con- forme a los susodichos me ubiere pertenessido y me debie- ren pasar por rason de las dichas renunciaciones les den y despachen los recaudos nessesarios para usarlos y ejerser- los y los agan admitir a el usso y exercício de ellos con la dicha condission y obligación de llebar confirmassion mia dentro de quatro años y anssi mismo les mando que para ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 233 EL CABILDO DE BUENOS AfBBS S47 tulares y por Juan Ortiz de Mendoza alcalde hordínario de segundo boto j Francisco de Mansanares alguasil ma- yor de gobernación todosjuntos unánimes y conformes di- jeron que se eche bando para que todos los besínos desta dicha ciudad suban mañana a caballo para salir a resevir a el dicho señor Obispo y se notifique a Matheo de Grado ca- pitán de ynfanteria apersiba su gente para el dicho su recebimiento y que de parte desta ciudad y cavildo bayan a dar la bienbenida a el dicho señor Obispo el capitán Matheo Leal de Ayala. alcalde de primer boto y Bernardo de León depositario general. Y con esto y otras cossas se serró y firmo este cavildo y los dichos capitulares lo firmaron. — Don Gil de Oscaris. — Matheo Leal de Ayala.— Juan Ortis de Mendoga.— Francisco de Manzanares. — Bernardo de León.-- Diego de Trigueros. — Ante mi : Pedro Roxas de Acevedo, Escribano publico y de Cavildo. IVOTA Los volúmenes originales de las Actas del Extinguido Cabildo que contienen la conclusión del año 1621 (de 15 de Setiembre adelante) y los años de 1622á 1630 inclusive, se han estraviado del Archivo de la Municipalidad de la Capital, según el informe que el Archivero nos ha trasmi- tido al solicitar como encargados de la publicación de esas Actas, los libros que contienen los referidos años (1). Esta es la razón por la cual no van incluidos en esta pu- blicación. (l) Véase la introduccioa de este yolúmen. 248 ACTAS DEL CABILDO DB BUBNO^ AIRBS Dado el caso improbable de que aparezcan ulterior- mente, á pesar de los trabajos que hemos hecho para dar con ellas, serán incluidos en el apéndice que cerrará la publicación completa de las Actas del Estiuguido Cabildo de Buenos Aires. V. F. L. ACUERDOS DE 1631 CABILDO DEL 1* DE ENERO DE 1631 [Foja 1^ del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en primero dia del mes de Enero del mil y seiscientos y treinta y un años se juntaron en las casas de la morada del señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General en estas Provincias por su Magestad la justicia e Regimiento desta ciudad con asistencia del dicho señor Governador conbiene á saver : El capitán Diego Ruiz de Ocaña Alcalde Hordinaro el Capitán Amador Yaez de Alpoin Alférez Real Bernardo de León Depositario General y es- tando juntos el dicho señor Governador les propuso que Bien'saven y deven saver que se an juntado para elejir Alcaldes Hordinarios y demás justicias para este presente año como se acostumbra en semejante caso y que aten- diendo al juramento que tienen hecho á la obligación que les imponen sus conciencias y sin interés ni miras parti- culares elijan en los tales oficios aquellas personas que... ...de Dios Su Magestad... buena administración... por Elecionea i68í. 250 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Alcaldes... Maese de Campo Don Juan de Céspedes de primer boto Bernave de Solo de segundo Alcaldes de la Hermandad Juan de Avalos de Mendoza y Antonio de Li- nares por Alférez Real á Bernardo de León Depositario Ge- neral desta ciudad. Y vista por el dicho señor Governader dicha elegion la aprovo y fueron llamados al dicho cavildo los eletos y parecieron en el y se les hizo saver eran eletos por Alcaldes Hordinarios del primer boto al dicho Maese de Campo Don Juan de Céspedes por de segundo á Bernavé Soto por Alcaldes de la Hermandad Juan de Avalos de Mendoza y Antonio Bernalte de Linares los cuales acep- taron los dichos oPiqíos y cargos y juraron á Dios y á una Cruz en forma de derecho deque usaran biem e Gelmente los ofígios y cargos para que son eletos guardaran e cumplirán en lo que á cada una le tocare las leyes cédulas y ordenan- gas rreales las... guardar y los... secreto y... pena luego... las varas de justicia... los eletos los rrecebieron al uso... y les dieron el poder e facultad que pueden para las usar y exerger y para el efeto el dicho señor Governadoren nombre de Su Magestad les dio á cada uno dellos una bara alta de la Real Justicia y ellos la recebieron. Y luego el Capitán Amador Vaes se desistió del ofigio de Alférez Real y entregó al dicho señor Governador el Estandarte Real y pidió se lealge el juramento y pleito omenaje echo y testi- monio y el dicho señor Governador se los algo y dio por libre del y el dicho Bernardo de León ageptó el cargo de Alférez Real y hincando las rodillas en el suelo metió sus manos juntas entre las del dicho señor Governador e hizo pleito omenage como cavallero hijodalgo en manos del di- cho señor Governador como en las de cavallero hijodalgo y Governador y Capitán General una dos y tres veces una dos e tres veces una dos y tres veces según fuero e uso de Es- ACTAS DEL CABILDO DB BUBNOS AJRBS 251 paña que el Real Estandarte le defenderá a todo su poder de todos los hombres y acudirá con el al servicio de su ma- gestad 7 en lo que le fuere mandado por sus Govemadores e Capitanes so pena de caer... en caso feo y en las otras pe- nas en que caen los que quebrantan los pleitos omenages y él señor Gobernador le entrego el Real Estandarte. T con esto se cerro este Cavildo y lo firmaron. — Don Fran- cisco de Céspedes, — Diego Ruiz de Ocaña. — AmcuUrr Vaes de Alopin. — Bernardo de León. — Don Juan de Cés- pedes. • . . CABILDO DEL 3 DE ENERO DE 1631 {Foja Sí vuelta del libro original} En la ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Aires, en tres de Henero de mil y seiscientos y treinta y un años, el Cavildo Justicia é Regimiento desta^iudad se juntaron en su cabildo y Ayuntamiento, como lo an de uso y costumbre, combiene a saber : El Señor Don Francisco de Céspedes, Gobernador Capitán General destas Provincias, el Maesede de campo Don Juan de Céspedes, Capitán Bernavéde Soto, Alcaldes Hodinaríos, Francisco Gonzalos Pacheco, Alguazil Maior, Bernardo de León, Depositario General, Juan Bap- tista Ángel, Regidor ; y, estando juntos, se trato de elejir oficios de rrepublica y se elijieron en forma y manera si- guiente : Unánimes y conformes elijieron por Procurador General Ei6ocioa de •' ti 1 Procurador Ge- desta Qiudad al Maese de campo Don Enrique Enrríquez. neral. S!5S ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Por Maiordomo de la ^iudad rreeligieroo esté presente año á Antonio Bernalte de Linares ; y para tomalle quen- tas y a los demás Mayordomos que no ubieren dadoquenta de los propios y de lo que fuere a su cargo nombraron por diputados a Berna ve de Soto y á Juan Baptista «Jkngel. . .a de... un año. Nombramiento Nombraron por Maiordomo del Ospital a Martin de Re- de Mayordomo DiiSSfcs^ ^ "** drigo, que de presente lo es; y para tomalle quentas y visitar el Ospital nombraron por diputados el Alcalde y Regidor ya nombrados y le dieron el poder e iacultad que de derecho se requiere. Juramento del Llamóse á este cabildo al dicho Maese de Campo Don Procurador Ge- neral electo. Enrrique, del cargo de Procurador General en que fué ele- gido, y lo aceptó, é juro á Dios y á una cruz en forma de usar bien é ñelmente el dicho oífigio: mirará por el bien, pro y augmento desta ciudad, pedirá lo que le convenga, seguirá sus pleitos y caussas, no los dejara yndefensós, y estoy lo demás que tiene obligación por rrazon del dicho offigio lo hará bien é delegentemente ; y á la conclussíon del juramento, dixosijuroy el Cabildo le rregibió al uso y exercigio del dicho cargo y mandaron se le dé poder en forma para todas las causas desta ciudad pendientes y que adelante pendieren. Leyóse en este Cabildo una petigion de Juan de Abales de Mendoza en que pide citío despoblado de las ca- sas.. . Cabildo puso. — Don Francisco de Réspedes. — Juan de Qéspedes. — Bernavé de Soto. — Francisco Gongales Por- checo. — Bernardo de León. — Joan Bapíisla Ángel. — Don Enrrique Enrriquez. prestentasion Pressentóse en este Cabildo por parte de Juan Gutieres de títulos de ca- '■ '■ 5JS?'g5SSÍ?z! de Humanes un título en el fecho por el Señor Governador de Capitán de Cavallos Langas de la miligia y número ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 253 desta ciudad ; y el Cabildo le ubo por tal Capitán é mandó se cumpla é guarde el dicho título y se ponga por fee en él. Firmóse en este Cabildo un libramiento de propios de veynte y cuatro pesos que a de pagar el Maiordomo para el efeto en él contenido. — Ante mi: Paulo Nuñes, Escrivano. PODER DEL PROCURADOR GENERAL [Foja 3 vuelta del libro original) Sepan quantos esta carta vieren como nos el cavildo poder ¿i pro- ■ * curador Gcnc- Justi^ía e Regimiento desta ciudad de la Trinidad Puerto '"'*'• de Buenos Aires estando en nuestro Ayuntamiento como lo avernos de uso y costumbre, combiene a saver : El se- ñor Don Francisco de Céspedes Governador capitán Gene- ral des tas Provincias el Maesse de campo Don Juan de Cés- pedes capitán Bernavé de Soto Alcaldes Hordinarios Fran- cisco Gonzales Pacheco Alguazi] Maior Bernardo de León Depositario General y Alferes Real Juan Baptista Ángel Regidor por nos y en voz y en nombre de los demás capi- tulares... etubíere... y las tales...y sobre otras... do con que no... mente nos sea puesta sin que primero se nos notifique en persona esto rreservado en todos los dichos pleitos que tomara en el estado que los hallare en rrazon dellos y'de los demás que combiniere pedir en favor deste Cavildo y Ciudad por ante Su Magestad sus Reales Audiencias Chan- cillerías otros Tribunales Justicias e Jueces eclesiásticos 254 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRBS e seglares que con derecho deva ponga demandas quere- llas acusasiones haya pedimientos rrequeri míenlos cita- ciones protestaciones juramentos pida prisiones solturas embargos desenbargos eiecusiones secretos de bienes venta trance y remate dellos presente testigos escriptos escrip- turas provangas e todo genero de prueva e lo abone e vea presentar lo de contrario e lo tache e redarguia rechase testigos en dichos y personas rrecuse jueges... sanos le- trados sus acompañados e otros... apele de las rrecusasio- nes e las buelba... de nuevo pida restitugion yn yntegrum ... plasos e los... sentencias y... nuestro fabor... en qua- lesquier grados e yustan^ias... las cobre pida e saque.. - reales provisiones mandamientos testimonios y otros re- caudos para qualesquier efetos e cartas de censuras hasta la de anatema e las haga leer publicar e notificar en las partes y a las personas que le pareciere e use de todo como convenga haga los otros y demás autos y deligen- Cias que judicial y estrajudigial mente sean menester de se hazer y aquello que hizieramos y hazer pudiéramos siendo presentes hasta que tenga cumplido efeto lo de suso aunque cean casos y cosas que rrequíeran nuestra pre- sencia o mas especial poder del que aqui va declarado el qual le damos con incidencias y le rrelevamos según de- recho a su firmesa obligamos nuestras personas e los pro- pietarios e rentas desta ciudad e le otorgamos en la de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en siete dias del mes de Henero de mili e seiscientos y treinta y un años... y Juan de Cost. — Don Francisco de Céspedes. — Don Juan de Rés- pedes.— Bemave de Soto.— Francisco Gonzales Pacheco. — Bernardo de León. — Joan Baptista Ángel. — Ante mi : PaiUo Nuñez, Escrivano. ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIHBS S55 PODER PARA LA REAL AUDIENCIA (Foja S vuelta del libro original] Sepan quantos esta carta vieren como nos el Cabildo Poder ante la Real Audieni'ia. Justicia e Regimiento desta Qíudad de la Trinida Puerto de Buenos Ayres estando en nuestro ayuntamiento como lo avernos de uso y costumbre conviene a saber: Don Fran- cisco de Céspedes Gobernador Capitán General destas Pro- vincias el M aese de Campo Don Juan de Céspedes Capitán Bernave de Soto Alcaldes Hordinarios Francisco Gonzales Pacheco Alguasil Maior Bernardo de León Depositario Ge- neral y Alferes Real por nos y en bos y en nombre de los de- mas Capitulares ausentes vezinos e moradores desta Qiudad damos nuestro poder cumplido sigua le tenemos y el que de derecho se rrequiere a Juan de Cifuentes Valdes vezino encomendero de la ciudad de Santiago del Estero a Juan de Soria y Pedro Rodrigues de Parraga Procuradores de Causas del Numero de la Real Audiencia de la Plata y a cada uno ynsolidum para que en nuestro nombre en la dicha Real Audiencia y otros tribunales donde el Capitán Juan de Tapia Bargas presentare los autos que se hizieron sobre el rrecebimiento de Alferes Real desta ciudad en que nonbrado por el Señor Presidente, contradigan el dicho titulo sígun la suplicación que se hizo del y de la real pro- visión en su conformidad despachada y pidan rrebocacion de lo uno y otro y que sea anparado este Cabildo en su possesion y cerca dello haga pedimientos rrequerimien- tos citaciones protestaciones juramentos y.... presen- 256 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIBBS ten testigos escríptos escripturas pro vaneas e todo ge- nero de prueva e lo abonen e vean presentarlo de en contrario e lo tachen e rredarguian .... pidan rrestitugion yntegrun con. . . .sentencias y. • . .y las en nuestro fabor las en contrarío agravio apelen e supliquen si- gun el apelación e suplicación en todos grados e ynstan- Cias vean tassar costas e las cobren pidan e saquen executorias rreales provisiones mandamientos y otros rrecaudos y usen de todo ello como conbenga hagan los otros y demás autos y deligengias que judigial y extraju- dicialmente sean menester de se hazer y aquello que hi- zieramos y hazer pudiéramos siendo presente hasta que tengan cumplido efecto lo de suso aunque sean casos que rrequieran nuestra presencia o mas especial poder del que aqui va declarado el qual les damos con yncidengiasy dependencias y facultad de lo sustituir y revocar aquellas veses que les pareciere a ios sustitutos y a los suso dichos relevamos sigun derecho a su firmeza obligamos los pro- pios e rentas desta giudad e lo otorgamos en la de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en . . . dias del mes de Henero de mil y seiscientos y treinta y un años. . . Gon- zales, Luis de Arete. . . presentes. —Don Franqueo de Qés- pedes. — Don Juan de Qéspedes. — Bernave de Soío. — Frangisco Gonzales Pacheco, — Bernardo de León. — Ante mi: Paulo Nuñes, Escrivano. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 257 CABILDO DEL 27 DE ENERO DE 1631 {Foja € vuelta del libro original) En la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en veynie y siete dias del mes de Henero de mili e seiscientos y treinta y un años se juntaron en su ayuntamiento la Justicia e Regimiento desta ^iudad conviene a saver : El Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán Ge- nereral en estas Provingias Don Juan de Céspedes y Ber- navé de Soto, Alcaldes Hurdinarios Bernardo de León Depositario General Juan Baptisla Ángel Regidor y Fran- cisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior y estando juntos se trato a pedimento del Procurador General desta giuJad que la seca a sido exgesiva y de manera que por falta de ei cabiMn .u creta rogativas y agua se pierden las semillas e cosechas demás de ser CncaTcmriTiou • 1 1 1 • • 1 vo de Ja seca. dañosa a la salud acordóse se pida al Eclesiástico haga rrogativas yproceciones publicas pidiendo agua... se pida ... por el pueblo... las misas que se an de'dezir y el... nombraron por Diputados... juntando la limosna... dichos Alcaldes... den un rrecaudo al Señor Provisor Gobernador deste Obispado en que se le pida que para él dia que Su . Merced fuere servido y le paregiere se haga una ffesta so- lenne de misa cantada como se acostumbra en semejantes oca.siones en que asistirá este Cabildo para que desde allí vaian en procesión donde el Señor Provisor y los di- putados acordaren advirliendo que se guarde siempre el estilo que se a tenido en la antigüedad de las Religio- nes y que de qualquier cosa que se ubiere de executar se ACr. OBI. CAB. DB BUBIIOS IIBBS. — T. IT. 17 S58 ACTAS DBL CABILDO DE BUBNOS AIBBS le advierte al Maiordomo de la ^.iudad prevenga cera y lo deroas necesario para que la fíesta se haga con la soleni- dad que conbiene con declaración que a de ser este gasto dé la limosna que se juntare por no tener propios la ciu- dad y los diputados nombrados vaian por parte de la Qiudad y... de Señor Santo Domingo y le demuestren el agradecimiento con que esta esta ^íudad por el offreci- miento que hizo de... presente y que la... hasta que... Lecfcara de dos Lcycronsc CU cste Cabildo dos titulos dados por el títulos. Señor Gobernador destas Provincias el uno de Maese de Campo del las al Capitán Don Enrique Enriquez de Men- - doga y el otro a Amador Yaes de Alpoin de Capitán de Cavallos Langas de la Milicia desta ciudad y vistos por el Cabildo mandaron se cumplan e guarden o se ponga por fee en ellos de que se mandan cunplir. Acuerdase ápe. Dixo el scñor Gobcmador que por el aflicion de la tierra dIdodelGoberna- ' íl¡i^d2toíSr8«n y Otras causas que ay presentes como es la benida de el motivo de la Ue- -^, ,,-_^ . ,, ffada del Obispo. Señor Obispo del Paraguay Don Frai Xpoval de Aresti quiere a su costa hazer unas fiestas de toros y juego de cañas sin que la ciudad haga gasto en ella solo le pide nombre diputados para ellas como siempre sé haze y queda a car^o del dicho Señor Gobernador señalar dia quesera con brevedad. El Cabildo acordó de conformidad e nombraron por diputados de las dichas fiestas el Algua- . zilMaioryel Depositario. Y con esto cerro este Cabildo y lo firmaron. — Don Fran- cisco de Réspedes. — Don Juan de Qéspedes. — Bemave de Soto. — Francisco Gomales Pacheco. — Bemado de León. — Joan Bapíista Ángel. — Ante mi : Paulo Nuñes, Escribano. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 259 CABILDO DEL 3 DE FEBRERO DE 1631 {Foja 8 del libro original) m Ed la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en tres dias del mes de Febrero de mili e seiscientos y treinta y un años la Justicia Regimiento desta ^iudad se junta- ron en su Cabildo y Ayuntamiento como lo an de uso y costumbre combiene á saber : El Señor Don Francisco de* Qespedes Gobernador Capitán Genera] destas Provincias el Maese de Campo Don Juan de Qespedes Capitán Ber- nave de Soto Alcaldes Hurdinarios Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior Bernardo de León Depositario General y Juan Baptista Ángel Regidor y estando jun- tos para tratar ¿osas del bien de la República. Leyóse en este Cabildo una petigion de Pedro Fernandez cobransaaica- bildo. Caretero en que pide se le paguen de propios desta giudad treinta y cinco pesos que se le deven de hazer el toril traer rrama y junco assi para las casas de Cabildo como para la Iglesia Maior, para la fíesta del Señor San Martin Patrón desta (iudad que suele hazer y el lá trae cada año. E vista por el Cabildo, cometióse a Bernardo de León Depo- sitario General desta ciudad, para que haga laquentade lo que se le deve a Pedro Fernandez Caretero y lo que resul- Resolución so- " brc la cobranza tase se le deve se de libramiento ñrmado...el Maiordomo *^'*^*°^- de...della que con. ..los vezinos de la de Cordova con yn- dios cavallos y carretas benian a la jurisdi^ion desta dicha ciudad a hazer cebos los quales no podían ser de toros sino de bacas y con esto van acavando la cria de que se sus- 260 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIBES lenta esta QÍudad y que así mismo matavan muchas terne- ras y por ser el daño grande y mui continuado este Cabildo escrivio al de Córdoba dándoselo a entender para que lo rremediasen y atajasen pues desta giudad se hazia buenas correspondencia y vezindad y de la carta no a ávido rres- puesta ni se a bisto en este Cabildo. Despuea de lo dicho Juan Gutierres de Giménez Procurador General dio petición ante el dicho Señor Gobernador diziendo como a su noticia aviabenido avia tropas en la dicha jurisdi^ion para el dicho efeto y que para su atajo y rremedio diese comisión a per- sona de satisfazion que con gente particular y escogida fuesen a buscar las dichas tropas y las trajesen con todo el carruaje que tuviesen de cavallos yndios y carretas y el dicho Señor Gobernador dio su comisión a Manuel Gómez de Saraviaque fae a ello con gente y de buelta traxo tres honbres presos dos carretas y algunos cavallos y bueyes cebo ...como constara del. ..el Señor Obispo... en la... particulares ...que se a tomado esto por ser las dos carretas y lo demás de Cristoval de Funes un hombre muy honrrado y Sobre- guarda Maior y que si pasase adelante el yr prosiguiendo en la caussa hasta venderlos bienes que se tomaron rresul- taran grandes ynconvinientes en perjuizio de los vezinos desta Qiuda y Provincia y que conviene conservar el amis- tad con los vezinos porque las cosas se comíengan por poco y se van ensangrentando de manera que aunque en lo de adelante se quiera poner rremedio suele ser díGcultosso que lo dize a la giudad para que provea lo que convenga asegurando que siempre estara a su lado en las ocasiones de justicia que se ofrecieren y que en todo tienpo y ocasio- nes la hará e guardara a las partes. El Maese de Canpo Don Juan de Céspedes Alcalde Hurdinario del primer boto dixo que atendiendo a las rrazones puestas en la ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 261 propusísion del Señor Gobernador que tiene por justifica- das suplica ai Señor Gobernador que sin perjuizio del derecho desta Qiudad y de poder usar del todas las veses queconbiniere por ser esta la primera ves y conservar la paz con la dicha Qiudad el de Cordova su.. .el progreso de la dicha.,. soltar los presos y desenbargar los bienes en- bargados y secrestados... sacándolos de poder de quien los tubiere y se entregen a la parte del dicho Crispoval de Fu- nes...j bolviendose a escrivir segunda carta en la rrazon dicha al Cabildo de la giudad de Córdoba y cometióse el escrevilla al veinte y quatro Juan Baptista Ángel y todos los del Cabildo unánimes y conformes dixeron se conformavan y conformaron con el pareger del dicho Alcalde. Y bisto por el dicho Señor Gobernador mando se ponga en los autos de la causa en que se procede por Su Señoría un tanto desta propusigion y suplicación y con ella se trai- gan los autos para proveer justicia. Leyóse en este Cabildo un titulo que el Señor Gobernador uctnra de un . titulo de Lugar dio de su Lugarteniente de Capitán General destas Provín- Teniente. (ias al Capitán Sebastian de Orduña vezino della e bisto por el Cabildo le obedeció mando se cunpla e guarde en todo e por todo como en el se contiene y use del y se ponga por fee en el dicho titulo. Y con esto se cerro este Cabildo e lo ffírmaron. — Don Francisco de Qespedes. — Don Juan de Qespedes. — Bemave de Soto. — Francisco Gonzales Pacheco. — Bernardo de León. —Joan Baptista Ángel. — Ante mi : Paulo Ffuñez, Escri- vano. 262 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES DICTAMEN SOBRE LA CUENTA DE PEDRO FERNANDEZ * En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cator^ días del mes de Febrero de mili e seiscientos e treinta e un años Bernardo de León Depositario General j Alferes Realdesta ^iudad diputado por el Cabildo para lo que de y uso se hará mengion dixo que a echo quenta con Pedro Fernandez Carretero de lo que se le deve de aver echo el toril traido rramas e juncia por borden de los Di- putados del Cabildo para la fiesta del Señor San Martin Patrón desta giudad el año pasado de mili e seiscientos e treinta y halla se le deven...pessos de que se le deve des- pachar libramiento conforme al acuerdo del Cabildo. CABILDO DEL 11 DE MARZO DE 1631 {Foja 40 del libro original] 11 deM*\ En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en once dias del mes de Margo de mili y seiscientos y treinta y un años la Justicia e Regimiento desta giudad se juntaron en su Cabildo y Ayuntamiento como lo an de uso e costunbre combiene a saver el Señor Don Francisco de Céspedes Go- vernador Capitán General destas Provincias Maese de Campo ' Este dictamen está al margen de la foja 8 del libro original. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES S63 Don Juan de Céspedes Bernave de Soto Alcaldes Hordinaríos Francisco Gonzales Pacheco Alguacil Maíor Bernardo de León Depositario General y Alférez Real Juan Bautista Ángel Regidor y estando juntos Leyeron en este Cabildo dos peticiones del Maiordomo Remata de Gongora para que se bean y provean lo que convenga. Abrióse en este Cabildo un papel cerrado y sellado a manera de carta cuyo sobre sobreescríplo es para este Ca- o bildo y dize — Por el Rey — dentro del benia una cédula de Su Magestad al parecer tlrmada-de su rreal mano y rre- ' Rilas palabras aparecen testadas en el oríginal por una mano estraña, margen de ellas se lee la nota aadnima que ligura en esta pigtna. * Lo que hace presumir que andaro aquí el ojo del jaez que se dice r con el nneTO Gobernador. ACTAS DEL CABILDO DK BUENOS AIBBS 867 ^ada de Antonio Gonzales de Segarra su Secretario -".ada de algunos de los de su Consejo fecha en Madrid . de Henero de mili e seiscientos e veinte y siete y por olla se encarga y manda a este Cabildo y Ciudad se acuda con demostragion al rrecebimiento de la «Santa Bula de Cruzada de la ter^ra predicagion quinta concesión y a su espedicion y aviendose leido por mi el Escrivano el dicho cavildo con el acatamiento debido besaron e pusieron sobre sus cave- gas y la obedecieron como a gedula e carta de su Rey e Se- ñor Natural a quien la Divina Magestad guarde e conserve eu su santo servicio en augmento de maiores rreynos y se- ñoríos como la cristiandad a menester mando se cumpla e guarde como en ella se contiene y teniéndose notigia quando biene la Santa Bula en su rrecebimiento y espedi- giou sera lo que Su Magestad manda. Leyéronse en este cabildo dos titules fechos por el señor preBentase ti- tulo de ccMiían Governador el uno de capitán de ynfanteria de la gente de ÍLr^l''% fe m aJJerex, mar en guerra en el capitán Benito de Acosta y el otro de su Alferes en Antonio Duarte y el cabildo dixo se cumplan usen de ellos y se les de testimonio. En este Cabildo se leyó una petición de Martin de Rodrigo ^cerea dei ospi- que rresíde en el Ospital y se cometió el ver la dicha peti- gion a los Diputados que tienen a cargo... del ospital para que den su pareger en ella y el Escrivano de Cabildo tenga cuidado de acordar en los testamentos que ante el pasaren la limosna para el Ospital. Y con este se cerro esto Cabildo e lo firmaron. — Don Fran- cisco de Céspedes. — Don Juan de Céspedes. — Bemave de Soto. — Franpisco Gonzales Pacheco. — Bernardo de León. — Joan Baptista Ángel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Paulo Nuñes, Escrivano. tal. 268 ACTAS DBL CABILDO DE BUBN08 AIRBS CABILDO DEL 19 DE MAYO DE 1631 (Foja 43 v^kélia del libro originat\ í9deAíaio. En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en diez y nueve dias del mes de Maio de mili e seiscientos y treinta e un años el Cabildo Justigiae Regimiento desla ciu- dad se juntaron en su Ayuntamiento como lo an de uso e costumbre con asistencia del Señor Don Francisco de Cés- pedes Governador e Capitán General en estas Provincias conbiene a saver el Maese de Campo Don Juan de Céspedes Bemave de Soto Alcaldes Hordinarios Francisco Gonzales Pacheco Alguacil Maior Bernardo de León Depositaro Gene- ral y Alferes Real y Juan Baptista Ángel y Don Diego de Rojas regidores y estando juntos los Diputados que en el Cabildo del diez y seis deste mes fueron nombrados diesen su parecer del pan y lo que se debe dar por un pesso e la borden que puede aber en ello. Informes sobre Díjerou unanimos v conformes que ellos se han infor- el trtgo y harina. •* J ^ mado de los desmeros del trigo que se cojio en esta ciudad y su jurisdigion lo que cuesta la hanega de trigo lo que tiene de gasto lo que sale de una anega de harina y se ha- llan que con justiñcagion se puede apremiar a los que amasan den veinte panes blandos de a libra bien cosido y amasado por un pesso de a ocho reales que bione a ser dos libras e media de pan por un rreal . E visto el pareger de los diputados por el dicho cabildo acordaron y mandaron que todos los vezinos e moradores desta giudad y otras qualesqjttier personas que tienen por costumbre de amasar ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 269 y sacan pan a la Plaza amasen y saquen pan a la Plaza a Tender y den dos libras y media de pan blanco bien cosido y amasado por un rreal y quairo semitas que pese cada una dellas una libra por un rreal y todo lo que fuese de menos de pesso no fuere de la manera dicha la primera ves se tome por perdido y la segunda sea perdido y qua- tro pessos aplicados para la Cámara de Su Magestad obras publicas y los que acostumbran a amassar pan le amasen pena de que se les quitara el trigo y se dará a quien le amase demás do progederse a mayor rigor y el que conbiniere a este acuerdo se pregone en la Plaza publica y se ponga por fee el pregonero y los Alcaldes Hordinarios Fiel Executor y qualquiera dellos lo hagan cumplir y executar. Que por quanto el Reverendo Padre Frai Bartolomé Lo- Librase 12 pe- soB déla limo9na pez predico el sermón de la fiesta del Señor San Martin jiístSm^i" señ^r Patrón desta ^iudad y por la limosna del atento a estar la ciudad pobre mandaron se le de limosna dose pessos los quales el Maiordomo de la ^iudad con testimonio de mi el Escrivano deste decreto sin otro recaudo se los pague de propios de giudad que con su carta de pago mandaron se le reciban e pasen en quenta en las que se le tomaren de los dichos Propios. Acordóse por el dicho Cabildo se aderece y blanquee la Que se aderece sala de las casas de Cabildo y los Deputados nonbrados que son el Capitán Bernave de Soto y Bernardo de León acudan a bazer y poner esta obra en perfejion y lo que se gastare sea de propios desta ^iudad y los puedan librar en el los dichos Deputados y lo que pagare el dicho Maiordomo por sus libramientos mandaron se le reciba y pase en quenta al dicho Maiordomo en la que diere de los dichos Propios. Y con esto se cerro este Cabildo y lo ffirmaron. — Don y blanquee la sala de las ca- sas de cabildo. 870 ACTAS DBL CABILDO DB BUSNOS AIRB8 Francisco de Qespedes. — Don Juan de Céspedes. -— Bemave de Soto. — Francisco Gonzales Pacheco. — Bernardo de León. — Joan Baptista Ángel. — Diego de Rojas. — Anle mi: Paulo Nuñez, Escrívano. PUBLICACIÓN En la dicha ciudad de la Trinidad en la plaza della en veinte y un días del mes de Maio del dicho año por voz de Diego Ribero Pregonero Publico se pregono el acuerdo de suso y mandato del Cabildo. Testigos Alfonso Carvallo Juan Antonio Calvo el Contador Luis de Salzedo y otras muchas personas. — Paulo Nuñes, Escrívano. CABILDO DEL 4 DE JUNIO DE 1631 {Foja 4S del libro original) 4 de Junio. En la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en quatro dias del mes de Junio de mili y seiscientos treinta e un años la Justicia e Regimiento se juntaron en su Ayun- tamiento como lo an de uso y costumbre conbiene a saber : El Señor Don Francisco de Céspedes Gobernador Capitán General en estas Provincias el Maese de C&mpo Don Juan ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRBS 271 de Céspedes Alcalde Hurdinario Bernardo de León Depo- sitario General Juan Barragan* y Don Diego de Rojas Regidores y estando juntos. Se leyeron dos cartas su fecha en. ..el año passado de ^^ortas de n»- mill e seiscientos e treinta la una de Don Jusephe de Rés- pedes a quien se despacho poder desta Qiudad en que avisa del estado de los negocios della y correr con ellos Pedro de ToroyQuintanilla y pide se le enbie poder yustrui^íon y alguna ayuda de costas y la otra del dicho «Pedro de Toro y Quintanilla en la misma rrazon. Y bistas por el Cabildo nombraron por diputado para rresponder alas dichas car- Acuerdo. tas a Bernardo de León Depositario General el qual haga la ynstruigion de las cosas que sean de pedir a Su Hages- tad para el bien desta República y la ayuda de costa que le parege se puede ymbiar al dicho Pedro de Toro y de donde con lo qual se le enbíara poder e yustrui^ion y el dicho Bernardo de León lo acepto. Leyóse una petición del Maiordomo de la (iudad en rra- zon de sus propios pide en ella tres cosas : La primera que esta fiudad por lo que parege por un ^^^»25tmíSto libro en que s^ toman las queatas de los propios tiene por tales que cada navio que sale deste Puerto pague quatro pessos por la llena que ata e lleva de los montes desta ciudad y que en su tiempo no se an cobrado por no parecer este libro ni saverse destos propios que se determine lo que en esto se debe hazer. La segunda que el año de veynte y nueve hasta el de treinta Luis de Villegas tubo en arriendo por un año la mojoneria correduria y rromana propios de ciudad en du- zientos y veynte pessps y la correduria la sirbio mas tienpo ^ Jasa Bautista Ángel debió decir. Wc del Maiordomo, 272 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS A IBES Acuerdo 2» Acuerdo de un año pidió que lo que va de mas a mas se le haga pagar. Tercera que esta (iudad tiene por propios la Rinconada en el Riachuelo de los Navios que se suele arrendar por años pidió se mande traer en pregón y se arriende en el maior ponedor. E visto por el Cabildo atento a que Bernardo de León Depositario General dize que en rrazon de los propios de los navios ay acuerdo del Governador Don Diego de Gon- gora y de la justicia e Regimiento mandaron se traiga este acuerdo y bisto proveerán justicia. En lo segundo mandaron que el Maiordomo de la (;iudad liquide con Luis de Villegas o la persona que sirbio porel la correduría que uso mas dello de lo que se contiene en el arriendo que hizo y cobre lo que fuere mas a mas al respeto del dicho arriendo y no lo queriendo pagar qual- quiera de los Alcaldes Hordinarios de mandamiento con- tra su persona e bienes para que cobre. En lo tercero mandaron que la dicha Rinconada se traiga en pregones por...dias y en arriendo por un año y sígun las posturas que se hizieren qualquiera de los Alcaldes Hurdinarios y Bernardo de León a quienes nonbraron por diputados con asistencia del Maiordomo de la giudad lo rremalen en el maior ponedor por uno dos o tres años como mas bien les pareciere haziendo en rrazon dello los autos esoripturas e deligen^ias necesarias que para ello se les da el poder e facultad que se rrequiere. Portero del ca- Leyosc una peti^iou de Juan de Castro Teniente de Al- bildo pide 8u SO' c?«?m/o"^ "'"*'* guazil Maior y Portero deste Cabildo en que pide que atento a que que fue nonbrado por tal y con salario de veynle pessos por un año y comengo acorrer desde veynte y tres de Henero de mili y seiscientos y treinta que a ser- 3* Acuerdo ACTAS DSL CABILDO DB BUBNOS AIRBS 27S bido y va sirbiendo se le mande pagar y que corra el dicho salario. E bisto lo pedido y ser Qierto lo que dize Acuerdo mandaron se le de libramiento para que el Maiordomo de Torío^MÍÍ'si de Maio de efte la ^iudad de sus propios de y pague al dicho Juan de Cas- '''^^• tro un año quatro meses de salario que tiene serbido asta veynte y tres de Maio pasado deste año que monta al rres- peto veynte y seis pesos y ginco tomines y el salario corra como corre. Miguel Calvete Notario Eclesiástico leyó en este Cabildo sobre la venta ■ de un solar del un auto exsortatorio proveido en esta giudad a veynte y "^«p'**'- siete de Maio deste año por el Señor Licenciado Graviel de Peralta Provisor e Vicario General en que haze saver al Ca- bildo Justicia e Regimiento como a patrón del Ospital desta Qiudad la petigion presentada en el Jusgado Ecle- siástico por Antonio Bernalte de Linares en que pide se benda un solar que tiene el dicho Ospital y su procedido se ponga en genso e renta y por lo que toca o puede tocar al dicho Cabildo por el dicho patronazgo vea la conbenen- sia que tiene o tendrá la dicha benla y que de lo que se confiriese y acordase se diese noticia al Jusgado Eclesiás- tico para que con asistengia de los diputados que este Cabildo nonbrase se probeyese jnstigia. E bista por el Cabildo la petigion c auto unánimes y conformes dixeron lo beran e proveerán lo que mas convenga al bien del Os- pital e pobres del y en el ynter que se determina piden exsortan e rrequieren al Señor Provisor no disponga del dicho solar ni ynove en ello con protestagion que de lo contrario sera ninguna la benta que se hiziere y para que conste mandaron a mi el Escribano de una fee deste decreto al Notario y se ponga con la dicha petigion y auto. Y con esto se cerro este Cabildo y lo Afirmaron. — Don ACT. DBL CÁB. DI BUBNOS AIRBS. — T. IT. 18 274 ACTAS DEL CABILDO DB BUBNOS AIRES Francisco de Qespedes. — Don Juan de Qespedes. — Ante mi : Paulo Nuñes, Escrivano *. CABILDO DEL 17 DE JUNIO DE 1631 {Foja 17 vuelta del libro original] cflü- de 17 de E^ 1^ ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Junio de i63i. ,. '^i- ii t -, < i -ii ••- diesysiete días del mes de Jumo de mili e seiscientos e treinta e un años con asistencia del Señor Don Francisco de Céspedes Gobernador Capitán General destas Provincias la Justicia e Regimiento desta ciudad se juntaron en su Ayuntamiento conbíene a saber El Maese de Campo Don Juan de Céspedes Alcalde Hurdinario Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior Bernardo de León Depositarlo Ge- neral y Juan Baptista Ángel Regidor y estando juntos. Nombramiento El Señor Gobemador dixo que ya la ciudad save como de Alcalde Hor- ^ f • piMode*Be?SS?¡ Dios fue servido llevar desta vida desde esta mañana a las .de Soto. ocho a Bernave de Solo Alcalde Hurdinario que era este año de seyscientos e treinta e uno y que conbiene a la admi- nistración de la Real Justicia y Gobierno de la República aya otra persona que ocupe su cargo que lo dize s la ciu- dad para que entre en el la persona que por derecho le toca y por costumbre. E bista por el Cabildo esta propusigion dixeron que Bernardo de León Depositario General es el mas antiguo y le pertenece la vara y assi son de parecer y acuerdo se le entregue vara de Justicia con la solepnidad ^ Padre hijo y Escribano y nadie mas. ACTAS DSL CABILDO DB BUENOS AIRES S75 acostumbrada y luego el dicho Depositario General lo acepto 8 juro a dios y a una crus en forma de usar bien e fielmente el oficio de Alcalde Hurdínarío desta (iudád e su jurisdigion hará justicia en las causas que ante el pen- dieren assi de oíigio como de pedimiento de partes a todo su saver y entender sin pasión ni afición ni agravio no llevara derechos demasiados ni consentirá sus oficiales los lleven mirara por el bien pro y augmento de la República e pobres della y en todo hará lo que deve y es obligado y que si assi lo hiziere Dios le ayude y sino se lo demande amen y el Señor Governador en nonbre de Su Magostad le en- trego una bara alta de la Real Justicia para usar y exerger el dicho cargo y el Cabildo le rrecibio al uso y exercigio del y en esta forma quedo rrecibido y se cerro este acuerdo y lo Afirmaron. — Don Francisco de Réspedes. — Jímn de Qes- pedes. — Bernardo de León. — Francisco Gomales Pacheco. — Joan Baptista Ángel. — Ante mi: Paulo Nuñez, Escri- bano. CABILDO DE DEL 25 JUNIO DE 1631. (Foja 48 vuelta del libro original] En la Qiudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao^ de 2s de Junio de Í69Í. veynte y jinco dias del mes de Junio de mili seyscientos y treinta e un años el Cabildo Justicia e Regimiento desta QÍudad se juntaron en su Ayuntamiento como lo an de uso y costumbre conbiene a saber : El Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General destas Provincias el Sm ACTAS DEL CABILDO DK BÜBHOS AIRBS Maese de Campo Dod Juan de Céspedes y Bernardo de- Leon Alcalde Hurdínarío Juan Barragan Juan Baptista Án- gel y Don Diego de Rojas Regidores y estando juntos el dicho Señor Gobernador excibio una carta cuyo sobrees^ cripto dize lo siguiente : Por el Rey — Al Consejo Justicia e Regimiento de la piudad de la Trinidad del Puerto de Rueños Ayres y se mando abrir y abrió y leyó y es como se sigue: Notificación al « El Rcy Concejo Justicia e Regimiento de la Trinidad CabUdo de Bue- " i i , , " tS"ctod"un*¿riS" délas Provincias del Rio de la Plata : A los 17 de Octubre del año pasado de 629 entre las seis y siete de la mañafia fue Dios Nuestro Señor servido de alumbrar a la Serenísima Reyna Doña Isabel mi mui chara y muy amada muger de un hijo * y ella y el Principe quedan con salud porque se deven dar y doy muchas gracias a Su Divina Magestad de cuya mano biene lodoy estoi deste buen suQeso con el con- tentamiento que es rrazon de que he querido daros aviso para que como tan leales vassallos e ynteresados en el deis gragias a Dios suplicándole tenga por bien de guardarles y que lo encamine como mas convenga para honrra e servi- cio suyo y para que hagáis en esa (iudad las alegrías rregosijos y demostraciones que en semejantes casos se acostumbra que en ello seré servido. En Madrid a 30 de Henerode 1630. — Yo el Rei. Por mandado del Rei Nuestro Señor Andrés de Rocas ». T vista por el Cabildo Justicia e Regimiento desta Ciu- dad y ser en razón de aviso de Su Magestad del nuevo Principe nacido la tomaron en sus manos con el acata- miento debido besaron pusieron sobre su cavega la obedé- ^ Felipe IV tuYo de su primera ecpesa I>oña Isabel de Borbon muchos hijos de los cuales solo le sobrerivió la infanta Doña Haría Teresa casada con Luis XIV. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 879 dieron como a carta de su Rei y Señor Natural a quien la Divina Magestad guarde y conserve feliges años con aug- mento de nQáiores rreinos y señoríos como la Cristiandad a menester y unánimes y conformes acordaron lo siguiente : Que el Señor Governador confiera con el Señor Obispo Decretase am- * ' tas en honor del •el dia que a de ser la fiesta en la Iglesia Catedral para que nSSio^^pHncipl! el dia antes en la noche se hagan luminarias y a gente de « caballo y se le suplique se rrepiquen las campanas como se acostumbra y assimismo se acordó de conformidad que se hagan fiestas rreales de toros y de cañas para un dia después de Señor Santiago y no se hazen luego que se rrecibe la carta de Su Magestad por ser el tiempo tan llovioso y para disponer las luminarias y las fiestas se nombran por diputados a los señores Bernardo de León Alcalde Hordínario y Juan Barragan Regidor para que desde agora lo tengan entendido y para entonces hagan prevenir lo necesario de manera que se eche de ver el gusto y lealtad con que esta Ciudad sirbe a Su Magestad en oca- siones semejantes y que el domingo que biene con toque de caías se pregonen las fiestas para el dia señalado. Y con esto se cerro este cabildo y lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. — Don Juan de Céspedes. — Bernar- do de León. — Juan Barragan. — Jvan Baptista Ángel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. 278 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 28 DE JULIO DE 1631 ' [Foja 20 del libro original) juStd^iéft^ En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en veinte y ocho dias del mes de Julio de mili e seiscientos y treinta e un años se juntaron en su Ayuntamiento el Ca- bildo Justicia e Regimiento desta Qiudad combiene a saver El Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General destas Provincias el Maese de Campo Don Juan de Céspedes Bernardo de León Aiferes Real Alcaldes Hordina- ríos Francisco González Pacheco Alguazil Maior Juan Bar- ragan y Don Diego de Rojas Regidores estando juntos. l^are5io en este cabildo el Capitán Juan de Tapia de Var- gas y presento el titulo de Teniente General destas Provin- cias siguiente : Titulo de Te- Dou Fraucisco de Céspedes Governador Capitán General nienieOeneralal fi^íid^^SfQ^ destas Provingias del Rio de la Plata por su Magestad : Por quanto he tenido cédula de Su Magestad y carta del Eielentisimo Señor Conde de Chinchón Virrei destos Rei- nos en que me avisan tenga con prevengion de armas y fortificaciones este puerto y sus costas por aviso de que bienen a tomarle ochenta navios franceses y es necesario acudir personalmente a la fortificación rreparosy defensas que con el se han de hazer y porque no c^sen los negocios y caussas de justicia y las partes tengan mas expedientes en ellas siendo como es tan necesario nombrar persona de ' suficiencia y calidad que en mi lugar acuda al despacho y expediente de los pleitos y caussas que están pendientes y adelante se trataren atendiendo a que en el Capitán ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES S79 Juan de Tapia de Vargas concurren las dichas partes y que a servido a Su Magestad en los Reinos del Perú y en estas Provincias mas de veinte años continuados especial- mente en la villa de Potossi en plazas de Capitán de ynfanteria y Maesse de Campo para las entradas de las fronteras de los yndios chiriguanaes y en la sedigion y tumultos que por el año de dose ubo en la dicha Villa salió a su costa con gente haziendo escolta al rreal tessoro que della se despacho a Su Magestad hasta el puerto de Arica y assi mismo en este puerto a continuado el rreal servicio en mar y tierra en plazas de capitán de ynfanteria y de cavallos y a usado oficio de Alcalde Hordinario y otros a satisfazion de los superiores como todo consta e parece por sus titulos y certifíca^iones nombro elijo e proveo al dicho capitán Juan de Tapia de Vargas en el ofigio y cargo de mi Lugarteniente General destas Provincias en cosas de justicia y govierno para que use y exerga el didho ofigio según y como le usan y exergen los demás Tenientes Gene- rales de Governadores y con vara alta de la Real Justicia la administre alas partes yconoscade todas e qualesquicre caussascevilesy criminales de ofigio o de pedimiento de parte en primera ynstangia o en segunda por apelación de los Alcaldes Hordinarios haziendo justicia e procediendo conforme a derecho guardando las leyes cédulas y horde- nanzas rreales y finalmente le use y exerga según y como yo uso y exergo la administración de la dicha justicia en todos los casos della y de govierno que se ofrecieren assi en los que estuvieren pendientes como en los que adelante se trataren y mando al cabildo Justicia e Regimiento desta dicha ^iudad y de las demás desta Governagion que luego que se presente con este mi titulo el dicho capitán Juan de Tapia de Vargas le reciban al uso y exercigio del dicho ofi- 380 ACTAS DB CABILDO DE BtTBNOS A1RSS ^io hazíendo ante todas cosas el juramento acostumbrado y dará las ñangas acostumbradas 7 le guarden e hagan guardar todas las preheminencías previlegios e inmuni- dades que porrrazon del dicho oficio le deven ser guarda- das so las penas que les ynpusiere en que desde luego les doi por condenados en ellos lo contrario hazíendo y en caso que por alguno o algunos de los Regidores y capitu- lares de los dichos cabildos no sea rrecebido yo desde luego le rrecibo y he por rrecebido al uso del en nombre de Su Magestad y en virtud de los poderes que de su rreal persona tongo que por su notoriedad no van aqui ynser- tos para lo qual le mande despachar la presente firmada de mi nombre sellada con el sello de mis armas y refren- dada del presente Escrivano Mayor de Governa^ion. Dada en la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dias del mes de Julio de mili e seiscientos e treinta e un años. — Don Francisco de Céspedes. — Por mandado del Señor Governador : Paulo Nuñez, Escrivano. jaílmiífto°? Ifi Y pidió su cunplimiento y serlo recevido e visto por el Cabildo Jusligia e Regimiento dixeron que haziendo el juramento que es obligado para su buen uso y obligándose e dando fiador para la rresidenf ia están prestos de rrece- birlee con que dentro de ocho meses primeros siguientes traiga aprovagion del dicho titulo de la Real Audiengia de la giudad de La Plata y el dicho Capitán Juan de Tapia de Vargas en conformidad de lo decretado por el Cabildo juro a Dios Nuestro Señor e a una señal de Cruz en forma deque bien e fielmente usara el dicho cargo de Teniente General destas Provincias guardara e cumplirá las leyes hordenangas rreales medulas e provisiones de su Magestad y los capitules de Corregidores hará justicia a las partes a todo su saver y entender e sin passion añgion ni agravio la flanza. ACTAS DKL CABILDO DB BUBMOS AIRES 484 contra ninguna dellas no llevara derechos demasiados ni consintira que sus oficiales los lleven mirara por el bien pro y augmento desla Qiudad y en todo hará lo que deve y es obligado y que si assí lo hizíere Dios le ayude y si no se lo demande y se obligo a dar quenta y residen^^ia de lo que fuere a su cargo y traerá la dicha aprovagion y para la rresidenjia ofreció por su fiador a Juan Crespo vezino desta (iudad y el Cabildo le admitió y mando otorgue la fianga y visto el juramento el Señor Governador en nonbre de su Magestad le entrego una vara alta do la Real Justi- cia y el Cabildo le rrecebio al uso y exerci^io del dicho ofi.- ^ío según y como se contiene en el dicho titulo y en esta forma quedo rrecebido. Juan Barraban dixo que el turno de quatro meseá de Fiel vara de jui " * * executor Juan Executor de Don Diego de Rojas es cumplido y le toca a el ^^'''"«^«''• estos quatro meses primeros siguientes y para que se le entregúela vara juro en forma de usar bien e fielmente el dicho cargo e hazer todo aquello que fuere al suyo y el dicho Don Diego de Roxas se disistio del dicho cargo y el dicho señor Governador en nombre de su Magestad entrego al dicho Juan Barragan una bara alta de Justicia para usar y exerger el dicho oficio de Fiel Executor y el la rreci- bio y quedo rrecebido al uso y exerci^io del dicho ofigio. Y luego pareció en el dicho Cabildo el General Luis de Navarretey presento un titulo de familiar del Santo ofigio desta Qiudad y Puerto en el fecho por los señores Inquesi- dores deste Reino que sacado de su original doy fee es como se sigue: Nos los Inquessidores contra la herética pro vedad y apos- muiode/ami^ lasia en la Qiudad y Arzobispado de los Reyes con el Argo- l^Ü^nS^ÜS^- bispado de la Provingia de los Charcas y los obispados del Cuzco Rio de la Plata Tucuman Santiago de Chile la Paz rete. 282 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Santa Cruz de la Sierra Guamanga Arequipa Truxillo y Puerto de Buenos Ayres y en todos los demás estados e se- ñoríos de las Provincias del Perú e su Virreinado Gover- na^ion e distrito de las Audiencias Reales que en las dichas ciudades reinos provincias estados rresiden por autoridad apostólica etc. Por quanto para las cosas que se ofrecieren del Santo ofigio de la Inquesicion en la ciudad e puerto de Buenos Ayres donde conbiene que nos tengamos persona a quien las cometer y encomendar por ende confiando de vos Luis de Francia Navarrete morador en el dicho Puerto de Buenos Ayres por ser como sois persona de toda confíanca y ávida ynformacion de que en vuestra persona concurren las partes y calidades que para ello se rrequieren y que con toda solicitud secreto y cuidado haréis y cumpliréis lo que por nos os fuere cometido y encomendado en las co- sas tocantes al Santo oficio y exercicio del por el tenor de la presente os nonbramos criamos y deputamos familiar del Santo oficio de la Inquesision en la dicha ciudad y Puerto de Buenos Ayres uno de los familiares del numero que esta acordado que aya y exsortamos e rrequerimos a todos e qualesquier jueses y justicias eclesiásticas e seglares assi de la dicha ciudad y puerto de Buenos Ayres como de todas las demás ciudades villas y lugares de todo el dicho nues- tro distrito que os ayan e tengan por tal familiar y os guar- den y agan guardar todas las gracias e preheminencias ecenpciones y livertades que según derecho costunbre con- cepciones apostólicas y cédulas de Su Magestad los que son tales familiares suelen e deven gozar e os damos licencia y facultad para que podáis traer y traigáis armas assi ofen- sivas como defensivas de dia y de noche publica y secreta- mente por cualesquier partes y lugares de todo el dicho nuestro distrito y siendo necesario en birtud de sauta ACTAS DEL CABILDO DB BUBNOS AIRBS 283 obediencia y SO pena de exconoiuníon maior y de un mili pe- sos ensaiados para los gastos deste Santo ofí^io mandamos a las dichas justicias y qualesquier deltas oficiales y mi- nistros suyos que no os tomen ni quiten las dichas armas ni se entremetan a conos^er de las causas criminales a vuestra persona tocantes y nos las remitan como a sus jueses conpetentes que somos para conos^er dellas y en todo guarden e cunplan lo que Su Magestad ^erca dello tiene acordado y mandado y mandamos a vos el dicho Luis de Francia Navarrete que con este nuestro titulo os presentéis en el Cabildo de la dicha ciudad e puerto de Buenos Ayres para que conste como sois familiar deste Santo oficio y os asienten y agan asentar por tal en el Li- bro del dicho Cabildo y que el Escrivano del os de fee en dentro de tercero dia so la dicha pena. En testimonio de lo qual mandamos dar y dimos la presente firmada de nuestros nombres sellada con el sello deste Santo oficio y refrendada de uno de los Escri vanos escrevir en el libro y matricula donde los otros familiares del Santo oficio Don Francisco Verdugo. — Licenciado Andrés Juan Gaüan. — Por mandado del Santo ofigio de la Inquesision : Martin Dios de ContreraSj Escrivano. E visto por el cavildo el dicho título mandaron el dicho titulo se guarde e cumpla como el se contiene y se le de testimonio que se manda. Con esto je cerro este cavildo e lo fiirmaron. — Don Francisco de Qespedes. — Don Juan Qéspedes. — Bernardo de León. — Francisco Gonzales Pacheco. — Juan Barra- gan.— Don Diego de Rojas. — Juan de Tapia de Vargas. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. 1 S84 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES FIANZA DEL TENIENTE DE GOBERNADOR {Foja 23 vuelta del libro original) Fianza de re- Ed la cíudad déla Trinidad Puerto de Buenos Ajres en veinte y ocliodias del mes de Julio de mili e seiscientos y treinta eun años ante mí el Escrivano e testigos de yuso Juan Crespo vezíno morador en esta Ciudad que doy fee Fianza otor- conozco otorffo 6 se constítuío Dor fiador del Capitán Juan -goda por Juan oír Reí&cS^^d^i de Tapia de Vargas en forma que se obliga a que el susodi- capitán Juan de • *-» Tapia de var- ^|jq j^^p^ queuta 6 resídeu^ia de todo lo que fuere a su cargo del oficio e cargo de Teniente General de Governador des- tas Provincias a que a sido recebido oy día y asistirá a ella el tiempo que la real cédula manda y estara a derecho assi en lo publico como en lo secreto y pagara lo que en la dicha rresidengia fuere jusgado e sentenciado contra el assi en la dicha secreta como en demandas publicas o capí- tulos que se le pusieren donde no el como su fiador e prin- cipal pagador haziendo de deuda agena suya e sin que contra el dicho Juan de Tapia de Vargas sus bienes ni otra persona alguna sea fecha ni se haga deligencia ni escursion aunque de fuero y de derecho se rrequiera cuyo veneficio y leyes que sobre este caso hablan con las de las espensas gastos y depósitos dellas espresamente rrenuncio lo pagara de llano en llano sin plazo en rreales de con- tado con todas las costas y las de la cobranca a su firmezt obligo su persona e bienes presentes e futuros dio poder <)umplido a todas las justicias e jue$es de Su Magostad a cuyo fuero e jurísdicion y de cada una dellas se sometió y en especial a las que desta causa puedan y devan conos- AGTA8 DBL CABILDO DE BUENOS AIRB8 285 ^r renuncio el suyo propio domicilio e vezindad e la ley que dize que el actor deve seguir el fuero del reo para que le compelan a la paga por vía breve executiva y como si ftiese sentencia definitiva passada en cosa jusgada sin defeto alguno renunciando cualesquiera leyes fueros e derechos de su favor ti la que lo prohive ela otorgo e firmo siendo testigos Alonso de Bustamante Luis de Navar- rete y Jacome Antonio presentes. — Joan Crespo. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. CABILDO DEL 30 DE JULIO DE 1631 {Foja $4 vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en ca»- de 30 de •' Julio de US1. treinta dias del mes de Julio de mili y seiscientos y treinta e un años la Justicia e Regimiento desta Qiudad se junta- ron en su Ayuntamiento como lo an de uso y costumbre combiene a saver El señor Don Francisco de Céspedes Go- vemador Capitán General en estas Provincias del Rio de la PlataelMaese de Campo Don Juan de Céspedes Bernardo de León Alferes Real Alcaldes Hordinarios Francisco Gon- zales Pacheco Alguazil Maior Juan Barragan Juan Baptísta Ángel y Don Diego de Rojas Regidores y estando juntos en este cabildo. El dicho Señor Governador diio qne como a la Ciudad le ,J°{íi5^^^g;er- . «11 • /%! j M. 1 1 . to en vista de la es notorio aviendo los enemigos Olandeses tomado la ciu- *°?íoa**go,fí5Jí dad y puerto de la Bahia en la costa del Brasil circunbezina co'berni'dS^ceS! ^ * pedes arrostran' a este Puerto y estandola poseyendo por el año passado de Mrv\cio*^de*8. Sí 886 ACTAS DKL CABILDO DE BUENOS AIRES seiscientos y veinte y cuatro abiendo Su Señoría llegado al puerto y ciudad del Rio Genero'de la misma costa acu- dió alGovemador Mondesa ayudándole a su fortificación y considerando el peligro y rriesgo desta Ciudad y Puerto por hallarse en ella para su defensa y fortificación siendo por el mes de Agosto la maior fuerza del ynbiemo se determino benircomo lo hizo contra el parecer de muchos y aunque en el viaje tubo muchas tormentas e peligros de la vida pospuesto todo por servir a Su Magestad fue Dios servido llegase a esta dicha Ciudad y Puerto a los diez y siete de Setiembre con admiragion de todos por no averse bisto desde que se descubrió navegar ni entrar navio por aquel tiempo por ser los que corren en este rrio en seme- jantes meses del año muy rrigurosos y peligrosos y luego otro dia dies y ocho del dicho mes comento a usar los ofigios de Governador y Capitán General y aviendo hallado muchos vezinos y moradores encontrados y enemistados unos con otros los compuso y hizo amigos y mucho tiempo gozaron desta paz y amistad y sin perder tiempo conforme a la dispo$igion de la tierra la fortifico lo mejor que pudo y redujo a paz quietud y obediencia al Cacique Bagual y a sus yndios que estavan alterados y lebantados a aquella parte en que avían sucedido muchos rrobos y otros daños por los caminos y quedaron seguros y lo an estado hastaoi sin aver sucedido desgracia en los que trajinan y en los demás que entran'y]salen yendo uno solo sin rrece- bir daño de yndios no pudiendo en el tiempo atrasado caminar sin escolta. Assi mismo con la heñida de Su Seño- ría se quietaron otras muchas naciones de yndios circum- besinos y con su buen modo y traza rredujo y trujo al conoscimiento del Santo Evangelio y fee católica y a la obediengia y servígio de Su Magestad la nagion de los ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 287 jndios Charrúas que asisten en la costa deste Rio de la Plata la banda del Norte hasta las yslas y sierras de Maído- nado los quales eran de muy grau perjuizio y daño a esta tierra y an hecho muy grandes matanzas y rrobos en los navios que se perdian y davan al través en la dicha costa y cautivaron los cristianos todo a cesado en el tiempo del govíerno de Su Señoría y una caravela que en el se perdió la sacaron los dichos yndios socorrieron la gente della y se trujo la caravela a este Puerto de donde se aderezo y bolvio a navegar y también es notorio la mucha gente de yndios ínfleles de todas hedades que a reduzido Su Señoría y an rrecebido bautismo en las Provincias de Uruay por el modo agasajo gastos y trasas que desde que llego al Go- vierno a echo y tenido y tiene que le cuesta de su hazienda mas de diez mili pessos corrientes y deste medio a usado para conseguir lo referido por ser el mas eficas y convi- uiente pues no lo an podido conseguir los antecesores de Su Señoría y otros muchos capitanes con grande fuerza de armas y a echo (inco rreduziones en que asisten Padres de la Compañía de Jesús a quien Su Magestad paga estipendio y están otras dos echas para aprovarse y se ubieran echo otras muchas si no ubiera falta de Religiosos por ser grande el gentío y acudir los yndios hiendo el buen trata- tamiento y modo con alegría y sin temor y como después que entro Su Señoría a governar sean ofrecido muchos avi- sos de los enemigos y de sus armadas que de ordinario Su Señoría a dado con presteza y deligencia a los Señores Vi- rreyes y Reales Audiencias de la Plata y de Chile que a sido de grande importancia al real servicio y no ayer tenido plata con que pagar los mensajeros lo a echo siempre a su costa con grande gasto y el mismo a tenido mas de dos años «en las municiones que se han gastado y consumido en este S06 ACTAS I>BL CABILDO BE BUENOS AWB8 Puerto que han sido muchas por cuya causa y por la de los pleitos que dequatro años a esta parte con comisiones y jueces ubo en esta Ciudad y Puerto que fue. . .defensa. • . justicia a lo.*, .quiso soponer yymputar en cuyo segui- miento despache al Maesse d6 Campo Don Juan de Céspedes mi hijo y después otras personas a el con papeles y recau- dos tocantes a su defensa y del servicio de Su Magestad y en la Real Audiencia de la Plata se pidió por sus letrados y procuradores lo que a la dicha su justicia combenia con largo tiempo de asistencia gastos e costos perdidas y daños es notorio y muí sabido a ver gastado el didio Señor Gober- nador mucha suma y cantidad de pesos y estar empeñado y adeudado sin tener de donde poder pagar y valerse porqoe el salario es poco e para sustentarse moderadamente quan- do no se ubieran echo los gastos rreferidos tasadamente el dicho salario es para sustentar&e con moderación y por que en la caussa y pleito que se siguió y sentencio en la dicha Real Audiencia de la Plata fue condenado Su Señoria en cuatro mili pesos para la Real Cámara e esta ymposibili- tado de poderlos pagar atento a lo que tiene dicho y a la rreal cédula que el Rei Nuestro de propio motivo despacho aSu Señoria por el nacimiento del Serenissimo Principe he- redero queDios guarde muchos anos haziendo merced y per- donoa todos sus vasallos de todas las penas civiles y crimi- nales en que ubieren yncurrido por cualesquier crimenes o delitos que en cualquiera manera pertenecen y pueden tocar a Su Magestad haciéndoles gracia e rremisíon dellas no aviendo querellante ni acusante porque la dicha causa contra Su Señoria sentenciada es de lascomprendidas en la dicha rreal cédula y no de las aceptadas y no ay mas parte ynteresada que Su Magestad goza y deve gozar el dicho Señor Governador del dicho perdón y merced gracia ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRVS 289 y rremisioD en quanto a los dichos quatro mili pessos de la dicha condenación y conforme a la dicha real cédula Su Ma- gestad se los tiene perdonados y dado por libre dellos y assi la acepta en su favor como mejor a su derecho combie- ne y para que en todo tiempo conste a echo y haze en este Cabildo esta rrelacion para que la dicha justicia e Regi- miento la admita y como mejor ubiere lugar declaren gozar Su Señoría del efeto de la dicha rreal cédula y estar libre de la dicha condenación de los dichos quatro mili pessos conforme a ella y pidió se le de testimonios de la dicha rreal cédula y deste pedimiento para en guarda de su de- recho y que en todo tiempo conste de averio pedido y acep- tado como lo pide y acepta y en aquella via e forma que me- jor puede y a lugar y le combiene y que yo el presente Escrivano se lo de autorizado y signado en manera que haga né y fírmalo de su nombre y se salió del Cabildo. — Don Francisco de Céspedes. T bista la rrelacion del dicho Señor Governador la dicha justicia e Regimiento mandaron que yo el presente Escri- vano léala dicha rreal cédula de merced que en ella se haze mención con su obedecimiento yo el dicho Escribano la ley de berbo adberbun y el dicho obedecimiento por Su Se- ñoria fecho en tres deste mes e año y aviendolo oido pues- Lectura de una *■ real cédala. tos en pie la obedecieron por lo que les toca y en su confor- midad admitieron lo dicho y pedido por el dicho Señor Go- vernador y en caso necesario para maior fuerza dello todos imanimes y conformes dixeron que atento a que la caussa echa al dicho Señor Governador por la dicha Real Audien- cia y condenación echa para la Real Cámara es de las com- prenhendidas en la dicha rreal cédula lo declaravan y declararon assi y que goza el dicho Señor Governador del perdón merced gracia y remisión que por ella Su Magestad ICT. BM. OáM. M BVBROf AIBBf. — T. IT. 19 290 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES tiene echa a todos sus vasallos demás que la rrelacion que el dicho Señor Govemador tiene echa saven y les consta que es cierta e verdadera por averse hallado presentes e mandaron a mi el dicho Escrivano de al dicho Señor Go- vemador el testimonio de la dicha rreal cédula con la dicha rrelacion y pedimento y este decreto para en guarda de su derecho y que en todo tiempo conste estar libre de la dicha condenación y assi lo acordaron dijeron e informaron con el dicho Señor Govemador. — Don Francisco de Céspedes. — Don Juan de Céspedes. — Bernardo de León. — Francisco González Pacheco. — Juan Barraban. — Juan Baptista Án- gel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi: Paulo Nuñez, Escri- vano. CABILDO DEL 30 DE JULIO DE 1631 {Foja 28 del libro original) cae** de 30 de En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Julio de í$3í, treinta dias del mes de Julio de mili e seiscientos y treinta e un años se juntaron en su Ayuntamiento el Cabildo jus- ticia e Regimiento desta ciudad combiene a saver : El Señor Don Francisco de Céspedes Govemador Capitán General destas Provincias el Maese de Campo Don Juan de Céspedes Bernardo de León Alferes Real Alcaldes Hordinarios Fran- gísco González Pacheco Alguazil Maior Juan Barrangan Juan Declaración del Baptista Angcl Dou Dícgo de Rojas Regidores y estando Gobernador do Sf^víior°*de**2S juntos el Señor Govemador dixo qtie ya la Ciudad save que fianza por su re- « . i i -■ • • siaencia. por alguuas caussas que se ofrecieron por la obligación que ACTAS DSL CABILDO DB BUENOS AIRBS 294 tUYO de dar fiangas para su rresídencia en cantidad de qua- tro mili pesos como se acostumbra los entrego y deposito en Bernave de Soto vezino que fue desta Ciudad que Dios tenga en su gloria y porque combiene sacar estos quatro mili pessos del deposito de poder de los herederos y alba- ceas del dicho Bernave de Soto pide a la Ciudad los depo- site en la persona que le pareciere mas a proposito para que los tenga de maniflesto y satisfaga con ellos o con la parte que fuere necesario encargos o condenaciones de rresidencia que se le hizieren algunos y lo que quedare dallos o toda la cantidad de los dichos quatro mili pessos se le vuelva y entregue como a dueño della y que bien le merece la Ciudad toda la merced que en esto le hiziere en por lo que la a procurado servir en general y particular. E visto por la justicia e Regimiento unánimes e conformes acordaron atento a la muerte del dicho Bernave de Soto estos quatro mili pesos se saquen de los albaceas y here- deros del difunto y se depositen en el Señor Bernardo de León Depositario General para que los tenga en deposito y de manifiesto por la dicha quenta e para el dicho efeto y otorgue deposito en forma y otorgado dan por libres e qui- tos a los bienes y herederos de Bernave de Soto de la fianza que a. Su Señoría tenia echa de rresidencia para ellos seles despache el rrecaudo necesario. Y el Alcalde Don Juan de Céspedes dixo que como a la Ciudad le es notorio su asistencia en esta Ciudad a sido desde dies y ocho de Setiembre del año de veinte y quatro y que en este tiempo siempre a servido a Su Magestad en oficios de guerra y a la Ciudad en el de Alcalde Hordinario dos ve(;es procurando hazer justicia a las partes como es notorio mantetiiendo en paz y quietud a los vecinos y que por peucion de ua ■^ "^ ./ ^ r Alcalde ordlna- tener su casa y familia en la ciudad de la Plata y ser fue- dífomtcm?.^*"^ 292 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBBS ra y a hazer vida con su mujer con gran sentimiento de hazer ausencia assi por dejar a su padre como faltar a las demás obligaciones que tiene rreferidas a que acude : que suplica a la Ciudad conosca su voluntad y le embie a man- dar alia todo lo que se ofreciere de su servicio a que no faltara enbiandole poder en los negocios que se ofrecieren en la Real Audiencia que lo hará como cualquiera procura- dor y que si ubiere que con el Señor Virrey tenga dependen- cia que desde alli hará la deligencia que la ciudad horde- nare y que quisiera tener fuerza de rrazones con que encarecer a lo que va obligado a la ciudad. Vista la pro- pusigion la justicia e Regimiento acordaron seescrivaal Señor Virrey y Real Audiencia dándole quenta de los cargos y oficios que a exergido y de su buen uso y nonbraron por diputado paraescrevir las dichas cartas al Señor Juan Bap- tista Ángel. T con esto se cerro este cabildo e lo firmaron. (Entre rren- glones : Don Diego de Rojas, vala). — Don Francisco de Céspedes. — Don Juan de Céspedes. — Bernardo de León. — Francisco González Pacheco. — Jimn BaptisiaÁngel. — Juan Barragan. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Paulo NuñeSy Escrivano. NOTIFICACIÓN ' En la dicha ciudad de la Trinidad en catorce dias del mes de Octubre de mili e seiscientos e treinta e un años a pedi- miento del Señor Governador deslas Provincias notefique su ^ Esta notificación está al margen de la foja 38 ruelta del libro original. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 293 propusion y acuerdos del Cabildo de suso al Maese de Cam- po Don Enrique Enríquez albacea de Bernave de Soto di- funto presente el Alcalde Bernardo de León. — Paulo Nu- ñes Escribano. AUTO DEL GOBERNADOR {Foja 30 del libro originatj En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres a Auto para que Juan ArUO' catorze dias del mes de Agosto de mili y seiscientos y trein- ?¿Si?*^rrSíi- tros asista al ta y un años el Señor Don Francisco de Céspedes Governa- ^««^*wo. dor y Capitán General desta Provincia del Rio de la Plata por Su Magestad dijo que por cuanto el Maese de Campo Don Juan de Zespedes Alcalde Hordinario desta ciudad es hido a la villa ymperial de Potossi y ciudad de la Plata a donde tiene su cassa con licencia de Su Señoria y del cabildo desta ciudad como consta de la licencia que esta en este Libro y porque conviene hazer cavildo para non- brar otro Alcalde como es costumbre y Paulo Nuñez de Vitoria Escrivano de Cabildo esta enfermo y en la cama y Alonso de Bergara Escrivano de Su Magestad ausente y no ay otro Escrivano que asista a hazer el dicho cabildo man- do a mi el Escrivano de Registros asista a el por que asi conbiene al servicio de Sa Magestad. — Don Francisco de Céspedes. — Ante mi: Jimn Antonio Calho, Escrivano de Re- gistros y Hacienda Real. S94 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES RESPUESTA DEL ESCRIBANO En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres a catorce dias del mes de Agosto de mili y seiscientos y Ireintay un años yo Juan Antonio Galbo Escrivano de Regis- tros y Hazienda Real aviendo bisto lo mandado por el dicho auto respondi que no soy Escrivano de Su Magestad por lo que a mi derecho puede. . .dicho Cavildo y que sin que sea visto meterme en usar oñcio para que no tengo facultad y que no pare perjuizio en ningún tiempo estoy presto de asistir a el dicho cavildo por ser en servicio de Su Mages- tad y lo Arme. Testigos el Capitán Juan de Tapia Teniente General Francisco Gonzales Pacheco, Alguazil Mayor y Juan Bautista Ángel. — Jiuin Anttonio Calvo. CABILDO DEL 14 DE AGOSTO DE 1631 {Foja 30 vuelta del libro original) cax)*' de 14 de Eu la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres a Agosto de Í63í. '^ catorze dias del mes de Agosto de mili y seiscientos y treinta y un años el Capitán Juan de Tapia de Vargas Tenien- te General desta Provinzia Bernardo de León vezino y De- • posítario General y Alcalde Hordinario desta ciudad Francisco González Pacheco Alguacil Mayor della el Capitán Juan de Bergara Juan Barragan fiel Executor Juan Bautis- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 295 ta ÁDgel Don Diego de Rojas beinte y quatros se juntaron en este Cavildo. T el dicho Capitán Juan de Tapia Teniente General dijo Nombramiento . . de un Regidor que por la ausencia del Maese de Campo Don Juan de Zes- l^^^SSS^. ^* pedes Alcalde Hordinario desta dicha ciudad que a hecho della para la ciudad de la Plata conbiene que este cavildo nonbre el Regidor a quien por turno le pertenece la vara de tal Alcalde. T visto por e] dicho cavildo todos juntos uná- nimes y conformes dijeron que toca la vara al Capitán Juan de Bergara como Regidor mas antiguo y que el dicho Teniente General se la entregue como a tal Regidor mas antiguo para que usse oficio de tal Alcalde Hordinario el qual que estava presente recibió la dicha vara y juro a Dios Nuestro Señor y a una señal de cruz que hizo en forma de derecho de usar el dicho oficio de tal Alcalde Hordinario bien y fielmente y guardar justicia a las partes sin pasión ni afición y mirar por el bien de República y pobres della y hazer todo lo demás que por rragon del dicho oficio es obligado y si asi lo hiziere Dios Nuestro Señor le ayude y al* contrario se lo demande y a la conclusión de el jura- mento dijo si juro y amen con lo cual quedo recibido al uso del dicho oficio. Y se acavo y zerro este cavildo y todos lo firmaron. (Tes- tado : haga elección de alcalde hordinario, no vala). Jiuzn de Tapia de Vargas. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Francisco González Pacheco. — Juan Barragan. — - Juan Baptista Ángel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Juan Antonio Calbo Escrivano de Registros y Hazienda Real. 296 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 1* DE SETIEMBRE DE 1631 {Foja 34 vuelta del libro original] cao^^ de í* de En la cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Septiembre de , itfi/. primero día del mes de Setienbre de mili y seisgíentos y treinta e un años se juntaron en su Ayuntamiento la jus- ticia e Regimiento desta ciudad con asistencia del Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General des- ta Provincias del Rio de la Plata conbiene a saver : Ber- nardo de León Alférez Real y Alcalde Hordinario Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior Juan Barragan Juan Bap- tista Ángel y Don Diego de Rojas Regidores y estando jun- tos. El cabudo re Tratosc eu este cabildo que los navios están de próximo suelve escribir ft ^MMiSfiS'^né! para salir y conbiene escrevir a Su Magostad suplicándole cestdadesqnetie- - ", -ii ii dfdS MtÍPuert"T favoresca y haga merced a esta ciudad como la a echo otras veces atendiendo a la necesidad que tiene y a estar sirviendo con las armas en la mano continuamente assi a pie como a cavallo rrondando las plazas de noche desde que comien- zan los bientos favorables para poder entrar enemigos en este Puerto y rrepresentando la poca defensa que ay en el y se cometia y cometió a los Diputados deste negocio escri- van pidiendo lo que se a pedido otras veces y mas lo que se ofreciere y estuviere bien al bien de la República y en primer lugar al servicio de Su Magestad y se escriva al Sargento Maior Don Jusephe de Céspedes y a Pedro de Toro Quintanilla agente de negocios al uno y al otro pues tienen a cargo los negocios desta ciudad y se les enbie un tanto de la ynstruigion que llevo el dicho Sargento Maior añadiendo ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 297 en ella lo que pareciere combenir y en la carta que se es- criviere a Su Magestad se le diga de la paz que goza esta (iudad y la conformidad que tiene en todo y lo demás que les pareciere y que rrespecto de que no se puede sacar plata por este Puerto y las letras que van por el Brasil son a dos años por Lima se le enbiara algún socorro al dicho Pedro de Toro. Juan Baptista Ánse\ hizo demostración e presento en este presentación '^ o > r de un título de cabildo un titulo en el fecho por el Señor Governador des- to1RLHSH?2afiS- "^ la de la Biuicla las Provincias de Capitán deynfanteria española de la mi- de«»tacittdad. licia desta ciudad e de la gente que biene a ella de mar en fuera para que le conste y el cabildo abiendole visto mando se cumpla e guarde y use del y se le de testimo- nio. Levóse una petición de Pedro Fernandes Carretero en que pa^o de gastos ^ ^ ^ parala Uesta de pide se le pague su travajo de aver traido por mandado de *^™- los Diputados para lidiar los toros en las fiestas publicas que se hizieron por el nacimiento del Principe Nuestro Se- ñor hizo el toril traer las varas para garrochas y mucha juncia e rraipae pide se le paguen de propios treinta pesos y porque los Diputados dixeron ser assi lo que dice Pedro Hérnandes acordaron se le de libramiento para que el Maiordomo desta ciudad le pague los dichos treinta pesos de propios de ciudad atento aver sido para fiestas publi- cas. T con esto se cerro este cabildo e lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. — Bernardo de León. — Francisco González Pacheco. — Juan Barragan. — Juan Baptista Án- gel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escri- vano. 298 ACTAS DBL CABILDO DB BUBNOS AIRBS CABILDO DEL 6 DE OCTUBRE DE 1631 {Foja 39 vuelta del libro original) cav*' de 6 de Eü la cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en Octubre de í63í. seis dias del mes de Otubre de mili y seiscientos y treinta y un años se juntaron en su Ayuntamiento como lo an de costumbre el Cabildo justicia y Regimiento desta dicha ciudad conbiene a saber : El Señor Don Francisco de Cés- pedes Governador y Capitán General destas dichas Provin- Qias y Bernardo de León Alférez Real Alcalde Ordinario y y Francisco Gongales Pacheco Alguacil Mayor y el Capitán Juan Bautista Ángel y Don Diego de Rojas Regidores y es- tando juntos se trataron las cosas siguientes : Testimonio de En este cabildo propuso Don Diego de Rojas Regidor per- que no ae da i i • iXÍ?*^^* '*''''" petuo desta ciudad que Su Señoría le mande dar por testi- monio como en este Cabildo no se le da ningún salario a los Regidores de los propios del ny de otra rrenta por rragon de sus oficios para guarda de su derecho ; y visto por Su Señoría manda que el Escrivano de cabildo se lo de asy por testimonio para el efeto que lo pide atento que no se les paga ninguna rrenta ny ay propios de que lo poder hazer. Presentación En estc cabüdo se levo una petición de Bernardo de León de nuevos fla- ^ ■ dr^iSiTrdS.^'dl Depositario General desta dicha ciudad ofreciendo por fiadores del dicho su oficio al General Sevastian de Hordu- ña y Capitán Bernave Gonzalos Feliano vecino desta ciu- dad para el buen uso y dar quenta de los depósitos que se le entregaren por la justicia y demás Juezes atento que los fiadores que tenia dado heran fallecidos en conformi- dad de la cédula rreal de Su Magostad que se le a notificado ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 299 para que den fianzas eo lugar de las que ubieren dado y faltado por muerte e ausencia. T visto y la paga que tiene hecha del valor del dicho oQcio mandaron que se rreciban por fiadores a los dichos General Sevastian de Horduña y Capitán Bernave Gonzales Filiano por ser per- sonas abonadas en mucha cantidad y que el Escrivano los rreciba y otorguen escriptura y con el testimonio y cédula rreal y fiancas se metan en la caza del Archibo como es Mandóse «aur •' * deste Cabildo cU costumbre y Su Magostad manda por su rreal cédula de ne^f^¡^ Jít- ferir sobre rre- quinze de Diziembre de seiscientos y veinte y nueve años cebir laejum^ae. en virtud de la qual se le mando dar las dichas fianzas que el Señor Governador escribió en este cabildo para que se meta en la caía del Archibo y que el Escrivano de Ca- bildo cada año tenga cuydado de adbertillo en el para que se haga lo que Su Magostad manda. En este cabildo el dicho Bernardo de León Depositario General y Alférez Real propuso que las fiestas de San Mar- tin Patrón desta ciudad se llega el tiempo y se a de Fiestas de san sacar el Real Estandarte y para que se hagan como con- viene nombraron por diputados para ellas a Francisco Gonzales Pacheco y Juan Barragan Regidores para que las ordenen y dispongan como es costumbre que para ello les dan la comisión que es necesaria. Y con esto 'se acabo y serró este cabildo y mandaron a mi el presente Escrivano asista como Escrivano de Su Magestad atento que Paulo Nuñez Escrivano de Cabildo esta enfermo en la cama mucho tiempo a y no se puede levantar sin yncurrir en pena alguna y lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. — Bernardo de León. — Fran- cisco Gonzales Pacheco. — Juan Baptista Ángel. — Don Die- go de Rojas. — Ante my: Alonso Agreda de Vergara, Escri- bano Mayor de Governacion. Martin. 300 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES CABILDO Del 10 DE OCTUBRE DE 1631 [Foja 34 del libro original) cav*' Baureuyr- En la cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dinariode íOde ottubredetesi. ¿[¡gg ¿{as del mcs de Otubre de mili y seiscientos y treinta y un años el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha ciudad se junto como lo an de costumbre conviene a sa- ver: El Señor Don Francisco de Céspedes Govemadory Capitán General destas Provincias por Su Magestad y Ber- nardo de León Alférez Real y Juan de Vergara Alcaldes Ordinarios Francisco Gongales Pacheco Alguacil Mayor el Capitán Joan Bautista Ángel y Don Diego de Rojas Brio- nes Regidores y estando juntos se trataron cosas y leye- ron las peticiones siguientes : Petición de Ber- Eu este cabüdo se leyó una petición de Bernardo de León nardo de León nerSt'iSbíeMn- Alfcrcz Real y Alcalde Ordinario sobre que atento que, esta mandado den los Depositarios ñangas en lugar de las que ovieren dado y fueren muertas y porque en el cabildo pasado ofreció por fíadores al General Sevastian de Orduña y a Bernave Gonjales Fíliano y se mandaron rrecevir y por estar ympedido el dicho Bernave Gonjales por aver hecho escriptura de no hazer fianzas ofrece agora en su lugar al Alférez Simón Guerra de Herrera y visto por este Cabildo que en lugar del dicho Bernave Gongales Filiano ofrece al dicho Alférez Simón Guerra y bisto por este Ca- bildo mando se rreciba por tal fiador y otorgue escriptura en forma ante el Escrivano de Cabildo. T en este ettado quedo y mandaron que para otro cabildo de roas fian- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 301 m 5as y bisto se proveerá y no se rreciba hasta que se provea. Para determinar este decreto se salió deste cabildo Ber- nardo de León Depositario General y en este estado entro en el y prosiguió este cabildo. En este cabildo se presento un titulo de Alímacil Mayor AiguacuMcuor '^ o J de la Santa Crw de la Santa Cruzada en Simón Guerra de Herrera hecho f,^^ simonsue- por el Licenciado Gabriel de Peralta Comisario Subdele- gado de la Santa Cruzada y firmado de Miguel Calvete Cortes Notario fecho en este Puerto en veinte de Agosto pasado deste año. El Señor Governador dixo que en quanto el dicho titulo y nombramiento de Alguacil Mayor habla con Su Señoría que se le lleve fuera del Cabildo para que rresponda al dicho nombramiento y cumplirá lo que oviere lugar de derecho. Este Cabildo dixeron unánimes y conformes que constando a este Cabildo que se puede nombrar Alguacil Mayor de Cruzada y el tal nombrar te- nientes como lo rreflere el titulo que presenta se probeera pidiéndolo por escrito el dicho Alférez Simón Guerra de Herrera y presentando petición. En este cabildo presento el Capitán Juan de Tapia de presentación. * * * 6ÍC la sobre carta Vargas Teniente General y Justicia Mayor una rreal pro- díeiZi^fiím- . . cevir al Qene- vision sobre carta de los Señores Presidente e Oydores de p^'^SS^ itr^^x la ciudad de la Plata para que sea rrecebido por Alférez '^ Real desta ciudad en lugar de Don Juan de Santana pro- pietario la qual esta obedecida por el Señor Governador Don Francisco de Céspedes y abiendose leydo en este cabildo se lebanto el presente Escrivano y la dio y entrego al Señor Governador el qual lebantado en pie la beso y puso sobre su cabera y aunque la tiene obedecida la buelve a obedecer y cada uno de los Alcaldes la lomo y en pie beso y puso sobre su cabega y los demás deste 302 ACTAS DBL CABILDO DE BUBNOS AIRBS Cabildo con el acatamiento devido y mandaron se guarde y cumpla lo que Su Magestad manda y mandaron a mi el presente Escrivano ponga el obedecimiento al pie de la dicha sobrecarta para que conste de su obedecimiento. Sobre las cal- Eu este cabildo se trato sobre las calcadas que esta man- cados de Uuow ^^'' dado hazer para el paso de las calles y se cometió a los Alcaldes Ordinarios y Alguacil Mayor para que las dispon- gan de manera que se pueda andar por ellas porque como están oy en lloviendo se ba con rriesgo por las beredas de las calles rrespeto de estar gastadas las calcadas de caer y lastimarse o matarse y asi a los diputados queban nom- brados les da esta ciudad toda la comisión que puede para que puedan hazer en ello todo lo que quisieren de manera que se pueda andar por las dichas calles y si fuere nece- sario que los vecinos les ayuden en sus pertenencias los apremien para ello y esto se execute sin dilación nin- guna. paraqueaeno- En éstc cabildo se maudo que se notifique al obligado de ^&^^to¡ la ciudad trayga vacas para matar los viernes y martes y no fncwtet* haga falta conforme a su rremate pena de la en el conte- nida que se executara y para que se haga con puntualidad atento que Juan Barragan Regidor y fiel Executor desta M<^^ nSk ^^^^^^ ®^^ ausente nombraron por diputado a Don Diego Diego de Rqfa». j^ Rojas Regidor para que lo haga cunplir y para ello trayga bara de la Real Justicia y estando presente lo acepto. Y con esto se acabo y serró este cabildo y lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Francisco Gonpales Pacheco. — Juan Baptista Ángel. — Don Diego de Rojas. — ^Ante my: Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Mayor de Governacion. AGTA.S DXL CABILDO DB BUENOS AIEBS 303 NOTIFICACIÓN * En la ciudad de la Trinidad en onze de Otubre del dicho año de seiscientos y treinta y uno yo el presente Escrivano notifique lo proveydo sobre las camiserías por mandado del Cabildo Justicia y Regimiento a Baltasar Maciel mayor- domo del obligado en su persona el qual dixo lo cumplirá. Testigos Juan Geniales de Meló y Pedro Nieto, presentes. — Alonso Agreda de Vergara^ Escrivano. FIANZA DEL DEPOSITARIO GENERAL (Foja 35 vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Fianza ai de- on^ dias del mes de Otubre de mili e seiscientos y treinta e un años ante mi el Escrívano e los testigos de yuso el General Sevastian de Orduña vezino desta Qiudad que doy fee conosco dixo que Bernardo de León Depositario Gene- ral desta ciudad propietario por aver muerto unp de los fiadores que avia dado para la seguridad de los depósitos que en el se hiziesen en conformidad de la rreal Qedula que (erca desto dispone ofreció nuevos fiadores ante el Cabildo Justicia e Regimiento desta ciudad que se admitieron y ^ £8ta notificación está al margen de la foja 35 del libro original. 304 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBBS mandaron rrecebir y entre ellos ofregio al dicho Sevastian de Horduña ysaviendo lo que en ello aventura y entendido el efeto de la ñanga la quiere bazer por tanto otorgo e se constituyo por fiador del dicho Bernardo de León Deposita- rio General en tal manera que todos los depósitos en qual- quier cantidad que sea que le fueren encargados e deposi- tados por la Justicia dará quenta con pago dellos y los enterara y entregara a las personas a quien tocare e le fuere mandado por las dichas Justicias luego que se le mande sin otro plazo ni dilación alguna y si assi no lo hiziere el como ssu fiador e principal pagador haziendo de deuda agena suya e sin que contra el dicho Bernardo de León sus bienes ni otra persona alguna sea fecha ni se haga deligengia ni escursion aunque de fuero y de derecho se rrequiera cuyobenefigio e leyes que en este caso hablan con las de las espensas gastos y depósitos dellas espresa- mente rrenungio enterara é pagara los dichos depósitos según estubiere obligado el dicho Bernardo de León sin pleito con todos los daños e costas e la de la cobranza e a su firmeza obligo su persona e bienes presentes e futuros dio poder cumplido a todas las Justicias e Jueces de Su Magestad a cuyo fuero e jurísdigion y de cada una dellas se sometió rrenuncio el suyo propio domicilio evezindad y la ley que dize que el actor deve seguir el fuero del reo para que le conpelan á la paga por via breve executiva y como si fuese sentencia definitiva passada en cosa jusgada rrenungio qualesquier leyes fueros y derechos de su fa- vor con la que prohive la general renunciación de leyes e la otorgo e firmo de su nombre. Testigos Gómez de Gayoso Juan de Castro y Domingo Feliz de Morales presentes, — Sevastian de Horduria. — knie my : Paulo Nuñez, Escri- vano. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 305 CABILDO DEL 13 DE OCTUBRE DE 1631 {Foja 36 vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en caü*> oráina. rio de Í3 de Ot- Irezedias del mes de Otubre de mili y seiscientos y treinta í««"-c<<«^"í- y un años el Cabildo Justicia y Regimiento desla dicha ciu- dad se juntaron a hazerle como lo an de costumbre con- viene a saver : Bl Señor Don Francisco de Céspedes Gover- nador y Capitán General Bernardo de León vecino y Alcalde Ordinario y Francisco Gon^ales Pacheco Alguacil Mayor el Capitán Juan Bautista Ángel y Don Diego de Rojas Briones Regidores para tratar las cosas tocantes al bien de la Repú- blica y otras y se higo en la manera siguiente : En este cabildo el dicho Bernardo de León Depositario General propuso y dixo como en el cabildo ultimo que se higo Su Señoría le mando diese mas iiangas para la segu- ridad y buen uso de su oficio demás de las que tiene dadas y ofreció por sus fiadores a el Alférez Simón Guerra de Herrera y a Antonio Bernalte de Linares Alcalde de la San- la Hermandad vecino desta ciudad personas llanas y abo- fu;,,^^ de de- nadas para el dicho efeto y otros de mas cantidad y el dicho df¿ J^^'*'^"'**'^ Señor Governador y demás Capitulares dixeron que el di- cho Bernardo de León salga fuera deste Cabildo para tratar sobre lo contenido en su propusision el qual se salió del de que yo el presente Escrivano doy fee y se trato por el dicho Señor Governador y demás Capitulares sobre sí se avian de rrecevír demás de las fianzas que tiene dadas al dicho oficio el dicho Bernardo de León a los dichos Simón Guerra y Antonio de Linares y todos unánimes y conformes kgt. tmL CAB. 01 BVniOf AIAlf. — T. IT. 90 ir' 306 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIBES de un acuerdo dixeron los dichos Alguacil Mayor y Regido- res se rreciban por fiadores del dicho Depositario por ser abonados y llanos y que otorguen fianza en forma ante Pablo Nuñez Escrivano Publico y Cabildo y asi lo decre- taron. A^ferti rreai Atcnto a quo por estc Cabildo esta obedecida una rreal ts se trayga el * * c'^ildS^ ^ provisión sobrecarta de la Real Audiencia déla Plata para que el General Juan de Tapia de Vargas sea admitido al uso y exersicio de Alférez Real para mejor cumplir la dicha rreal executoria carta y sobrecarta se trayga a la ciudad estan- do junta en su Cabildo el Estandarte Real que esta en poder del Alférez Real Bernardo de León Depositario General por nombramiento y acuerdo desta ciudad y porque conviene que se cumpla de todo punto lo que la dicha Real Audien- cia manda exsiba en el dicho Cabildo el Estandarte Real para que el dicho General Juan de Tapia de Vargas haga el juramento y pleito omenaje acostumbrado y se le entre- gue y porque actualmente es Teniente General de Governa- dor se disponga la cosa de manera que Su Magestad sea mejor serbido y se acuda a todo. Fiel sxecutor Eu cstc cabildo sc platicoy confirmo la falta que haze el Don Diego de RO' >«*• fiel Executor Juan Barragan por estar ausente y que es costumbre en los tenderos y pulperos y los que venden en las placas publicas y gatos hazer exsesos contra las rreales ordenanzas esediendo de posturas y de pesso rrespeto de lo qual y por su mejor goviemo esta ciudad acuerda de con- formidad que por el tiempo que della hiziere ausencia el dicho Juan Barragan, fiel Executor use por el en la misma forma Don Diego de Rojas y Briones Regidor perpetuo desta dicha ciudad a quien esta cometido asista en el matadero por la misma causa para cuyo efeto se le encarga la con- ciencia y que haga el juramento ordinario y que el Señor ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 307 Governador le entregue la bara de la Beal Justicia y el dicho Don Diego estando presente higo el juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz en forma de dere- cho y dixo que usara el dicho oficio de fiel Executor a su leal saver guardando justicia y cumpliendo las leyes y ordenanzas rreales y a la conclusión dixo si juro y amen y aceto el dicho cargo y el Señor Governador tomo una bara de la Real Justicia y se la entrego en nombre de Su Mages- tad al dicho Don Diego de Rojas para el uso del dicho ofi- cio y en esta forma se hi^o este cabildo y se acabo y firma- ron de sus nombres. (Testado: costumbre). — Don Francisco de Céspedes. — Bernardo de León. — Francisco Gonzales Pacheco. — Joan Baptista Ángel. — Don Diego de Rojas. — Ante my : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Mayor de Governacion — (Sin derechos). FIANZA DEL DEPOSITARIO GENERAL {Foja 37 vuelta del libio original En la (iudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en Fianoa de de- poéitariQ. trese dias del mes de Otubre de mili y seiscientos y treinta e un años ante mi el Escribano y los testigos de yuso Anto- nio Bernalte de Linares Alcalde de la Hermandad en esta (íudad y el Alferes Simón Guerra de Herrera vezinos della a quienes doy fee conosco dixeron que Bernardo de León Depositario General propietario desta giudad por aver muerto uno de los fiadores que avia dado para la seguridad de los depósitos que en el se hiziesen ante el Cabildo Jus- 308 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIEIES ticia e Regimiento desta dicha giudad en conformidad de la rreal cédula de Su Magestad que ^erca desto dispone ofregio nuevas fianzas y por fiadores entre otros a los di- chos Antonio Bernalte de Linares y Alferes Simón Guerra de Herrera e el Cabildo les admitió y mando se rrecibiesc») y ellos savido el efeto de la dicha ñanga y lo que en ello aben- turan quieren ser sus fiadores. Por tanto otorgan por la presente que se constituyen por fiadores del dicho Bernar- do de León Depositario General e se obligan que todos los depósitos en qualquier cantidad que sean que le fueren depositados por las Justicias el dicho Bernardo de Leoa dará quenta con pago dellos y los enterara y entregara a las personas a quien tocare e le fuere mandado por las dichas Justigias, luego que se le mande sin otro plazo ni dilagion y si assi no lo hiziere ellos como sus fiadores y principales pagadores haziendo de deuda agena suya pro- pia e de mancomún a vos de uno ecada uno dellos por si y el todo ynsolidum renunciando como expresamente re- nunciaron las leyes de anocus rrex debendi autentica de fidejíAsoribus división escursion y demás leyes fueros y dere- ohos de la mancomunidad, con las de las espeusas gastos e depósitos dellas enteraran e pagaran de llano en llano los dichos depósitos según e por la forma que el dicho Ber^ nardo de León estubiere obligado sin pleito con todos los daños e costas e las de la cobranga esto sin que contra el suso dicho sus bienes ni otra persona alguna sea fecha ni se haga deligengia ni escursion aunque de fuero y de de- recho se rrequíera cuyo beneficio e leyes que en este case hablan expresamente renunciaron y a su firmeza e paga debajo de la dicha mancomunidad obligaron sus personas e bienes muebles o rraizes presentes e futuros dieron po- der cumplido a todas las Justicias e Jueces de Su Magestad ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 309 a cuyo fuero ejurísdígion y de cada una dellas se sometie- ron renunciaron el suyo propio domicilio e vezindad e la ley que dize que el actor deve seguir el fuero del reo para que les compelan a la paga por via breve executiva e como si fuese sentencia definitiva pasada en cosa jusgada renun- ciaron las leyes fueros e derechos de su favor con la que lo prohivee la otorgaron e firmaron desús nombres. Testigos Hartin del Pino Alonso Ramirez y Domingo Feliz de Mora- les présenles. — Antonio Bernalte de Linares. — Simón Guer^ ra de Herrera. — Ante my: Paulo Nuñez, Escrivano. ESCRITURA DE DEPOSITO DE 4000 PESOS PARA LA RESIDENCIA DEL GOBERNADOR (Foja 39 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Depoauo en ei depositario gene- cinco dias del mes de Nobiembre de mili e seiscientos y d&íí¿JrJ^. ncuiop pora su treinta e un años ante mi el Escribano e los testigos de yuso '^««encm. parecieron de la una parte Bernardo de León Depositario General desta giudad propietario y de presente Alcalde Hordinario y de la otra el Maese de campo Don Enrique Enriques vesino desta giudad albagea del Capitán Beruave de Soto vezino que fue della ya difunto y el susodicho dixo que el dicho Bernave de Soto en el testamento que otorgo en esta ciudad cerrado por ante mi el Escrivano e testigos en quince de Junio deste año que por su muerte fue abierto con ]a solenidad del derecho dejo declarado que el avia 340 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES Otorgado una fianza en favor del Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General destas Provincias en que se obligo a que se daría residencia del dicho cargo y pagaría lo que en ella fuese jusgado e sentenciado hasta en cantidad de quatro mili pesos ^ de a ocho rreales debajo de palabra que el dicho Señor Governador le dio que la dicha cantidad se le entregaría en rreales para que la hubiese en deposito para su seguridad hasta dar la dicha residencia y cumpliendo con ella le avia entregado los dichos quatro mili pessos en rreales y los tenia en su po- der y era su voluntad estubiesen en el de sus herederos hasta en tanto que el dicho Señor Governador diese rresi- den^ia y dada si le diesen por libre se le entregasen como cosa suya o lo que dello sobrase pagado condenagíon y cos- tas y que si por caso el dicho Señor Governador diese nuevas fianzas y el Cabildo Justicia y Regimiento desta ciudad a cuyo cargo estava las admitiese y le diese por libre de la que tenia echa y a sus herederos y bienes que- dando el negocio de calidad que por la dicha rresiden^ia no se le pudiese pedir cosa alguna se le entregasen e bol-' viesen los dichos quatro mili pessos en rreales y el dicho Señor Governador en esta ciudad en treinta dias del mes de Junio deste año estando la Justicia e Regimiento en su Ayuntamiento como lo an de uso e costumbre propuso e pidió que atento a que el dicho Bernave de Soto era muerto combenia que los dichos quatro mili pessos se sacasen de poder de los dichos herederos y albageas y que se deposi- tasen y pusiesen en deposito en la persona que le pareciese mas a proposito para que los tubiese de manifiesto y sa- ^ A pesar de que en la nota marginal se lee cuarenta pesos, debe entenderse cuatro mil, que era el monto de la fianza que pagaban los gobernadores al entrar en sus funciones. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 344 tisfaziese cod ellos o con la parte que fuese necesaria en cargos y condeaagiones de rresidengía si se le hiziesen al- gunos y lo que sobrase dellos ó toda la cantidad se le bolviese y entregase como a dueño dellos y la Justicia e Regimiento unánimes y conformes acordaron que por quanto era muerto el dicho Bernave de Soto los dichos quatro mili pessos se sacasen de los alba^eas y herederos del difunto y se depositasen en el Señor Bernardo de León Depositario General para que los tubiese en deposito y de manifiesto por la dicha quenta e para el dicho efeto y otor- gado deposito en forma davan por libres e quitos a los bienes y herederos del dicho Bernave de Soto de la fianza de rresiden^ia que al dicho Señor Governador tenia echa y para ello se les despachase el rrecaudo necesario y este auto e acuerdo se le notifico al dicho Don Enrique Enriquez como del y del dicho testamento mas largo consta e parece a que se remite que todo esta originalmente en poder de mi el Escrivano ante quien passo y cumpliendo con la voluntad del dicho Bernave de Soto y con lo mandado por el Cabildo Justigia e Regimiento excibe los dichos quatro mili pessos corrientes en rreales que son procedidos de los bienes que dejo por su muerte el dicho Bernave de Soto y los excibe como tal su albagea para que el dicho Deposita- rio General los reciba otorgue deposito del y del acuerdo del dicho Cabildo se le de testimonio para en guarda de su derecho y de los bienes y herederos del dicho Ber- nave de Soto y el dicho Bernardo de León rrecibio del dicho Maesse de Campo Don Enrique Enriques como de tal alba- fea y por ante mi el dicho Escribano e testigos cantidad de rreales de plata castellanos en que confesso aver los dichos quatro mili pessos e de que me pidió diese fee yo la doí de que el dicho Depositario General Bernardo de León 312 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES rrecebio del dicho Don Enrique Enriques los dichos reales 6 pasaron a su poder y dellos se dio por entregados y por- que no se contaron en mi presencia renuncio el herror de quenta y leyes que en este caso hablan y en caso necesario otorga de los dichos quatro mili pessos carta de pago en favor del dicho alba^ea herederos e bienes del dicho Ber- nave de Soto y los rregibe del por dicho Señor Govemador e se constituyo por depositario dellos y obligo a que los tendrá en deposito y de manifiesto hasta que el dicho Señor Governador de residencia del dicho cargo y luego que por el dicho Jues de residencia le fueren mandados entregar o por otro Jues competente todos o parte para condenagiones e costas de residencia los entregara luego que se le mande sin plazo ni dilación o al dicho Señor Governador si no ubiere condenación o costas como cosa suya a lo que dellos obíere y sin la dicha borden e mandado no acudirá con ellos a persona alguna donde no lo pagara por su persona e bienes demás de caer e yncurrir eii las penas en que caen 8 yncurren los depositarios que no acuden con los depósi- tos que les son encargados por la Justicia todo lo qual cumplirá sin pleito con las costas de la cobrancay a su firmeza obligo su persona e bienes presentes e futuros dio poder cumplido a todas las Justicias e Jueses de Su Mages- tad a cuyo fuero e jurisdicion y de c^ada una dellas se so- metió y en especial a las que desta caussa puedan e devan conocer y renuncio el suyo propio domicilio e vezindad y la ley que dice que el actor deve de seguir el fuero del reo para que le' compelan a la paga por via breve execuliva apremio como si fuese sentencia definitiva passada en cosa jusgada sin defeto alguno e renuncio qualesquier leyes fueros e derechos de su favor con la que lo prohive e lo otorgo e firmo con el dicho Don Enrique Enriques y doy ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 313 fee los conosco. Testigos Pedro Fernandes Carretero Anto- nio de Robles y Domingo Feliz de Morales presentes. (Entre renglones : con la que lo prohibe). --- Bernardo de León. — Don Enrique de Enriquez. — Ante my: Paulo Nuñez, Es- crivano. Sacóse un traslado deste deposito y diose al albacea. — (Rubrica del Escrivano). En 8 de Octubre de 1632 saque un traslado deste depo- sito por mandado del Tesorero Diego Hernández de Laguna Jues de la Real Audiencia. — (Rubrica del Escrivano). CABILDO DEL 16 DE OCTUBRE DE 1631 (Foja 49 vuelta del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao*, oeied dies y seis dias del mes de Octubre de mili y seiscientos y treinta y un años el Cabildo y Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad se junto a hazer cabildo como lo a de costumbre para tratar algunas cosas tocantes al bien y con- servación desta República a saver : El Señor Don Francisco de Céspedes Governador y Capitán General destas Provin- cias Bernardo de León Alférez Real y Alcalde Ordinario Francisco Gonzales Pacheco Alguacil Mayor y Juan Barragan Fiel Executor y el Capitán Juan Bautista Ángel y Don Diego de Rojas y Azevedo Regidores y en el se trataron las cosas siguientes : En este cabildo el dicho Bernardo de León Alcalde Ordi- 344 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Darío dijo que atento que el Capitán Juan Bautista Ángel esta do^á^Siaí^Baí- ^® partida para la villa de Potosi y Ciudad de la plata a ne- qae*it?e?dá'n'? gocios j cosas quo SO le ofrecen y porque la Ciudad tiene al Cabildo. algunos pendientes y conviene darles cobro no enbarganle que el Maesede Campo Don Juan de Céspedes tiene poder y y que no deva el dársele al dicho Juan Bautista Ángel de- jándolo en su fjierga y vigor y sin alterarlo para que se ayude el uno a el otro asi en los casos presentes como en los que se fueren ofreciendo adelante de conformidad acuerda esta Ciudad que se le de poder en forma para todos los pleitos y cosas necesarias tocantes a este dicho Cabildo con libre y general administración y facultad de sostituir el qual se otorgue luego sobre lo qual encarga la consencia este Cabil- do al dicho Juan Bautista Ángel y que baya dando abiso de lo que fuere subcediendo. I con esto se acabo este cabildo. El qual dicho Juan Bautista Ángel estando presente lo acepto y lo firmaron. —Don Francisco de Céspedes. — Ber- nardo de León. — Francisco González Pacheco. — Juan Bar- ragan.-^ Juan Baplista Ángel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Mayor de Governacion. —(Sin derechos). PODER AL CAPITÁN JUAN BAUTISTA ÁNGEL PARA U AUDIENCU [Foja 43 del libro originalj jJí^^iátaí^H Sepan quantos esta carta vieren como nos el Cabildo Jus- SSíSSto AÜ^ei ticia y Regimiento desta Ciudad de la Trinidad Puerto de ^MaSSiUcaf,!^. Buenos Áyres estando en nuestro Ayuntamiento como lo ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 345 avernos de uso y costumbre conbíeae a saber : Don Fran- cisco de Céspedes Governador y Capitán General deslas Pro- vincias Bernardo de León Alférez Real y Alcalde Ordinario Francisco Gonzalos Pacheco Alguacil Mayor Juan Barragan el Capitán Juan Bautista Ángel y Don Diego de Rojas Regi- dores perpetuos por nos y en nombre deste Cabildo y de los demás Regidores que somos y adelante fueren damos y otorgamos todo nuestro poder cunplido según le tenemos y el que de derecho se rrequierey es necesario a el dicho Capi- tán Juan Bautista Ángel Regidor perpetuo desta dicha ciu- dad y vezinos della que esta presente para que en nuestro nonbre y deste Cabildo en la dicha ciudad de la Plata y otras qualesquier partes y paresca ante los Señores Presi- dente e Oydores de la dicha Real Audiencia de la dicha ciudad de la Plata y otros qualesquier juezes y justicias de Su Magestad eclesiásticos y seglares y haga los pedimentos rrequerimentos citaciones protestaciones juramentos pre- sente qualesquier testigos en favor desta dicha Ciudad y qualesquier provangas que nos convengan y todo genero de prueva y lo abone y bea presentar los de contrario y los tache y pida términos quartos planos ultramarinos y ordi- narios y restitución yn yntegrum concluya pida los sigan y sentencias interlocutorias y difinitivasy las en nuestro favor dados consienta y de las en contrario y de otro cualquier auto y agravio apele y suplique y siga el apelación y supli- cación en todos grados e ynstancias pida y gane qualesquier provisiones y executorias rreales y otros qualesquier rrecau- dos que nos convengan y use de todo ello y rrecuse juezes acesores y Escrivanos y se aparte de las recusaciones si conviniere y los saque de poder de qualesquier escrivanos que los tengan y de van dar y haga todos los autos y dili- gencias judiciales y estrajudiciales que convengan y lo 3f6 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES que haríamos siendo presentes hasta que tenga efecto lo contenido en este dicho nuestro poder el qual le damos con todas las yncidencias y dependencias y libre y general administración y con facultad que lo pueda sostituír en quien y las vezes que le pareciere y a todos rrelevamos en forma de derecho y a su firmeza y cumplimiento obligamos los propios y rrentas deste dicho Cabildo ávidos y por arer el qual dicho poder le damos sin alterar nyrynovar el que este dicho Cabildo tiene dado a el Maese de Campo Don Juan de Céspedes Alcalde Ordinario desta dicha Ciudad y estando presente el dicho Capitán Juan Bautista Ángel lo acepto para usar del como le esta ordenado en testimonio de lo qual otorgamos la presente ante Alonso Agreda de Ver- gara Escrivano de Su Magestad y Mayor de Governacion por estar en la cama enfermo Pablo Nuñez de Victoria Es- crivano Publico y Cabildo y no aver otro escrivano. Que es fecha en la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dies y seis dias del mes de Octubre de mili y seiscientos y treinta y un años y los dichos Justicia y Regimiento otor- gantes lo firmaron de sus nonbres en este Regimiento á los quales doy fee conozco siendo presentes por testigos el Maese de Campo Don Enrrique Enrriquez y el Capitán Domingo Sánchez Chaparro y Antonio de Robles presentes. — Don Francisco de Céspedes. — Bernardo de León. — Fran- cisco Cotízales Pacheco. — Juan Barragan. — Joan Baptista Ángel. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Mayor de Governacion. (Sin derechos). ACTAS DBL CABILDO DK BUENOS AIRR8 347 CABILDO DEL 30 DE OCTUBRE DE 1631 {Foja 44 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en cae'- de so de OUabre de í$81. treinta dias del mes de Octubre de mil eseiscientos y treinta 6 un años se juntaron en su Ayuntamiento el Cabildo Justi- cia e Regimiento desta Ciudad conbiene a saber; El Señor Don Francisco de Céspedes Gobernador Capitán General en estas Provincias Bernardo de León y Capitán Juan de Vergara Alcaldes Bordinarios Francisco Gonzales Pacheco Alguacil Maior Juan Barragan y Don Diego de Rojas Regi- dores y estando jimtos. El Señor Gobernador dixo que en dias passados tratando propuaioondeí Gobernador en con el Señor Obispo de algunos Indios que traian de las ÍSSír^ de Cfover- ■ *^ í^U)S¡oAÍrt Justicia Maior destas Provincias del Rio de la Plata por da de Vergara. el Rei Nuestro Señor. Por quanto el oficio de Escrivano Maior desta Gobernación del Rio de la Plata esta baco y combiene nombrar persona que le use para el buen expediente y despacho de los negocios a el tocantes que sea délas partes y calidades que Su Magestad manda atento a que estas y otras de avilidad fidelidad y sufi- ciencia concurren en Alonso Agreda de Yergara Escrivano Real y que antes de agora a usado y exercido el dicho officio y los de Escrivano Publico y Cabildo y Registros y ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 349 Hazienda Real desta Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres con mucha deligencia e cuidado por el presente en nombre de Su Magestad y en virtud del poder 6 facultad que de su persona rreal tengo que por su notoriedad no va aqui ynserto elijo proveo y nombro por Escrivano Maior desta dicha Gobernación al dicho Alonso Agreda de Yergara para que como tal atento que lo es de Su Magestad use y exerca el dicho oficio en todos los casos y negocios a el tocantes y pertenecientes y pasen y se hagan ante el y no ante otro Escrivano, según e como lo an echo y usado los demás Escrivanos Maiores desta Gover- nacion propietarios y nombrados por mi y por mis ante- cesores y como tal aya y lleve todos los derechos y apro- vechamientos que le perteneciere y debiere aver y llevar conforme al Real Aranzel y todos los escrivanos y otras personas que ubieren usado el dicho oficio e tuvieren en su poder autos procesos y papeles a el tocantes y pertene- cientes fenecidos o pendientes mando que luego se los entreguen por ymbentario y con numero de fojas sin escusa alguna y con este titulo se presente en el Cabildo desta Ciudad y Puerto para que le rreciban y haga el jura- mento y solennidad que se acostumbra y todos le tengan por tal Escrivano Maior desta Gobernación y le guarden y hagan guardar todas las honrras preheminencias y prerrogativas e ynmunidades que puede aver o gozar y le deben ser guardadas según y como se a echo con sus antecesores sin que le falte cosa alguna y caso que por el dicho Cabildo no sea rrecibido al uso y exercicio de dicho oficio y le doi poder e facultad para que le use y exorna y aya y lleve los derechos y aprovechamientos que le pertenece! guardando las leyes y ordenanzas según el como los an llevado podido e devido llevar sus antece- 320 ACTAS DSL CABILDO DB BUENOS AIRES sores de lo cual mande dar y di la presente Qrmada de mí nombre y del Escrivano ynfrascripto y sellado con el sello de mis armas. Que es fecho en la dicha ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en treinta dias del raes de Febrero de mili e seiscientos y treinta y un años. — Don Francisco de Céspedes.— Vov mandato de su Señoría el señor Gobernador: Paulo Nuñez Escrivano. E visto por el Cabildo dizo que : haziendo el juramento acostumbrado para su buen uso están prestos de rrecí- bille. Y luego pareció el dicho Alonso Agreda de Yergara e juro por Dios Nuestro Señor e una señal de cruz en forma de que bien y fielmente usara el dicho cargo y sin passion ni aGccion ni agravio de las partes no llevara derechos demasiados guardara secreto en lo que combi- niere y en todo hará lo que deve y es obligado y se obligo con su persona e bienes a dar quenta e rresidencia de lo que fuere a su cargo y el dicho Cabildo lo rrecibio al uso y exercicio del dicho oñicio según y como se con- tiene en el titulo del Señor Gobernador. Con esto se cerro este cabildo e lo firmaron. — Don Fran- cisco de Céspedes. — Bernardo de León.'-- Joan de Yergara. — Francisco González Pacheco. -^ Juan Barraban. — Joan Baptista Ángel. — Alonso Agreda de Vergara. — Ante mí: Paulo Nuñez, Escrivano. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 321 CABILDO DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 1631 {Foja 46 del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en /« de Norr dies y ocho dias del mes de Nobienbre de mili e seiscien- tos e treinta e un años se juntaron en su Ayuntamiento él Cabildo Justicia e Kegimíento desta Ciudad como lo an de uso e costumbre con asistencia del Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General en estas Provincias conbiene a saver El Capitán Juan de Vergara Alcalde Hor- diñarlo Juan Barragan y Don Diego de Rojas Regidores y estando juntos. Su Señoría dixo que conforme a la obligación de su oAgio la tiene de hazer vesita en chácaras y estancias de la jurisdigion en esta conformidad a nombrado y echo elegion en el Capitán Juan deCaravajal persona de toda satisfazíon que lo dize a la Ciudad para que sí por su parte quisiere enbiar persona que se halle presente o encargarle las de- ligengiasque suelen hazerse otras veces. Y se leyó en este cabildo la comisión dada al dicho Capitán Gonzalo de visitador de • • las chácaras y Caravajal que la entrego a mi el Escrivano para que la ^«'«"^"«^ presentase y todo ello visto por el Cabildo el Capitán Juaii de Vergara dixo que por lo que toca a este Cavildo y a su preheminencía e jurisdigion en los casos e cosas que la tiene de las contenidas en la comission del Señor Gover- nador dava la misma comission al Capitán Gougalo de Caravajal y a qualquiera de los Regidores deste Cabildo que quiera ir en su compañía ecepto a iaombrar Escrivano de la dicha visita que el dicho juez comisario parésca y ÁCT. DII. C^. DI IDBNOf ÁIBSf . -— T. TI. 21 32% ACTAS DKL CABILDO BB BVBHOS AIRBS haga el juramento qne deve y es costumbre y fechóse pu- blique la dicha comisión en la Plaza Publica para que venga a notigia de todos los chacareros y estancieros y acudan a sus haziendas á la dicha visita y a pedir su jus- ticia y un tanto de la dicha comisión se ponga autorizado en su libro de acuerdos de Cabildo y que el Señor Gover- nador se sirba de señalarle termino en que a de hazer la dicha visita y los Regidores Juan Barragan y Don Diego de Rojas fueron del mismo parecer. T luQgo dizo el didio Señor Governador que reponia e rebocava el titulo presen- tado en este Cabildo en la parte que dize nombre Escri- vano y que el dicho Gonzalo de Caravajal como jues visi- tador haga los autos ante si por no aver escrivano real que vaia en su conpañia y que el termino que a de llevar para el uso de la dicha comisión sea de treinta dias y si fuere menester mas para acavar la dicha visita lo pedirá y quando entre a hazer el juramento en este Cavildo se le de noticia deste auto y el dicho termino corra desde veinte y uno deste presente mes y esto y el juramento que hiziere se asiente al fin del titulo para que se pregone juntamente con el. T luego fue llamado a este Cavildo el dicho Ca- pitán Gonzalo de Caravajal a quien ley e notifique lo deno- tado por el señor Governador e Cavildo y acepto las dichas . comisiones y juro a Dios y a una Cruz en forma de que usara bien e fielmente el cai^o de juez visitador hará justicia de offigio e a pedimiento de partes a todo su saver y entender e sin passion afigton ni agravio no llevara derechos demasiados y en todo hará lo que deve y es obli- gado y que si asi lo hiziere Dios le ayude y si no se lo demande amen y lo firmo : Gonzalo de CaravajaL Presentóse en este cabildo un titulo de Capitán de ynfao- teria de la miligia desta ^iudad fecho por el dicho Señor ACTAS DSL CABILDO DB BUENOS AIBBS 9S3 GoYernador e Capitán General destas Proyin^ias en Toribio de Peñalva en esta Ciudad y el Cabildo dixo use del e se tome la razón del dia mes e año y lo firmaron. — Dan Franr cisco de Céspedes. — Juan de Vergara. — Jtuin Barrerían. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Paulo Nuñex, Escri- vano. NOTA El titulo de Capitán de Toribio de Peñalva es fecho en esta Ciudad en diez y ocho del mes de Febrero de mili e seiscientos e treinta e un anos firmado del Señor Gover* nador y refrendado de mi el Escrivano. — Paulo Nuñez, Escrivatío. TITULO BE JUEZ VISITADOR DB CAMPAÑAS {Foja 47 ímelta del libro original} Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General ntuiode juez *■ viaiíeuicr de m- e Justicia Maior destas Provingias del Rio de la Plata por ^^ai^cS^- ton OonécUo de d Beí Nuestro Señor etc. Por quanto a mas tiempo da dos <^<^^^M' aaos cpie no se bisitan los términos y caminos chácaras y estancias molinos y otras cosas de la jurisdi^ion desta ^dad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres y combiene se kaga porque al presente estol ocupado en cosas tocan- tes ai rreal servicio y prevenciones para la defensa deste 324 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Puerto del enemigo olandes no puedo hazerla personal- meiile y conviene al servigio de Dios Nuestro Señor de su Magestad bien de los vezinosy naturales se haga la dicha visita sin dilación es necesario nombrar persona que convenga que la pueda hacer atento que en la del Capitán Gonzalo Caravajal vezino desta dicha ciudad e Puerto concurren las partes y calidades que para el efeto se requieren por la presente como mejor a lugar nombro al dicho Capitán Gongalo de Caravajal por Juez Visitador desta dicha jurísdigion y le doi cumplida como se rre- quiere y es necesario para que alcanzando bara de la Real Justigia vaia e bizite las dichas chácaras y estangias términos y caminos molinos y las tierras que estubieren pobladas y se fueren poblando en el termino desta dicha Ciudad y conosca de todas e qualesquier caussas geviles e criminales que ayan sugedido y al presente ubiere entre los vezinos y chacareros unos con otros y su servigio asi hurtos de cavallos bueyes e ganados y muerto los y las terneras de que a ávido quejas e los que ubieren vendido en sus chácaras mantenimientos trigo maiz bino y otras qualesquier cosas sin licengia de la Justigia y vea las medidas con que se obiere hendido si están sellados con el sello y padrón de la ^iudad como se acostumbra y si an dado de bever a indios y negros y rescatado cavallos o otras qualesquier cosas por binos o dineros o otro gene- ro y bisite los yndios e yndias y demás personas del servi- gio que en ellas ubiere como son tratados dotrinados y ocupados pagados que tiempo a que rresiden en las dichas chácaras y oiga las quejas que dieren y castigue las per- sonas que paregieren culpados breve e sumariamente e les haga pagar e satisfazer lo que se les deviere a los dichos yndios y los bagabundos que hallare en la dicha visita e ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 325 gente de mal vivir pasageros negros mercaderías y otras cosas que hallare de contrabando y las personas que los ubieren encubierto y rreceptado proceda contra ellas y en todos guarde las ^dulas y hordenan^as de su Magestad autos e bandos del Govierno y sus sentencias executara en lo que ubiere lugar otorgando a las partes las apelagiones que dellas ynterpusieren para ante mi y en todo guardará el borden del derecho y lascaussas que fueren graves e de ynportancia las sustanciará hasta estado de sentencia y citadas las partes me las rremitira y para todo nonbrara Escrivano ynterprete y Alguacil Executor en los casos que se ofrecieren acudiendo a todo con deligengia y cuidado bien de los naturales que su travajo y ocupagíon se le pagara de los culpados que para todo lo que dicho es y cada cosa dello y lo anejo y concerniente doi esta comi- sion bastante al dicho Capitán Gonzalo de Caravajal y todos los jueces e justicias desta dicha Qiudad y su jurís- di^ion le tengan por tal Jues Yissitador y las demás per- sonas de qualquier estado e condición que sean y le den y hagan dar todo el favor y ayuda que obiere menester so pena de quinientos pesos corrientes para la Real Cámara de Su Magestad y todos los autos y deligen^ias de la dicha visita los trayga y entregue al presente Escrivano Mayor de Go- vernagion dará que conste de lo que a echo y de notigia desta comisión al Cabildo Justicia e Regimiento desta dicha Ciudad. Fecho en el Puerto de Buenos Aires en catorce dias del mes de Mobienbre de mili e seiscientos e treinta e un años, — Don Francisco de Céspedes. — Por man- dado del Señor Govemador : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Mayor de Governagion . Corregido y concertado fue con el original con que con- cuerda que llevo a su poder el Capitán Gonzalo de Cara- SÍ6 ACTAS DEL CABILDO DE BUBKOS AIBB8 rajal y de mandamiento del dicho Señor Governador di el presente en la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ay- res en dies y nueve dias del mes de Nobienbre de miH y seiscientos y treinta e un años« Testigos Pablo Dias y Gómez de Gayoso ; y fíze mi signo (hay un signo) en testimonio de verdad : Paulo Nuñez, Esmvano Publico y de Cabrldo. CABILDO DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 1631 (Foja 49 del libro original] 19 de noviembre En la Cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en veinte dias del mes de Noviembre de mili y seis cientos y treinta e un años se juntaron en su Ayuntamiento el Cabil- do Justicia e Regimiento desta Ciudad como lo an de uso y costunbre conbiene a saver : El Señor Don Francisco de Céspedes Governador y Capitán General destas Provincias el Capitán Juan de Yergara Alcalde Hordinario Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maíor Juan Barragan y Don Diego de Rojas Regidores y estando juntos. Recibimiento Sc leyo cn cstc cabildo la rreal provisión sobre carta que de Alférez Real. pd'd^v^Z?" en el esta presentada por el Capitán Juan de Tapia de Var- gas para ser rrecebido al ofigío de Alférez Real desta Ciu- dad y el obedecimiento que del la tiene echo el Señor Go- vernador en veinte y siete de Setienbre deste año y un acuerdo fecho por este Cabildo en dies de Otubre donde se obedegio la dicha real sobrecarta y otro de trese del dicho mes por donde mando traer a este Cabildo el Real Están- - ACTAS DSL CABILDO DK BUENOS AIRXS 327 darte entregársele y rrecebirle como por la dicha rreal sobrecarta se manda y atento a que Juan de Castro que haze oficio de Portero en este Cabildo aviendo llamado a los capitulares y a Bernardo de León Alferes Real y Alcalde Hordinario y que le dixo el Alcalde que estava enfermo en la cama no podía benir a cabildo ni traer el Real Estan- darte y porque conbiene que el Señor Governador provea mande y decrete lo que se deve sobre lo suso dicho y sobre si áy yncompatibilidad de que el dicho Juan de Tapia de Vargas siendo Teniente General de Su Señoría sea Alferes Real porque quando se le despacho la rreal provisión no lo era se pide y suplica a Su Señoria lo declare y mande porque este Cabildo se a juntado para proveer sobre esto porque el Capitán Juan de Tapia de Vargas pide ser rrece- ' bido y que se le entregue el Real Estandarte. Y visto y oido lo dicho dixo el Señor Governador que el yntento del obedecimiento de la rreai sobrecarta y la pena que puso de quinientos pesos a cada capitular fue.contra el que do cumpliese lá rreal provisión carta e sobrecarta según y como Su Alteza lo manda y que declarava y declaro que el General Juan de Tapia de Vainas puede usar el oficio de Alferes Real en conformidad de las rreales provisiones las veses que el Governador se hallare presente en el Cabil- do y no presidiendo en su lugar el dicho General Juan de Tapia de Vargas y que quando hizo el dicho auto no advir* tio que el General Sebastian de Orduña era su Teniente para las cosas de la guerra con que en esta parte el Gene- ral Juan de Tapia de Vargas puede en ocasión que se ofre-^ (iere salir con el Estandarte Real acompañándole el Go- vernador y los demás vezinos desta tierra como es costumbre y por quanto Bernardo de León que usa el dicho ofigio aunque a sido llamado para benir a este Cabildo y 328 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES entregar el Estandarte Real por Juan de Castro Portero el qual a dado fee dello a dicho tres días a esta ympedido por enfermedad y porque ynsta el dicho General Juan de Tapia de Vargas en que se le cumplan las rreales provisio- nes carta y sobrecarta y para que su cumplimiento no tenga dilación ni los capitulares ni el Governador omisión en el dicho cumplimiento desde luego y para en todo tiem- po el pleito omenaje que hizo el dicho Bernado de León quando se le entrego el Estandarte Real se lo algava j al^o y que los Señores Capitán Juan de Yergara Alcalde Hordinario y Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior conmigo el presente Escrivano de Cavildo vaian a las casas de la morada del dicho Bernardo de León Alcalde Hordi- nario y se le haga relagíon de lo declarado por el dicho Señror Governador y que entregue el Real Estandarte para entregársele al dicho General Juan de Tapia como Su Alte- za manda y lo firmo el Señor Governador. — Don Francisco de Cespsdes. — Ante mi : Paulo Nuñes, Escrivano. ¥ en cumplimiento de lo mandado por el Señor Gover- nador destas Provincias el Capitán Juan de Yergara Alcalde Hordinario Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior fueron conmigo el presente Escrivano a las casas de la morada de Bernardo de León Alcalde Hordinario a quien en presencia de los suso dichos ley el acuerdo del Cabildo y lo declarado y mandado por el dicho Señor Governador y el dicho Bernardo de León dixo que en quanto a declarar y mandar el dicho Señor Governador que el dicho General Juan de Tapia hallándose Su Señoria en Cabildo pueda entrar en el y botar hablando como deve apela a biva vos de la dicha declarasfion y mandato para ante Su Magestad y áu Real Audiencia de la Plata y para ante quien y con dere- cho devey pide por testimonio y que en quanto a rrecebille ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 329 por Álferes Real no teniendo otro ofigio esta presto de ha- zeilo y en cumplimiento de lo mandado por el dicho Señor Governador entrega el dicho Real Estandarte al Capitán Juan de Yergara y Alguazíl Maíory los suso dichos lo reci- bieron y el dicho Bernardo de León para en guarda de su derecho lo pidió por testimonio y lo ffSrmo. — Bernardo de Icón. —Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. En la dicha Ciudad en el dicho dia mes e año el dicho Capitán Juan de Vergara y Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maiorbinieron conmigo el presente Escrivano a las ¿Jjg*^"^ ""^ ^''' casas de la morada del dicho Señor Governador y estando presente Su Señoría y Juan Barragan y Don Diego de Rojas entregaron al dicho Señor Governador el Real Estandarte que rrecibieron de Bernardo de León y yo el Escrivano ley al dicho Señor Governador lo rrespondido y apelado por el dicho Bernardo de León y aviendolo oido dixo que en la rrespuesta que dio el dicho Bernardo de León al entregar el Estandarte Real apelo del auto proveido en virtud de que hizo el dicho entrego y porque si siguiere la dicha apelación se bea la justificación del auto en qualquier Tribunal Supremo mandava y mando a mi el presente Escrivano que si pidiere testimonio el dicho Bernardo de León no se le de sin vnsertar en el el titulo del General Se- hastian de Orduña de Teniente y la presentagion que hizo en este Cabildo del y a todos es notorio que lo esta exer- giendo y usando y acudiendo a todas las cosas que le tocan lo qual cumpla yo el dicho Escrivano pena de quinientos pesos para la Cámara de SuMagestad. Y prosiguiendo en su Cavildo los Capitulares y aviendose bisto y leido todo lo escripto el Capitán Juan de Yergara Alcalde Hordinario dixo que en conformidad de la dicha rreal sobrecarta y de lo que el Señor Governador tiene proveido y mandado sea 330 ACTAS DKL CABILDO DB BUBNOS AIBBS rrecebído el dicho General Juan de Tapia para que use el dicho oficio de Alferes Real en todos los casos que no fuere yncompatible con el offi^io de Teniente General guardando 7 cumpliendo en todo las leyes y hordenangas rreales y previlegios deste Cavildo y de sus Capitulares y exercien- dolo según y de la manera que lo an exercido y usado sus antecesores porque este es su pareger y los demás Capitu* lares se conformaron con el boto y parear del dicho Juan de Yergara. Y luego fue llamado a este Cabildo el dicho General Juan de Tapia de Yargas y pareció en el y el dicho Señor Goirernador aviendosele dado noticia de lo acordado en este Cabildo dixo que haziendo el juramento y pleito omenaje esta presto de entregalle el Real Estandarte y el dicho General Juan de Tapia hinco las rodillas en el suelo y metió sus manos entre las del dicho Señor Governador y dixo que jurava juro y hizo pleito omenaje como cavallero hijodalgo en manos del dicho Señor Governador como en manos de cavallero hijodalgo y Governador y Capitán Ge- neral del Rei Nuestro Señor una dos y tres veces una dos y tres veces una dos y tres veces según fuero y uso de España que el Real Estandarte que se le entrega le tendrá en buena guarda e custodia y le defenderá de todos los hombres del mundo acudirá con el como leal vassallo a todas las ocasiones que se ofrecieren del rreal servigio y no le entregara ni dará a ninguna otra persona sino a Su Magestad y en rreal nombre a su Governador o Capitán General so pena de caer en mal caso y en las otras penas en que caen e yncurren los que quebrantan y van contra los juramentos y pleito-omenajes que hazen a sus rreyes e señores naturales y el dicho Señor Governador le entrego el Real Estandarte y el dicho General Juan de Tapia le re^ cibioy luego juro en el dicho Cabildo a Dios Nuestro Señor ACTAS DEL CABILDO DB BITBNOS AIRSS 331 y a uoa señal de cruz en forma de que usara bien e fiel- mente el dicho cargo y guardara secreto de ]o que se Irala- re en Cabildo guardara e cumplirá las leyes ho'/denangas cédulas provisiones rreales epc^eheminengias deste Cabildo y mirara por el bien pro y aumento de la República y en todo hará lo que deve y es obligado y dixo si juro y en esta forma quedo recebido« Leyóse en esie Cabildo un titulo de Capitán de ynfante- ría de la milicia destu Ciudad dado por el dicho Señor Governador a Simón Guerra de Herrera veziño desta Qiu- dad y el Cabildo dixo use del tómese razón désele testi- monio. Y el Cabildo mando se ponga en este libro de acuerdo un tanto autorizado de la real provisión y sobre- carta presentada por el dicho General Juan de Tapia de Vargas e todos lo firmaron.— Don Francisco de Céspedes. — Juan de Vergara. — Francisco Gonzales Pacheco. — Juan Barraban. — Don Diego de Rojas. — Juan de Tapia de Var- gas.— Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. NOTA El titulo del Capitán Simón Guerra parece ser despacha- fio en esta Ciudad en dies y nuebe de Nobiembre deste año estar firmado del Señor Governador e refrendado de Alonso Agreda de Vergara Escrivano Maior de Governagion. — Rubrica del Escrivano. 332 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIEES • \ títulos de alférez real {Foja S3 vuelta del libro original) Don Phelípe por la gracia de Dios Rey de Castilla de León de Aragón de las dos Cesilias de Jenisalen de Portu- gal de Navarra de Granada de Toledo de Yalengía de tialí- zia de Mallorcas de Sevilla de Qerdeña de Cordova de Cór- cega de Murcia de Jaén de los Álgarves de Algezira de Gibraltar de las Islas de Canaria de las Indias Orientales y Ojidentales yslas e tierra fírme del mar Océano Archidu- que de Austria Duque de Borgoña Bravante y Milán Conde de Abspurg de Flandes Tirol e Barcelona Señor de Viscaya y de Molina etc. A vos el nuestro Governador de la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres Cavildo Justigia e Regimiento della y otros nuestros jueces e justicias qua- lesquier ante quien esta nuestra sobrecarta e provisión rreal fuere presentada y della pedido cumplimiento a cada uno de vos salud e gracia. Ya saveis y deveis saver como nos con acuerdo del Presidente e Oidores de la nuestra Audiencia y Chancilleria Real que por nuestro mandado esta e rreside en la ciudad tíe la Plata de los nuestros Rei- nos e Provincias del Perú mandamos dar e librar una nuestra carta e provisión rreal del tenor siguiente: Don Phelipe por la gracia de Dios Rei de Castilla de León de Aragón de las Dos ^egilias de Jerusalen de Portugal de Navarra de Granada de Toledo de Valencia de Galizia proouwn. ¿Q Mallorcas de Sevilla de Qerdeña de Cordova de Córcega de Murgía de Jaén, de los Álgarves de Algezira de Gibral- ACTAS DBL CABILDO BB BUENOS AIRES 333 lar de las yslas de Canaria de las Indias Orientales y Ogi- dentales yslas e tierra firme del mar Océano Archiduque de Austria Duque de Borgoña de Bravante y Milán Conde de Abspurg de Flandes Tirol e Barcelona Señor de Viscaia y de Molina. A vos el nuestro Gobernador de la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres Cavildo Justicia e Regimiento della ante quien esta nuestra carta fuere pre- sentada y della pedido cumplimiento salud e gracia. Saved ^^^^^"¿^''¿^¿Jj: que el Licenciado Don Martin del Guez y Veaumonte Cava- IrípL dT\aÍ¿ gcts. Ilero de la Horden de Calatrava del nuestro Consejo Presi- dente en la nuestra Audiencia Real querresideen la ciudad de la Plata del Peni en birtud de nuestras gedulas rreales despacho el titulo que se sigue: El Licenciado D. Martin del Gues e Veaumonte Cavallero de la Horden de Calatrava del Consejo del Rei Nuestro Señor su Presidente en la Real Audiencia e Chancilleria de los Charcas. Por quanto aviendo entendido que Don Juan de Santana Alferes Real de la ciudad e puerto de Buenos Ayres esta ausente del en los Reinos de España y que es necesario de que aya per- sona de toda satisfazion que sirba el dicho oficio y abien- dolo mirado con atengion provey un auto del tenor si- guiente: Ea, la Villa Inperial de Potosi a veinte y siete dias del mes de Margo de mili y seiscientos y treinta años el Señor Ligenciado Don Martin del Gues y Veaumonte Cava- llero de la Horden de Calatrava del Consejo de Su Magestad ^^ Presidente en la Real Audiengia y Chancilleria desta Pro- vingia de los Charcas diio que porque a entendido que a muchos dias que falta de la ciudad e puerto de Buenos Ayres Don Juan de Santana Alferes Real della por estar en los Reinos de España y por esta caussa el Cabildo Justigia e Regimiento de la dicha giudad nombra quien saque eL Estandarte Real y porque es justo atender a que este ea 334 ACTAS DKL CABILDO DB BUENOS AIBBS persona de toda saiisfazion y que sírba e] dicho oficio en el ynter que por Su Excelencia el Señor Conde de ChiiK¿i» Yirrei de estos Reinos otra cosa se provea e manda y ser preciso y necesario que para todas las ocasiones que se pueden ofrecer aya persona (le partes que sirba el diciio oficio mando que se despache titulo en forma de AJferea Real de la dicha ciudad de Buenos Ayres al Capitán Juan de Tapia de Vargas vezino y Alguazil Maior del Santo Ofi- cio del dicho Puerto por ausencia del dicho Don Juan de Santana propietario del dicho oSgio ynserto este auto para que le use y exer^a segiu y como pudiese el dicho Don Juan de Santana y con las mismas prehemioen^ias que a el y a sus antecesores les an sido convidas con voc e voto en el Cabildo en el entretanto que su Excelencia hordena otra cosa y assi lo proveyó mando e firmo. — El Licengiado Dan Martin del Gues. — Ante mi : Pedro López Pallares, Escrivano Publico y de Cabildo. T para que lo contenido en el dicho auto suso yncorpo^ rado tenga cumplido efeto di la presente por la qual en nombre de Su Magostad y en virtud de sus gedulas rreales que tengo que probeer en el distrito desta Real Audieneia los oficios que estubieren bacos que por su notoriedad bo van aqui ynsertos nombro elijo por tal Alferes Real de la dicha ciudad e Puerto de Buenos Ayres al dicho Capitao Juan de Tapia de Vargas por la zatisfazion que tengo de su persona y que a servido a Su Magestad en difereates cargos assi en esta Provincia como en el dicho Puerto j mando al Cabildo Justicia e Regimiento de la dicha ciudad e Puerto rreciban al dicho Juan de Tapia de Vainas por tal Al&res Real en lugar del dicho Don Juan de Santana y fe guarden y hagan guardar todas las honrras franquexase preheminengias que se le deven guardar en rraaon áú ACTAS DBL CABILDO DI BÜKN08 AIKB8 335 dicho oficio y aya y tenga toz e boto en Cabildo... ^ activa e passiva según e como lo esta convido al dicho Don Juan de Santana y como le an tenido todos sus ante- cesores sin que esto falte ni mengue cosa alguna sin em- bargo ni contradi(ion alguna pena de quinientos pessos ensaiados para la cámara de Su Hagestad a cada uno de los Capitulares que lo contradixeren y no rrecibieren al dicho Capitán Juan de Tapia de Vargas al uso y exerci^io del dicho officio luego que con este titulo se presentare ante el dicho Cavildo de lo qual me enbiara testimonio el dicho BnPotoHds? . deMarfodeteso Juan de Vainas para que se provea de remedio si por alguno o algunos del dicho Cavildo no se ubiere cumplido lo que por este titulóse le manda. Dada en Potosí a veinte y siete dias del mes de Marzo de mili e seiscientos y trein- ta años. — El Licenciado Don Martin del Gues. — Por man* dado del Presidente : Pedro López PallareSy Escrivano Pu- blico y Cavildo. — Fecho sacado corregido e concertado fue este traslado con su original que esta e queda en poder del Capitán Juan de Tapia vezíno y Álguazil Maior del Santo Oficio de la ciudad e puerto de Buenos Ayres a que me refiero y para que dello conste de su pedimiento di el pre- sente en Potosi en treinta días del mes de Mar^o del mili e seiscientos y treinta años siendo testigos Pedro Osorio y Sancho Ochoa Escrivanos de Su Magestad.y Juan Rodrí- guez Peréyra presentes e lo signo e firmo en testimonio de verdad. — Pedro López Pallares, Escrivano Publico y Cat- vildo. T agora se presento en la dicha nuestra Real Audiencia y Chancilleria Real ante el Presidente e Oidores la peti- ción que se sigue : Muy poderoso Señor Juan de Soria en petidon, ^ B8tá roto el papel. 336 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIBES nombre del Capitán Juan de Tapia de Vargas como mas aya lugar digo que el Licenciado Don Martin del Gues Cava- llero del Avilo de Calatrava buestro Presidente desta Real Audiencia a echo merced a i^i parte del ofí^ío de Alferes Real de la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres por ausencia de Don Juan de Santana cuyo es en el entre- tanto que el Govierno destos Reinos otra cosa se provea persona que use el dicho oficio como parece por este titulo que presento y para que en su virtud mi parte seacreóe- bido al uso del dicho oficio a Vuestra Alteza pido y suplico mande librar en favor de mi parte rreal provisión ynserlo el dicho titulo para que el Cavildo Justicia e Regimiento de la dicha ciudad rreciban a el dicho mi parte sin nin- guna causa al uso del dicho ofí^io con penas en forma. Pido justicia e para ello. — Juan de Soria. — E visto por el dicho nuestro Presidente e Oidores fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra carta en la dicha rrazop e tubimoslo por bien por la qual vos mandamos que veáis el titulo despachado por el nuestro Presidente suso yncor- porado e le guardéis cumpláis y executeis en todo e por todo según e como en el se contiene e declara y contra ese tenor y forma no vais ni paséis en manera alguna so pena de la nuestra merged y de quinientos pessos ensaiados para la nuestra cámara so la qual mandamos a qualquier nues- tro Escrivano Publico o Real y no le aviendo a qualquiera persona que sepa leer y escrivir vos la lea e notefíque para que nos sepamos nuestro mandado como se cumple. Dada en la Plata a onge dias del raes de Abril de mili y seiscien- tos e treinta años. — El Licenciado Don Diego Muñoz de Cuellar. — El Licenciado Don Antonio Fernandez MonHel.-^ El Licenciado Don Martin de Arrióla. — Yo Don Juan de Cabrera Escrivano de Cámara del Católico Rei Nuestro Se- ACTAS DEL CABILDO DR BUENOS AIRES 337 ñor la fize escrevir por su raandado con acuerdo de su Presidente y Oidores. — Registrada: Andrés Alonsso. — Chanciller Andrés Alonsso. — La qual fue, presentada ante vos el dicho nuestro Governador y aviendola obedecido mandasteis poner un tanto del libro de acuerdo que hizo el Cavildo de la dicha ciudad e puerto en que fuisteis rrecebido al uso y exerci^io de el oficio de nuestro* Gover- nador e Capitán General en cuya virtud se puso el dicho acuerdo con la dicha nuestra rreal provisión la qual anssí mismo mandasteis notefícar al Cabildo Justicia e Regi- miento della para que tratasen e confiriesen sobre lo suso- dicho y atento a ello probeisteis el auto del tenor siguiente: En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en diez y nueve dias del mes de Noviembre de mili e seiscientos e treinta años el Señor Don Francisco de ^.espedes Governa- dor y Capitán General en estas Provincias por SuMagestad visto lo pedido por el Capitán Juan de Tapia de Vargas cerca de que sea metido en la possesion del ofigio de Alfe- res Real desta ciudad en que fue nombrado por el Señor Presidente de la Real Audiencia déla Plata rreal provisión de aprovajion en conformidad despachada e que se mando con penas al Cabildo Justicia e Regimiento desta dicha ciudad le reciban al uso y exercicio del dicho oficio jura- mento fecho por Su Señoria quando fue rrecebido al uso e cargo de Governador e Capitán General destas Provincias de guardar sus fueros costumbres y preheminencias dixo que por lo que toca a Su Señoria como Governador Capitán General destas Provincias y el juramento fecho hablando como deve suplica del dicho nombramiento fecho por el dicho Señor Presidente de Alferes Real desta ciudad en el dicho capitán Juan de Tapia de Vargas vezino della y de la rreal provisión en su conformidad despachada por muchas ACT. MI. CáB. DB BUBlVOf AlBBf. ^ T. IT. S8 Auto 338 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES caussas que ay justificadas para ello y en particular por perjudicar a su goviernoe ser cosa nueva nunca vista que el dicho Señor Presidente pueda nombrar ni aya nombrado ninguno de sus antecesores tal ofigio ni otro que toque al Cabildo porque en caso que se pudiera nombrar tocavaa Su Señoria como a Governador e Capitán General destas Provincias e por ser negocio de gobierno y de repú- blica demás de que la ciudad a muchos años que esta en costumbre de nombrar el dicho Alferesen ausencia del propieterio como se usa en todos los cabildos de que tienen adquirida posesión sin contradifion y desta no puede ser desposeida sin primero ser oida o por fuero e derecho vengida por las quales rrazones e las que mas hazen y hazer pueden en su favor que aquí por expre- sas pide e suplica a Su Alteza enmiende e rreboque el dicho titulo y dicha rreal provisión dejando en la dicha oficio a quien se notifique esta respuesta quando se le yntimare el dicho titulo e rreal provisión e lo firmo. — Do7i Francisco de Céspedes. — Ante my ; Pablo Nueñez Es- crivano. — Y assi mismo fue presentada la dicha nuestra carta e provisión rreal al Cabildo Justicia e Regimiento de la dicha Ciudad de la Trinidad estando juntos e congrega- dos en el como loan de usoycostumbre los quales abiendola obedecido respondieron lo siguiente: En la Ciudad de la Rcapuesta del Trinidad Puerto de Buenos Ayres en diez y nueve dias del Cabildo. . '' *' mes de Diziembre de mili e seiscientos e treinta años estando en su Ayuntamiento el Cabildo Justicia e Regimiento desta Ciudad como lo an de uso e costumbre conbiene a saver : El Señor Don Francisco de Céspedes Govenador Ca- pitán General destas Provincias por Su Magestad los Capi- tanes Don Enrique Enriques Diego Ruiz de Ocaña Alcaldes Hordinarios Amador Vaez de Alpoin Alferes Real Francisco ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 339 Gonzales Pacheco Alguacil Maior Hernando * de León Depo- sitario Juan Barragan Juan Bautista Ángel y Don Diego de Rojas Regidores e Juan Gutiérrez de Humanes Procurador General desta Ciudad se presento esta petición con el titulo real provisión y autos proveidos por el dicho Señor Gover- nador de pedimento del dicho Juan de Tapia e siendo lei- dos todos los dichos rrecaudos y entendidos por el dicho Cabildo tomaron la rreal provisión en sus m^nos e con el acatamiento devido en pie quitados los sombreros la besa- ron e pusieron sobre sus cabegas e la obedecieron como a carta e provisión de su Rei e Señor Natural a quien la Di- vina Magestad guarde e conserve en augmento de maiores reinos e señoríos cerno la Cristiandad lo a menester. Su cumplimiento se rremitio a botos fueron botando en la forma e manera siguiente : El Señor Governador rrespon- diendo a esta petición del dicho Capitán Juan de Tapia de Vargas con el acatamiento que deve rresponde lo que tiene rrespondido por su auto y que los Capitulares en defensa de su preheminengia de su Cavildo e oficios que por sus titulos tienen licencia de Su Magestad para botar lo que sintieren en esta rrazon y que en ella no tienen que dezir mas y que en quanto a lo que se salga dicho del Cavildo Amador Vaez de Alpoin Alférez Real por decir es ynteresado y el Capitán Don Enrrique Alcalde Hordinario e Juan Gu- tiérrez de Humanes Procurador General aver pedido que se salgan del Cavildo Juan Barragan e Don Diego de Rojas Re- gidores permanentes y paniaguados del dicho Juan de Ta- pia de Vargas dixo que al Señor Governador no le toca el de- clararlo si no es con el rrequerimiento echo a mi el pre- sente Escrivano y mi declaración en este caso si porque son ^ Léase Bernardo qne es el verdadero nombre. 340 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES fieles de los Cavildos y deven echar fuera a lodos los que no pudieres estar en el declarando la fuerza de los Hordenan- jas rreales provisiones execulorias usos e costumbres de las ciudades lo qual se usa e guarda en los Reinos de España y manda que con lo que esta Ciudad botare sobre este ne- gocio se junte la rreal executoria que Juan Fernandez Macho traxo a esta Ciudad de la Real Audiencia en que rre- boco la elegion que hizo el año de veinte y nueve por el nombramiento que hizo el dicho Señor Governador de Re- gidores que solo sirbieron de hazerla elegion de aquel dia por no aver ningún propietario sino solo Pedro Sanches Garlón Alcalde Hordinario e bino confirmada la elejion que hizo por su boto y antes de entregar el original se le de un testimonio al Señor Governador de todos los autos y anssi mismo se saque del Archivo todas las rreales pro- visiones que hubiere y demás rrecaudos en favor deste Cavildo y sus preheminengias y se ynserte todo debajo de un signo. Yo el Escrivano en conformidad de lo mandado por el Señor Governador digo que a veinte de Margo deste año he sido rrecebido al uso del offigio de Escrivano del Cabildo desta Ciudad lo mas del liempo a estado enfermo y se poco de las preheminengias de la Ciudad y aun que es verdad que van dies y seis años que uso oficio de Escri- vano de Cabildo y demás del tiempo en la ciudad de Nues- tra Señora de Talavera de Madrid en las Provincias de Tu- cuman no soy letrado hallo rrazones fuertes assí por la una parte como por la otra salir e no salir del Cavildo los que se pide y assi no me atrevo a determinallo letrados ay en en esta Ciudad a quien se puede remitir y esto di por mi rrespuesta. El Cavildo y el Señor Governador vista mi res- puesta dixeron que yo el Escrivano comunique este caso con el letrado o persona de ciencia y experiencia y mañana ACTAS DEL CABILDO DR BUENOS AIRES 344 de mi pareger en este Cabildo y hasta entonces se suspen- dió el determinar en este particular e lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. — Diego Ruiz de Ocaña. — Francisco González Pacheco. — Amador Vaez de Alpoin. — Bernardo de León. — Juan Baptista Ángel. — Don Diego de Rejas. — Ante mi : Paulo Nuiles Escrivano. — E por el procurador Ge- „ Petición nvi *^ ■ Procurador. neral de la dicha ciudad de h Trinidad se presento una pe- tición en que con el acuerdo y cabildo que prosiguieron es como se sigue :— Juan Gutiérrez de Humanes Procurador General desta Ciudad en nombre della digo que : en este Cavildo se presento una petición e titulo de nonbramiento de Alferes Real por el Señor Presidente Don Martin del Gues difunto siendo en perjuizio deste Cavildo e sin ser oido e contra las preheminengias que de sesenta años a esta parte tiene el dicho Cabildo en nombrar el tal Alférez Real como cosa que le pertenece y a todos los demás Cavildos de los Reinos de España y destos de las Indias por ser como es voto de Regidor y pertenecer el nonbrarle en el inter que Su Magestad lo vende como los demás Regidores e porque en este Cavildo están por Regidores Juan Barragan e Don Diego de Briones el uno casado con tia de la muger del dicho Capitán Juan de Tapia de Vargas y el otro sobrino suyo los quales los tiene a su mesa e biven de las puertas adentro del dicho Juan de Tapia de Vargas e son sus con- tinuos e paniaguados y conforme a leyes reales y mandato expreso de la rreal persona no pueden hallarse en este ca- vildo para dar su boto. A Usia pido y suplico mande que el dicho Juan Barragan y el dicho Don Diego de Briones salgan deste Cabildo en el ynter que Usia rresponde obe- deciendo la rreal provisión presentada por el dicho Capi- tán Juan de Tapiado Vargas lo que combiene perdir e su- plicara Su Alteza y assi mismo intimo a Usia esta rreal 342 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBSS provisión para que lo esta ya obedecida mandada cumplir por este Cavildo pues esjusligia que pido. — Juan Gutié- rrez de Humanes. — En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en veinte dias del mes de Nobiembre de mili e seiscientos e treinta años ante el Cabildo Justicia e Re- gimiento desta Ciudad estando en su Ayuntamiento el Ca- bildo Justicia e Regimiento desta Ciudad como lo an de uso y costumbre combiene a saver : El Señor Don Fran- cisco de Céspedes Governador Capitán General en estas Provincias los Capitanes Don Enrrique Enrriquez e Diego Ruiz de Ocaña Alcaldes Hordinarios Amador Vaez de Alpoin Alferes Real Francisco Gonzales Pacheco Alguacil Maior Bernardo de León Depositario General Juan Barragan e Don Diego de Rojas Regidores se presento esta. petición con la rreal provisión en ella contenida y aviendola leido e vista por el Cabildo la tomaron en sus manos con el acatamiento devido besaron e pusieron sobre sus cávelas y la obedecie- ron como a carta e provisión de su Rei e Señor natural a quien la Divina Magestad guarde e conserve en augmento de maiores rreinos y señoríos como la Cristiandad a me- nester y en este estado entro Juan Baptista Angél e se le hizo rrelagion de lo que se avia echo hasta agora y hizo el mismo obedecimiento a la dicha rreal provisión y el Señor Gobernador me mando declare lo que se me cometió en el Cavildo anteayer y a ello rrespondi que aviendo salido del Cavildo y considerado el negocio es que a el Escrivano no le toca hazer declaración de quien a de salir o no salir del Cavildo que ha visto platicar después que soi Escrivano e lo que es cierto es que el Governador e su Teniente si asis- ten en el Cavildo son los jueges legitimes y a quien pertenece declarallo e mandallo y este es mi pareger. Y el Señor Go- vernador mando se escriviese que Juan Baptista Ángel Re- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 343 gidor dixo que governando esta Provingia el Señor Licen- ciado Don Alonso Pérez de Salazar en una ele^ion que se quería hazer declarando el dicho Juan Baptista Ángel su boto dixo no podia botar y aviendo botado por su suegro Juan Quintero para Alcalde no le admitió su boto e fue. echado del Cabildo. E luego el dicho Señor Governador en cumplimiento de la dicha rreal provisión que manda se ponga con estos autos un tanto della e lo que Su Alteza manda por ella e aunque lo que se trata no tiene mas que para en quanto a Amador Vaez Alferes Real de quarenta dias de uso y esta pedido por el Capitán Juan de Tapia de Vargas en el acuerdo de ayer aunque es prehemí- nengia de la Ciudad mando que el dicho Alferes Real salga luego y no se alie presente al botar en ejte negocio e por notoria amistad y estar en casa del dicho Juan de Tapia e de sus parientes y puertas adentro a quien toca este nego- cio Juan Barragan e Don Diego de Rojas Regidores e por lo alegado por el Procurador General en su petigion assi mismo mandava e mando se salgan deste Cavildo e no tengan boto en este negocio y assi se lo notefique a los suso dichos e se salieron del Cabildo y Don Diego de Rojas pidió Juan Baptista eiciba una rreal provisión que tiene por testimo- nio. Y en este estado se leyó una petigion del Capitán Juan de Tapia de Bargas en que pide^se salga deste Cabildo e no tenga boto en el el Alférez Real e mandaron se ponga con estos autos por estar ya proveidos en este particular con lo cual se rremitio a botos el cumplimiento de la rreal pro- visión e titulo de Alferes Real presentado por el Capitán Juan de Tapia e se fue botando en la forma siguiente : El Capitán Don Enrrique Enrriquez Alcalde Hordinario dixo queha- blandocomo deve suplica del nonbramiento que hizo el Se- ñor Presidente de Alférez Real en el Capitán Juan de Tapia 344 * ACTAS de! cabildo de buenos aires y de la provisión en su conformidad despachada por cuanto es cosa nunca vista fiudad y las demás deslos Reinos tienen costumbre de nonbrar y elegir el oficio de Alferes Real en ca- sos semejantes y no se puede admitir a ninguna persona en el uso del sino por renunciagion del que lo usa va antes o por lo menos aviendo tomado la posesión en su nonbre.con poder lo qual no se a echo en este oficio ni consta por los libros del Cavildo ni de aver traido el que compro aprovagion de Su Magestad que es una de las condigiones con que se rrematan todos los ofigios vendibles y por esta rrazon este ofigio de Al- feres Real es de Su Magestad e por serlo los Oficiales Reales desta Provincia quisieron rregebir posturas en el quando lo administraron en los demás oficios de Regidores y Es- crivanos y al presente esta echa postura al dicho oficio de Alférez Real e dado pregón como es publico demás deque se abriría la puerta de que por ausencia de qualquiera Re- gidor se harian los mismos nonbramientos contra las prehe- minengias deste Cabildo que todos los Capitulares tienen obligación de guardar e por ser negogio de tanta inportan- 5Ía y en que se deve hazer demostración combiene que por evitarse salga a la defensa dello enbiando persona a la Real Audiencia e si por la necesidad que tiene por tener propios no pudiere se rremitan los papeles y persona de toda con- fianga e satisfazion a quien se le enbiara poder y assi mismo se le escriva por verdad a el Real Acuerdo de la ciudad de la Plata- a el Señor Virrey e si conbiniere a Su Magestad en su Real Consejo de las Indias lo cual se prosiga hasta que se provea de remedio e se diga que esta Ciudad y sus vezi- nos siendo tan pobres la están guardando siempre con sus armas e cavallos a su costa no tienen otro premio sino la honrra que rregiben quando los nonbran en el ofifio de Al- feres Real y esto dixo ser su boto e pareger e lo pidió por ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 345 testimonio para en guarda de su derecho el cual se ynserte con los autos que sobre esto se hizieren sin que lo uno vaia apartado de lo otro y si visto esto Su Alteza mandare otra cosa se guardara e cumplirá. — El Capitán Diego Ruiz de Ocaña dixo que su boto es se guarde e cumpla el dicho ti- tulo e real provisión como Su Alteza manda y en su cumpli- miento rreciba el Capitán Juan de Tapia de Vargas hasiendo el juramento y pleito omenaje acostumbrado. — Francisco Gonzales Pacheco Alguazil Maior desta Ciudad dixo que se conforma con el boto y parecer del Capitán Don Enrrique Enrriquez y este es su boto. — Bernardo de León Deposita- rio General dixo que hablando con el devido respeto su- plica del titulo y real provisión dada en favor del Capitán Juan de Tapia de Vargas y se arrima a las causas que el Señor Don Frangisco de Céspedes tiene dadas e quando se obedegio el dicho titulo e provisión rreal para que Su Al- teza sirva de verlas y hazer merced a esta giudad e Provin- cia de guardarle sus preheminengias y si bistas Su Alteza mandare otra cosa dixo esta presto guardarlo e cumplirlo como su leal vassallo y este es un boto y parecer. — Juan Baptista Ángel Regidor dixo que en cumplimiento del dicho obedecimiento que tiene echo de la rreal provisión cumpli- endo con el tenor della rrecibe al dicho Capitán Juan de Tapia de Vargas en el oficio de Alferes Real desta giudad y este es su boto y pareger. — E con este se cerro este ca- bildo e lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. ^Don Enrrique Enrriquez. — Diego Ruiz de Ocaña. — Fiancisco Goncales Pacheco. — Bernardo de León. — Juan Baptista Ángel. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. — E se notefico al dicho Capitán Juan de Tapia lo que salió del dicho trato e conferencia del acuerdo e cavildo en rrazon del rrecebi- miento de Alferes Real de la dicha Ciudad de la Trinidad el 346 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES qual salvo el derecho de lo que haze en su favor apelo para ante nos en la dicha nuestra Real Audiencia e pidiendo tes- timonio dellos se contradixo por Juan Gutiérrez de Humanes Procurador General de la dicha ciudad de la Trinidad di- ziendo que conbenia pusiesen en los autos una executoria rreal despachada por nuestra rreal persona y otras provi- siones rreales que estava mandadas poner y demás delí- genfias necesarias para que nos constase de las prehemi- nengias que el dicho Cabildo tenia y se mando poner los quales se puso y una nuestra rreal executoria en rrazon de giertos autos que ante nos se presentaron por los cuales parege que en la dicha giudad de la Triuidad Puerto de Buenos Ayres en primero del mes de Henero del año pasado de mili e seiscientos e veinte y nueve vos el dicho Don Fran- cisco de Céspedes nuestro Governador de la dicha Provin- cia del Rio de la Plata os juntasteis con la Justicia y Regi- m miento a hazer elejion de Alcaldes Hordinarios y de la Hermandad e Alferes Real e los Capitulares fueron el Capi- tán Pedro Sánchez Gargon Alcalde Hordinario y Juan Bau- tista Ángel Regidor perpetuo y usa va ofigio de Alcalde Hor- dinario por ympedimento del Capitán Gongalo de Caravajal Alcalde Hordinario e porque se dixo que el dicho Juan Bautista Ángel devia cantidad de pessos a nuestra Real caxa e Hazienda en virtud de cédulas e provisiones reales nues- tras sin enbargo de apelaciones e protestaciones fue ex- cluso de la dicha elegion para no la poder hazer por vos el dicho nuestro Governador por lo cual nonbrasteis por Regi- dores Capitulares para la dicha elegion al Capitán Dominga Griveo Julián Pavón Juan de Avales Antonio de Aspeitia Amador Yaez Juan Bautista de Salvatierra e no enbargante que se contradixo con yntimagion de provisiones rreales nuestras continuo en las dichas elegiones por los Regido- ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 347 res nonbrados e fueron elelos el Capitán Pedro Gutiérrez y el Capitán Diego Ruiz de Ocaña Alcaldes Hordinarios Anto- nio de Aspeitia y Amador Vaez por Alcaldes de la Herman- dad e parece que el dicho Capitán Pedro Sánchez Gargon hizo por si solo elegion como parece del dicho y anssi mismo se puso otra nuestra rreal provisión despachada por nues- tra rreal persona en rrazon de que vos el dicho nuestro Governador e Tenientes teniades costumbre denonbrar Al- guaziles Maiores en la dicha ciudad de Buenos Ayres e les haziades entrar en el e tener hoz e boto en el siendo contra • todo derecho porque como era notorio nunca avia libertad de tratar cosas conbinientes a la República con temor de entender que era en perjuizio de vos el dicho Governador e Tenientes e cada dia se siguian muchas dimisiones e rebu- lugiones por lo qual vos mandamos por la dicha nuestra real provisión no tubiesen voz ni boto ni entrasen en el di- cho Cabildo si no fuere nonbrados por nuestra rreal pro- visión y persona e se hizieron otros autos e pedimentos como todo consta de la dicha causa e testimonio autorizado por Paulo Nuñes nuestro Escrivano Publico y Cabildo en rrazon de lo cual por vos el nuestro Governador se proveyó el auto del tenor siguiente: En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en ¿.uio dei oo- bernador. diez y nueve dias del mes de Diziembre de mili y seis- cientos y treinta años el Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General en estas Provincias por Su Magestad. Vistos los autos desta caussa del Capitán Juan de Tapia de Vainas vezino desta Ciudad sobre ser rrece- íQdeDizb^de bido al uso y exercigio de Alferes Real della lo nueva- mente pedido por el suso dicho y alegado por el Procura- dor Genera] de la Ciudad mando se ponga con los autos desta caussa un tanto de la rreal provisión pedida por el 1630. 348 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES ■ dicho Capitán Juan de Tapia a quien se de testimonio de todo lo actuado autorizado en publica forma e para velle sacar corregir e concertar e la dicha rreal provisión se cite al dicho Procurador e a la parte que lo pide y assi lo proveyó e Qrmo. — Don Francisco de Céspedes. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. — Y el dicho Juan Gutiérrez de Humanes pidió que se pusiese con estos autos la possesion antigua que tenia el dicho de nombrar Alferes Real e por algunos ynconvinientes e defeto no parege se hizo cierta Declaración declaracion que con el auto sobre ello proveido es como se sigue : — En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en treinta dias del mes de Dizienbre de mili e seis- cientos y treinta años el Capitán Juan de Tapia de Vargas vezino desta Ciudad me rrequirio me de treslado de los autos de la caussa que a seguido sobre el ser rrecebido al uso y exercigio de Alferes Real desta Ciudad en que fue nombrado por el Señor Presidente de los Charcas y confir- mado por la Real Audiencia de la Plata a que rrespondí que los autos están mandados dar con que ponga por fee que desde que se fundo esta ciudad o por lo menos de treinta años a esta parte el Cabildo a estado en possesion y uso y costunbre de elegir Alferes e que por estar los libros de Cabildo en el Archivo del e las llaves en diferen- tes personas aunque a echo muchas deligengias para que se junten e se saquen los libros no e podido conseguir hasta agora y el dicho Capitán Juan de Tapia de Vargas dixo que por escusar dilaciones e porque se le de el dicho testimo- nio coníiessa que es assi verdad e por lo que es notorio e que sienpre el Cabildo a elexido e nonbrado Alferes Real desta Ciudad y esta es la primera vez que el Señor Presi- dente a echo nonbramiento del en el suso dicho en el yn- ter que nonbra el Govierno por ausencia de Don Juan de AGTA.S DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 349 Santana propietario del ofi](;io que esta en España con lo qual zesa el ynpedimiento que avia en dársele los autos e pide se le den e lo firmo doy fee le conosco. Testigos Gómez de Gayosoy Onofre de Leraos Juan de Tapia de Var- aros.— Ante mí : Paulo Nuñez, Escrivano. En la ciudad de Auto la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en ocho dias del mes de Henero de mili e seiscientos e treinta e un años el Señor Don Francisco de Céspedes Governador Capitán General en estas Provincias por Su Magestad vista esta declaración fecha por el Capitán Juan de Tapia de Vargas e que lo contenido en ella es lo misrpo que tiene pedido el Procu- rador General desta Ciudad mando se ponga en la caussa con los demás autos en rrazon dello fechos désele al dicho Capitán Juan de Vargas el testimonio que le esta man- dado dar ynserlo en el la dicha declarascion * . . . CABILDO DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 1631 {Foja €9 del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres Provincia del Rio de la Plata en veinte v quatro días del cav** iiordma- " ^ rio de 24 de No- mes de Nobienbre de mili y seiscientos y treinta y un años l^oJ!''^ "^^ '"' el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad se juntaron a hacer cabildo como lo an de uso y costunbre en la sala del Señor Governador por no aber desencia y ser- vir de cárcel la sala antigua del Cabildo conbiene a saver. El Señor Don Francisco de Céspedes Governador^y Capitán ^ Falta la conclusión del anto. I 350 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES General destas dichas Provincias por su Magestad Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Vergara Alcaldes Ordinarios desta dicha Ciudad y Francisco Gonza- les Pacheco Alguacil Mayor y Don Diego de Rojas fiel Exe- cutor y Regidor perpetuo para tratarcosas tocantes al bien desta República y otras cossas nesesarias y se hi;o en la forma y manera que se sigue. Presenta el En cslo cabildo prescnto Alonso Agreda de Vergara Es- nombramiento ^ o o dS: cabudo^y crivano de Su Magestad y Mayor de Governa^ion una petición de Don Enrrique Enrriquez Maese de Campo y Procurador General desta dicha Ciudad en que pide que por estar presso Pablo Nuñez de BitoriaEscri vano Publico y Cabildo de la Hermandad y Bienes de Difuntos se non- bre Escrivano para el despacho de los negocios y pleitos que hay pendientes a la qual proveyó el Señor Governador Don Francisco de Céspedes y nombro por Escrivano Pu- blico V Cabildo de la Hermandad v Bienes de difuntos a el dicho Alonso Agreda de Vergara como consta por la dicha petición y proveymiento que se leyó en este Cabildo y abiendolo visto rrecibieron al suso dicho por tal Escrivano como el dicho Señor Governador le nonbra y mandaron que haga el juramento acostumbrado el qual juro a Dios y a una cruz en forma de derecho de usar el dicho oficio de Escrivano Publico y Cabildo Hermandad y de Difuntos como deve y es obligado guardando las leyes de Su Mages- tad y los rreales aranceles y el secreto deste Cabildo y no llevar derechos a los pobres y conventos y a la conclusión del dicho juramento dixosi juro y amen y con esto quedo rrecevido al uso de los dichos oficios que su tenor de la dicha petición y nonbramíento es como se sigue. Petición del El Maesfi de Campo Don Enrrique Enrriquez Procura- Procurador Ge- neral, (Jqj. General desta Ciudad por lo que toca al bien común ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 354 <;omo mejor puedo y a lugar paresco anle Usia y digo que a mi noticia es venido que Pablo Nuñez Vitoria Escrivano Publico y Cabildo de la Hermandad y Difuntos desta dicha Ciudad esta preso en la Cárcel Publica por una querella criminal que contra el tiene dada Alonso de Bustamante con lo qual su Oficio esta cerrado y los negocios que ante el pasan suspensos y los negociantes y vecinos no tienen otro Escrivano ante quien acudir a seguir causas yhazer sus contratos ni los Juezes tampoco tienen Escrivano ante quien despachar y administrar justicia y porque seme- jantes causas son dilatadas conbiene que no sese el despa- cho de los dichos oficios y papeles dellos. A Usia pido y suplico que en el ynter que el dicho Pablo Nuñez Vitoria se libra de la dicha causa para poderlos usar los dichos sus oficios se nonbre otro Escrivano que entre en ellos y los usey exer^a al qual se.le entreguen por ynventario todos los papeles que se hallaren en el Oficio del dicho Pablo Nuñez para que aya despacho como tengo dicho por ser una de las cossas mas necesarias en la República el Escri- vano y se de noticia en el Cabildo para que en el dicho ynterin le rreciban y todos sepan como usa los dichos oficios para que acudan ante el a seguir sus caussas y hacer sus negocios y sobre todo pido justicia y en lo nese- sario etc. — Don Enrrique Enrriquez. En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en Proveymiento ,. , , 1 i^T t • 1 1 «ii . . del Señor Gover- vemte y un días del mes de Nobiembre de mili y seiscien- ''^^''' los y treinta y un años ante el Señor Don Francisco de Cés- pedes Governaaor y Capitán General y Justicia Mayor des- tas Provincias por Su Magestad se presento y leyó esta petición. El Señor Governador dixo que atento que el dicho Pablo Nuñez de Vitoria esta preso en la cárcel por la querella que el dicho Procurador General en ella rre- I 352 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES fiere mediante lo qual esla ynpedido para que no sese el despacho de los negocios en los dichos oficios en el ynterin que los pueda usar nonbra a Alonso Agreda de Vergara Escrivano de Su Magostad y Mayor de Governacion anle quien se provee esta petición por no aver otro para quesea Escrivano Publico y de Cabildo de la Hermandad y de Difuntos desta dicha Ciudad y su jurisdicion en lugar del dicho Pablo Nuñez Vitoria y los use y éxerga en todas las cosas y casos a ellos tocantes y lleve los derechos y aprovechamientos que actuare y escriviere y despachare conforme al Arancel Real y porque todos tengan noticia que es tal Escrivano Publico y Cabildo en el dicho ynterin se presente con este nonbramiento ante el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad para que le rreciban j haga el juramento acostumbrado porque desde luego en caso necesario Su Señoría le rrecibe y a por rrecevido a los dichos oficios y le dio el poder y facultad necesaria para usarlos y llevar los dichos derechos a ellos tocantes conforme al Real Arancel y mando que por ante qualquíer juez de los Ordinarios desta dicha Ciudad se le entreguen todos los papeles procesos y protocolos y autos que en el dicho Oficio ubiere por ynventario con numero y quenta de ojas para que no sese el despacho de los negocios y causas de las partes y assi lo proveyó y mando y firmo siendo testigos el General Sevastian de Horduña Don Diego de Rojas Regidor Perpetuo desta dicha Ciudad y vesino della. — Don Francisco de Céspedes. — Ante mi : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Mayor de Governacion. preésentacion En este cabüdo Francisco Gonzalos Pacheco Alguacil de la real pro- , . . m^ten^aSí Va- Mayor presento una rreal provisión executona para que no ^QWMey '*^'''"* s®^° electos en ningunos oficios de Alcaldes ni otros rrea- les ningunas personas estrangeras ni portuguesas ni los ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 353 consientan usar despachado por los Señores Presidentes e Oydores de la Real Audiencia de la Plata la qual por mi el dicho Escrivano de Cabildo se leyó de berbo ad berbum yabiendolaoydo se lebantaron en pie tomándola cada uno en su mano destocados y la besaron pusieron s^bre su ca- bera y la obedecieron corab carta y provisión de su Rey y Señor natural a quien Dios Nuestro Señor guarde y con- serve en su santo servicio por largos años y mandaron que seescriva y ponga en este libro de Cabildo a mi el presente Escrivano y que cada un año el día de las eleciones se lea en el Cabildo al principio del para que en su conformidad se haga lo que Su Magestad manda que su tenor delia es como se sigue. Don Felipe por la gracia de Dios Rey de Castilla de León prooMon de Aragón de las Dos Secilias de Jerusalen de Portugal de Granada de Nabarra de Toledo de Valencia de Galicia de Mayorcas de Sevilla de Cerdeña de Cordova de Corsega de Murcia de Jaem de los Algarves de Algesira de las yslas Canarias de las Indias Orientales y Ocidentales yslas y tierra firme del mar Océano Archiduque de Abstria Duque de Borgoña Brabante y Milán Conde de Aspurg de Flandes de Tirol y Barcelona Señor de Viscaya y de Molina etc. A los nuestros Governadores Corregidores sus Lugartenien- tes Alcaldes Ordinarios y otros qualesquier nuestros.juezes y justicias de las ciudades villas y lugares de la Governa- cion del Puerto de Buenos Ayres y otros del distrito de la Audiencia y Chancilleria Real que rreside en la ciudad de la Plata del Peni salud y gracia. Saved que en conformi- dad de lo que por mis leyes y cédulas rreales esta dispuesto el Presidente e Oydores de la dicha nuestra Real Audiencia proveyeron el auto que se sigue : — En la ciudad de la Piala a once dias del mes de Nobienbre de mili y seiscien- ACT. 9BL CAB. Ol BüBHOf AimU. — T. IT. 93 354 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES los y veinte y seis años los Señores Presidente e Oydores desta Real Audiencia aviendo visto lo pedido por el Fiscal de su Magestad en rra^on de que no sean elegidos eslran- geros en oficios rreales mandaron se despachen provisiones para las Provincias de Tucuman Paraguay y Buenos Ayres a los Governadores y demás Justicias y Cabildos para que no elijan en oficios de Alcaldes Ordinarios de la Herman- dad ny otro alguno rreal portugueses ny otros estrangeros aunque aleguen son feudatarios que lanpoco lo pueden ser con penado privasion de oficios a los que los eligieren y aprobaren y al Governador que los confirmare mili pesos de plata ensayada para laReal Cámara y quinientos de la dicha plata a cada uno de los electos que aceptaren los dichos ofi- cios y a los electores y desde luego se dan por nulas las tales eleciones y estas provisiones se publicaran en cada una de las dichas Governaciones y el dia de las eleciones cada año se lea al principio dellas esta provisión en todas las ciudades y villas donde se hizieren y lo señalaron. — Pro- veyeron este auto de suso los dichos Señores el dia mes y año en el contenido y fueron juezes los Señores Licenciado Don Alonso Pérez de Saladar Doctor Don Jorge Manrrique de Lara Licenciado Don Gabriel Goniez de Sanabria Oydo- res que lo señalaron. — Don Estevan de Alcivia. — Y agora se presento en la nuestra Audiencia y Chancilleria Real que reside en la ciudad de la Plata del Piru ante el Presi- dente e Oydores dell a la petición que se. sigue: — Muy pctisiondeBer- podcroso Scñor : — Bernardo de León vecino y Depositario nardo' de León ^a'^iSTtí^^^? General de la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ay- res digo que por esta Real Audiencia esta proveydo auto en conformidad de las leyes rreales para que no se elijan rrecivan ni den los oficios rreales a IdS estrangeros ny por- tugueses ny se los consientan usar y sobre ello están man- ACTAS DEL CABILDO DB BUBNOS AIRES. 355 dadas despachar vuestras rreales provisiones a las ciuda- des villas y lugares del distrito desta Real Audiencia para que asy se executen y en la Governacion de Tucuman abiendo conprado Rui de Sosa labara de Alguacil Mayor de la ciudad de Cordova y abiendo pagado su precio y estando usando el dicho oficio Vuestra rreal persona no le quiso dar la confirmación y se le denegó por ser portugués y asi se le bolvio el precio y se le quito el oficio que se bolvio a hender y rrematar y abiendo Diego de Castro portugués puesto en precio el oficio de Escrivano Publico y del Ca- bildo de la dicha ciudad de la Trinidad por ser portugués no selerremato y abiendo conprado Gaspar de Azevedo el oficio de Escrivano de Registros y Hazienda Real del dicho Puerto y rrematadosele y dadole titulo de vuestro Visso- rrey y aviendo acudido con el a Vuestra rreal persona por la confirmación no se le dio por aberse dicho ser portu- gués no siéndolo y porque donde mas conviene a vuestro rreal servicio que se oserve y ei^ecute y cunpla lo conte- nido en el dicho auto es en el dicho Puerto de Buenos Ayres por estar circunbecino de la Costa del Brasil de donde cada dia bienen a el muchos estrangeros y por- tugueses que se an avezindado y avezindan y preten- den los dichos oficios a Vuestra Alteza pido y suplico se me mande despachar vuestra carta y provisión rreal con sobrecarta ynserto el dicho auto para que se guarde y cunpla y execute como en el se contiene por el Gover- nador Cabildo Justicia y Regimiento y demás personas con quien habla en toda aquella Provincia y en la del Pa- raguay por el eceso que a abido y ay sobre lo suso dicho y para que los estrangeros y portugueses que tubieren al- guno o algunos de los dichos oficios rreales no los usen ny sean admitidos en losrremates quedellos se hizieren 356 . ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES pues es justicia que sobre todo pido. — Bernardo de Lean. Y visto por los dichos nuestro Presidente e Ojdores fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra carta en la dicha rragon y tubimoslo por bien por la qual vos mandamos que siendo con ella requeridos o que della os conste en qualquier manera veáis el auto proveydo por los dichos nuestro Presidente e Oydores suso yncorpora- do y lo guardéis cumpláis y executeis en todo y por todo según y como en el se contiene y declara y contra su tenor y forma no bais ny consyntais yr ny pasar en ma- nera alguna so pena de la nuestra merced y de quinientos pesos ensayados para la nuestra Cámara so la qual man- damos a qualquier nuestro Escrivano Publico o Real vos la notifique y de testimonio dello para que nos sepamos como se cumple nuestro mandado. Dada en la Plata a treze dias del mes de Otubre de mili y seiscientos y veinte y nue- ve años. — El Licenciado Don Martin de Gués. — ElLícen- ciado Antonio Fernandez Montiel. — Yo Don Juan de Ca- brera Girón Escrivano de Cámara del Católico Rei nuestro Señor la fize escrevir por su mandado con acuerdo de su Presidente e Oydores. — Registrada : Andrés Alomo. — Chanciller, Andrés Alonso. Y con esto se acabo este cabildo y mandaron a mi el pre- sente Escrivano de Cabildo de noticia de la dicha rreal provisión a el Maese de Campo Don Enrrique Enrriquez Procurador General desta dicha Ciudad para que pida lo que convenga cerca de lo en ella contenido. Y en este cabildo se hallo el Capitán Juan de Tapia dé Vargas Teniente General como Alférez Real desta Ciudad. Y con esto se acabo y serró este cabildo y lo firmaron de sus nonbres: Don Francisco de Qespedes. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Francisco Gonzales Pacheco. — ACTAS DEL CABILDO DB BUBNOS AIRBS . 357 Jiuin de Tapia de Vargasí — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Publico y Cabildo. NOTIFICACIÓN AL PROCURADOR GENERAL En la ciudad de la Trinidad y Puerto de Buenos Ayres Noujicasion en el dicho dia veinte y quatro de Nobienbre del dicho año de mili y seiscientos y treinta y un años yo el presente Es- crivano notifique lo proveydo por el Cabildo Justicia y Regimiento a el Maese de Campo Don Enrrique Enrriquez Procurador General desta dicha Ciudad y entregue la rreal provisión para que pida lo *que convenga. Testigos Don Diego de Rojas Regidor y Juan de Castro Portero deste Cabildo y dello doy fee. — Alonso Agreda de Vergara, Es- crivano de Cabildo. CABILDO DEL 26 DE DICIEMBRE DE 1631 [Foja 73 vuelta del libro original] Cabildo del rrecebimiento del Señor Don Pedro Estevan Da- vila del Abito de Santiago por Governador destas Provin- cias. En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao<* veinte y seis dias del mes de Dizienbre de mili y seis- 358 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES cientos y treinta y un años la Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad se junto a hazer cabildo en el Fuerte y Ca- sas Reales que están diputadas para ello por no aver Casas de Cabildo de presente para rrecebir por Governador e Capitán General destas Provincias al Señor Don Pedro Estevan Davila Cavallero del Abito de Santiago a saver el Señor Don Francisco de Céspedes Governador y Capitán General destas dichas Provincias por Su Magostad Ber- nardo de León Depositario General y Capitán Joan de Ver- gara Regidor perpetuo Alcaldes Ordinarios Francisco Gon- zález Pacheco Alguacil Mayor el Capitán Juan de Tapia de Vargas Teniente General y Justicia Mayor Alférez Real Don Diego de Rojas y Briones Regidor y Fiel Execulor Capitu- lares en el qual Cabildo paso lo siguiente. Presentación Eu este cabildo entro el Señor Don Pedro Estevan Davila que llego de los Reinos de España por Governador destas Provincias y esibio el nonbramiento y titulo que tiene del Rey Nuestro Señor su fecha en once de Otubre de mili y seiscientos y veinte y nueve años el qual el dicho Señor Governador Don Francisco de Céspedes en pie quitado el sombrero de la cabera le tomo en sus manos beso y puso sobre su cabega y lo mismo hizieron los dichos Alcaldes Alguacil Mayor y Alférez Real y Fiel Executor y todos dixe- ron que lo obedecian y obedecieron como titulo y provi- sión rreal de su Rey y Señor Natural a quien Dios Nuestro Señor dexe bivir y rreynar por largos tiempos como la Cristiandad lo a menester con aumento de los rreynos y señorios que no obedecen la ley ebangelica y en quanto a su cunplimientü dixeron que se cunpla y guarde en todo y por todo como Su Magestad lo manda y que el dicho Señor Maese de Campo Don Pedro Estevan Davila atento que tiene hecho el juramento conforme al dicho rreal titulo ante ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 359 Pedro Diaz de (larate Escrivanode Cámara de Su Magestad en su Real Consejo de las Yndias aviendose presentado con el ante los Señores del dicho Real Consejo en siete de Henero del año pasado de seiscientos y treinta como pa- rece por la fee que esta a las espaldas del sea rrecevido luego al uso y exercisio de los dichos oficios y asi fue hecho lebantandose el dicho Señor Don Francisco de Céspedes de su silla donde estava y sentándose en ella el dicho Señor Maese de Canpo Don Pedro Estevan Davila al qual le en- trego la bara de la rreal Justicia que traya el General Juan de Tapia de Vargas su Teniente General. ¥ asi mismo parecieron en el dicho cabildo el Maese de Canpo Don Enrrique Enrriquez y Amador Vaez y Alpoyn y Juan Gutierres de Umenes Capitanes de las Compañias de a cavallo deste Puerto que usavan los dichos oficios por nonbramiento del dicho Señor Don Francisco de Ces- pedes y entregaron el vaston que el dicho Maese de Canpo traya en la mano con lo qual el dicho Señor Don Pedro Estevan Davila quedo rrecevido por Governador y Capitán General destas Provincias del Rio de la Plata y se señalo por los dichos Capitulares que las fiangas que Su Señoría a de dar conforme al dicho titulo para dar rresidencia sea en cantidad de quatro mili pesos corrientes de a ocho rreales que es en la que hasta aqui las an dado sus ante- cesores y estando presentes los dichos General Juan de Tapia de Vargas y el dicho Maese de Canpo Don Enrrique Enrriquez ofrecieron hazer la dicha fianza y el dicho Ca- bildo la admitió. Y en esta forma se hizo este Cabildo y quedo rrecevido al. uso de los dichos oficios de Governador y Capitán General destas dichas Provincias del rrio de la Plata como por el dicho titulo y cédula rreal Su Magestad lo manda y lo firmaron. — Don Francisco de Céspedes. — Don 360 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Pedro Esteban Davila. — Bernardo de León. — Joan de Ver- gara. — Juan de Tapia de Vargas. — Francisco Gonzales Pacheco. — Don Diego de Rojas. — Ante my: Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Publico y Cabildo. FIANZAS DEL GOBERNADOR DAVÍLA (Foja 75 del libro original) Fianga queda Ed la ciudad dc la Trinidad puerto de Buenos Ayres en el Señor Gober- nadov. veinte y seis dias del mes de Diziembre de mili y seiscien- tos y treinta y un años ante mi el Escrivano y testigos yuso escritos estando en la Sala del fuerte y casas Reales donde se acostumbra haser Cabildo por la Justicia y Regimiento desta dicha ciudad parecieron presentes el señor Juan de Dtoíepat-ame- Tapia dc Vargas y el Maese de campo Don Enrrique caxa, Enrriquez vecinos della que doy fe e conozco — y dixeron que porquantoel dicho dia fue rrecevido el dicho c^ildo el Señor maese de campo Don Pedro Estevan Davila por Governador y Capitán General desta Provincia del rrio de la plata conforme a un titulo de Su Magestad que en el dicho Cabildo presento y se mando asentar en el libro de su data en Madrid a onze de Octubre del año pasado de mili y seiscientos y veinte y nueve y por el Su Magestad manda de ñangas en la cantidad que el dicho Cabildcr seña- lare para el buen uso de los dichos cargos y cumplimien- tos de las leyes rreales y capitulos de corregidores so pena que los fiadores pagaran lo que fuere jusgado y sea- ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRES 364 lenciado en lodas ynstancias como fiadores de jusgado y sentenciado y el dicho cabildo conforme ala costumbre que se a tenido y tiene a mandado que las dichas fianzas se den en cantidad de quatro mili pesos corrientes de a ocho reales como todo mas largamente consta y parece por el dicho rreal titulo y decreto del dicho Cabildo a que se rrefirieron ellos quieren hazer la dicha fianza y poniéndola enefeto otorgaron que juntamente de mancomún y aboz de uno y cada uno dellos por si y por el todo ynsolidum viendo como rrenunciaron las leves deduobus rrex debendi y el ausentica pies o quita de fidejusoribus y todas las otras leyes y derechos que tratan sobre la mancomunidad y fe se obliga van y obligaron por fiadores del dicho Señor maese de campo Don Pedro Estevan Davila que tal manda de que bien y fielmente usara los dichos cargos cumpliendo con sus obligaciones leyes y capitulos de Corregidores dando rresidencia y estando a derecho en ella de todo el tiempo que lo usara y pasaran lo que contra el y su ser fuere jus- gado y sentenciado en todas ynstancias donde no que ellos como tales sus fiadores y principales pagadores sola dicha mancomunidad pagaran llanamente sin pleito alguno a quien y como fuere mandado y lo que fuere jusgado y sentenciado en todas ynstancias e asta que la dicha canti- dad de los dicho quatro mili pesos de a ocho reales no mas como tales sus fiadores de jusgado y sentenciado porque para ello hacian y hizieron de deuda agena suya y de libres deudores y para el cumplimiento y paga de lo que es obli- garon sus personas y bienes de cada uno de ellos ávidos y por aver y dieron poder cumplido y bastante a las justicias y juezesde Su Magestad y¡especialmente al Juez que fuere de la dicha rresidencia a cuya justificación y fuero se sometie- ron y rrenunciaron el suyo propio que tienen y tubieenr 362 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES delante y la ley y vesinos e que el actor deve seguir el fuero del rreo para que le extimulen y apremien al cumplimiento y paga de lo que dicho es como por sentencia dise pasada en cosa juzgada y rrecivieron las leyes fueros y decreto» de su favor y la que proybe la qual rrecivieron dellos y la otorgaron en la forma dicha en la dicha ciudad el dicho día mes y año dichos y firmaron de sus nombres en este rregis- tro siendo a todo presentes por testigo el Capitán LorenQo de Lara y el Capitán Juan Gutiérrez de Umanes y el Ca- pitán Simón Guerra de Herrero por testigos. — Juan de Tapia de Vargas. — Y Don Enrique Enriquez. — Ante my : Alonso Agreda de Vergara, Escri vano Publico y Cabildo. .TITULO DEL SEÑOR GOBERNADOR DON PEDRO ESTEVAN DAVILA Titulo del «•' Don Felipe por la gracia de Dios Rey de Castilla de Goo' don Pedro r r o *f Esteran Daviía, Leon dc Aragou de las dos Secilias de Jerusalen de Por- tugal de Navarra de Granada de Toledo de Balencía de Mallorca de Sevilla de Serdeña de Cordova de Córcega de Murcia de Jaén de los Algarves de Algecira de Gibraltar de las Islas de Canarias de las Indias Orientales y Osiden- tales Islas e tierra firme del mar océano Archiduque de Austria Duque de Borgoña de Bravante y Milán Conde de Auspurg de Flandes Tirol y Barcelona de Biscaya y de Molina. Por quanto el tiempo de sinco años porque pro- bey a Don Francisco de Céspedes mi Govemador y Capitán General de la Provincia del Rio de la Plata ynclusas en el las ciudades de la Trinidad Puerto de Santa María de Buenos Avres la ciudad de San Joan de Bera de las Cor- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 363 rienles del rrio Vermejo es cumplido y conbiene nonbrar en su lugar persona de las partes y suBciencia y ynleli- gencia que se rrequleren y soy ynformado que en estas y otras muy buenas calidades concurren en la de bos el maestre de campo Don Pedro Estovan de Avila acatando lo que me abéis servido y esperando lo continuareis he tenido por bien de elegiros y nonbraros como por la pre- sente os elixo y nonbro por mi Governador y Capitán Je- neral de la dicha Provincia del Rio de la Plata con las so- bre dichas ciudades a ella agregadas y es mi merced que por tiempo y espacio de cinco años mas o menos lo que fuere mi boluntad sirbais los dichos cargos de mas de las quales os señalo seis messes para llegar a tomar posesión dellos que an de correr y contarse desde el dia que por testimonio signado por Escrivano constare aberos hecho a la hela para seguir un biage en uno de los puertos de San Lucar de Barrameda o Cádiz y que como tal mi Governa- dor y Capitán General de la dicha Provincia bos y no otra persona alguna uséis los dichos cargos en los cassos y cossas a ellos anexos y consernientes sigun y como lo a hecho el dicho Don Francisco de Céspedes y los otros Governadores y Capitanes Generales que antes del an sido en la dicha Provincia y podáis hacer y agais todas las otras cossas que por ynstruciones y cédulas de los Señores Reyes mi padre y abuelo estaban cometidas a los dichos Governa- dores y a bos se os cometieren y enbargaren y por esta mi carta mando al presente y los de mi consejo de las Yndias que luego como la bean tomen y rresiban de bos el dicho maese de Canpo Don Pedro Estovan Dabila el juramento y solenidad que en tal casso se rrequiere y debéis acer de que bien y fielmente usareis los dichos cargos y abiendole hecho y puestose testimonio dello a la espaldas desta mi 364 AGT\S DEL CABILDO DE BUENOS AIRES provicion a ellos y a todas las demás personas estantes y abitantes en la dicha Provüicia del Rio de la Plata os ayan rresiban y tengan por tal na i Governador y Capitán Gene- ral della el tiempo de los dichos sinco años que an de correr y contarse desde ePdia que tomaredes la po^ecion de los dichos cargos mas o menos el que como dicho es fuere mi boluntad y os dexen libremente oyr librar y co- nocer de todos los pleitos y causas asi ceviles como crimi- nales que en la dicha Provincia ubiere y subcediere de que bos pudieredes y debieredes conocer como tal mi Go- vernador y Capitán General y prober todas las otras cossas que los otros mis Governadores y Capitanes Generales de aquella y de las demás provincias pueden y deben conocer y tomar y rresivir qualesquier pesquissas y ynformaciones en los cassos y cossas de derecho permissos que entendie- redes que a mi serbicio y execion de mi Justicia y buena Governacion de la dicha Provincia conbengan y llebar y llebeis bos y vuestro lugartenientes que para el buen usso de los dichos cargos es mí boluntad que podáis poner en las partes y lugares que asta aora los an acostunbrado a poner los dichos vuestros antecesores los derechos a los dichos cargos anexos y pertenesientes contar que los di- chos Tenientes que asi ubieredes de nonbrar siendo le- trados y Ilebandolos destos rreinos sean aprovados por los del dicho mi Consejo de las Yndias y no los abiendo de llevar de acá sino que los ayais de nonbrar en aquellas partes en tal casso seáis obligado de presentarlos en mi auditorio Real de la ciudad de la Plata de la provincia de los Charcas en cuyo distrito calse el dicho Govierno y con que no sean los que ubieren sido Tenientes del dicho Don Francisco de Céspedes ni naturales de las ciudades ni de los lugares de su juridiscion donde los hubieredes de non- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 365 brar y que para ussar y exercer los dichos cargos cunplir y executar mi justicia todos se conformen con bos y os obedescan den y agan dar todo el ffaboryayuda que les pidieredes y ubieredes menester y en todo os acaten y cunplan vuestros mandamientos y de los dichos vuestros lugartenientes siendo aprovados como dicho es en el dicho mi Consejo o en la dicha audiencia y no de otra manera y que en ello ni en parte dello no os pongan ni consientan poner enbargo ni ynpedimento alguno que yo por la pressente os rresivo y he por rresivido a los dichos cargos y al ussoy exercicio dellosy os doy poder y facultad para los ussar y exercer cassoque por ellos o alguno dellos no seáis rresivido y asimismo mando al dicho Don Francisco de Céspedes y a sus Lugartenientes y a las demás personas que tubíesen las Barasde mi Justicia que luego que fueren por vuestra parte rrequeridos con esta mi carta os las den y entreguen y no usen mas de sus oficios so las penas en que caben e yncurren las personas que ussan de offlcios públicos y rreales para que no tienen poder ni facultad que yo por la presente los suspendo y he por suspendidos de los dichos officios y las penas y condenaciones qu^ bos y los dichos vuestros Lugartenientes huvieredes para mi Cámara y íBsco las executareis y aréis executar dar y en- tregar a los Oficiales de mi Real Hacienda de la dicha Pro- vincia y si entendieredes que a mi serbicio y a la execu- cion de mi Justicia conbiene que qualesquier personas que aora están o adelante estubieren en la dicha Provin- cia salgan fuera della y se vengan a estos rreinosselo^ mandereis de mi parte y los aréis salir de la dicha Provin- cia conforme a las prematicas que sobre ello ablan dando a las personas que así desterrades la caussa por que los desterráis y si os pareciere que sea secreta se la daréis 366 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES serrada y sellada y un traslado della me la enbíareis por dos bias para que sea ynformado dello pero abéis destar adbertido que quando así ubíeredes de desterrar a alguno a de ser con muy gran caussa que para todo lo que dicho es os doy poder y facultad qual de derecho en tal casso se requiere y es mi merced que ayais y llebeis de salario en cada un año con los dichos cargos tres mili ducados que hacen un quento y ciento y veinte y cinco mili marabedisy mando a mis Oficiales de mi Real Hacienda de la dicha Provincia del rrio de la Plata os los den y paguen por los Tercios de cada un año desde el dia que por testimonio signado de Escrivano Publico constare aberos hecho a la hela en uno de los Puertos San Lucar de Barrameda o Cádiz para yr a servir dichos cargos todo el tienpo que los sirbieredes con que no os detengáis en el camino mas de los dichos seis messes de qualesquierrren tas y provechos que yo tubiereen la dicha Provincia y no los abiendo por esta mi carta mando a los Oficiales dé mi Real Hacienda de la dicha Provincia de los Charcas que la presente por sertificacion de los de las dichas Provincias del Rio de la Plata les constare que los dezan de pagar por no aver de que os lo paguen ellos y que a los unos y a los otros se les rresiva y passe en quenta con treslado signado desta mi carta y testimonio del dia que comensaredes a servir los dichos cargos y vuestras car- tas de pago de lo que asi os dieren y pagaren y a los de las Provincias del Rio de la Plata que asienten en sus libros y sobre escrita y libro a ellos os la buelvan e igualmente para que la tengáis por titulo de los dichos cargos contando que primero y antes que seáis rresívido al usso y exercícío dellos ayais de dar y deis fianzas legas llanas y abonadas en la cantidad que se os señalare por el Cabildo de la ciudad que fuere cavega del dicho Govierno de que bien e fíelmen- ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIBES 367 te usareis de los dichos cargos cunpliendo con vuestras obligaciones leyes Reales y Capitules de Corregidores so pena que los tales fiadores pagaran lo que fuese juzgado y sentenciado todo lo qual mando se guarde y cunpla abiendo primero tomado la rraQon desta mi provisión Don Joan del Castillo mi Secretario y del rregistro de las mercedes y mis contadores de quentas que rresiden en mi Consexo de las Indias y enbarcandoos en la primera ocacion de flota o ga- leones que partieren a la Provincia de tierra firme el año que biene de seissientos y treinta para yr a servir los di- chos cargos y no partiéndoos en el dicho tienpo por el mismo casso y transcurso de tienpo quedéis excluido de los dichos cargos para que yo los probea de nuebo en quien mi boluntad fuere y no se os pueda dar la possesion dellos ni seáis admitido a su usso y exercicio no constando aberos enbarcado en el dicho tienpo dado en Madrid a honge de Olubre de mili y seissientos y veinte y nuebe años. Yo el Rey. Yo Don Fernando Ruiz de Contreras Secretario del rrey Nuestro Señor la fige escrivir por su mandado tome la rragon en 6 de Sectiembre de i 624. — Don Joan del Castillo. Y a las espaldas del dicho Real titulo estaban las firmas de los señores del Real Consexo y otras y lo demás siguien- te — El Conde de la Puebla. — El Licenciado Fernando de Villaseñor. — El Licenciado Don Diego de Cárdenas. — Licen- ciado Don Lorengo Ramirez de Pardo. — El Licenciado Don Luis de Paridio. — El Doctor Busto de Bustamante. — Tome larragon Joan de Salín. -— Tome la rragon Gerónimo de Piafa. — Registrada : Don Antonio de Águiar y Acuña, por el gran chanciller Don Antonio de Aguiar su Teniente. Yo Pedro Diaz de Qarate Escribano de Cámara de su Fee, Magostad en su Real Consejo de la Indias certifico que Don Pedro Estovan de Avila contenido en este real titulo se pre- 368 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES sentó con el ante las señas del dicho Consejo el qual fue leído por mi y por los dichos Señores oydo y entendido mandaron que hiziese el juramento que por el se manda el qual lo higo y yo se lo rresívi en la forma acostum- brada y para que della conssedi la presente en Madrid a siete de Henero de mili y sessientos y treinta años. — Pedro Dios de Carate. Nos los Escrivanos de Su Magestad que aquí firmamos y €ertijica»8ión. siguamos certifiícamos y damos fee que Pedro Dias de ja- rate de quien esta firmada la certificación de arriba es tal Escrivano de Cámara como se nombra v vntitula y a sus decretos y certificaciones se les da entera fee y crédito en juicio y fuera del y para que dello conste dimos la presente en Madrid a siete de Henero de mili y seiscientos y treinta años. En testimonio de verdad Esteban de Goyeneche. — En testimonio deberdad Alonsso de Tunon. — En testimonio de verdad Joan de Retuerta. Corregido fue este treslado con el original de donde lo hize sacar y va cierto y berdadero por mandado del Ca- bildo Justicia y Regimiento y lo entregue al Señor Gover- nador Don Pedro Estevan Davila en Buenos Ayres a veinte y seis dias del mes de Diziembre de mili y seiscientos y treinta y un años y en fee dello fize mi signo. Hay un signo En testimonio de verdad : Alonso Agreda de Vergara, Es- crivano Publico y Cabildo. Y luego incontinente el dicho Señor Governador escrivio una Real gedula que esta firmada de su Real mano y refrendada de Don Fernando Ruiz de Contreras fecha en Madrid en 17 de Septiembre de mili y seiscientos y veinte y nueve años y a las espaldas della están ocho rubricas de los Señores del Real Consejo de las Indias y un testimonio a las espaldas firmado de una firma que dice Don Fernando ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 369 Alvia de Castro y asi mismo refrendada de Juan de Fuentes Bizcarreta que es como se sigue : El Rey : Don Fernando Alvia de Castro Cavallero de la orden dé Calatraba mi Veedor General de la gente de guerra de mi Reyno de Portugal vo os mando que al Maestre de Campo Don Pedro Estovan Davila Cava- llero de la Orden de Santiago a quien e proveido por mi Governador y Capitán General de las Provincias del Rio de la Plata le dexeis passar a aquella tierra en los navios que van al Brasil y otras partes por alli cerca y dexareisle llevar consigo seis criados para su servicio los dos dellos cassados con sus familias y que puedan llevar sus raugeros y hijos a el sin pedirle información alguna presentándolas ante vos los dichos criados echas en sus tierras ante las Justicias dellos y Comprovacion de las mes- mas Justicias de como no son de los prohividos a passar a aquellas partes y de las señas de sus personas y que los dicho quatro criados y los hijos de los dos que llevan sus mugeres no son casados. Fecha en Madrid a siete de Sep- tiembre de mili y seiscientos y veinte y nueve años. Yo el jRey. Por mandado del Rey Nuestro Señor: Don Femando Ruiz de Contreras. Don Femando Alvia de Castro Cavallero del avito de Calatrava Veedor General de la gente de guerra deste Reyno de Portugal por Su Magestad y Juez de las cossas tocantes a las Indias de Castilla en esta ciudad de Lis- boa cumplasse lo que Su Magestad manda en su Real fedula desta otra parte y el señor Governador Don Pedro Estevan Davila passe en los navios que le pareciere y lleve los criados que Su Magestad le permite aviendo presentado ante mi las ynformaciones al pie de las quales se les pondrá su despacho. Lixboa veinte y uno de Febrero de mil ÁCT. DBL CAB. DK BÜBHOt limU. — T. IT. 84 370 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES y seiscientos y treinta y un años. Dan Femando Álvia de Castro. Por mandado de Su Magestad: Juan de Fuentes Btz- carreta. Corregido que fue con su original de donde lo saque por mandado del Cabildo Justicia y Regimiento que para este efeto ej^ibio el Señor Don Pedro Estevan Davila Governador y Capitán General destas Provincias por Su Magestad y la entregue a Antonio de la Cracaval en catorze de Henero de mili y seiscientos y treinta y dos años y en fee dello íize mi signo. En testimonio de verdad : Hay un signo Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Pu- blico y de Cavildo. Sin derechos. ACUERDOS DE 1632 ELECCIÓN DE AlCALDES ORDINARIOS DEL AÑO DE 1632 {Foja 84 del libro original] En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires Provincia del Rio de la Plata en jueves primero dia del mes de Henero entrante el año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mili y seiscientos y treinta y dos años el Cabildo Justicia y Regimimiento desta dicha Ciu- dad se juntaron en las casas de su ayuntamiento como es costumbre para hazer las eleciones de Alcaldes hordinarios y de la Hermandad para este presente año a saver el Señor Maese de Campo Don Pedro Estevan Davila cavallero del Abito de Santiago Governador y Capitán General y Justicia Mayor destas Provincias por Su Magestad. Bernardo de León Depositario General y el Capitán Juan de Vergara Regidor perpetuo Alcaldes Hordinarios y Francisco Gonga- lez Pacheco Alguacil Mayor El General Juan de Tapia de Var- gas Alférez Real y Juan Barragan y Don Diego de Rojas Briones Fiel Executor y Regidores perpetuos desta dicha Ciudad y estando juntos el dicho Señor Governador les 372 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES propuso que bien saben y deben saver se an juntado para elejir Alcaldes Ordinarios y de la Hermandad para este presente año como se acostumbra en semejantes casos, y que atendiendo al juramento que tienen hecbo a la obliga- ción que les corre descargos de sus conciencias y sin ynle- res y fines particulares elijan los dichos cargos y oficios aquellas personas que mas conviene para el servicio de Dios y de Su Magestad paz y quietud de la República bue- na administración de justicia y que miren por el bien pro y aumento de la ciudad y los dichos Capitulares dixieron lo harán y asi fueron botando cada uno por si en pliego de Alcaldes hor- papel aparte como lo an de costumbre para Alcaldes Ordi- dinarioa General t^ *r r r • sÍñSr%L'Í^k nanos y de la Hermandad y rregulados los dichos votos y deHordufla. '' ^ o fueron eletos rregulados los botos para Alcalde Ordinario con su boto que como Alférez Real se dio el Señor Juan de Tapia por tener facultad por su titulo para ello tubo seis botos y el Señor Sevastian de Horduña tubo otros seis bolos para Alcalde Ordinario y para Alcaldes dé la Herman- dad Don Eugenio de Castro rregulados los botos tubo seis y AicaiAiesde la Lorenco Garcia de Villamayor tubo otros seis botos y vista hermandad. • »/ «/ por el dicho Señor Governador la dicha elecion la confirmo aprobó y declaro que los seis meses primeros deste pre- sente año tenga el antigüedad el dicho Señor Juan de Ta- pia y los otros seis meses siguientes el Señor Sevastian de Horduña y fueron llamados al dicho Cabildo los dichos Alcaldes electos y parecieron en el y se les higo saver eran eletos para Alcaldes Ordinarios el dicho General Juan de Tapia de Vargas con el antigüedad de los seis meses pri- meros y el dicho General Sevastian de Horduña en la for- ma dicha y para Alcaldes de la Hermandad Don Eugenio de Castro y Lorenzo Garcia de Villamayor los quales acep- taron los dichos oficios y cargos y juraron a Dios y a una ACTAS DEL CABILDO *DB BUENOS AIRES 373 Cruz en forma de derecho que usaran bien y fielmente los dichos oficios y cargos en que son electos guardando y cun- pliendo lo que a cada uno tocare las leyes cédulas y orde- nanzas rreales las del Cabildo y sus preminencias que se deven guardar y los Alcaldes Ordinarios guardaran secreto en lo que trataren en el dicho Cabildo y todos harán justi- cia en las causas que ante ellos pasaren asi de efeto como a pedimento de parte sin pasión y afición y agravio contra ninguna dellas no llevando derechos demaciados miraran por el bien pro y aumento de la República probes y natu- rales della y en todo harán lo que deven y son obligados y que si asi lo hizieran Dios les ayude y sino se lo demanden amen — y los dichos Alcaldes Ordinarios Bernardo de León y Capitán Juan de Vérgara y Antonio Bernalte de Linares y Juan Davalos de Mendoga, Alcaldes de la santa Hermandad se dessistieron del dicho cargo y dejaron las baras que tra- yan de la rreal justicia y por el dicho Cabildo visto el jura- mento ffecho por los Alcaldes eletos los rrecibieron al uso y exercisio de los dichos oficios y cargos y les dieron poder y facultad que pueden para los usar y exercer y para el efeto el Señor Governador les entrego a cada uno dellos una bara alta de la Real Justicia y ellos las rrecibieron y en esta forma se puzieron las dichas eleciones de los dichos Alcal- des Ordinarios y de la Hermandad y con esto se serró el cabildo y lo firmaron. — Don Pedro Estevan Davila. — Ber-- nardo de León. — Joan de Vergara. — Francisco González Pa- checo. — Joan Barragan. — Don Diego de Rojas. — Juan de Tapia de Vargas. — Sebastian deHorduña. — DonEiigenio de Castro. — Lorenzo Garda de Villamayor. — Passo ante myy en feedello fize mi signo en testimonio de verdad: Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Público y Cabildo. 374 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES CABILDO DEL 2 DE ENERO DE 1632 {Foja 83 del libro original] siecciondeojí- ^^ '^ cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cios de República ii*ii i-rv**! i n ••. dos días del mes de Disiembre de myll y seiscientos j treinta y dos años la Justicia y Regimiento se juntaron en las casas del Señor Governador por estar yndispuesto á catí^* de s de hazcr Cabildo a saver el Señor Maese de Campo Don Pedro JSneroDues aun- WíiJm^re'^'jSé Estevan Davila Cavallero del Abito de Santiago Governador eQuU>occioion del Éscribanq. j Capitau General y Justicia Mayor destas Provincias del Rio de la Plata por Su Magestad el General Juan de Tapia de Vargas y el General Sevastian de Horduña Alcaldes Ordinarios y Francisco González Pacheco Alguacil Mayor Bernardo de León Depositario General Capitao Juan de Vergara y Juan Barragan y Don Diego de Rojas Regidores y estando juntos se trato de elegir oííqíos de República para este presente año como se acostumbra y se eligieron en la forma y manera siguiente. procw^adoroe- ^n oste Cabildo se trato elegir Procurador General desta ciudad y abiendose tratado, sobre ello todos unánimes y conformes dieron su boto al Capitán Toribio de Penal va vezino desta dicha ciudad. Por Mayordomo de los Propios desta ciudad rreligieron todos unánimes y conformes a Antonio de Linares y para tomarle quentas y a los demás Mayordomos que no la uviereñ dado quenta de los propios nonbraron por Dipu- tados .al General Juan de Tapia de Vargas Alcalde Ordi- nario y a Bernardo de León Depositario General y si nercU. Mayordomo dñ los prQpioa, ACTAS DEL CABILDO DB -BUENOS AIRES 375 alguno dellos estubiere impedido se k)s pueda tomar el cuatro que para ello se les dio Comisión quan bas^ lante se rrequiere y estando presente^ los dichos Dipu- tados aceptaron la dicha Diputasia. Nonbraron por Mayordomo del Ospital a el hermano Martin de Rodrigo que de presente lo ussa y se nonbraron Mayomomodei por Diputados para visitarle y tomar quentas al Señor Govemador y General Juan de Tapia de Vargas por este presente año y en quanto a las quentas que se an de tomar a los Mayordomos que han sido y al dicho Martin de Ro- drigo los dichos Diputados nonbren la persona de satisfa- cion que les pareciere para el tomar de las quentas y para ello dieron Comission quan bastante se rrequiere para el casso. Llamóse en este Cabildo a el dicho Capitán Toribio de Peñalva y diosele noticia del cargo .de Procurador General juramento dei " Procurador Gte- en que fue y es electo y lo aceto y juro a Dios y una Cruz en forma de derecho de usar bien y fielmente el dicho cargo mirar por el bien pro y aumento de la ciudad pedir lo que le convenga seguir a sus pleitos y causas y no los dejara yndefensos y esto y lo demás que tiene obliga- ción por rrajon del dicho cargo lo hará bien y diligente- mente y a la conclusión del juramento dixo si juro y el Cabildo le rrecibio al uso y exercisio del dicho oficio y cargo y se le dio poder en forma para todas las caussas desta ciudad pendientes y que adelante uviere para que las siga que para ello se le da con libre y general adminis- tración y a facultad de sostituir en quien y las vezes que le pareciere y con que no rresponda a demanda nueva que se ponga a este Cabildo hasta que se notifique. En este Cabildo se trato que la bara de Fiel se dexe el dar el turno a quien le biene para el primer Cabildo y neral. 376 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES con esto se acabo y serró este Cabildo y lo firmaron ; y en Juramento del este CabíIdo se mando entrar a Antonio de Linares Mayor- Mayordomo de * ^ loe propios. domo de los propios que a sido rrelegido para este presente año y lo aceto abiendosele dado notisia y juro a Dios y a la Cruz de lo usar coma deve y es obligado y le dio comi- sión y poder en forma para ello y lo firmaron.— Don Pedro Estevan Davila. — Jiuin de Tapia de Vargas. — Sebastian de Horduña. — Francisco González Pacheco. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. -- Juan Barragan. — Don Diego de Rojas. — Toribio de Peñalva. — Antonio Bemalte de Linares. — Ante my : Alonso Agreda de Vergara Escrivano Publico y Cabildo. CABILDO DEL 5 DE ENERO DE 1632 (Foja 84 vuelta del libro original) caü**Hordina. Eu la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en rio de S de Ene- ro de Í632. cinco días del mes de Henero de mili y seiscientos y trein- ta y dos años el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad se juntaron a hacer Cabildo en las Cassas del Señor Governador por yndisposicion de Su Señoría |y no faltar de hazer el Cabildo ordinario como es costumbre a saverel Señor Don Pedro Esteban Davila Maese de Campo Cavalle- ro de la orden de Santiago Governador y Capitán General destas Provincias del Rio de la Plata por Su Magestad. El General Juan de Tapia de Vargas Alférez Real y el Ge- neral Sevastian de Horduña Alcaldes Ordinarios y Bernar- do de León Depositario General y el Capitán Juan de Ver- ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 377 gara Don Diego de Rojas Fiel Executor Regidores estando juntos para hazer Cabildo como es costunbre se higo en la manera siguiente: En este Cabildo se trato por los dichos Alcaldes y Recri- sehaga coba- * '^ ^ do en casa del dores como por estar las Casas de Cabildo mal rreparadas dtS^'' ^^^'^ y servir al pre^nte de Cárcel y no se puede hazer en ella Cabildo se acordó de conformidad de todos que de aqui adelante todos los Cabildos hordinariosy los demás que se ofrecieren se señala las casas del Señor Governador en que se aya de hacer por estar con comodidad y desencia gene- ral entretanto que se rreparan y adereza las dichas casas de Cabildo y asi lo acordaron. En este Cabildo se trato que atento que el Alcayde de la Cárcel no se save en que forma usa el oficio ni con que nonbramiento le tiene se notifique al dicho Alcayde y a Francisco Pacheco Alguacil Mayor esiba el titulo de tal Alcayde y las fianzas que tiene dadas para el primer Cabildo y se les notifique. En este Cabildo se trato la necesidad que la Cárcel publica tiene y las casas del Cabildo de rrepararse porque esta todo muy maltratado y arruynado y sino se haze con brevedad el daño sera mayor y para que no se pierda esto por agora hasta que aya alguna cantidad de plata que se pueda aplicar para la dicha obra el dicho .rreparo y gasto se haga de los propios que este Cabildo oy tiene y tubiere adelante con quenta y rra^on asistiendo uno de los Regidores con el Mayordomo de los propios desde luego y para el efeto se nonbra al Señor Bernardo de León Deposi- tario General y se le da el poder y comisión que se rre- quiere y es nesesario para ello. Y estando presente acepto la dicha deputacion y se le encargo el cuydado y brevedad para ello. En este Cabildo se trato por los dichos Alcaldes y Capi- 378 ACTilS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES talares que de 07 en adelante se les haga saver a las per- sonas que amasan ayan de echar y dar pbr un rreal de pan blanco bien cosido y sasonado dos libras en un pan o en dos como les pareciere y quatro panes de a libra cada uno en un rreal todos que tengan el dicho pesso de simita bien sasonado y que se pregone y que lo cunplan pena de per- dido el pan y de seis pesos corrientes por tercios que es obras publicas juez y denunciador y so la dicha pena ^e les manda a las dichas personas que amasen le saquen a ven- der a la pla^a publica entre tanto que otra cosa se manda y que el Fiel Executor lo execute. En este Cabildo se trato por el Depositario General que Fiel Bxeeutor, Ja bara de Fiel Executor a cunplido su turno y le viene para el siguiente desde primero deste mes de Henero a Don Diego de Rojas Regidor y para que gozen quatro meses cada uno de conformidad se le dio para que desde oy hasta fín de Abrill corra el tiempo y atento que esta usando el dicho oficio debajo del juramento que tiene ffecho se obligo de lo usar bien y fielmente como deve y es obligado y lo acepto y quedo rrecevido en este tumo. Y con esto se acabo este Cabildo y jo firmaron de sus nonbres. En este Cabildo se leyó una petición de Pedro Fernandez carretero en que pide se le paguen treinta pesos de la ocu- sepaguedPe- pacion y trabajo que tubo en hazerel toril y lo demás de dro Fernandez. -^ , iii»ii«- « «>• las fiestas de toro^ del día del Señor San Martín patrón desta Ciudad y se acordó que los Diputados lean la dicha petición y decreten lo que se suele pagar por el dicho tra- vajo y lo. que dixieren los dichos Diputados se manda dar libranza dello para que el Mayordomo de los propios de la Ciudad de lo que tiene en su poder o delante tubiere se lo pague y tome carta de pago y lo firmaron. ACTAS DBL CABILDO DS BUENOS AIBBS 379 En este Cabildo se acordó que por la falta de agua que de presente ay para las sementeras se haga rrogatíva y se lleve el Bienabenturado San Martin en prusision a la Igle- sia de la Merced para pedirle a Nuestro Señor nos enbie el rremedío que es menester y para ello se gaste la cera que es menester y se pagu^ de los propios trayendo me- morial del gasto el Mayordomo y lo firmaron. — Don Pedro Esteban Davila. — Juan de Tapia de Vargas. — Bernardo de León. — Sebastian de Horduña. — Joan de Vergara. — Don Diego de Rojas. — Ante my : Alotiso Agreda de Vergara, Escrivano de Cavildo. NOTIFICACIÓN En este dia mes y año dicho notifique a Alonso Caro Alcayde dela|Carcel esiba el nonbramien toque tiene de Alcayde y las fincas que a dado el qual dixo que leyese y dello doy fee. — Alonso Agreda de Vergara. — En este dicho dia mes y auto noti- fique a Francisco Gonsalez Pacheco Alguacil Mayor lo decre- tado por el Cabildo y dello doy fee. — Alonso Agreda de Vergara. PREGÓN En la Ciudad de la Trinidad en seis de Henero de mili y seiscientos y treinta y dos años en la pla^a publica por 380 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES boz de Diego Ri vero pregonero publico se pregono .el auto del Cabildo acerca del peso de pan que an de dar los pana- deros por un rreal testigo Juan Jurado e Antonio del Pino y dello doy fee, — Alonso Agreda de Vergara. CABILDO DEL 19 DE ENERO DE 1632 Cav** Hordina- rio de 19 de BnC' Foja SS del libro original En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en ro de U92. diez y nueve días del mes de Henero de mili y seiscientos y treinta y dos años el cabildo Justicia y^Regimiento deesta di- cha ciudad se juntaron a hacer cabildo como lo an de cos- tumbre a saver el Señor Don Pedro Esteban Davila Maese de Campo Cavallero del Abito de Santiago Governador y Ca- pitán General destas Provincias del Río de la Plata por Su Magestad y los Generales Juan de Tap[a de Vargas Alférez Real Sevastian de Horduña vesinos y Alcaldes Ordinarios Bernardo de León Depositario General Capitán Juan de Vergara y Don Diego de Rojas Fiel Executor Regidores per- petuos y estando juntos como se acostumbra se hÍQO en la. forma siguiente. En este cabildo dicho Señor Governador dixo que el Señor Licenciado Don Andrés de León Garabito Juez visitador le higo saver a su Señoría de seis cédulas de Comieron del Su Magcstad para usar de sus comisiones antes usadas de Señor Licencia- * do Don Andree, pedro dc Solas Su Escrivano y las entrego a mi el presente Escrivano de Cabildo para que en el las lea y muestre y sepa de lo que en ellas Su Magestad manda y se asienten ACTAS DEL CABILDO BS BUENOS AIBSS SM en el libro de cédulas del dicho Cabildo y visto todos por los capitulares dixieron que se haga un quaderno de las dichas seis medulas y se metan en la caxa del archibo donde estén para que en todo tiempo conste que son los bienes reales como se sigue al fin deste cabildo. En este cabildo se trato por los Alcaldes Ordinarios que la otra de la car. obra de la cárcel no se a empegado a hazer y que es muy nesesario mande que el Diputado para el primer cabildo trayga rragon de lo que en ello se ba haciendo. En este Cabildo entro a este tiempo Francisco Gonsalez Entróeíaigua- '■ di mayor. Pacheco Alguacil Mayor y se le dio noticia de lo que se a hecho y proveydo por este cabildo. En este Cabildo se presento una petición por Antonio de Petuñon aei * r r mayordomo de Linares Mayordomo desta ciudad y de sus propios en que pide se le paguen ciento y noventa y dos pesos que a gas- tado en los fiestas del Corpus San Martin y las del naci- miento del Principe Nuestro Señor visto mandaron se tray- ga para el primer Cabildo los que sobre estos gastos higo el dicho cabildo para que visto se le de el libramiento que pide lo qual se lleve a los Señores Diputados deste Cabildo que están nombrados para tomar las quentas de los pro- pios y ellos las vean y provean. I En este cabildo no ubo otra cosa que tratar *y se serró y firmo. Don Pedro Esteban Davila. — Juan de Tapia de Vargas. * Sebastian de Horduña. — Francisco Gonsalez Pacheco. — Bernardo de León. — Joan de Ver gara. — Don Diego de Rojas. — Ante my : Alonso Agreda de Ver gara, Escrivano de Cabildo. Ío9 propios. 382 ACTAS DSL CABILDO DB BUENOS AIRBS COMISIONES EXHIBIDAS EN ESTE MISMO CABILDO Las comisiones que en este cabildo esibío el Señor Pro- curador soD las siguientes : Una para visitar los Oficiales Reales desle Puerto. Otra para que el Alguacil Mayor y sus Tenientes cumplan los mandamientos del Juez. Otra para conocer de una causa que el Governador sentencio de des- camino sin los Oficiales Reales. Otra para que el Juez Yisi-^ tador admita las demandas y capituios y querellas que vieran contra los Oficiales Reales y las sentencie. Otra sobre los descaminos y fraudes de la Real Hacienda. Otra para proceder contra el Governador Don Francisco de Céspedes * sobre las arribadas de todo el tienpo de su govierno. Que todas son seis comisiones sacadas de su original firmadas de Pedro de Salas Escrivano de Su Magestad y de las dichas comisiones que están en poder del Señor Governa- dor para verlas, — il/onso Agreda de Vergara, Escribano. CABILDO DEL 28 DE ENERO DE 1632 [Foja 87 del libro original) cav*'. En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Áyres en veinte y ocho dias del mes de Henero de mili y seiscientos y treinta y dos años el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha ciudad se juntaron a hacer Cabildo en la Sala del ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 383 Señor Governa^dor donde esta señalado para ello por no estar las casas de Cabildo decentes para poderlo hazer como es costumbre a saver: El Señor Maese de Campo Don Pedro Estevan Davila Cavallero del Abito de Santiago Governador y Capitán General destas Provincias del Rio de la Plata por Su Magestad los Generales Juan de Tapia de Vargas y Se- vastian de Horduña Alcaldes Hordinarios Francisco Gonzá- lez Pacheco Alguacil Mayor Bernardo de León Depositario General Capitán Joan de Vergara y Don Diego de Rojas Fiel Executor y Regidores perpetuos deste dicho Cabildo y en el se leyeron las peticiones y trato lo que se sigue. En este. Cabildo se leyó una petición del hermano Martin de Rodrigo Mayordomo del Ospital desta ciudad en que pide se de libertad a una mulata llamada Juana hija de Gracia negra esclava del dicho hospital por la qantidad de quatro- cientos pesos corrientes de un mili y novecientos y treinta y siete pesos que dizele alcango a los libres del ospital por las quentas que le tomo el Señor Obispo vista por esté Ca- bildo mando que se trayga la fundación del dicho Hospital para que se trea en este Cabildo y atento que su Señoria del Señor Governador tiene muchas ocupaciones y no puede acudir a tomar las quentas se nombra al Señor General Juan de Tapia de Vargas y Bernardo de León Depositario General para que tomen las quentas al dicho hermano Martin de Rodrigo y fechas se trayga a este Cabildo para que se bean y para ello les dieron la comisión y poder que se rrequiere y es nesesario. En este Cabildo dio y presento Alonso Ramirez un non- tuím de ai- *' ^ caude de la cdr^ bramiento de Alcayde de la cárcel y Alguacil de la ciudad aUmo^u^z, que en el higo Francisco González Pacheco Alguacil Mayor y se leyó y visto por Su Señoria mando que dando ñangas al contento y satisfacion del dicho Francisco González Pacheqp 384 ACTAS DEL CABILDO DX BUENOS AIRES Alguacil Mayor se traygan para constando dello rrecívirle al dicho Alongó Ramírez al uso de los dichos oficios. Aiguacü Bar- £n estc Cabüdo presento un titulo y nonbramíento de Alguacil y Teniente de tal en esta ciudad Bartolomé Gómez hecho en el por Francisco González Pacheco Alguacil Mayor el qual en el dicho. nombramiento toma* a su cargo el dar rresidencia y quenta délo que fuere a su cargo por rragondel dicho oficio. Visto por este Cabildo mando que aciendo fian- gas en forma de lo que en su nombramiento dice ante el pre- sente Escrivano se rrecibira por Alguacil mando se ponga un tanto del dicho nombramiento en este libro para que conste dello. Juan Cardóse. En estc Cabüdo Darccio Juan Cardoso Pardo y díxoque exhibió la Uaoe ^ . ^ i dei^cadeiar- cn la ciudad de Córdoba governacion de Tucuman le dio y entrego el Maese de Campo Don Juan de Céspedes Alcalde Ordinario que fue desta ciudad el año pasado que yba a la ciudad de la Plata esta llave que exibe que le dixo hera de la caxa del archibo visto por este Cabildo se mando entregar al General Juan de Tapia de Vargas como al- calde mas antiguo del para que la tenga y usse della como es costumbre y estilo y la rrecibio de que yo el presente Escrivano doy fee. Para que »e En estc Cabüdo se leyó una petición y ynformacion de arriende la En- "^ senada. Utilidad y provecho para vender o arrendar la Ensenada desta ciudad que tenia al presente Simón de Valdes permi- cion del Procurador del año de seiscientos y quinze y lo acordado por el Cabildo y agora acordó se den nueve pre- gones y al fin dellos se rremate por bida en la persona que mas diere y se halle todo este Cabildo o la mayor parte del para lo hazer a los quales desde luego se le da el poder que se rrequiere y es necesario y para hazer las negociaciones que fuere nesesario sobrello. ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 385 En este Cabildo se presentaron las quentas que dio An- Aprobación de * * * las quentas del tonio Bernalte de Linares como Mayordomo de los propios uS^p/oÍ^? '^ las quales tomaron los Señores General Juan de Tapia de Vargas y Bernardo de León Depositario General y fue alcanzado en irez sientos y ocho pesos corrientes que quedo por alcance liquido para las quentas que se le tomaren deste presente año y las aprobó este Cabildo y dio por bue- nas y los gastos que en ella da el dicho Mayordomo. En este Cabildo se nombro por portero del a Dieffo Félix nombramiento ■ "^ "de portero del de Morales para que acuda a todo lo que es a su cargo con ^^^''^^ treinta pesos corrientes de salario y que pueda traer bara para el uso dello y se le pague por sus tercios. En este Cabildo se levo una petición de Bartolomé López petición de */ ^ r fiartotomcl Lo- vezino y poblador desta ciudad en que pide se le de licencia fritar ¡Snado."^ para yr a las Panpas a matar ganado cimarrón por perte- necerle y tener obcion a ello y balerse del cebo y queros para su sustento. Vista por este Cabildo se nombro por Diputados a los Señores Generales Sevastian de Horduña Alcalde Ordinario y a Bernardo de León Depositario Gene- ral para que vean el obcion que cada uno de los vecinos que pidieren tiene y conforme a ella se le señale lo que a de matar mandando que no maten henbras y lo que se acordare acudan a pedir licencia al Señor Governador para poder salir desta ciudad a ello que para todo se les da el poder y comisión que se rrequiere por este Cabildo como es costumbre otros años para que se aprovechen los dichos vecinos y se valgan dello y se les dio noticia a los Diputados y con esto se acabo este Cabildo y lo firmaron. — Don Pedro Esteban Dayila. — Juan de Tapia de Vargas. — Sebastian de Horduña. — Francisco Gonzales Pacheco. — Bernardo de León. — Don Diego de Rojas. — Joan de Vergara. — Ante my : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Publico de Cabildo. ACT. DBl CAB. Bl •UIHOS ▲«■•. — T. TI. S5 386 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES NOTIFICACIÓN En la Ciudad de la Trinidad en dos dias del mes de Margo de mili y seiscientos y treinta y dos años yo el presente Escribano notifíque el decreto del Cabildo para tomar las quentas al hermano Martin de Rodrigo al General Juan de Tapia de Vargas y Bernardo de León Diputados los quales dixieron las tomaran y lo acetaron y de ello doy fee. — Alonso Agreda de Ver gara. NOMBRAMIENTO DE BARTOLOMÉ GÓMEZ [Foja 89 del libro original) Nonbramiento Eü la ciudad dc la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en de B"» Gomes. ** veinte y cinco dias del mes de Henero de mili y seiscientos y treinta y dos años Francisco Gongales Pacheco vezino y Alguacil Mayor de mar y tierra desta dicha Ciudad que doy fee conoscodixo que usando de la facultad que le da su titulo nonbra por Tenyente de Alguacil Mayor desta Ciudad y su servicio y jurisdicion a Bartolomé Gómez vesino en ella para que como tal use y exerca el dicho oflcio según y como lo an usado sus antecesores y aya y lleve los derechos que le pertenecen conforme al Real Arancel que para ello y lo a ello dependiente le da el poder que se rrequiere y le puede dar y pide y suplica al Cabildo Justicia y Regimiento ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AíRBS 387 le rreciban al USO del y rreciban el juramento en tal caso acostumbrado que se toma a su cargo el dar quenta y rre- sidencia de lo que por rraQon del dicho oficio es obligado sin que se le pidan fianzas y para ello le entregue la bara de la Real Justicia para lo usar y exercer y asy lo dixo y firmo de su nonbre siendo testigos Marcos de Seguera y Ga- briel de Cuellar presentes. — Francisco Gomales Pacheco. — Ante my : Alonso Agreda de Vergara, Escribano Publico y Cabildo. Concuerda con el nonbramiento original de donde le saque por mandado del dicho Cabildo en el dicho dia veinte y ocho de Henero del dicho año de seiscientos y treinta y dosy dello doy fee : Alonso Agreda de Vergara. CABILDO DEL 18 DE FEBRERO DE 1632 (Foja 90 del libro original) En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cao«« Hor-din» dies y ocho dias del mes de Febrero de mil y seiscientos y treinta y dos años el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad se juntaron a hacer Cabildo en las Casas que están diputadas para ello como es costumbre a saver El Señor Don Pedro Estovan Davila Cavallero de la Orden de Santiago Governador y Capitán General destas Provincias del Rio de la Plata por Su Magostad y los Generales Juan de Tapia de Vargas y Sevastian de Horduña Alcaldes Hor- dinarios y Bernardo de León Depositario General y Juan de 388 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Vergara y Dou Diego de Rojas Fiel Execulor Regidores deste dicha Ciudad y Toribio de Peñalva Procurador General que asistió y dio fee Diego Félix de Morales Portero deste dicho Cabildo que llamo a Francisco Gongaies Pacheco Alguacil Mayorydixo estar yndispueslo y se hizo en la manera siguiente. Petición sobre En oste Cabüdo se leyó una petición del Capitán Toribio que el alguacil X-adiTu^lÜt de Peñalva Procurador General desta dicha Ciudad en que cara. pide que Francisco Pacheco Alguacil Mayor deje libre- mente los caminos para que pasen los vecinos y sus carre- tas por ellos y que siegúela sanja que hace con que los ynpide y asi mismo libre el pasto para los ganados que andan en el egido por estar su chácara en el y que sese la obra y siegue la sanja. Vista la dicha petición por este Ca- bildo se mando dar traslado al dicho Francisco Gonsales Pacheco de lo pedido por el dicho Procurador General y se notifique sese con la sanja y asi lo proveyeron todos uná- nimes y conformes. Petición de Go- Eu esto cabildo se leyó una petición de Gómez deGa- mez de Gayoso i „ i . .11 aiJ^Me¡SSS^.°' J'osso que pide que la Ensenada que tiene esta ciudad por propios en el Riachuelo esta mandado se arriende por una bida y que ella pone por dos vidas y se de facultad para que la puedan arrendar y dar en remate y la pone en cinco pesos corrientes cada año. Visto por este Cabildo mando se guarde y cumpla lo proveydo sobre esto y se rremale por una bida con todos los deste Cabildo o cx)n la mayor parte que se hallare como esta mandado. Leyóse unape- Eu csto Cabildo SO leyo una petición del hermano de ticion del herma- TriS^pfd¿^Sb¿^ Martin de Rodrigo Mayordomo del ospilal pide se deliber- taií de una mu- íojííto del ospi- lad a una niña mulata llamada Juana por quien ofrece qua- trocientes pesos corrientes por su libertad de la plata con que alcanzare al dicho ospitaly que se le tomen las quen- ACTAS DEL CABILDO DE fiUENOS AIRES 389 tas para que se vea loque se le deve o debiere el y que se de la carta de libertad ala dicha niña y que si no alcanzare al dicho ospital dará fíanga abonada que dentro de dos meses los pagara si no se deviere el dicho ospital entre tanto que durara el tomalle las quentas y si se pasaren los dichos dos meses sin tomárselas quede libre el fiador de la paga. Visto por este Cabildo unánimes y conformes mandaron que se guarde lo probeydo y que dando fianza el dicho Martin de Rodrigo llanamente de que si en las quentas que se hicieren por este Cabildo y diputados no alcangare al ospital con los quatro cientos pesos corrientes que ofrece por la libertad de la dicha mulata de manera que el tal alcance trayga aparejada execucion el tal fiador pagara los dichos quatro cientos pesos cada y quando se le mandare aun que las quentas no se pagan dentro de los dos meses que el limitado haciéndose la siguiente en esta forma le sirva por titulo y libertad a la dicha mulata y asy lo pro- veyeron y hasta que esto se cumpla queda la dicha mulata por esclava como lo es del dicho ospital y lo que a de cum- plir el dicho hermano Martin de Rodrigo es dar la fianga en la forma rreferida. En este cabildo se presento una ynformacion hecha a pe- Abaon de 12 reses Bartolomé dimiento de Bartolomé de Burgos vezino desta ciudad en "^^ ^^^os. que pide el derecho y abcion de las bacas cimaronas que se retiraron a la Panpa de Francisco su padre poblador ante el qual Sevastian de Horduña Alcalde Ordinario y el presente Escrivano en veinte y seis de Henero pasado y se le concedió licencia para tener absion a dose rresesy que en ellas cada cinco pueda yr a hacer matanza conforme a ordenanza con que se ponga en la matricula para que conste en todo tienpo visto por este cabildo unánimes y confor- mes la mandaron asentar y matricular por doze rreses que 390 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES tantas parecieron por la provanga que presento pertene- cerle. Libramientode Átento oue pídío Pedro Gutiérrez se le diese libra* 30 pesos Pedro Guüerres. fliiento para que se le pagase treinta pesos de su trabajo de las fiestas del Señor San Martin del año pasado y se come- tió a los Diputados lo declarasen y declararon averse con- certado en los dichos treinta pesos lo que le mando este cabildo se le pague y se le firme libramiento dellos para que el mayordomo de los propios se los de y pague como es costunbre y en esta forma ge higo el dicho Cabildo y se decreto lo rreferido en el y lo firmaron. — Don Pedro Estevan Davila. — Juan de Tapia de Vargas. — Sebastian de Horduña. — Bernardo de León. — Joan de Vergara. — Don Diego de Rojas. — Ante my: Alonso Agreda de Ver- gara, Escrivano de Cabildo. NOTIFICACIÓN En diez y nueve de Febrero de seiscientos y treinta y dos años yo el presente Escribano notifique lo proveydo por el Cabildo a Francisco Pacheco Alguacil Mayor el qnal dixo que lo oye y dello doy fee. — Alonso Agreda de Vergara, Escribano. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 394 CABILDO DEL l^ DE MARZO DE 1632 {Foja 9Í del libro origináis En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ájres en cav- Horama- ** rio de 1* de Mar* primero dia del mes de Mar^o de mili y seiscientos y ^^^«^®^- treinta y dos años el Cabildo Justicia y Regimiento desta ciudad se juntaron a ha^er Cabildo como lo a de costumbre en las casas del Señor Governador diputadas para ello a saver : el Señor Don Pedro Esteban Davila Cavallero de la orden de Santiago Governador y Capitán General destas Provincias del Rio de la Plata por Su Magestad los Gene- rales Juan de Tapia de Vargas y Sevastian de Orduña Al- caldes Ordinarios y Francisco Gon^ales Pacheco Alguacil Mayor y Bernardo de León Depositario General y Juan Barragan y Don Diego de Rojas Regidores presente el Capitán Toribio de Peñalva Procurador General y dio por fee Domingo Félix de Morales portero llamo al Capitán Juan de Yergara Regidor y le dixo estar yndispuesto y se higo en la forma siguiente: En este Cabildo se leyó el auto ffecho por este Cabildo Para que sai- ga a rremate las para rrematar las carnicerias y dar abasto de carne del ^«'•«^««ríaí. año pasado y para este presente hasta el dia de Pascua de rresurrecion del año de treinta y tres se mande sacar a rremate en la forma acostumbrada y se den nueve pre- gones y las posturas que se hicieren por cualesquier personas se admitan y traygan a este Cabildo para que se hagan las condiciones y la forma y manera en que se a de hender y dar abasto de la dich& vaca y ffecho se asig- nara el dia del rremate y asy lo proveyeron. 392 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Que aaiga la Eñ esto Cabíldo sc Iralo que la correduría y mojoDeria y correduría mo- ■ •/ u w "nílTí^tfm^Sr**" rromana se cumple el año porque esta arrendado breve y mando este Cabíldo se den nueve pregones para que la persona o personas ^que quisiere hazer postura a ello la haga y se trayga a este Cabíldo para verla y proveer lo que conbenga. Posturas he- Eu osto Cabíldo se dio noticia por mí el presente Escrí- chas a la Ense- ■ ■ büdS T'manZ vatto dc la postura hecha por Marcos de Seguera a la Kaxer rremate ''*''**• Ensenada de los propios deste dicho Cabildo que esta puesta en catorze pesos cada año por los días de su bida y unánimes y conformes mandaron se haga el rremate como esta acordado para el dicho que viene siete deste presente mes en la persona que mas diere y para que haga las que convenga que para ello le dieron el poder bastante que se rrequiere y es necesario. Diputados pa- ^^ ^^tc Cabíldo el General Sevastian de Horduña Alcalde 'ceriascaifadoé' Ordíuarío propuso como el aderezo de las calcadas de las calles se a mandado hacer por ser de ynportancia y se an nonbrado Diputados y no se a hecho diligencia agora se acordó por este Cabildo que se eche bando y pregone de que se hagan las calcadas dentro de treinta días des- pués de pregonado y que para la execucion y curapli- myento dello se nonbra por Diputado al General Sevastian de Horduña Alcalde Ordinario y a Don Diego de Rojas Fiel Executor para que señalen el ancho y los palos que se an de poner en las calles para que no pasen las carretas como es costumbre y que todos los vecinos a su costa hagan lo que se le señalare y no lo cunpliendo á su costa se haga y se les pone dies pesos mas de pena para gastos de obras publicas que para ello este Cabildo les da el poder y comisión que se rrequiere y es necesario para su buena execucion y cunplimiento. ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 393 En este Cabildo se preseDto un título de Capitán déla gente presentación de ^ r ^ titulo de Capitán de mar afuera por el Capitán Don Juan Osorio de Baldes el íor?od¿iSg3ue de mar. qual abíendose visto por este Cabildo le admitieron por tal Capitán como por el dicho titulo lo manda el Señor Go- vernador Don Pedro Estevan Davila su fecha en esta ciudad en quinze dias del mes de Henero deste presente año que esta firmado del dicho Señor Governador y de Alonso Agreda de Vei^ara Escrivano Mayor de Governacion. En este Cabildo se presento un nonbramicnto de Te- Nontranuemo * de Teniente de nyente de Alguacil Mayor desta dicha ciudad fecho por en'mil,^%% 1 1 1 •! 1 nandes. Francisco Gongalez Pacheco Alguacil Mayor en el Sargento Diego Fernandes fecho en esta dicha ciudad en treinta dias del mes de Henero pasado deste año firmado del dicho Alguacil Mayor y de el presente Escrivano y pide que acuda a lo que los Juezes oficiales reales le mandaren como consta por el dicho nombramiento y mandaron a mi el presente Escrivano rreciba juramento del dicho Diego Fernandes para uso de su oficio y yo el dicho presente Escrivano tome y rrecibi del juramento en forma de dere- cho como es costumbre y prometió de usar el dicho oficio como deve y es obligado y mandaron de fianzas para el buen uso del v dar rrecidencia. En este Cabildo se levo una petición del Procurador Ge- ^''««cío/; dei •/ r Procurador Ge- neral Toribio de Peñalva en que pide sese con la sanja Sz'"ma5wí*'^"^" que hace en su chácara Francisco Gongales Pacheco Algua- cil Mayor y la siegue y muestre los titules que tiene dello. Visto por este Cabildo mando se le notifique al dicho Al- guacil Mayor cunpla lo proveydo por este Cabildo y traiga los titules que tiene y rresponda diariamente a la causa por sus peticiones para pedir la Justicia y asy lo pro- veyeron. Y en esta forma se hi^o el dicho Cabildo y lo firmaron. — Don Pedro Esteban Davila. — Juan de Tapia 394 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES de Vargas. — Sebastian de Horduña. — Francisco Gonfalez Pacheco. — Bernardo de León. — Juan Barragan. — Don Diego de Rojas. — Anle my: Alonso Agreda d3 Vergara, Escribano. NOTIFICACIÓN En dos días del dicho mes y año notifique este decreto a Francisco Gongales Pacheco en su persona el cual dixo que el rrespondera y dello doy fee. — Alonso Agreda de Ver gara. FIANZA AL TENIENTE DE ALGUACIL MAYOR {Foja 94 del libro original) Fianfa, ^^ '* ciudad do la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cinco dias del raes de Margo de mili y seiscientos y treintay dos años ante mi el presente Escrivano }y testigo yuso es- critos Gongalo Alvarez morador en'^esta ciudad en el pago del Monte Grande que doy fee conozcoy dixo que por quanto el Sargento Diego Fernandes vesino en esta dicha ciudad esta rrecevido por Teniente de Alguacil Mayor della y para acudir a todas las cosas tocantes a visitas y despachos de los navios y para todas las cosas que los Juezes Oficiales Reales le mandare y otras cosas como consta por el nonbra- A.CTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 395 miento que le higo Francisco Gon^ales Pacheco Alguacil Mayor desta dicha ciudad en treinta de Henero próximo pa- sado que esta adelante puesto a que se rrefirio y se le ha mandado por el Cabildo Justicia y Regimiento de fianga para el buen uso del dicho ofício y que dará rresidencia y el tal fíador y pagara lo que fuere jusgado y sentenciado y estara a derecho por el dicho Diego Fernandez el que quiere hacer la dicha poniéndolo en efeto dixo que en con- formidad délo mandado por el dicho cabildo y conforme al dicho nonbramiento se obligaba y obligo por fiador y pren- cipal pagador del suso dicho en tal manera que usare el dicho su oficio bien 'y fielmente como es obligado y que dará rresidencia del tienpo que lo usare estando a derecho y pagara loque contra el y sus bienes fuere jusgado y sen- tenciado en todas ynstancias donde no el como tal su fía- dor y principal pagador haciendo como dixo que hacia y hi^o de deuda agena suya propia y de libre deudor y sin que contra el dicho Diego Fernandez ni otra persona al presente sea fecha ny se haga diligencia ny escursion ny otro auto alguno de dinero ny de derecho cuyo beneficio y rre- muneracion y las leyes que sobre ello hablan como en ellas se contiene lo pagara de el año en el año luego que se le mande sin pleito alguno llanamente con mas las costas y a su cunplimyento y paga dixo que obligava y obligo su persona y bienes ávidos y por aver y dio poder bastante a las Justicias de Su Magestad de qualesquier partes que sean para que le apremien al cunplimiento y paga de lo que dicho es como por ser de fecha pasada en cosa juzgada y rre- visada las leyes de su favor y la que proybe la general rre- nuncíacion y lo otorgo en la suma dicha en el dicho dia mes y año dichos y lo firmo aqui de su nombre siendo presentes por testigos Gaspar López Pacheco Francisco Lopes Pacheco 396 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES y Xpoval Rodríguez moradores en esta dicha ciudad. — Gongalo Alvarez. — Ante my : Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Publico y Cabildo. NOMBRAMIENTO DE TENIENTE DE ALGUACIL MAYOR EN DIEGO FERNANDEZ [Foja 94 del libro original] Nonbramicnto En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en de Ten*' de Al- ^^ FÍ?Sta!idet? treinta dias del mes de Henero de mili y seiscientos y trein- ta y dos años Francisco Gongales Pacheco vezino y Algua- cil Mayor de mar y tierra desta dicha ciudad y puerto por Su Magestad a quien doy fee conozco dixo que usando de la facultad que tiene por su titulo y confirmación nombrava y nonbro por su Lugar Teniente de Alguacil Mayor desta dicha ciudadypuertoy su termino y jurisdicción al Sargen- to Diego Fernandez rresidente en ella y]para acudir a todas las cosas tocantes a visitas y despacho de los nabios y bar- cos que entran y salen en el rrio deste dicho puerto y asi mismo para todas las cosas judiciales que los Juezes Ofi- ciales Reales desta dicha ciudad y Provincia mandaren dixieren y ordenaren según y de la manera|que yo lo puedo y devo hazer que para ello y cada cosa dello le pone en su propio lugar y le da el poder que puede y es necesario y pueda llevar y lleve todos los derechos y aprovechamientos que puede aver y gogar conforme al rreal aransel y pi- de y suplica al cabildo Justicia y Regimiento desta dicha ciudad le rreciban al uso del dicho oficio y tomen del el ACTAS DBL CABILDO DR BUENOS AIRES 397 juramento en tal caso acostunbrado dando íianga para el uso del dicho oficio y dar rresidencia del tiempo que lo usare y para ello le entreguen la bara de la Real Justicia para lo usar y exercer y asi lo diio y firmo de su nonbre siendo testigos Gabriel Garcia Pacheco y Manuel Pinto pre- sentes.— Francisco Gomales Pacheco. — Ante my: Alonso Agreda de Vergara, Escrivano Publico y Cabildo. Concuerda con el original de donde lo saque que llevo en su poder el dicho Diego Fernandez.— Alonso Agreda de Vergara. CABILDO DEL 15 DE MARZO DE 1632 (Folio 9S vuelta del libro original] En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Avres en caü*>Hordina. quinze de Margo de mili y seiscientos y treinta y dos años el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha Ciudad se juntaron a hacer Cabildo como lo an de costumbre en las casas del Señor Governador diputadas para ello a saver : El Señor Don Pedro Esteban Davila Ca\allero del Abito de Santiago Governador y Capitán General deslas Provin- cias del Rio de la Plata por Su Magestad y los Generales Juan de Tapia de Vargas y Sevastian de Horduña Alcaldes Ordinarios y Francisco Gongales Pacheco Alguacil Mayor y Bernardo de León Depositario General y Don Diego de Ro- jas Fiel Executor y Regidor presente el Capitán Toribio de Peñalva Procurador General y dio por fee Domingo Félix portero que llamo para este Cabildo al Capitán Juan de no. 398 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES Vergara Regidor y le dixo que eslava falto de salud y que no podía benir y se higo en la manera siguiente : Que den jian- Eñ BSÍB Cabildo el Escrivano del dixo como por Su Seño- ^as el alcaude * fJ&iS^Go- ría esta mandado que Alonso Ramirez Alcayde de la Cárcel mex dentro de ÍO dS^^e?a/^S2: Publica y Teniente de Alguacil Mayor desla Ciudad que al €il moLi/or queda porsujuidor. prcsente lo esta usando de fianzas del uso de sus oficios y dar rresidencia. Visto por este Cabildo mandaron que dentro de dies dias de las dichas fianzas el dicho Alonso Ramirez y asy mismo Bartolomé Gómez Teniente de Algua- cil Mayor de el buen usso do sus oficios y dar rresidencia del tiempo que lo usaren donde no que el dicho Alguacil Mayor pasado el dicho termino quede por tal fiador de los susodichos del uso de sus oficios y dar rresidencia y estan- do presente el dicho Francisco Geniales Pacheco Alguacil Mayor que lo oyó dixo que hará que den las dichas fianzas y no dándolas el queda por fiador en la forma rreferida de los dichos Alonso Ramirez y Bartolomé Gómez y quiere por este decreto ser conpelido a ello y lo firmo como tal fiador pasado el dicho termino de los dichos dies dias. Titulo de Te- Eü cslc Cabildo se presento un titulo de Teniente de Ca- niente de la com- ^^^f^ca^ pitan de la conpañia del Señor Governador de los que an pitan Pedro Gu- tierrez. ¿q asistir ccrca de su persona por el Capitán Pedro Gutiér- rez fecho en siete del mes de Febrero pasado desle presente año firmado del Señor Governador y de Alonso Agreda de Vergara Escrivano Mayor de Govemacion y le admitieron por tal Teniente de la dicha conpañia según y de la mane- ra que el dicho Señor Governador lo tiene nonbrado y se le buelva el dicho titulo con la fee deste decreto. Titulo de co^ En este Cabildo se presento un titulo de Capitán de Yñ- pitan de Infanr- * ^ dSdpidíisít fanteria Española de la Conpañia desta Ciudad por el Ca- ch^z Gargon, pitan Pedro Sánchez Gargon vezino della flecho en primero dia del mes de Margo deste año que esta firmado del dicho ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 399 Señor Governador y de Alonso Agreda de Vergara Escrivano Mayor de Governacion y le admitió este Cabildo por tal Capitán de Infantería según y de la manera que el dicho Señor Governador lo tiene nonbrado y se lebuelva su titulo original con la fee deste decreto. En este Cabildo propuso el General Juan de Tapia de Que se nonbrc *^ * * contador para Vargas Alcalde Ordinario y Bernardo de León Depositario Sjtáf**^' "^^ General Diputados nombrados para tomar las quentas a el hermano Martin de Rodrigo Mayordomo del Ospital desta Ciudad las quales tenian diticultad por ser de veinte años y mas. Visto por este Cabildo dieron comisión a los dichos Diputados para que nonbren Contador persona de satisfa- cion que haga la dicha quenta y adiciones della a la qual le señalen el salario y satisfacion que merresiere por ello de los bienes del dicho Ospital yasy lo acordaron todos de conformidad. Propúsose el rremate de las carnicerías Que se haga ei rremate de las por Bernardo de León Depositario General porque están <^«^'**^<^"««' dados los pregones y se ba acercando el tienpo de la pascua y se acordó que el domingo que viene veinte y uno deste presente mes se haga el rremate asistiendo a el la mayor parte deste Cabildo. Por este Cabildo se acordó que se de de oy en adelante pára que se den libra y tne- por un rreal de pan dos panes de a libra y media cada uno ínritcS^y í2I gallinas y capo- O en un pan una libra o libra y media o dos libras de ma- ^ra8%0MM. ^ ñera que por un rreal se den tres libras de pan blanco bue- no y sasonado lo qual dixo y propuso en este Cabildo el dicho Señor Governador y visto por los señores Alcaldes y Capitulares mandaron se haga asy por ser justo y que se den quatro libras de semitas por un rreal buenas y sasona- das y assi mismo se mando se pregone que una gallina buena y un capón se venda a peso cada pie^a y una polla en quatro rreales y un pollo en dos rreales y no en mas y 400 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES para ello se les ponga penas a las personas que lo vendie- ren a mas. Pf-opusicion En este Cabildo propuso el General Juan de Tapia de Yar- contra Pablo tr mt r n^e'cfbUdo.''' gas Alcalde Ordinario que abiendo seguido causa criminal como Tenyenle General desta Provincia contra Pablo Nuñez Escrivano Publico y del Cabildo desta dicha Ciudad a pedí- mjentü de Alonso de Bustamante y que fue por el suso- dicho en el prencipio de la dicha causa rrecusado y se aconpaño con Bernardo de León Alcalde Ordinario que a la sason heray ambos le dieron sentencia de un año de des- tierro y otras penas como de la dicha sentencia y autos constara la qual esta apelada y pendiente en la Real Au- diencia de la Plata y atento que no esta libre desta causa y que tiene otras pendientes de la fuga que hi^o de la Cárcel y de aber entrado por este puerlo sin licencia de Su Ma- gestad y que es portugués con cuyas rreales cédulas y pro- bisiones esta rrequerido este Cabildo y de nuevo lo buelvo a rrequerir por todo lo qual contradice el usso y exersisio del ofício de tal Escrivano Publico y Cabildo y protesta a este Cabildo no use con el dicho Pablo Nuñez el dicho ofi- cio por quanto no esta purgado destas causas ny libres dellas y así lo propuso y pide que sobre ello se bote. fíoto. El General Sevastian de Horduña dixo que la propusí- síon hecha por el General Juan de Tapia de Vargas Alcalde Ordinario toca y pertenece su determinación al Señor Go- vernador Don Pedro Estevan Davila y que este Cabildo tiene pendiente la causa y siguiéndola por su Procurador y asy es y conpete el usar el oficio e no a su señoría del Señor Governador y no a este Cabildo por seguirla por su Procurador y el dicho General pida ante Su Señoría lo que Doto. le convenga. Francisco Gongales Pacheco Alguacil Mayor desta ciudad dixo que la causa es grave y que para otro ACTAS DEL CABILDO UK BUENOS AIRES 404 Cabildo dará su boto y parecer de lo que convenga al ser- vicio de Su Magestad* Bernardo de León Depositario General dixo que atento Boto. que a sido Juez como se rreíiere en la propusicion hecha por el General Juan de Tapia de Vargas lo contradice en lo que ubiere lugar de derecho el rrecibir al uso del dicho oficio al dicho Pablo Nuñez. Don Diego de Rojas Regi(for deste Cabildo dixo que se noto. conforma con el parecer del General Sevastian de Horduña. ¥ en esta forma se hifo este Cabildo y lo firmaron de sus nonbres. — Don Pedro Esteban Davila. — Jtuin de Ta- pia de Vargas. — Sebastian de Horduña. — Francisco Gon- pales Pacheco. — Bernardo de León. — Don Diego de Ro- jas.— Antemy: Alonso Agreda de Vergara, Escrivano de Cabildo. NOTIFICACIÓN En dies y ocho de Margo del dicho año yo el presente Escrivano notifique el decreto del Cabildo a Alonso Rami- rez Alcayde de la Cárcel el qual dixo lo cumplirá de que doyfeeen la Ciudad de la Trinidad y Puerto. — Alonso Agreda de Vergara. NOTIFICACIÓN En la dicha Ciudad de la Trinidad en dies y seis de Mar- (o de seiscientos y treinta y dos años yo el presente Escri- ACT. DIL CAB. PM BUBROf AUKt. — T . IT. S6 402 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIHES baño notifique a Bartolomé Gómez Alguacil de fianza del uso y rresidencia de su oficio como se manda por el Cabil- do el qual dixo de que lo oyó de que doy fee. — Alonso Agreda de Ver gara. CABILDO DEL 2h DE MARZO DE 1632 (Foja 98 del libro original) S6 de Marpo. gtt la cíudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en veinte y seis dias del mes de Mar^o de mili y seiscientos y treinta y dos años se juntaron en su Ayuntamiento el Ca- bildo Justicia e Regimiento desta Ciudad conbiene a saver el Señor Maese de Campo Don Pedro Estevan de Avila del Avito de Santiago Governador Capitán General en estas Provincias Los Capitanes Juan de Tapia de Vargas Sebas- tian de Orduña Alcaldes Hordinarios Bernardo de León Depositario General Francisco Gon^ales Pacheco Alguacil Mayor Capitán Juan de Vergara y Don Diego de Rojas Regi- dores se dio noticia en este Cabildo de los pregones que se cí^íid^toVcar*: habian dado a las carnicerias desta Ciudad y dar la carne ne por no aber i • . «i .... obleado que 86 de abasto y que no a ávido quien hiziece postura para que reparta por se- •/ ^ -t. r r ^ ^i^iSí "diputa- las provea lo que fuera servido nonbraron por Diputados a los Generales Juan de Tapia de Vargas y Sebastian de Or- duña Alcaldes Ordinarios para que entre los vesinos que tienen estancia de ganados hasta que aya obligados rrepar- tan las semanas que les pareciere pueden traer conforme a los ganados que cada uno tubierey a ello les apremien por ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 403 el rrigor y penas que convengan y el precio sea el hordina- rio a Ires rreales quarto de baca o novillo de hedad a Ires rreales y de ternera a dos rreales y en todo se guarde el precio de cebo cuero y menudo y los que trajeren terneras sean machos y cerca dello provean los autos nesesarios— de- cretóse que atento a que el corral en que se mata el ganado Que se aderece * * * ^ el corral o se ha- es menester rreparalle y aderezarle y esto se haga a costa %>¡í^j!'''"^ de quien tubiere obligación a ello y a falta desto por agora se haga el dicho corral o se aderece de los propios desta ciudad con que lo que se gastare en eso se rreparta por se- manas en los que trajeren carne al matadero y lo vaya cobrando el maiordomo hasta enterarse en lo que se ubiere gastado de propios y para que se ponga en execucion yaya quien con aver dado acuda a ello nonbraron por Diputa- dos a Francisco Gongales Pacheco Alguacil Mayor y Don Diego de Rojas Regidores los quales se encarguen de la dicha obra y lo que libraren para el gasto desto en los pro- pios desta ciudad lo pague el maiordomo de la ciudad y los dichos diputados den rrazon a los diputados que an de rrepartir las semanas de lo que se a gastado en esto para que los rrepartan entre los que trajeren carne al matadero y hiendo obligado se le ponga por cien dias repartiese la carne declaracen de acer el corral de la manera que se les entrega en lo de la mojoneria rromanay correduria se siga el dar los pregones y aviendo maior ponedor pareciendole cerca de la correaurta wio- a los que se hallaren al rremate conbiene el rrematarles si •iíí'ÜS!^ " "^' rremata en junto o desmenbrado y con esto se cerro el Cabildo e lo firmaron. — Don Pedro Estevan Davila. — Jíian de Tapia de Vargas. — Sebastian de Horduña. — Bernardo de León. — Francisco Goncalez Pacheco. — Joan de Vergara. — Don Diego de Rojas. — Ante mi : Paulo Nuñez, Escrivano. 404 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES COMISSION DE JÜES DE RESIDENSIA AL SEÑOR IJCENCIADO DON ANDRÉS DE LEÓN GARAVITO {Foja 99 del libro original) Don Felipe por la Gracia de Dios Rei de Castilla de León de Aragón de las dos Cesilias de Jerusalen de Portugal de Navarra de Granada de Toledo de Valencia de Galizia de Mallorcas de Sevilla de Cerdefia de Cordova de Córcega de Murcia de Jaén de los Algarvcs de Algezira de Gibraltar de las yslas de Canaria de las Yndias Orientales y O^identales Yslasy tierra firme del mar océano Archiduque de Austria Duque de Borgoña Bravante y Milán Conde de Aspurg de Flandes de Tirol y Barcelona Señor de Viscaya y de Molina etc. El licenciado Don Andrés de León Garavito a quien he proveido por visitador de los oficiales de mi Real Hasienda de la Provincia del Rio de la Plata a mi servicio y execu- gion de la Justicia conbiene se tome rresidencia a Don Fran- cisco de Céspedes Govemador y Capitán General de la di- cha Provincia y a los que por su muerte ausencia u otro ynpedimento ubieren servido o sirbieren el dicho oficio y a los Tenientes Ministros y oficiales de todos por aver pro- veido en el dicho ofigio a Don P^dro Estevan Davila y con- fiando de vos que procurareis mi servicio y guardareis el derecho a las partes he tenido por bien de os la encomendar y Cometer como por la presente os la encomiendo y cometo y mando que llegado que seáis a la dicha provincia y to- mado posesión el dicho Don Estevan de Avila del dicho oficio publiquéis la dicha rresidengia contra todos los so- ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 405 bredíchos y se la toméis por termino de sesenta dias que corran y se quenten desde la publicación en adelante y cunplireis de Justigia a los que dellos ubiere querellosos sentenciando las caussas conforme a ella y en prosecución de la dicha rresidengia por todas las vias y maneras que mejor y mas cunplidamente podáis os ynformeis y sepáis como an usado susofí^ios y administrado mi Justicia de- recho preheminengia y patrimonio rreal y en especial en lo tocante a los pecados públicos y como an guardado las le- yes gedulas y hordenangas mias y de los católicos Reyes Enperadores y mis señores abuelo y padre que santa glo- ria ayan y lo mismo los Alcaldes Regidores y Maiordomos Escrivanos de Governagion y Públicos de la dicha Provin- cia y su Jurisdicion y si an ydo y pasado contra las leyes cosas en Toledo y si en algo les hallare desocupados en la ynformagion secreta les haréis cargos de las culpas que contra cada uno resultaren y rregibireis sus descargos y averiguareis la verdad apercibiéndolos que acá no an de ser mas rrecebidos a prueva y guardando las leyes del rei- no no haréis cargos generales en la dicha rresídengía con apercibimiento que se progedera contra vos y llamadas y oi- das las partes haréis sobretodo cunpl ¡miento de Justigia conforme alas dichas leyes y aveis destar advertido que en las sentengias que dieredes en la dicha rregidencia y ca- pítulos que en ella se pusieren no aveis de rremitir la de- terminación de ninguno dellos al dicho mi Consejo sino que los aveis de determinar como hallaredes por Justigia egepto los que fueren de calidad que no podáis determinar- los sino rremitirlos a el y esto aveis de hager con la ma- yor ynformagion que pudieredes aver de manera que pue- dan determinar por ella y por el progeso de la dicha rresi- dengia que enbiaredes sin que sea nesesario hager otras 406 ACTAS D£L CABILDO DE BUENOS AIRES nuevas del igenci as sobre ello ni bol verlo a rremitir hasien- do otras para esto en forma a las tales rresídengias para todas ynstangias apercibiéndoles que enbien sus Prorura- dores suQ^ientes con sus poderes bastantes bien ynstruidos e ynformados en seguimiento de los tales cargos y capítu- los que ansi rremitieredes para ante los del dicho mi con- sejo y si no lo hizieren se noteficaran los autos y senten- cias que en ellos se dieren y pronungiaren en los estrados del dicho mi Consejo y les pasaran tanto por justicia como si en sus personas se hiziesen y noteíicasen y se os apercibe que si assi no lo hizieredes y cunplieredes o algún cargo o capitulo rremitieredes contra los susodichos se proveerá contra vos lo que convenga y si algunos fueren muertos ha- réis dar el estado de sus cargos a sus herederos y fiadores de rresidengia y siguientemente aréis con ellos 1 a caussa como lo devierades hazer siendo bivos y assimesmo averi- guareis y sabréis si los susodichos an entendido y tratado como desvian y eran obligados las cosas del servicio de Dios y mas especialmente en la conversión y buen trata- miento de los naturales y bien común de aquella tierra para que yo sea avisado de las cosas della y las penas en que an sido condenados qualesquier consejos y personas par- ticulares pertenecientes a mi cámara y fisco las haréis exe- cutar y que se den y entreguen a los Oficiales de mi Real Hacienda de la dicha Provincia y a quien su poder ubiere y se les haga cargo dello y pasado dicho termino de los di- chos sesenta dias que se os dan para tomar la dicha rresi- dencia lo enbeareis originalmente quedando alia traslado de todo como se acostumbra a mi Consejo Real de las Yn- dias y no a otra Audiencia ni tribunal alguno cerrada y sellada con relagion particular firmada de buestro nonbre y signada del Escrivano ante quien pasare en que se oiga ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 407 y declare que cargos son los que ay y bienen en ella y contra que personas y a quantas hojas y numero esta cada cosa para que cuando se aya de ver en el dicho mi Consejo aya toda claridad y se pueda entender bien y brevemente para administrar y guardar mejor justigia a las partes a quien tocare y de averio echo assi me enbiare en testimo- nio al dicho Consejo con apercibimiento que no lo cun- pliendo seréis castigado con todo rrigor sin enbargo de qualquier leyes ?edulas y hordenangas que en contrario de lo susodicho aya que en quanto a esto las rreboco y doi por ningunas y de ningún valor y efeto quedando en su fuerga y vigor para en lo de adelante y mando que los pleitos de demandas publicas que ante vos se pusieren du- rante el termino de la dicha rresidengia por qualesquier personas contra los susodichos los fenescais senlengieis y determinéis dentro de sesenta días de como ante vos se pusieren sin dar lugar a que en la dicha relación y de- terminación dello aya mas dilagion porque asi conbienea mi servigio y mando que digan y ante vos la dicha rresi- dengia y estén presentes durante el termino^della so las pe- nas contenidas en las dichas leyes y que ellos y otras qua- lesquier personas de quien entendieredes e ynformado y saver la verdad gerca de lo susodicho vengan y parescan ante vos juren y digan sus dichos y declaragiones a los pla- sos y so las penas que les pusieredes las quales executareis en los que no lo cunplieren y acavada de tomar la dicha rresidencia cobrareis y haréis se cobren de los rresidencia- doslos maravedies que bieredes pueden montar los decre- tos della y de los capitulos querellas y demandas que se pusieren para el rreclarao y Escrivano de cámara del di- cho mi Consejo a quatro maravedis por justicia de cada uno que estén escriptas conforme al aranzel rrepartiendolo 408 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES con mando que fuere necesario para el flete averia y seguro dello rrespeto de la culpa que cada uno tubíere y procesado a que ubiere dado caussa y cobrado lo enbíareís quando la dicha rresiden^ia rregislrada por quenta aparte y rrela^ion de donde procede a la casa de la contratación de las Yndías de la ciudad de Sevilla dirigido a mi presidente y Jueces y Fiscales della con hordem para que luego lo den y entreguen al Recetor del dicho mi Consejo para que por mandado de los de ese distribuya lo rreferido que para todo lo susodicho doi poder y comisión en forma quan bastante de derecho se rrequiere dada en Madrid a dos de Mayo de mili e seis- cientos y treinta años. Yo el rrei. — El Conde de la Puebla. — El licenciado Don Diego de Cárdenas. — El licenciado Don Pe- dro de Buianes y Villa Gómez. —El ligenciado Don Lorenco Ramirez de Prado. — El licenciado Juan Pardo. Yo Andrés de Rojas Secretario del Rei Nuestro Señor la fíze escrivir por su mandado. Registrada: Don Antonio de Aguiar y Acuña. Por el gran chanciller: Don Antonio de Aguiar y Acuña su Teniente. Corregido y concertado fue este treslado con su original que eiibio ante mi y bol vio a llevara su poder el Señor Li- cenciado Don Andrés de León Garavito Juez de rresidenfias en estas Provincias y de mandamiento de la Justicia e Regi- miento desta ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ai- res di el presente en ella en veinte y siete dias del mes de Marco de mili y seiscientos y treinta y dos años y fice roi signo en testimonio de verdad. Paulo Nuñez, Escri vano Pu- blico y de Cabildo. Sin derechos. ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES 409 CABILDO DEL 19 DE ABRIL DE 1632 (Foja lOi vuelta del libro original) En la ciudad déla Trinidad Puerto de Buenos Ayres en cav^* Hordina- " rio. dies y nueve dias del mes de Abrill de mili y seiscientos y treinta y dos años el Cabildo Justicia y Regimiento desta dicha ciudad se juntaron en casa del Señor Governador que tienen diputadas y señaladas para hazer Cabildo por estar las Casas de Cabildo sirviendo de Cárcel a saver el Señor Maestro de Campo Don Pedro Estevan Davila Ca va- llero de la Orden de Santiago Governador y Capitán Gene- ral destas Provincias por Su Magestad los Generales Juan de Tapia de Vargas Alférez Real y Sevastian de Horduña ambos Alcades Ordinarios Bernardo de León Depositario General Capitán Juan de Yergara y Juan Barragan y Don Diego de Rojas Fiel Executor Regidores perpetuos deste, Cabildo y en el se trataron las cosas siguientes. En este Cabildo dixo Juan Barragan Regidor del que abia Nonbramiento ° ^ ^ de Escribano pa- ydo de su parte al señor Licenciado Don Andrés de León Ga- cabuSS^'' ^'^"^ rabito Juez visitador de la Reales Caías de Su Magestad y Juez de rresidencia en ella para tomar la rresidencia del tiempo que fue Governador el Señor Don Francisco de Céspedes que le dixiese como oyhera el Cabildo hordinario y que estava suspenso por su merced Pablo Nuñez Escri- vano Publico y del Cabildo y el libro de acuerdos se abia llevado Pedro de Salas Escrivano de las dichas comisiones que mandase Su Merced al dicho Escrivano biniese con el libro y el personalmente para hazer el dicho Cabildo y el 410 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES dicho Señor Don Andrés de León Garabito mando darle dicho libro de acuerdos al dicho Juan Barragan y mando que Alonso Agreda de Vergara Escrivano de Su Mageslad y mayor de Governacion asiste a escrevir y hazer el dicho Cabildo como se acostumbra y hace otras vezes y asy fue llamado yo el presente Escrivano y se higo en la manera siguiente. Dase qucntu Eu cstc cabüdo el General Sevastian de Horduña Alcalde fiel estado y or- qíü íc ma^'^Si Ordinario dixo que en conformidad de la rreparticion el matadero. que se a hecho a los dueños de estancias ban cunpliendo cada semana con la que les esta repartidas y matan las bacas y ganado que es menester para el abasto y sus- tento de la República sin que aya falta y da noticia dello, Nonbran por Eñ cstc Cabildo SO propuso por los Capitulares del la Maestro de las r r r i fnd^ y'^JSudSi' nesesidad que ay de un obrero para que mida y amo- do. tierras á Aía- • i i j • nuei Ferrara. jQ^e ¡gg ticrras dc las chácaras y estancias y bea los edi- ficios y obras que se hazen por la nesesidad que ay dello y que en esta ciudad esta Manuel Ferreira grande artifice de obras de albañileria y entendido en el arte y en lo demás los quales todos unánimes conformes le nonbravan y non- braron por maestro de las obras de la ciudad y alarife y medidor de las tierras desta ciudad y jurisdicion alqual le dan el poder y comisión que para ello se rrequiere al qual se le notifique lo acepte y haga el juramento nesesario para ello y para lo hazer dieron comisión a mi el presente Escri- vano para que lo rrecibael dicho juramento o al escrivano de Cabildo que fuere del y hecho el dicho juramento use el dicho cargo de tal maestro alarife de las obras de la ciu- dad y medidor de las tierras della y su jurisdicion. Fue recibido Eu cste Cabildo el Capitán Don Juan Osorío de Valdes por alguacil mor ^on'^juan'ols^ prescuto uu titulo de Alguacil Mayor de mar y tierra^ desta ciudad y su jurisdicion por estar vaco el uso del por ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 414 estar en rresidencia Francisco González Pacheco Alguacil Mayor del Señor Governador Don Pedro Estovan Davila el qiial por mi el presente Escrivano se leyó en este Ca- bildo y abiendolo visto todos Alcaldes y Capitulares una-^ nimes y conformes mandaron entrar en el al dicho Capitán Don Juan Osorio de Valdes y se sentó en el asiento que se solia sentar el dicho Francisco Gongales Pacheco y man- daron se rrecebia y el dicho Governador en nonbre de Su Magestad tomo en su mano una bara de la Real Justicia y la dio y entrego al dicho Don Juan Osorio para que use y exerca el dicho oficio de Alguacil Mayor desta ciudad de mar y tierra y su jurisdicion y del se rrecibio juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz que h¡QO con los dedos de su mano derecha de usar bien y fielmente el dicho oficio de Alguacil Mayor como deve y es obligado y guardando el secreto deste Cabildo y a la conclusión del dicho juramento dixo si juro y amen y se le mando de la fianga para el uso del dicho oficio y dar rresidencia y quedo rrecebido por tal Alguacil Mayor por el tiempo que dura la dicha rresidencia. - En este Cabildo Don Diego de Rojas Fiel Executor y Reglamentase o 163 — Acatamiento del Gobernador á lo ordenado por S. M... 149 — Lectura de una referente al plantío y cultivo de varias semillas 157 Cédulas. Ofrecimiento de unas existentes en la Asunción y aceptación del Cabildo 219 — De renunciaciones 228 454 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Cobro. Autorización para el de una suma de dinero del Cabil- do de Córdoba.... 199 Confirmación. De la elección de Procurador General por el Gobernador 139 — De S. M. en el oficio de Regidor de primer voto en Juan de Vergara O Comition. Dase al Procurador General para que en nombre del Cabildo salga al Interior con poder amplio 153 Competencia. Queja del encargado del abasto sobre la que se le hace en la matanza de ganado 153 Compostura. Autorízase al Mayordomo para que contrate la de las casas del Cabildo 163 Corpus Cristi. Preparativos para esta fiesta 198 — Ordénase que el Mayordomo haga los gastos de estas flesUs 198 Correduria. Resolución sobre su remate 173 Cuenta. Ordénase el pago de una que cobra el Escribano de Cabildo 200 Cueros vacunos. Concédese licencia para su embarque 184 Cueros. Petición para su embarque 191 D Despacho. De poderes al solicitador en Corte 183 Dictamen. Del abogado Escobar sobre las oposiciones pre- sentadas 133 Dinero. Autorización para el cobro de una suma del Cabildo de Córdoba 199 Diputados. Nómbranse los de turno 143 ~- Nómbranse los de turno 170 — Nómbranse para las obras de las casas de Cabildo 174 — Reparto de estos en las Iglesias en los días de Semana Santa 176 — Nómbranse los de turno 317 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 455 Páginas Elecciones. De Alcaldes de la Hermandad para 1621 137 — Exhortación del Gobernador á los capitulares antes de la Elección 127 — De Capitulares para 1621 127 — De Alcaldes ordinarios para 1621 127 Elección, De Procurador General para 1621 137 — De Mayordomo de los propios para 1621 138 Embarque. Concédese licencia para el de cueros vacunos 184 — Petición para el de cueros 191 Entierros. Prohibición de recojer limosma en estos 205 Entrega de las varas. Á los alcaldes electos y juramento. . . . 133 Epidemia. A fin de combatir la de viruela mándase hacer una procesión 190 — Medidas para evitar la que sufre esta Ciudad 201 Ermita, Resuélvese construir una para colocar la imagen de San Roque 203 Escases. Medidas para evitar la de sal 164 Escribano. Lectura de un título de tal 181 Escribano de Cabildo. Ordénase el pago de una cuenta que cobra. este funcionario 200 — Recibimiento de Pedro de Rojas en este carácter 218 — Nómbrase á Pedro de Rojas 219 — Testimonio del remate efectuado en favor de Pedro de Ro- jas para este oficio 220 Estandarte Real. Entrégasele al Alférez Real 135 Exhortación. Del Gobernador á los Regidores antes de la Elec- ción 127 F Falta de asuntos. Levántase el Cabildo por esta causa 216 Fiel Ejecutor. Tumo de la vara de este oficio 142 — Entrégasele la vara á Juan Bautista Ángel 142 — Entrega de la vara de este oficio 179 456 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Fiel ejecutor. Entrégasele la vara á Bernardo de León 179 — Turno de la vara de este oficio 217 — Entrégase la vara á Diego de Trigueros 217 Fiel de Pesas y Medidas, Nómbrase á Mateo Domínguez. . , . . . 209 — Nómbrase á Bachio de Filicaya por renuncia del anterior. . 210 Fiesta. Preparativos para la de Corpus Cristi 198 Fondos, Enviánse al solicitador ante la Corte 199 G Ganado salvage. Medidas para evitarlos peijuicios que causan en las sementeras 158 Gastos. Ordénase los haga el Mayordomo para la fiesta del Corpus 198 Gobernador. Prohíbese á este funcionario que se ausente del lugar de sus funciones. 208 H Higos. Fíjaseles precio 188 I Informe. Del abogado Escobar sobre las oposiciones presenta- das 132 — Del abogado Escolar sobre la elección de Alférez Real... 133 Imagen. Resuélvese construir una ermita para colocar la de San Roque á causa de la peste 203 Instrucción. Apercibimiento á los Diputados para que despa- chen la que ha de llevar el Procurador ante S. M 187 — Pídese á los Diputados nombrados la que debe llevar el Procurador ante la Corte 192 Instrucciones. Del Gobernador al Cabildo 218 Juramento, De los alcaldes electos y entrega de las varas 133 — De Francisco de Meló y aceptación del puesto de Alcalde de la hermandad 134 j ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES 457 Páginas Juramento. Del Procurador General electo 140 — De Joan Bautista Ángel, Mayordomo de los propios 140 — Del Mayordomo del Hospital electo para 1631 141 — Del Alcalde de la Hermandad Manuel Cabral 152 Lectwa. De una carta sobre negocios encargados por el Cabildo 144 — De una carta referente á la permisión de navegación 144 — De una Real Cédula referente al plantío y cultivo en el país de varías semillas 15*7 — De dos contestaciones á preguntas sobre las carretas que vienen de Córdoba 169 — De un título de Escribano Mayor de Gobernación 181 — De las instrucciones que deja el Gobernador al Cabildo. . . 218 Libranza. Dase en pago de los recaudos y papeles enviados áS. M 180 Lieencia, Solicítala un Regidor para ausentarse á la Villa de Potosí 181 — Concédese para el embarque de cueros vacunos 184 Limoinas. Prohíbese recogerla en los entierros 205 M Maix. Solicítanse socorros á la ciudad de Córdoba para evitar su carencia 165 Mandamiento, Para que el Licenciado Flores exhiba los re- caudos de sus comisiones 160 — A efecto de que los alcaldes ordinarios ocupen el asiento que les corresponde en el Cabildo 161 Matanza, Queja del encargado del abasto sobre la competen- cia que se le hace en la de ganado 153 Mayordomo de los propios. Elíjese este funcionarío 138 — Juramento del electo 140 Mayordomo del Hospital, Juramento de este funcionario 141 Mayordomo, Nómbrase interíno á Bernardo de León 182 458 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Medidas. Para evitar la carencia de sal 164 — Témanse para evitar la epidemia que sufre esta ciudad. . . 201 Media arroba. Petición para adoptarla en la ciudad de Santa Fé. 16S Memorial. Referente á Cédulas Reales 163 Merced. Rechazo de una de S. M 149 — Acatamiento del Gobernador á la que hace S. M 149 — Respuesta á la carta recibida en que se menciona la de S. M. 151 Miel. Fíjasele precio 188 Misa y procesión. Acuérdase celebrar una á San Roque, abo- gado de la peste 212 IV Navegación. Súplica para poder estender permisión 145 Navio. Petición sobre viage de dos de estos y remisión de ca- pitales 171 Negros. Ordénase aislarlos á causa de la peste 202 Nombramiento. Dase noticia al Cabildo de haber sido nom- brado Obispo del Rio de la Plata fray Pedro Carranza. . . 141 — De Diputados en turno 170 — De Fiel de Pesas y Medidas por renuncia del anterior en favor de Bachio de Filicaya 210 — De nuevo Procurador ante la Corte 211 — De Escribano de Cabildo en favor de Pedro de Rojas 219 — De Fiel de pesas y medidas en favor de Mateo Domínguez. . 209 — De portero de Cabildo en favor de Miguel Gerónimo 213 — De Diputados en turno 217 — De Diputados en turno 143 — De Mayordomo interino en favor da Bernardo de León. . . 182 Noticia. Dase al Cabildo de estar nombrado Obispo del Rio de la Plata Fray Pedro Carranza 141 Notificación. Del nombramiento de Alcalde de la Hermandad y juramento 152 — A los Cabildantes para que se reúnan los lunes 178 ACTAS DEL CABILDO DK BUENOS AIRES 459 O Páginas Obispo. Dase noticia al Cabildo de estar nombrado Fray Pedro Carranza 141 — • Bando con motivo de la llegada de este prelado, y recibi- miento que se le ha de hacer 216 Ofrecimiento. De cédulas existentes en la Asunción y acepta- ción del Cabildo 219 Opinión. Del abogado Escobar sobre la elección de Alférez Real 133 Oposición. De un Regidor á la elección recaida en Manuel Cabral, por ser portugués 131 — De un Regidor á la elección recaida en el Alférez Real por ser incompatible con el puesto para que ha sido electo. 132 Ordenanza. Notifícase á los cabildantes la que manda reunirse los lunes 178 P Pago. Ordénase el délos recaudos y papeles enviados á S. M. 180 — Ordénase el de una cuenta que cobra el Escribano de Cabildo 200 Pan. Fíjasele precio 150 — Reglaméntase su venta 159 — Fíjasele peso 220 Pasas. Fíjaseles precio 188 Perjuicios. Medidas para evitar los que causan en las semen- teras el ganado salvaje 158 Permisión. Lectura de una carta referente ala de navegación. 144 — Suplica para estender la de navegación 145 Peso. Fíjasele al pan 220 Peste* A causa de esta ordénase aislar á los negros 202 — Ordénasela recolección de almendras para combatir esta. 204 — A causa de esta acuérdase celebrar una procesión y misa á San Roque 212 Petición. Solicitando la media arroba y media fanega para adoptarla en Santa Fé 163 460 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Peticiones. Presentación de tres al Cabildo 166 Petición. Sobre viaje de dos navios 7 remisión de capitales. . . . 171 — De un Regidor para ausentarse á la Villa de Potosí 181 — Para el embarque de cueros 191 — A los Diputados de la instrucción que debe llevar el Pro- curador ante la Corte 192 Peticiones. Referentes al archivo y á la peste 206 Petición. Presentase una sobre el pleito seguido con Manuel de Frías 207 Peticiones. Presentación de dos al Cabildo 213 — Presentación de dos al Cabildo 7 resolución 245 Plantación. Reiteración del pedido sobre la de semillas % 168 Pleito. Petición sobre el seguido con Manuel de Frias 207 Poder. Al Mayordomo para que contrate la compostura de las casas de Cabildo 163 Poderes. Despacho de estos al solicitador en Corte 183 Poder. Apercibimiento á los diputados para que despachen el que ha de llevar el Procurador ante Su Magestad 187 — Al Procurador ante la Corte Antonio Cruz Gabina 192 — Acuérdase que el dado á Gahiria sea en unión con Antonio de León 214 Portero. Nómbrase del Cabildo á Miguel Gerónimo 213 Precio. Petición para que se aumente el del vino 143 — Fíjasele al pan • 150 — Fíjase á ciertos comestibles 188 — Petición para que se le fije al vino 190 Pregón. Decrétase el de las carnicerías 170 Pregonería. Acuérdase su arrendamiento 170 Pregón. Ordénase el del peso del pan 220 Preparativos. Para la beatificación de San Isidro 175 — Para las fiestas de Corpus Cristi 198 Procesión. A fin de combatir la epidemia de viruela 190 Procesión y misa. Acuérdase celebrar una á San Roque abo- gado de la peste 212 Procurador general. Elección de este funcionario para 1621. . . 137 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 46t PaglBas Procurador. Aceptación del electo y juramento 140 Procurador general. Proposición para que este funcionario salga al interioren comisión del Cabildo con poder am- plio 153 Procurador de corte. Ordénase escribir cartas para el despacho de este funcionario 198 Procurador. Nómbrase otro ante la Corte 311 Procurador de número. Titulo en favor de Juan Cardoso Pardo. 224 Prohibición. De recojer limosnas en los entierros 205 — Al Gobernador para que se ausente del lugar de sus fun- ciones. 208 Protesta. De un Rejidor á la elección recaída en Manuel Cabral para Alcalde de la hermandad por ser portuj^ués ...... 131 Protesta. De un Regidor á la elección recaída en el Alférez Real por ser incompatible con el puesto para que ha sido electo 132 Protestas. Informe del abogado Escobar sobre las presentadas^ 132 Provisión y título de Procurador de número en favor de Juan Cardoso Pardo 224 Q Queja. Del encargado del abasto sobre la competencia que se le hace en la matanza de ganado 153 R Recaudos. Mandamiento para que el Licenciado Flores exhiba los de sus comisiones 160 — Reiteramiento para que el Licenciado Flores exhiba los de su mandato 162 — Ordénase el pago de los enviados á Su Magestad 180 Rechazo. De una merced de Su Magestad 149 Recibimiento. Del Teniente de Gobernador Gil de Oscariz 189 — De Pedro de Rojas en el oficio de Escribano de Cabildo. . . 218 — Preparativos con motivo de la llegada del Obispo 246 462 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Reclanmcion. De dos tapiales pertenecientes al Cabildo 155 Regidor. Confirmación de Su Hageslad en ese oficio en fa- vor de Juan de Vergara 150 Reiteramiento , Para que el Licenciado Flores exhiba los re- caudos de su mandato 162 Remate. Resolución sobre el de la Correduría 173 — Testimonio del efectuado en Pedro de Rojas del oficio de Escribano de Cabildo 220 Renunciaciones, Cédula de 228 Requerimiento, Al Gobernador para que no se ausente del lu- gar de sus funciones 206 Respuesta. A la carta en que se menciona la merced de Su Hagestad 151 — Lectura de la dada á las preguntas sobre las carretas que vienen de Córdoba 169 S SaL Medidas para evitar su carencia. 164 San Isidro, Preparativos para la beatificación de este Santo. ... 175 San Roque, Resuélvese construir una ermita para colocar la imagen de este Santo 203 Semana Santa. Reparto de los capitulares en las Iglesias 176 Sementeras, Medidas para evitar los perjuicios que causan en estas el ganado salvage 158 Semillas. Lectura de una real cédula referente al plantío y cultivo de estas 157 — Reiteración del pedido sobre plantación de estas 168 Socorros. Solicítanse á la ciudad de Córdoba para evitar la carencia de trigo j maíz 165 Solicitador en Corte . Despáchaos ele sus poderes 183 Solicitador ante la Corte. Remítensele fondos 199 Súplica, Para poder estendar la permisión de navegación 145 Suspensión, De la entrega de la vara de la Real Justicia por ausencia del electo 136 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 463 T Páginas Tapiales. Reclamación de dos pertenecientes al Cabildo 155 Teniente de Gobernador, Recibimiento de este funcionario 189 Testimonio. Del remate efectuado en Pedro de Rojas del oficio de Escribano de Cabildo , S20 Trigo. Solícitanse socorros para evitar su carencia 165 — Fíjasele precio 214 Títulos. Presentación de estos para ejercer el oficio de bar- bero 159 Titulo. Lectura de uno de Escribano Mayor de Gobernación. . . 181 — De Procurador de Número en favor de Juan Cardoso Pardo 224 Vara de la Beal Justicia. Suspensión de la entrega por ausen- cia del electo 136 Venta. Reglaméntase la del pan 159 Vino. Petición al Cabildo para que se le ponga mayor precio. . . 143 — Petición para que se le fije precio 190 Viruela. Mándase hacer una procesión á fin de combatir esta epidemia 190 Y Yerba. Fíjasele precio 188 464 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES ANO 1631 A Pi&ginas Aceptación, Del Cabildo sobre la propuesta del Gobernador para nombrar doctrinantes 318 Acuerdo. Mandando pagar los sueldos del portero 273 Alcalde Ordinario. Nómbrase á Bernardo de León por falleci- miento del anterior 374 — Petición de este funcionario para cambiar de domicilio. . . 391 Alguacil de la Santa Cruzada. Presentación de un título de tal. 301 Alférez Real, Nómbrase á Bernardo de León 250 — Presentación de la sobre carta que acredita al Capitán Vargas en este cargo 301 — Ordénase á este funcionario traiga al Cabildo el Estandarte Real 306 ~ Recibimiento de este funcionario 326 — Título de tal 333 Apoderado, Nómbrase á Juan Bautista Ángel para que atienda los negocios del Cabildo 314 Auto, Del Gobernador para que el escribano Juan Antonio Calvo actúe en reemplazo del Escribano de Cabildo por ha- llarse enfermo 293 B Blanqueo, Ordénase hacerlo en la sala de las casas del Cabildo. 269 C Chácaras y Estancias, Nómbrase visitador de ellas á Juan de Caravajal 321 Calles. Ordénase componerlas 302 Camicerias, Mándase notificar al obligado de ellas que mate los martes 302 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 465 Páginas Cartas. Lectara de dos recibidas de España 271 Carta, Resuélvese escribir uDa á S. M. haciéndole ver la nece- sidad de ser defendido este puerto 296 Capitán de caballos, Presentación de un título de tal 252 Capitán de mar. Presentación de un título de tal 267 Capitán de infantería. Presentación de un título de tal 297 Casa. Destínase la del Escribano de Cabildo para alojamiento del Gobernador 266 Cédula. Lectura de una de S. M. recomendando el recibimiento de la Santa Bula de Cruzada 266 Cédula real. Dase lectura de una recibida por el Cabildo 289 Cobranza. Petición de pago de gastos hechos en el toril 259 — Resolución sobre la anterior. 259 Cobro. Petición del portero de Cabildo para que se paguen sus sueldos 272 Compostura. Ordénase hacerla en la sala del Cabildo 269 — Ordénase hacerla en las calles 302 • Cuenta. Dictamen sobre la presentada por gastos hechos en el toril 262 D Declaración. Del Gobernador de haber entregado el valor de su fianza de residencia 290 Decreto. Del Cabildo ordenando procesiones y rogativas á causa de la seca 257 Depositario general. Ordénasele salir del Cabildo para tratar de las fianzas que ofrece 299 — Petición de este funcionario sobre fianzas 300 — Fianza de este funcionario 303 — Fianza presentada por este futicionario 307 Dictamen. Sobre la cuenta presentada por gastos hechos en el toril 262 Diputados. Nómbranse para que reglamenten la venta de pan. 265 — Nómibranse para que corran con las fiestas de San Martín 299 ACT. DKL CAD. DK BÜIlCOf AIRBf . — T . IT. 90 466 ACTXs BfiL CABILDO DB BUENOS AIRSS Páginas Doctrinantes. Proposición del Gobernador para ponerlos en la jurisdicción de acuerdo con el Obispo 317 Domicilio. Petición de un Alcalde ordinario para poderse trasla- dar á otro 291 Escribano de Cabildo. Hallándose enfermo este funcionario nóm- brase á Juan Antonio Calvo para que lo reemplace.. . 293 Escribano de Gobernación. Presentación de un^tftulo de tal.. . 318 — Título de tal 318 Escritura, be depósito para la residencia del Gobernador 309 Elecciones. Practícanse las del año 1631 Sf49 Elección, De Procurador General para 1631 351 Estandarte Real. Entrégase al alférez Real 351 ~ Ordénase al alférez Real lo traiga al Cabildo 306 — Entrega de este símbolo ál Gobernador 32^ Estancias y chácaras. Nómbrase visitador de ellas á Juan de Caravajal 331 Estrangeros. Presentación de la provisión real que prohibe á estos tener empleos del Cabildo 353 F Familiar del Santo Oficio. Título de tal 381 Fianza de residencia. Declaración del Gobernador de haber en- tregado el valor de ella 390 Fiadores. Presentación de nuevos por parte de Bernardo de León 298 Fianza, De residencia en favor del Capitán Juan dé Tapia de Vargas 384 — Del Depositario General 303 — Del Depositario General 307 Fianzas. Preséntalas el nuevo Teniente General 380 — liándose salir del Cabildo el Depositario General para tra^ ^r d^e Fas que ofrece 399 ACTAS DEL CABILDO DB BUENOS AIRES M? Páginas Fianzas, Acéptanse las presentadas por el Depositario General. 9^ — Otórgalas el Gobernador Dávila 360 Fiel Ejecutor. Turno de la vara de este oficio 264 — Entrégase la vara á D. Diego de Rojas 264 — Turno de la vara de este oficio 281 — Nómbrase á D. Diego de Rojas 306 Fiesta. Con motivo de la llegada del obispo decrétanse corridas de toros 268 Fiestas, Decrétanse en honor del nacimiento del nuevo prín- cipe 277 Fiesta de San Martin, Nómbranse Diputados para que corran con ellas 299 Fortificación. De la ciudad y puerto por temor de los Holan- deses y viaje del Gobernador Céspedes 285 Gastos. Ordénase el pago de los ocasionados en la fiesta de toros 297 Gobernador, Recibimiento de este funcionario 357 — Fianzas que otorga 360 — Tímlo de tal 362 H Harina y trigo. Informe sobre estos artículos 268 Hospital, Petición referente á este establecimiento 267 — Solicitud del Vicario General pidiendo la venta de un solar perteneciente á este 273 tF Juez letrado. Destínase la casa de Rivadeneira para alojamiento de este funcionario 266 Juez visitador de Campañas, Título de tal 323 Jifframento. Del alférez Real electo para 1631 250 468 ACTAS DBL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Juramento. De los alcaldes electos para 1631 350 — Del Procurador General D. Enrique Enriquez 252 — Del Fiel Ejecutor en turno 264 — Préstalo el nuevo Teniente General Juan de Tapia de Vargas 280 la Lectura. De dos títulos dados por el Señor Gobernador 258 — De un título de Lugar Teniente 261 — De dos cartas recibidas de España 271 — De un cédula real 289 — De un título de Sargento Mayor 318 Limosna. Del producido de esta en la ñesta de San Martin, mán- dase pagar el sermón 269 Lugar Teniente, Lectura de un título de tal 261 Mayordomo del Hospital. Nómbrase á Martin Rodrigo para el año 1631 252 Mojoneria y Romana, Preséntase petición para que se saquen á remate 263 X Natalicio. Notificación al Cabildo de Buenos Aires del nacimiento de un príncipe 276 Nombramiento. De Mayordomo del Hospital para el año 1631. . 252 — de Diputados para que reglamenten la venta de pan 265 — de alcalde ordinario en favor de Bernardo de León por fa- llecimiento del anterior 274 — de un Regidor en reemplazo de otro saliente 295 — de apoderado en favor de Juan Bautista Ángel para que atienda los negocios del Cabildo 314 — de Escribano de Cabildo en favor de Alonso Agreda de Vergara 352 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 469 PAglnas Notificación al Cabildo de ^Buenos Aires del natalicio de un príncipe 276 — Mándase hacerla al obligado de las carnicerías para que mate los martes 302 — al Procurador General de la proTision que prohibe que los estrangeros ocupen puestos del cabildo 357 O Obispo. Decrétanse fiestas de toros con motivo de la llegada de este prelado 258 Orden. Mandando salir del Cabildo al Depositario General para tratar de las fianzas que ofrece 299 P Pan. Reglaméntase su venta 265 Pago. Ordénase el del sermón el dia de la fiesta de San Martin. 269 — Ordénase el de los sueldos del portero 273 — Ordénase el de los gastos de la fiesla de toros 297 Petición de pago de gastos hechos en el toríl 259 Peticiones. Presentación de tres al Cabildo por el mayordomo y resolución al respecto 271 Petición de un alcalde ordinario para cambiar de domicilio.. . . 291 — del Depositario General sobre fianzas 300 — del Procurador General para que se nombre Escribano de Cabildo 350 — Para que se ponga en vigencia la provisión real que pro- hibe á los estrangeros ocupar puestos en el Cabildo.. . . 354 Poder al Procurador General 253 — Otórgase para ante la Real Audiencia 255 — Conferido á Juan Bautista Ángel para que atienda los ne- gocios del Cabildo 314 Portero, Petición cobrando su salario 272 Preparativos. Para el recibimiento del Gobernador y casa que se le destina 266 470 ACTAS DBL CABILDO DB BUENOS AIRES Páffinas PresenUcion. De nue?os fiadores por ptrte áe Bernardo de León 996 — De la sobre carta que acredita al Capitán Vargas en el car- go de alfereí real 301 — De la provisión que prohibe á los estrangeros tener em- pleos del Cabildo 352 Principe. Notificación al Cabildo de Buenos Aires del natalicio de un hijo de Enrique IV S76 — Con motivo del nacimiento de este decrétense fiestas en su honor 277 Procesúmes. Decrétanse con motivo de la seca .....•• 257 Proposición. Del Gobernador para poner doctrinantes en la juris- dicción de acuerdo con el Obispo 317 Procurador General. Elíjese este funcionario 251 — Otórgase poder á este funcionario 253 R J7eal Audiencia. Nombramiento de apoderados ante ella 253 Recibimiento. Preparativos para el del Señor Gobernador j alo- jamiento que se le destina 266 — Del alférez real Juan de Tapia de Vargas 326 — De Alonso Agreda de Vergara como Escribano de Ca* bildo 350 — Del Gobernador Don Pedro EstébMi Dávila 357 ñegidores. Ordénase dar testimonio de que estos no reciben salario 296 Regidor. Nómbrase uno en reemplazo de otro saliente 295 Rámaie. Decrétase el de la Mojoneria y Romana 263 Residencia. Fianza en favor^ del Capitán Juan de Tapia de Vargas 284 — Escritura de depósito para la del Gobernador 309 Mmolucion. Sobre la cobranza por gastos hechos en el toril. • . . 259 Rogativas. Decrétanse con motivo de la seca tf 7 Romana y ¡hjoneria. Preséniaiee petioionee para que se sacpMi á remate 261 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIBBS 471 S Pagimas Sala del Cabildo. Ordénase componerla y blanquearla 369 Santa Bula. Lectura de una cédula de S. M . recomendando su recibimiento SflB Sargento Mayor. Lectura de un título de tal. . < 318 Sermón, Mándase pagar el pronunciado el dia de San Martin. . 369 Solicitud. Del Vicario General pidiendo vender un solar del Hospital 273 T Teniente General. Título de tal 378 Testimonio. Ordénase darlo á los Regidores de que no reciben salario 398 Titulo. Presentación de uno de Capitán de caballos 353 — Lectura de uno de Lugar Teniente 361 — De Teniente General del capitán Juan de Tapia de Vargas 378 — De familiar del Santo Oficio 381 — Presentación de uno de Capitán de infantería 387 — Presentación de uno de alguacil de la Santa Cruzada. . . . 3Q1 — Presentación de uno de Escribano Mayor de Gober- nación 318 — Lectura de uno de Sargento Mayor 318 — De Juez visitador de chácaras y estancias 333 — De alférez Real 333 — De Gobernador de Don Pedro Esteban Dávila 363 — Lectura de dos, dados por el Señor Gobernador 358 — Presentación de dos al Cabildo 367 Toros. Decrétanse estas fiestas con motivo de la llegada del Obispo 368 — Ordénase el pago de los ga^to? gp^^ionados en esta fiesta 397 jrigo y harina. Informe sobre estos artículos SSB 472 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES V Páginas Venta. Reglaméntase la del pan S65 — Solicitud del Vicario General pidiendo la de un solar del Hospital 273 Visitador» De chácaras y estancias nómbrase á Juan de Cara- vajal 321 ANO 1633 Abasto, Acuerdo sobre el de la carne 402 — Informe sobre el modo en que este se hace 410 Agua. A causa de la escasez de esta, mándase hacer rogativas . 379 Alcaldes ordinarios, Elíjense al General Juan de Tapia y Sebas- tian de Horduña 372 Alcaldes de la Hermandad. Elíjense para el año 1632 372 Alcaide de la Cárcel. Notifícasele á este funcionario exhiba su nombramiento 379 — Presentación de un título de tal 383 — Exígensele fianzas 398 Alguacil. Presentación de un título de tal 384 Alguacil Mayor. Recibimiento de este funcionario 410 — Título de tal 412 — Fianza que otorga 415 Apoderado, Nómbrase ante la Corte á Juan de Vega 432 Aprobación. De las cuentas del Mayordomo de los propios 385 Archivo. Entrégase la llave de esta oficina al General Juan de Tapia 384 Arrendamiento, Acuérdase se remate el de la Ensenada 384 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 473 Páginas Boticas. "Reglaméntase la venta de varios artículos que estas espenden 411 « C Calles. Nómbranse Diputados para mandar hacer las calzadas de estas 392 Capitán. Presentación de un título de tal 393 Capitán de infanteria. Presentación de un título de tal 396 Capones, Fíjaseles precio 399 Carne. Acuerdo sobre el abasto 402 Camicerias. Ordénase sacarlas á remate 391 — Ordénase su remate 399 Casas de Cabildo. Acuérdase mandarlas reparar á causa de su mal estado 377 Cédulas. M ándanse archivar seis de S. M 380 Comisiones. Exhíbelas el Procurador General 382 Comisión. Nómbrase una para que corra con las obras del fuerte 425 Compostura. Acuérdase hacerla en las casas del Cabildo 377 — Ordénase hacerla en el corral del matadero 403 Contador. Nómbrase para que revise las cuentas del Hospital . . 399 Corral del Matadero. Ordénase componerlo 403 Correduría. Mándase pregonar 392 Cuentas. Nómbranse Diputados para que las tomen al Mayor- domo 374 — Apruébanse las del Mayordomo de los propios 38d — Nómbrase Contador para que revise las del Hospital 399 B Depositario General. Petición de este funcionario para que el Juez Pesquisidor presente fianzas 423 474 ACTAS DBL CABILDO DS BUENOS AIBBS Páginas Diputados. Nómbranse para tomar cuentas al Mayordomo 374 ~ Nómbranse para mandar hacer las calzadas de las calles. 392 — Nómbranse para que reglamenten el abasto de carne. . . . 403 JB Esclava. Petición del mayordomo del Hospital pidiendo liber- tad de una , 383 — Concédese libertad á una del Hospital 388 — Resolución concediendo libertad á una del Hospital 424 Escribano del Cabildo. Proposición para que se suspenda este funcionario por estar encausado 400 Escribano, Nómbrase interino por aus^pcia á^] titular 409 Escribano del Cabildo. Recibiqfiieutp ^e este funcionario 419 Escribano Público. Título de tal 420 Elecciones. Reánese el Cabildo á efecto de practicar las del año 1632 371 Ensenada. Ordénase se remate 388 -r Señálase dia para el remate de esta 392 F Fianza. Al Teniente de Alguacil Mayor 394 Fianzas. Exígense al alcaide de la cárcel y Bartolomé Gómez. . 398 Fianza. Del Alguacil mayor Don Juan Osorio 415 — Petición para que la presente el Juez Pesquisidor i^ Fiel Ejecutor. Tamo de la vara de este oficio 378 7T- Entrégase la vara á Don Diego de Rojas 378 T- Turno de la v^ra de leste oficio 417 G Gallinas. Fíjasele? precio. ^ Gwado. Preséntale peticiop {wa bacer mat^oua «n i^ 385 ACTAS DSL CABILDO DS BUENOS AIRBS iT5 Páginas Gastos. Acuérdase el pago de los oeasionadoa en el toril 378 *<- Petición del mayordomo para que se le paguen los oca- sionados en la fiesta de Corpus 381 ^ Mándase pagar los de la fiesta de San Martin 390 I Informe. Pídese al encargado de la obra de la cárcel 381 — Sobre el modo en que se hace el abasto 41Q Instrucciones. Al Procurador ante la Corte 428 tF Juez de Residencia. Nómbrase en comisión al Licenciado An- drés de León Garabito 404 Juramento. Practícanlo los Alcaldes electos para el año 1633.. 373 — Del Procurador electo para el año 1633 375 — Préstalo el Mayordomo de los propios 376 L. Libertad. Petición del mayordomo sobre la de una esclaya del Hospital 383 o- Concédese á una esclava del Hospital 388 — Resolución concediéndola á una esclava del Hospital. 434 L.1 Llave, Entrégase la del archivo al General Juan de Tapia 384 M M$€Stro de obras. Nómbrase á Manuel Ferreyra 410 Matanza. Petición para hacerla en el ganado S^ M^ordomo de los propios. Elíjese á Antonio de Linares 374 Metyordemo del Hospital. Nómbrase á Martin de fiedrigo 375 476 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Páginas Medidor de tierras. Nómbrase á Manuel Ferreyra 41Q Mojoneria. Mándase pregonar. 392 IV Nombramiento. De Mayordomo del Hospital en favor de Marlin de Rodrigo 375 — De portero de Cabildo 385 Notificación. Al Mayordomo del Hospital para que rinda cuen- tas 386 Nombramiento. De Teniente de Alguacil Mayor 386 — De Teniente de Alguacil Mayor ■ 396 — De Juez de Residencia en comisión á Andrés de León Garabito 404 — De Escribano de Cabildo interino por ausencia del titular. 409 — De maestro de obras y medidor de tierras 410 Notificación. Al Alcaide de la cárcel para que exhiba su nom- bramiento. . .- 379 O Obra de la cdrcel. Pídese informe al encargado de esta 381 Obra, Prohíbese al Alguacil Mayor la continuación de la que hace en su chácara 388 Obras del fuerte. Nómbrase una comisión que corra con estas. 425 P Pago. Acuérdase el de los gastos hechos en el toril 378 — Pídelo el mayordomo, de gastos hechos en las fiestas de Corpus 381 Pagos. De gastos en la fiesta de San Martin 390 Pago. Ordénase el de las tapias del matadero 418 Pan. Pregónase su peso 379 — Fíjasele precio 399 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES 477 Páginas Poder ante la Corte. Otórgase á Juan de Vega 432 Portero. Nómbrase del Cabildo. 385 Precio. Fíjase al pan, gallinas y capones. 399 Pregón, Del peso del pan ^ . . . '. 379 Pregones. Mándanse dar Ips de la correduría, mojonería y ro- mana ......*. 392 — Mándanse dar nuevos, respecto de la correduría, mo- jonería y romana 403 Procurador General. Elígese á Toribio de Penal va 374 — Juramento de este funcionario 375 — Comisiones que exhibe este funcionario 382 Procurador ante la Corte. Instrucciones del Cabildo 428 Prohibición, Del Cabildo para que el Alguacil Mayor continúe la obra de su chácara 388 R Recibimiento. Del Teniente de Alguacil Mayor Diego Hernán- dez 393 — Del Alguacil Mayor Juan Osorio 410 — De un Escribano Público y Cabildo 419 Reglamentación. De la venta de artículos de botica 411 Remate. Acuérdase el de arrendamiento de la Ensenada 384 — Ordénase el de la Ensenada 388 — Ordénase el de las carnicerías 391 — Señálase dia para el de la Ensenada 392 •— Ordénase el de las carnicerías 399 Rogativas. Mándase hacerlas á causa de las escasez de agua. . . 379 8 Sesiones del Cabildo. Acuérdase que estas se hagan en casa del Gobernador por estar en mal estado la del Cabildo 377 Suspensión. Pídese la del Escribano de Cabildo por estar en- causado 400 478 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES T Págfaims Tapias del matadero. Mándanse pagar 418 Teniente de Alguacil Mayor. Nombramiento de tal 386 — Nombramiento de tal 393 — Fianza que otorga : 3d4 Teniente General de caballería, Presentación de un título de tal. 418 Titulo. Presentación de uno de Alcaide de la cárcel 383 — Presentación de uno de Alguacil 384 — Presentación de uno de Teniente de la Compañía del Gobernador 398 — Presentación de uno de Capitán de Infantería 398 — De Alguacil Mayor 412 — Pl'eséntase uno de Teniente General de Caballería 418 — De Escribano Público y Cabildo 420 Titulo de Capitán. Presentación de uno 393 V Vacas cimarronas. Concédese permiso á Bartolomé Gómez para hacer matanza de estas 389 Venta. Reglaméntase la de varios artículos que estas espenden.. 411 Votación. De los capitulares respecto del pedido de suspensión del Escribano de Cabildo 400 FIN DEL ÍNDICE DEL TOMO CUARTO . t M-J, í t • /